VOLVER A LA PAGINA  PRINCIPAL
Alerta Salta

Informe 2004.
Derechos Humanos,hoy.

ÍNDICE .
[-] Introducción .
[-] Casos Testigo .
1) Acoso judicial a la Unión de Trabajadores Desocupados (UTD) de Mosconi .
2) Pueblos originarios .
3) El gatillo fácil como método .
4) El caso Zanón .
5) El caso San Luis .
6) La criminalización de la protesta: Caso Marina Schiffrin .
7) La criminalización de la protesta: La condena a los trabajadores ferroviarios .
8) La criminalización de la protesta: edictos y código contravencionales .
9) Criminalización de la protesta: los procesados por reclamar contra el aumento de la tarifa de gas .
10) Caso Martín Cisneros .
11) La masacre de Puente Avellaneda .
12) Ataques a la Libertad de Expresión .
13) Panorama de las causas penales contra los responsables de los crímenes cometido durante la última dictadura militar, después de la nulidad de las leyes de punto final y obediencia debida. .
14) Los derechos económicos, sociales y culturales y el rol de los planes sociales .

[-] INTRODUCCION .

[-] 1. El "modelo argentino" .
Durante décadas la Argentina fue una sociedad relativamente integrada desde el punto de vista social. Esta integración, aunque deficitaria, se realizó en un contexto de pleno empleo, a través de un conjunto de instituciones que posibilitó la incorporación de un sector significativo de las clases trabajadoras, en términos de derechos sociales, protección social y estabilidad laboral, así como la expansión de amplios sectores de las clases medias urbanas. Fue durante la última dictadura militar (1976-1983) que se inició en el país el desmantelamiento del modelo de sustitución de importaciones, acompañado por un fuerte estancamiento económico y por el disciplinamiento social. Sin embargo, la salida de este modelo se operó finalmente durante la década menemista (1989-1999), a partir de la implementación de un modelo económico aperturista, orientado hacia la eliminación del déficit fiscal, la desregulación de los mercados y la privatización acelerada de las empresas públicas. Este conjunto de transformaciones, que impactaron tanto por el carácter drástico como por la celeridad con la cual fueron implementadas, trajeron como consecuencia un cambio en las formas de intervención del estado en la sociedad, tanto en términos de juridicción, de políticas públicas, de abordaje de la "cuestión social", de control y precarización de la fuerza de trabajo. .
Dos novedades importantes se constatan en este período ligadas a las transformaciones producidas. La primera se refiere al aumento de las desigualdades. En 1974 la Argentina tenía una distribución de la riqueza similar a la de muchos países desarrollados: la diferencia entre el escalón más pobre y el más alto era de 12 veces. Entre 1974 y 2001 el 10% más rico acrecentó su porción de la torta en un 35%., en tanto el más pobre resignó el 37%. Como consecuencia de ello, el país se internó en una de las crisis más profundas de la historia nacional: entre 1999 y 2002, el índice de hogares pobres prácticamente se duplicó (pasando del 23,7% al 45,4%), mientras que los indigentes se multiplicaron por tres. .
La segunda es que el cambio de modelo económico implicó la coexistencia de crecimiento económico con el aumento de la desocupación. En el marco del nuevo modelo de acumulación, orientado a la concentración del ingreso y el aumento de la exclusión, la economía argentina registró tasas de crecimiento importante entre 1991 y 1997, para entrar en recesión en 1998, sin interrupción hasta 2002. Se impuso un esquema de crecimiento económico disociado del bienestar del conjunto de la sociedad, esto es, un modelo de "modernización excluyente", como fuera denominado tempranamente por A. Barbeito y R.Lo Vuolo (: 1992). .
Durante los '90, la PEA creció un 28%, mientras que el porcentaje de ocupados pleno se incrementó en un 9%, y el desempleo creció 156,3% y el subempleo 115,4%. La pauta general fue el incremento de la productividad, con escasa generación de empleo y deterioro creciente de las condiciones laborales, en especial en el sector industrial. La acelerada desindustrialización conllevó una pérdida de peso del sector respecto del conjunto de los ocupados, al pasar del 24,2% del empleo total en 1991 al 16,3% en octubre de 2000 . Asimismo, la tasa de desocupación que era del 6% en 1990, pasó a 14,7% en octubre de 2000, habiendo alcanzado un primer pico en 1996, de 18,8% y un segundo en mayo de 2002, después del colapso del modelo de convertibilidad, de 21,5% . .
El período que se abre entre la salida del esquema de la convertibilidad y la posterior devaluación, se caracterizó por la peor crisis económica y social de la historia argentina. Sin embargo, aunque la caída económica fue muy marcada, los indicadores de los últimos meses de 2003 mostraron una recuperación del crecimiento económico. En efecto, en el tercer trimestre de ese año la actividad económica creció un 9,8%, mientras que en el primer trimestre de 2004 fue el 11,9%. .
Esta recuperación económica se explica esencialmente por el pasaje a un modelo productivo orientado a la sustitución, que apuntó a la revitalización de un sector de la industria nacional, al tiempo que benefició las exportaciones, en un contexto de fuerte devaluación de la moneda y de caída de los salarios. Así, por ejemplo, durante el año 2003, la actividad industrial creció un 16% en comparación con el 2002; mientras que las exportaciones agroindustriales aumentaron en el período enero-marzo de 2004 un 12% con respecto a igual período de 2003. El 2003 ya era considerado un año récord en lo referente al comportamiento de las exportaciones agroindustriales, alcanzando un valor de 15.600 millones de dólares. Asimismo, un informe de la Secretaría de Agricultura estimó que la Argentina exportará en el 2004 agroalimentos por 16.684 millones de dólares. La cifra supera en 6,9% el récord exportador del año pasado, que había sido de 15.601 millones y representó nada menos que 54% de las ventas totales del país. Como para 2004 se prevé que el país exporte por 31.500 millones, queda claro que el campo seguirá aportando más de la mitad de las divisas. .
El sector agroalimentario se encuentra en permanente desarrollo: en la década del 80 creció a una tasa anual del 1,1%, mientras que el resto de la economía decreció a una tasa del 1,4% anual en el mismo período. En los últimos años muestra un crecimiento sostenido en hectáreas sembradas, en rendimientos y en tecnología aplicada, que dan como resultado un valor bruto de la producción de 46.640 millones de pesos . .
Argentina es actualmente el primer exportador de aceite y harina de soja y el segundo productor de soja transgénica, de maíz, sorgo granífero, miel y ajo; el cuarto exportador de algodón y el quinto exportador de trigo, harina de trigo, de carne bovina y aceitunas de mesa. La soja representa el 40% de las exportaciones de origen primario y el 23% del total. La superficie sembrada con soja en la campaña 2003/2004 fue de 14.235.000 hectáreas. Se estima que este año se producirán 33 millones de toneladas de soja. .
La construcción inmobiliaria conoció igualmente una fuerte suba. Esta lleva acumulado, de enero a mayo de 2004, un crecimiento del 21,1%. La mayor tasa de crecimiento está centrada "en la construcción de viviendas en barrios cerrados y en zonas con alto poder adquisitivo", según informó el Indec. .
En fin, durante el primer cuatrimestre de 2004, la balanza comercial tuvo un saldo positivo de 4.045 millones de dólares, gracias a las exportaciones que alcanzaron 10.310 millones de dólares. En abril de 2004 el superavit fiscal llegó al nivel más alto de los últimos doce meses: fue de 1.676,6 millones. En los primeros cuatro meses del año 2004 sumó 5.659 millones de pesos. Asimismo , el Producto Bruto Interno creció en marzo de 2004 un 11,9% en relación al mismo mes del 2003. .
Pese a que los indicadores económicos son elocuentes, ésta mejora no se traduce de ninguna manera en una reformulación del modelo socio-económico que apunte a revertir la situación generada durante los años de oro del modelo neoliberal. Más aún, estos índices han empeorado en la actualidad, en lo que respecta a las desigualdades sociales, la desocupación, el trabajo precario y en negro, y los bajos salarios. .
Así, hoy la Argentina presenta la peor distribución de la riqueza de su historia: el 10% más rico se queda con el 38% de la riqueza producida y gana 31 veces más que el 10% más pobre. Esta brecha se ahonda si hacemos referencia al Conurbano Bonaerense, territorio donde vive cerca de un tercio de la población argentina, donde el 10% más rico se queda con el 44,5% de la riqueza producida y mantiene una distancia de 50 veces con el sector más pobre. Asimismo, la salida de la convertibilidad y la devaluación produjo una mayor concentración de la riqueza en los sectores más altos. Semejante nivel de desigualdad representa un triste récord: todos los sectores -tanto los más pobres como las franjas medias bajas y altas, que suman el 90% de la población- perdieron. Todos transfirieron ingresos a favor del sector ubicado en la cúspide de la pirámide. .
En segundo lugar, el desempleo en Argentina se mantuvo en 19,5 por ciento durante el primer trimestre de 2004, probando que la creciente actividad económica es incapaz de generar los puestos de trabajo que la población demanda. En el primer trimestre de 2003 la desocupación alcanza, en todo el país, a 2.400.000 personas, mientras que el total de subocupados es de 2.250.000 personas. En total, hay más de 4.400.000 personas con problemas de empleo. Pese a que en los tres primeros meses de 2004, el producto interno bruto creció 10,4 puntos porcentuales, la proporción más alta desde 1993, la tasa de empleo cayó 0,2 por ciento respecto del último trimestre de 2003, lo que implica la desaparición de más de 13.000 puestos de trabajo. .
Agreguemos que el desempleo afecta en mayor medida que en el pasado a los jefes de hogar, que son el principal proveedor de ingresos de las familias. .
En tercer lugar, además de una elevada desocupación, el mercado laboral argentino se caracteriza hoy por el predominio de puestos de trabajo precarios -inestables y sin cobertura social-, las bajas remuneraciones. Más aún, los empleos que se crearon en el sector informal tienden a ser temporarios, con remuneraciones bajas que efectivamente agudizan la profundidad de la crisis. Las actividades que abonan los sueldos más bajos son el agro y la construcción, dos sectores que desde mediados de 2002 están en plena recuperación. También estos dos sectores de la economía concentran la mayor cantidad de mano de obra en negro. Las empresas agrícolas tienen declarados apenas 246.000 trabajadores, cuando de acuerdo al Censo de 2001 en el sector hay 900.000 personas ocupadas en esa área. La diferencia entre una y otra cifra son los trabajadores en negro. Asimismo, la inflación redujo el salario real considerablemente. Por otro lado, en la actualidad, casi 20 millones de argentinos carecen de obra social o de servicio de medicina prepaga. Segun el censo de 1991, la población sin cobertura social alcanzaba al 36,9% (unas 13.285.000 personas). El censo de 2001 daba cuenta que la falta de cobertura social afectaba al 48,1% de la población. En la actualidad, esto alcanza el 55% de la población, esto es, unas 19.800. 000 personas. .
En cuarto lugar, el empleo no volvió a los niveles del 2001 pero, aún si fuera así, la pobreza no se va a recuperar porque los salarios continúan siendo muy bajos. Entre 1993 y mediados del 2003 el salario mínimo se congeló en 200 pesos (69 dólares) mensuales. En julio de 2003 subió a 250 pesos (86 dólares), en diciembre aumentó a 300 (109 dólares) y desde enero de 2004 se fijó en 350 pesos (120 dólares). Con este valor apenas supera en un 6% el valor de la canasta básica de indigencia: lo necesario para comer. Y representa apenas un 48% de la canasta básica que determina la línea de pobreza. Solo para cubrir las necesidades básicas, una familia tipo necesitó en mayo de 2004, 721,76 pesos (249 dólares) por mes, según el Indec. .
Luego de la crisis y posterior devaluación, el promedio de reducción de la fuerza laboral fue del 17%. Prácticamente todas las empresas líderes tomaron alguna medida sobre los salarios. En promedio, lo ajustes generales produjeron un 21% de aumento, el doble de lo que decretó el gobierno con un decreto que ordenó el pago de 100 pesos. Pero aún así, este aumento promedio dado por el sector privado representa la mitad del aumento de los precios al consumidor en los primeros tres trimestres del año. .
El gobierno estableció el pago de doble indemnización para evitar despidos masivos. Sin embargo, el 79% del personal se desvinculó "de común acuerdo" fórmula que permite el pago con una reducción de hasta el 50% del monto indemnizatorio, además de ocultar, estadísticamente, los despidos. .
En un contexto de precariedad laboral, el aumento de la actividad económica se ha traducido en un fuerte aumento de los accidentes de trabajo. Un informe reciente de la Superintendencia de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo consigna que a lo largo de 2003 hubo un total de 412.537 accidentes laborales registrados, lo que equivale a un promedio de 1.130 siniestros por día, 47 por hora, o casi un accidente por minuto. En aquellas actividades que, como la construcción, han registrado un notable incremento durante el último año (34.3% en 2003), la cantidad de accidentes subió un 60,2%. Los especialistas coinciden en señalar que el aumento de accidentes de trabajo está ligado a una mayor explotación de la mano de obra, como por ejemplo, la extensión de la jornada laboral . .
Actualmente, los trabajadores en negro ganan, en promedio, 343 pesos (118 dólares) mensuales, una tercera parte de lo que reciben los que están en blanco. Esto significa que están un 58% por debajo de la línea de pobreza. Los jubilados y pensionados ganan un promedio de 451$ (155 dólares), pero la gran mayoría cobra menos de 300 pesos (103 dólares) por mes. No alcanzan, por lo tanto, a cubrir sus gastos de alimentación. Los más postergados son los trabajadores desocupados, con planes de empleo: en promedio ganan un 76% por debajo de la línea de pobreza (50 dólares por mes). .
En la Argentina el llamado "costo laboral" bajó un 62% en la última década, según las estadísticas oficiales del Ministerio de Trabajo. En 2003 cerraron 32.000 firmas, que implicaron la pérdida de 123 mil empleos. El 75% de los nuevos puestos de trabajo creados en el 2003 y primer trimestre de 2004 son informales, es decir en negro, no declarados ante la Seguridad Social. Los trabajadores que consiguieron empleo durante el 2003 cobran, en promedio, un salario inferior a los que ya tenían trabajo anteriormente. Agreguemos a esto que, según informa el Indec, los índices del mes de junio del presente año, indican una caída del consumo, visible en la reducción de las ventas de los supermercados, en un 2,5% en relación al mes anterior, lo que equivale a la mayor caída en los dos últimos años. La Argentina vivió, pues, una verdadera revolución social, pero al revés, iniciada hace tres décadas, que tuvo su impulso mayor bajo la llamada década menemista y que hoy tiende a encontrar un "cierre" bajo la actual administración de N.Kirchner. .
En suma, la recuperación del crecimiento, en el marco de un modelo de concentración de la riqueza, tiende a aumentar las desigualdades sociales, no contiene la desocupación, ni tampoco ha significado un mejoramiento de la situación de los trabajadores ocupados. De esta manera, la actual política tiende a reducir drásticamente las oportunidades de vida de la mitad de la población argentina, sumida hoy a condiciones de pobreza. .
[-] 2. Polarización, pobreza y desigualdad .
La agudización de las desigualdades y de la vulnerabilidad social explican una extraña paradoja. La Argentina, cuya producción de alimentos es suficiente para alimentar a 300 millones de personas, tiene actualmente 14 millones de personas que no logran satisfacer sus necesidades básicas de alimentación. .
Durante el segundo semestre del año 2003 se encontraban por debajo de la línea de pobreza el 47,8 % de la población argentina. Esto significa que en la Argentina 17.707.500 millones de personas son pobres. A su vez, bajo la línea de indigencia, hay 7.594.200 personas que no cuentan con los recursos necesarios para comer. Siete de cada diez niños son pobres en Argentina, según UNICEF, y en las provincias del Noreste y del Noroeste la situación recrudece: tres de cada cuatro niños son pobres y uno de cada tres es indigente. Según un informe del Banco Mundial, durante el 2002, casi 1.400.000 argentinos padecieron hambre. De ellos, 450.000 padecieron "hambre severa". .
Una muestra realizada por el Indec en 28 conglomerados urbanos durante el segundo semestre de 2003 estableció que el 76,8% de los hogares era considerado "pobre" y solo el 23,2 "no pobre". Esto significa que 8 de cada 10 hogares no alcanzaban a cubrir sus gastos de alimentos, ropa, educación y servicios. A su vez, 4 de cada 10 de estos hogares fue considerado indigente. Esto es: no alcanzaban a cubrir los gastos de alimentación. Cabe aclarar que esta muestra representa, según el Indec, "el 70% de la población urbana y el 60% de la población total". .
Según un informe del Banco Mundial, "La devaluación, la caída del producto y la inflación tuvieron serias consecuencias sobre los más pobres. El marcado aumento de la pobreza se debe en gran parte al aumento en el precio de los alimentos, que conforma una porción importante de los gastos de los pobres. A diferencia de otras economías, los alimentos son un bien que se exporta en la Argentina y sus precios aumentaron con la devaluación." El valor de la canasta que se utiliza para definir el umbral de indigencia -lo cual significa que contiene solo lo necesario para comer - fue cotizado por el Indec en 330 pesos (114 dólares). El deterioro del poder de consumo de alimentos básicos está expresado en un informe de la Secretaría de Agricultura: en el 2003, el consumo de leche por habitante cayó a 180 litros. En el 2002 era de 192 litros y en el 2000, de 219 litros. Es decir que en tres años, el consumo de leche cayó 39 litros por habitante. Un informe del Ministerio de Economía de mayo de 2004 revela que el poder de compra de los salarios cayó, desde fines de 2001, un 30%. .
Según el mismo informe, "el actual gobierno destinó al gasto social una partida presupuestaria que, en términos reales, fue 32% inferior". Además, señala el informe, "el gran incremento en el número de pobres durante la crisis significa que de hecho el gasto real por habitante pobre declinó un 16%". .
Esta dinámica de polarización social va acompañada por un deterioro de las condiciones de vida de la población, visibles en el aumento de los problemas de desnutrición y de mortalidad infantil. En 2002, murieron 379 niños más que en 2001. De los 700.000 niños que nacieron en el país en 2002, 11.703 murieron antes de cumplir un año , la mayoría (6 de cada 10) por causas que podrían haberse evitado: diarreas, enfermedades respiratorias y accidentes domésticos. La mortalidad infantil también es un problema de desarrollo y Argentina fracasó durante las últimas décadas en su esfuerzo por bajar los niveles a lo pactado internacionalmente. Ese mismo 2002, el índice de mortalidad infantil de la Argentina alcanzó a 16.8 niños de cada mil, lo que significó -por primera vez en siete años- un aumento respecto del año anterior (16.3 por mil). Los datos sugieren una tendencia de crecimiento aún imposible de corroborar con los datos de 2003/4 porque todavía no están disponibles. .
Asimismo, hay nuevos brotes de enfermedades que habían sido erradicadas, como tuberculosis, hepatitis B y dengue. La situación de los niños, los ancianos y los pacientes terminales es extremadamente precaria y vulnerable. La imposibilidad de obtener atención hospitalaria ha aumentado a causa de la falta de dinero para pagar los medios de transporte. .
La situación de las mujeres pobres ha empeorado. Entre el 2001 y el 2003 la cantidad de hogares pobres que pasaron a ser mantenidos por mujeres casi se duplicó: pasó de 375.000 a 670.000 . Para entender el significado de esta tendencia, hay que tener en cuenta otro dato: el 80% de las mujeres que sostienen un hogar pobre trabaja "en negro" y percibe ingresos inferiores al del hombre. En los hogares pobres mantenidos por una mujer, el ingreso es un 25% inferior a los que tienen como jefe a un hombre. .
Según datos del ministerio de Salud de la Nación, la mortalidad materna en la Argentina es de 4,6 madres cada 10.000 nacidos vivos, una tasa que duplica la registrada en Chile y Uruguay, según la base de datos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). El número de abortos provocados en nuestro país llegaría a 500.000 por año, según cifras oficiales. En provincias como Jujuy, Chaco y Formosa la mortalidad por abortos clandestinos alcanza a 19,7, 15,9 y 13,9 respectivamente. Estas tasas son similares a las observadas en Paraguay y por encima de la registrada en la mayoría de los países latinoamericanos (sólo Haití y Bolivia superan estos niveles de mortalidad). La razón es que la mortalidad es uno de los derivados de las carencias que sufren los hogares pobres y, especialmente, de la inadecuada atención médica del embarazo y el parto en la Argentina. .
El agravamiento de las desigualdades y la descomposición social que conlleva, hipoteca el futuro de las jóvenes generaciones. Así, las oportunidades laborales y educativas de los jóvenes ha seguido declinando. La deserción escolar entre jóvenes de 15 y 19 años alcanzó en 2003 al 25% en todo el país. En la provincia de Tucumán la cifra alcanza el 34%. Los datos del Indec informan que 1.413.537 chicas y muchachos de esa edad son excluidos sociales: no estudian ni trabajan. En el 2001, la cifra de jóvenes que no estudiaba ni trabajaba alcanzaba, en todo el país, del 6,2%. En el 2003 creció al 15%. .
[-] 3. La respuesta del Estado .
En Argentina, el reemplazo de un semi-Estado de providencia por un Estado neoliberal, se tradujo en el aumento de las desigualdades, la concentración económica y la exclusión de vastos sectores de la población. La implementación de este modelo excluyente, que ha implicado la conculcación de los derechos más elementales, se ha venido sosteniendo sobre dos ejes fundamentales: por un lado, el Estado fue desarrollando estrategias de contención de la pobreza, por la vía de la distribución -cada vez más masiva- de planes sociales y de asistencia alimentaria a las poblaciones afectadas y movilizadas; por el otro, el Estado se encaminó hacia el reforzamiento del sistema represivo institucional, apuntando al control de las poblaciones pobres y a la represión del conflicto social. .
[-] El primer eje da cuenta entonces del abandono de política públicas universales, propias de la matriz estadocéntrica, y la adopción de políticas sociales particularistas, en consonancia con la nueva matriz neoliberal. Así, en plena reforma neoliberal, los sucesivos gobiernos se orientaron a la gestión de las necesidades básicas insatisfechas, a través de políticas sociales focalizadas. Los primeros ensayos de asistencia alimentaria (impulsada por el gobierno radical y los diferentes gobiernos provinciales, en manos del justicialismo, a fines de los '80), fueron seguidos por una política más sistemática de ayuda social, que incluía la salud y la infancia, entre otros. A mediados de los '90, el ejemplo elocuente fue la creación de una red de "manzaneras" (dirigidas por la esposa del entonces gobernador provincial y luego presidente provisional Eduardo Duhalde), en la provincia de Buenos Aires, que produjo una reorganización de la política en función de los mediadores barriales. .
En 2002, bajo el gobierno de E. Duhalde, continuado por N.Kirchner, la política social registró un punto de inflexión importante. En medio de la mayor crisis económica y social de la historia argentina, el gobierno nacional lanzó un nuevo programa social, el Plan Jefas y Jefes de Hogar -actualmente el de mayor envergadura en América Latina en su tipo-. Según estimaciones oficiales, éste programa alcanzaba en mayo de 2004, a 1.760.000 desocupados . Si incluimos el Plan Familias y el PEC (Programa de Emergencia Comunitaria), las cifras llegan a 2.200.000. Los nuevos planes sociales implicaron un fortalecimiento de la matriz asistencial del modelo neoliberal, por varias razones: no son universales, tienen un carácter compensatorio (equivalente a 50 U$A mensuales), ya que no llegan a cubrir las necesidades básicas; por último, aparecen como una clara herramienta clientelar, pues en un alto porcentaje son controlados directa o indirectamente por los municipios, en su mayoría en manos del partido gobernante (Informe del Cels, 2003). La inflexión es clara: no sólo el nuevo plan social es absolutamente coherente con las políticas sociales anteriores, sino que, por su misma envergadura y alcance, apunta a la consolidación de la matriz neoliberal, al fijar la inclusión de los excluidos en tanto excluidos. .
[-] El segundo eje, que nos interesa abordar en profundidad, se refiere al progresivo reforzamiento del sistema represivo institucional, visibles en el proceso de reformas legislativas que agravan los delitos cometidos por los sectores pobres y/o marginados de la población, así como en la criminalización de la protesta social. En efecto, la vertiginosa pérdida de derechos (sociales, laborales) fue acompañada por el endurecimiento del contexto represivo (Svampa y Pereyra: 2003), reflejada en el aumento y pertrechamiento de las fuerzas represivas (aumento de efectivos de la policía federal, provincial, gendarmería nacional y prefectura). El ejemplo más elocuente es el de Gendarmería nacional, que pasó del cuidado de las fronteras, al control y represión de los conflictos sociales provinciales, desde 1993 en adelante. Un hecho poco conocido es que la localidad de Gral Mosconi, en Salta, estuvo literalmente sitiada por la Gendarmería durante un año y medio, entre mayo de 2000 y diciembre de 2001. La violencia de Estado se concretó en fuertes situaciones de represión. Los crímenes arrancaron en 1994 con Víctor Choque (Tierra del Fuego), continuaron en Cutral Có (abril de 1997), Corrientes (diciembre de 1999), Gral Mosconi (diciembre de 2000, junio de 2001), Buenos Aires (Diciembre de 2001, junio de 2002) y, más recientemente, en Jujuy (Ledesma,octubre de 2003). Cabe aclarar que ninguna de estas muertes han sido todavía esclarecidas, y aquellas en las cuales ha avanzado la investigación solo se ha llegado hasta el autor material del hecho pero no sobre los responsables políticos que podrían llegar a estar involucrados. .
[-] En el ámbito urbano, desde el comienzo del nuevo ciclo de protestas (1996) y hasta el presente, la represión fue acompañada por una política de judicialización y criminalización de la protesta social que arranca en 1996/97, con los primeros cortes de ruta y que en la actualidad, tiende a profundizarse. Los procesamientos, que alcanzan hoy más de 4.000 personas, se han registrado principalmente en las regiones y provincias más conflictivas, mostrando con ello que, lejos de ser casuales, forman parte de una política de Estado, expresada a través de una da las divisiones administrativas del poder estatal - la justicia- en sus diferentes jurisdicciones (provincial y federal, respectivamente). En este sentido, el fallo contra la docente M.Schiffrin , en la provincia de Río Negro, resulta emblemático, pues simboliza mejor que ningún otro producido hasta el momento, el modo en que el derecho local piensa y reacciona frente a la protesta social. Aquí, la justicia falló condenando a la nombrada a la pena de tres meses de prisión, cuya ejecución dejó en suspenso, por considerarla "coautora penalmente responsable del delito de impedir y entorpecer el normal funcionamiento de los medios de transporte por tierra y aire". Además de ello, la justicia le impuso como pauta de conducta la "de abstenerse de concurrir a concentraciones de personas en vías públicas de comunicación interjurisdiccionales en momentos en que se reúnan más de diez personas, durante el plazo de dos años (arts. 26, 27 bis, 29 inc. 3º, 45 y 194 del Código Penal)", mostrando con ello su carácter político, pues lo que se apuntaba a penalizar no era solo el tipo penal invocado por el magistrado actuante, sino cualquier actividad política organizada por un plazo mucho más amplio que la propia pena privativa de la libertad. Dicho fallo fue confirmado por la Cámara de Casación Penal y en la actualidad se halla ante la Corte Suprema de la Nación. .
Por otro lado, fallos de este tenor, que desconocen la validez de derecho de petición, caracterizan notoriamente los dictámenes de los jueces provinciales y federales de Salta, una de los principales focos de la protesta social a lo largo de los últimos diez años. Como ejemplo, podemos citar el caso de Pepino Fernández, dirigente de la UTD de Mosconi, sobre quien pesan 76 causas penales. En abril de 2003 Pepino Fernández fue detenido por orden de la justicia federal en Buenos Aires, en la puerta del Congreso Nacional. Se le aplicó, una vez más, el artículo 194 del código penal, por "interrupción del tránsito". Su detención se produjo en plena campaña electoral, cuando la fórmula Menem-Romero (éste último, gobernador de la provincia de Salta) endurecía su discurso respecto de la necesidad de penalizar la protesta social. Pepino Fernández estuvo preso, junto con otros tres dirigentes, durante 40 días. Para liberarlo, el juez impuso como condición que el detenido -un desocupado- se comprometiera a no participar de ninguna actividad política, a lo cual añadió para este caso particular el pago de una caución de 10.000 pesos. Si bien, por un lado, el gobierno presenta como bandera la decisión de no reprimir la protesta social, por el otro, se advierte un avance notorio de la criminalización, que recae sobre los protagonistas. Por otro lado, pese a que el gobierno nacional se había comprometido a tratar una reforma o posible derogación de los tipos penales que colisionan con las nuevas formas de protesta social (art.194 del código penal), y que organizaciones como Correpi presentaron proyectos de anmistía, para poner fin a los procesamientos, el gobierno finalmente olvidó los proyectos y optó por manejarse -en palabras del ministro del interior, Aníbal Fernández- con el "código penal en la mano". De esta manera, una vez reafirmada la política de la "no-represión abierta", la tendencia a la criminalización del reclamo piquetero sufrió una nueva inflexión, y tomó un fuerte impulso. .
Así, por ejemplo, el poder judicial actúa de oficio, a través de la denuncia penal de conocidos representantes de la última dictadura militar (el abogado defensor del Comisario Echecolatz, acusado por de la sustracción de menores durante la dictadura, presentó denuncia penal contra los movimientos piqueteros), o de algún ministro del propio poder ejecutivo nacional (el Ministro de Trabajo actual) o provincial (casos como la Provincia de Salta). Algunos jueces y fiscales han abierto, de oficio, sendas investigaciones que, lejos de perseguir delitos comunes, muestran una clara intencionalidad de hostigar judicialmente la actividad política de sectores que se manifiestan opositores al status quo. Son los mismos jueces que omiten actuar de oficio ante la violación de derechos humanos. .
Asimismo, en los últimos meses, se han iniciado una serie de causas que han derivado en medidas de investigación, seguimiento y control sobre diversas organizaciones piqueteras, pretendiendo identificar sus domicilios, formas de organización, financiamiento, entre otros. Para ello, podemos citar las causas llevadas adelante por los Fiscales Federales Ebers, Comparatore ó Stornelli donde se piden medidas de inteligencia sobre las organizaciones piqueteras a fin de acreditar cual es su forma de organización, elección de dirigentes y/o utilización de recursos económicos que manejan tales organizaciones. Un ejemplo de tal práctica judicial es la causa seguida contra el Movimiento Teresa Rodríguez, por el escrache que dicha organización hizo a la empresa petrolera Repsol-YPF, en mayo de 2004. Así se ha ordenado en la causa 7319/2004 del Juzgado Federal Nro. 9 a cargo del Dr. Galeano (él mismo que llevo adelante la cuestionada instrucción del atentado a la AMIA) que: "-se sirva disponer lo necesario para determinar la identidad, domicilios y teléfonos-con indicación de cabecillas, organizadores y responsables- hayan estos participado o no de la movilización -" ; "-se determinen los lugares de reunión de los integrantes de la agrupación MTR-"; "-la nómina de personas que en el marco del Plan Jefes y Jefas de Hogar o de cualquier otro subsidio, o en cualquier otro concepto, se encuentren registradas como pertenecientes al grupo..."; "...cualquier constancia relativa a la nómina y datos personales de los integrantes, líderes, como así también los lugares de asiento de las reuniones o asambleas llevadas a cabo por dicho grupo. Interesa la información que surja de toda presentación, nota, folleto, constancia de reunión, constancia de negociación, acta, o asamblea en la que hubieran participado ese Ministerio (de Trabajo) y/o integrantes del grupo-" .
Recordamos que se trata del mismo fuero federal y los mismos jueces que están siendo seriamente cuestionados por el conjunto de la sociedad, a raíz de investigaciones de los supuestos delitos cometidos por funcionarios del Estado, que por lo general, terminan en una notoria impunidad. .
Otra de las tácticas implementadas con frecuencia es el agravamiento de las imputaciones vertidas hacia los manifestantes. Al inicio de las protestas masivas, las imputaciones resultaban ser por delitos menores, de los llamados correccionales (atentado y resistencia a la autoridad, obstrucción del tránsito o similares), pero con el transcurso de los años las imputaciones fueron alcanzando mayor gravedad. En la actualidad, en la mayoría de los casos se les imputa a los detenidos delitos criminales, no excarcelables, apuntando a transformar la detención en prisión preventiva. La utilización de figuras penales como la coacción agravada, privación ilegítima de la libertad, sedición y similares, se ha transformado en algo frecuente. Ello conlleva meses de detención de aquellos que resulten imputados en dichas causas, que por lo general se caen por falta de elementos que sostengan la imputación judicial. .
Asimismo, en forma silenciosa, se instrumenta una judicialización de las segundas líneas de las organizaciones sociales mediante denuncias anónimas o provenientes de funcionarios de la administración pública. Así, han surgido una variedad de causas contra innumerables militantes populares, a raíz de denuncias de extorsión, intimidación o imputaciones similares, tomando, en la mayoría de los casos, conocimiento de ellas en forma casual, luego de meses de investigación llevada adelante en forma secreta. Es en general a través de los municipios (alcaldías) y sus funcionarios por donde se instrumentan estos tipos de denuncias vinculadas a "supuestos" manejos fraudulentos de los planes sociales. .
La propia investigación fiscal o aquella llevada adelante por las defensas (vinculadas a organismos de DDHH) han logrado demostrar que en la mayoría de los casos tales denuncias son "exigencias" que realizan los funcionarios a quienes concurren ante el estado para pedir asistencia social o la asignación de algún plan de trabajo. Es decir que como primera contraprestación para la entrega de un subsidio los funcionarios estatales requieren que el peticionante formule denuncia penal o administrativa (que luego es derivada a la justicia penal) contra algún dirigente u organización social de la zona. En la mayoría de los casos tales denuncias deben ser desechadas por falta de pruebas o porque los propios denunciantes nunca se presentan ante la justicia a ratificar sus dichos. .
Por otro lado, el reciente fallo de la Cámara Nacional de Casación (abril de 2004), el máximo Tribunal Penal de la Nación, ilustra esta escalada en dirección de la criminalización de la protesta social. La Cámara revocó un fallo que liberaba a 9 manifestantes del gremio ferroviario "La Fraternidad", a raíz de una protesta realizada en diciembre de 2001, en el marco de la CGT, que incluyó la detención de la marcha de 2 trenes. En este caso, los jueces pusieron un extraordinario énfasis en el hecho de que los imputados no consiguieron una autorización policial para realizar las reuniones o manifestaciones que llevaron a cabo. En razón de dicha omisión -concluyeron- los imputados realizaron un ejercicio impermisible de sus derechos, que el Estado debe sancionar. Dicha postura, que insiste en poner el acento en la autorización policial no es sino una muestra más de una tendencia extendida en nuestra comunidad jurídica, que mira a la Constitución no desde el punto de vista de la libertad, sino desde la perspectiva de quien puede limitarla, haciendo uso del aparato coercitivo estatal (Gargarella:2004). Sin embargo, el fallo fue más lejos, pues la Cámara tipificó como delito el corte de cualquier vía de tránsito, identificando esta metodología con el reclamo piquetero, calificando al mismo como "mecanismo primitivo de pseudo-defensa de sectores e intereses, o en algunos casos, ni siquiera estos, inaceptables en los tiempos que corren y que constituyen además de delitos, actos de disgregación social". Recordemos que los trabajadores ferroviarios habían sido sobreseídos por la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, que revisó la cuestión, pero la fiscalía apeló el fallo y el tema llegó a instancias de la Sala III de la Cámara de Casación, una de las instancias más altas del poder judicial en Argentina. .
Asimismo, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, sede del gobierno nacional y punto neurálgico de la protesta social, se pretende avanzar en el marco normativo que obligaría, a quien quiera realizar una movilización, acto u cualquier otro tipo de protesta, a pedir permiso a las autoridades como requisito obligatorio. El no cumplimiento del mismo o la realización de la actividad sin autorización traería aparejado sanciones que van desde multas por miles de pesos hasta 90 días de arresto. A mediados del mes de julio del corriente año se realizó una protesta masiva que derivó en incidentes (con fuerte sospecha de armado de grupos de inteligencia) con detenciones de más de una veintena de manifestantes a quienes se les imputan delitos tan graves como coacción agravada (supuestamente por haber impedido el tratamiento de la ley) o privación ilegitima de la libertad (al haber cercado el edificio legislativo impidiendo, supuestamente, la salida de los legisladores) .
La política de criminalización de la protesta social ha afectado el derecho a expresar libremente las ideas. En efecto, el proceso de concentración de medios y la ausencia de una política de Estado con respecto a los medios públicos ha posibilitado otro de los escenarios más crueles de la exclusión social en la Argentina. A tal punto,que en varias y probadas oportunidades los holdings mediáticos han tenido un papel definitorio tanto en la ocultación de la verdad en casos de represión institucional (como en la Masacre de Puente Avellaneda) como en la criminalización de la protesta. .
En el informe 2002 sobre Libertad de Expresión, el relator de la CIDH (OEA) ha sido explícito al respecto: "Tanto la pobreza como la marginación social en que viven amplios sectores de la sociedad afectan su libertad de expresión porque sus voces se encuentran postergadas y por ello, fuera de cualquier debate". Ese marco se ve reforzado por los recientes fallos que avanzan sobre otro derecho: el derecho a la libertad de reunión. Dice Bertoni en un artículo del 7 de junio de 2004. "En la República Argentina la protesta y movilización social se han constituido, en ciertos casos, como herramienta de petición a la autoridad pública y también como canal de denuncias públicas sobre corrupción, abusos o violaciones a los Derechos Humanos". (...) Resulta inadmisible la criminalización per se de las demostraciones en la vía pública cuando se realizan en el marco del derecho a la libertad de expresión y al derecho a reunión. La criminalización per se podría generar un efecto amedrentador sobre una forma de expresión de los sectores de la sociedad que no pueden acceder a otros canales de denuncia o petición. El amedrentamiento a la expresión a través de la amenaza de imposición de penas privativas de la libertad para las personas que utilizan el medio de expresión antes mencionado tiene un efecto disuasivo sobre aquellos sectores de la sociedad que expresan sus puntos de vista o sus críticas a la gestión de gobierno para intentar incidir en los procesos de decisiones y políticas estatales que los afecta directamente". .
[-] El panorama se agrava si incluimos una descripción de la continua y sistemática violación de los derechos territoriales de la cual son objeto los pueblos originarios en Argentina. Entre ellas, las comunidades Kolla, Mapuche, Wichí, Tobas y Ava Guaraní han protagonizado en años recientes una sostenida resistencia a los desalojos y, al mismo tiempo, no han abandonado su lucha por alcanzar la propiedad legal de las tierras que ocupan. Si bien en nuestro país está vigente el marco legal que reconoce el derecho de los Pueblos Originarios a vivir en las tierras ocupadas por sus antepasados y a desplegar sus prácticas culturales y modos de vida, su cumplimiento y concreción permanece en el plano formal. Es decir, a pesar de la Ley Indígena 23.302, del articulo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional y de todos los tratados y convenios internacionales de rango constitucional como el 169 de la OIT, las demandas de los indígenas no se responden y las comunidades sufren aún la incertidumbre sobre la entrega de títulos. Muchas veces, los abusos de las autoridades locales que hacen caso omiso del cumplimiento de la ley en relación con esas poblaciones, reproducen el mismo desprecio que en tiempos pasados. .
En los dos últimos años pudimos contabilizar una serie de casos que demuestran que este problema sigue latente y que profundiza su gravedad. En febrero de 2003 en Los Juries la policía atacó y desalojó a la comunidad campesina de San Pedro, registrándose algunos heridos y 15 campesinos detenidos. A fines del mismo año, veintitrés familias de la localidad santiagueña de Tintina realizaron un escrache en la ciudad de La Plata para evitar el remate de tierras, que iban a ser vendidas a pesar de que vivían allí familias amparadas por el derecho a la posesión veinteañal. En Formosa, a principios de 2003 las fumigaciones de agrotóxicos utilizados para la producción de soja transgénica produjeron trastornos en la salud de las familias campesinas que habitan el lugar y arruinaron las cosechas de productos destinados al autoconsumo y a la venta en mercados locales. Si bien no se registraron expulsiones mediante la coerción directa, la reiteración de estas situaciones podría inducir a la migración "voluntaria" de pequeños productores. La presencia del MOCAFOR (Movimiento Campesino de Formosa) permitió que esta situación tomara estado público y se inicie un juicio para amparar a los productores. En septiembre de 2003, en la localidad de Chivilcoy (provincia de Buenos Aires) el Movimiento de Mujeres Agropecuarias en Lucha (MMAL) detuvieron el remate de un campo y se produjo, por primera vez desde la existencia del movimiento, el arresto de 5 integrantes del MMAL. El Movimiento de Mujeres Agropecuarias en Lucha viene luchando desde 1995 en contra del remate de chacras afectadas por los endeudamientos en condiciones usurarias. .
En noviembre de 2003 en el departamento de Lavalle (provincia de Mendoza) empresarios sin títulos intimidaron a productores de la zona, con apoyo de la policía provincial. Más de 20 familias campesinas de la localidad de Jocolí resistieron un intento de usurpación de las tierras que habitan desde hace más de 30 años. En diciembre de ese mismo año, en el Noroeste de Córdoba, cerca de la localidad de Puesto de Castro en el departamento Río Seco (a 180 kilómetros de la Ciudad de Córdoba) se produjeron desalojos a los que se opuso la Asociación de Pequeños Productores del Norte de Córdoba (APENOC). .
Estos son algunos de los casos que han tomado conocimiento público. Sin embargo, con el avance de la frontera agropecuaria y la avidez de tierras para ser incorporadas a la producción de soja transgénica, probablemente existan otros desalojos compulsivos o expulsiones "silenciosas" que no son registrados por los medios de comunicación o por organizaciones sociales. Aquí es donde cobra importancia la presencia de las organizaciones campesinas, ya que gracias a su actividad se han podido evitar muchos desalojos compulsivos y su articulación con otras organizaciones, permite la circulación de información y su difusión en medios urbanos y otro tipo de colectivos. .
En una situación similar están otras comunidades, aunque con el agravante de la coerción directa efectuada por guardias privadas, pero también por fuerzas de seguridad (policía y gendarmería). Como los Kollas de Tinkunaku, la comunidad Ava Guaraní de La Loma, Estación El tabacal, Salta, también tuvo que enfrentar al Ingenio San Martín del Tabacal. En esta oportunidad, en el año 2003, esta comunidad fue víctima de una feroz represión efectuada por la policía provincial y gendarmería, que tuvo como saldo el desalojo y la detención de miembros de la comunidad, acusados de ocupar "tierras del Tabacal". A fines de marzo de este año, la situación se repitió a pesar de la protesta que, en este caso, tuvo carácter global e involucró el boicot de sus productos. .
Uno de los casos más graves es el que registrado por la comunidad Kolla guaraní. En abril de 2004, luego de 42 días a la intemperie, en la ruta y bajo la lluvia, la comunidad kolla guaraní de Río Blanco Banda Norte (Orán Salta) decidió recuperar sus territorios. Así fue como 120 familias, con un promedio de ocho hijos cada una, decidieron hacer cumplir lo que el Defensor del Pueblo de la Nación había expresado en un dictamen que presentó ante la jueza que admitió en el expediente haberlos desalojado por error, pero que en los hechos permitió que una fuerte custodia armada se adueñara de los terrenos, impidiendo el reingreso de la comunidad. A pesar de la intervención del Defensor, al día de la fecha la comunidad kolla guaraní enfrenta un nuevo trámite judicial para desalojarlos de sus territorios y vive constantes amenazas. No han podido volver a cosechar, ya que han perdido todo: herramientas y semillas. También varias de sus casas, que fueron derribadas y la mayoría de sus pertenencias (colchones, muebles, ropa). .
En suma, tanto en el ámbito urbano como rural la política actual del Estado argentino registra una escalada represiva y una marcada criminalización del conflicto social, en relación a los sectores más movilizados y postergados de la sociedad. .
[-] Vinculado a la situación de los sectores más empobrecidos y/o marginados de la población se han agravado sensiblemente las penas fijadas para los delitos llamados de "subsistencia". Es así que el Código Penal ha venido sufriendo reiteradas reformas en relación con el aumento de las penas establecidas para delitos como el robo agravado por uso de armas, o la simple tenencia de armas ya sea de uso militar o civil. A su vez la legislación procesal se ha transformado de forma tal que torna prácticamente imposible acceder a los "beneficios" de la excarcelación, para los cuales se requiere que el imputado (por lo general, un pobre estructural) cuente con un solvente estado económico. Las estimaciones más austeras hablan de un notorio incremento de la población carcelaria en todo el país, haciéndose sentir sensiblemente en las comisarías y cárceles de la Provincia de Buenos Aires. .
Por otra parte el discurso de "mano dura" tomando como ejemplo la política de Rudolp Giuliani en New York ha generado un sensible aumento de muertes en enfrentamientos con las llamadas fuerzas del orden. Hace unos años atrás, C.Ruckauf, candidato a gobernador de la Prov. de Buenos Aires, luego electo, y posteriormente Ministro de Relaciones Exteriores del gobierno de E. Duhalde, hoy diputado, lanzaba su célebre frase "hay que meter bala a los delincuentes". Luego, ya en funciones como gobernador, éste decretó un aumento de sueldo para los policías que mataran a los delincuentes. Este político profesional esta siendo investigado por la justicia alemana en razón del rol que podría haber desempeñado en la desaparición de la comisión gremial de la fábrica automotriz Mercedes Benz durante la última dictadura militar. Entre su gabinete se contaba como Ministro de Seguridad a un militar golpista "carapintada" (Aldo Rico) y a un ex fiscal penal (Casanova) cuyo mayor logró jurídico fue pedir la aplicación de la pena de muerte para unos acusados por delitos comunes, durante la dictadura militar. Todos, el gobernador y sus ministros renunciaron a sus cargos (2001), dejando la provincia de Buenos Aires en la crisis más grande de su historia. Estos mismos son hoy los abanderados de la mano dura y partidarios de la restauración de la pena de muerte en el derecho penal argentino. .
La política y el discurso de mano dura trajo y trae aparejado un sensible aumento en los llamados casos de "gatillo fácil", supuestos enfrentamientos entre fuerzas policiales y delincuentes que luego se demuestra han sido fusilamientos a personas desarmadas, transeúntes o delincuentes ya reducidos. Correpi (Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional), organización especializada en el tema, lleva un registro de más de 2000 casos desde finales de la década del 80 a la actualidad, destacando un notorio aumento de los mismos en coincidencia con los discursos públicos antes citados, demostrando la directa relación existente entre el discurso del estado y la violación de DDHH que cometen los funcionarios del mismo. .
Asimismo, el avance de la política represiva del gobierno aparece ilustrado por la puesta en marcha del llamado "Plan de Protección Integral de los Barrios," que comenzó en noviembre de 2003 con la ocupación por parte de las fuerzas de seguridad de tres grandes villas de emergencia (fabelas) del Conurbano Bonaerense y que pretende extenderse ahora a otras diez villas de emergencia. Esta nueva escalada de la criminalización, visible en la militarización de los barrios carenciados, naturaliza la asociación entre "pobreza" y "delito", a través de la categorización de las poblaciones pobres como "clases peligrosas," distinguiéndolas del resto de la sociedad y señalando sus núcleos habitacionales como mera fuente del delito. Sin embargo, lo novedoso de este "Plan" no es tanto la correlación que establece entre "inseguridad," "delito" y "pobreza," -correlación que existe desde antes de su llegada, e independientemente de la reciente ocupación de las villas de emergencia- como las nuevas fronteras políticas y jurídicas que su puesta en marcha implica. En el límite, la emergencia de estas nuevas fronteras abre las puertas a la posibilidad de que, en nombre de la conservación del orden social, se instituyan zonas despojadas de derecho -"estados de excepción"-, en donde la autoestima y el respeto colectivo no cuentan, y en donde vuelve a primar una pura lógica de acción policial. .
[-] Por último, nos interesa dejar constancia de la situación de total impunidad del Estado y sus instituciones, como una constante de la historia argentina, tanto en lo que se refiere a graves hechos de represión política, casos de gatillo fácil que involucran a las fuerzas de seguridad y amenazas a defensores de derechos humanos y periodistas. La situación de impunidad se refleja en el estado actual de la causa en relación a la masacre del Avellaneda. Recordemos que el 26 de junio de 2002 las fuerzas represivas protagonizaron graves hechos de represión en el Puente Pueyrredón, que culminaron con el asesinato de dos militantes piqueteros pertenecientes a los MTD Aníbal Verón, Dario Santillán y Maximiliano Kosteki, más de setenta heridos con munición de plomo disparada por las fuerzas de seguridad del estado y casi ciento setenta detenidos, los cuales en su mayoría denunciaron haber sufrido diversas formas de apremios ilegales en las horas de detención, incluido simulacros de fusilamientos. A dos años de la masacre, ésta continúa impune, luego de que el presidente N. Kirchner no cumpliera con la palabra empeñada frente a los familiares, organismos de derechos humanos, y organizaciones populares de "investigar hasta las últimas consecuencias, sin importar quién caiga". La investigación solo ha avanzado sobre alguno de los autores materiales de los disparos pero no sobre las responsabilidades que podrían caber a funcionarios políticos que estaban al mando de las tropas que se desplegaron en el teatro de operaciones. La cantidad de declaraciones públicas y el tenor de las mismas hacen necesario abrir investigación al respecto pues desde el mes previo diversos funcionarios anticipaban la decisión estatal de reprimir. A este clima de hostilidad creado en torno de la protesta social, hay que sumar las declaraciones públicas del jefe del ejército y del ministro de acerca de la necesidad de que las fuerzas armadas intervinieran en la represión de los conflictos internos, así como los reclamos de los gobernadores provinciales al gobierno nacional. Hoy los políticos implicados en la represión continúan ejerciendo cargos legislativos, judiciales, ejecutivos y hasta de representación internacional con total impunidad, como el ex presidente provisional E. Duhalde, actualmente a cargo de la presidencia del Mercosur, o el Dr. Genoud (en ese momento Ministro de Seguridad de la Prov. de Bs. As y en consecuencia jefe de la policía bonaerense, cuyo personal resultó autor de la masacre) hoy Ministro de la Corte de Justicia de la Provincia de Bs. As., ó el caso del ex-comisario Fanchiotti, de la Policía Bonaerense (detenido como autor de dos homicidios y siete tentativas de homicidio), que continuó cobrando su sueldo de comisario aún estando en la cárcel, y que solo recientemente, al cumplirse el segundo aniversario, fue expulsado de la fuerza. Marca otro hecho llamativo de impunidad corporativa que en caso de procesamiento por comisión de delitos son las propias fuerzas de seguridad las que asignan abogados defensores de la planta permanente del estado. Esta situación de impunidad se extiende a anteriores hechos de represión, que involucran el crimen de Teresa Rodríguez, en Cutral Có, Neuquén (abril de 1997); el asesinato de Aníbal Verón (Mosconi, noviembre de 2000); la represión de junio de 2001 en Gral Mosconi, nuevamente, en la que murieron dos piqueteros -Carlos Santillán y Omar Barrios- y hubo más de 80 heridos, entre ellos, un joven de 19 años, Iván Dorado, que quedó parapléjico. Por último, recordemos la respuesta del Estado frente a una de las mayores crisis registradas en la historia del país, en diciembre de 2001. La represión desplegada por el Estado, que incluyó la declaración del Estado de sitio, durante las jornadas del 19 y 20 de diciembre de 2001, dejaron un saldo trágico de 33 muertos en todo el país (cifra que se eleva a 37 al día de la fecha, ya que algunas personas que habían quedado gravemente heridas por impactos de plomo, han fallecido en los últimos dos años), y unas 4.500 personas detenidas. En este sentido, los contrastes son claros: mientras que, en la actualidad, se viene avanzando en los juicios a los detenidos en aquellas jornadas, no sucede lo mismo en relación con los responsables políticos, causantes de la mayor represión llevada a cabo en los últimos 20 años de régimen institucional en Argentina. .
La situación de impunidad se refleja también en los casos de gatillo fácil, en relación al procesamiento y condena de policías y personal de seguridad involucrados en diferentes causas criminales, hoy en día prófugos. A título de ejemplo, citemos el caso del policía bonaerense Raúl Rodolfo Gastelú, quien se halla prófugo, y fuera encontrado culpable de la tortura y asesinato de Sergio Durán, un joven de 17 años. Por segunda vez en siete años, la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI), encontró al policía, que estaba prófugo y recluido en su domicilio, quien escapó caminando en medio de un impresionante operativo policial. Un caso que devela el funcionamiento de un aparato de encubrimiento amparado por el ministerio de seguridad, la policía bonaerense y la justicia. .
Esta situación de impunidad involucra al mismo Estado Argentino, si hacemos referencia al mayor atentado de la historia argentina, el de la voladura de la mutual israelita, la Amia. A diez años de los hechos, se ha probado que el fuero interviniente, lejos de hallar a los culpables,ha garantizado la impunidad, a través de la destrucción de las pruebas, el desvío de la investigación, la compra de testimonios falsos y demás irregularidades. Estos hechos, que muestran la complicidad del Estado argentino, derivaron en el apartamiento del juez y los fiscales originarios de la causa. .
Asimismo, esta situación de impunidad se refleja en los reiterados intentos por atemorizar y cercenar la tarea de los que trabajan en la defensa de los derechos humanos en Argentina. El ejemplo más reciente son los hechos de violencia de los que fue objeto el fiscal federal general Carlos Dulau Dumm en la ciudad de La Plata y a las amenazas enviadas al ex coordinador fiscal del Juicio por la Verdad, Hugo Cañón, y el fiscal federal Marcelo Molina. Como confirma el informe del CELS (2004), el Fiscal General Federal de La Plata, Carlos Dulau Dumm, fue privado de su libertad el 26/07/2004 y amenzado de muerte por un grupo de personas que lo obligó a ascender a un automóvil y lo llevó a recorrer durante unos 10 minutos las calles céntricas de la ciudad. Durante el secuestro los desconocidos hicieron múltiples referencias al trabajo que el fiscal realiza, junto a otros funcionarios judiciales, en la Unidad Fiscal encargada de impulsar las causas penales por violaciones a los derechos humanos que derivaron de la investigación desarrollada por la Cámara Federal de La Plata para establecer el destino final de miles de personas desaparecidas. Organismos de Derechos Humanos exhortaron al Estado a que se investigue la vinculación entre estas amenazas y la actuación de Dulau Dumm en los Juicios por la Verdad que se llevan a cabo en la capital provincial y en su futura actuación en el juicio por violaciones a los derechos humanos contra Ramón Camps. En el ámbito judicial no quedó ninguna duda de que las amenazas de muerte al fiscal federal Carlos Dulau Dumm fueron una reacción frente a lo que está sucediendo con las causas relacionadas con crímenes de la última dictadura militar. Como recuerda el informe del CELS ya citado, todavía hay medio centenar de expedientes en trámite y muchos imputados que podrían ser condenados, o incluso, pasar el resto de sus días en prisión. .
El gobierno de N. Kirchner ha asumido como política de Estado, la condena de la violación de los derechos humanos realizadas durante la última dictadura militar (1976-1983), lo cual ha contribuido a echar por tierra la "teoría de los dos demonios" que habían avalado los gobiernos anteriores, sin excepción, así como a impulsar una política de la memoria; dos inflexiones mayores que se hallan intrínsecamente ligadas a la larga lucha desarrollada por las numerosas organizaciones de derechos humanos que actúan en nuestro país. De esta manera, el actual gobierno ha sentado una gran diferencia respecto de administraciones anteriores, llegando al punto de solicitar perdón a la sociedad en nombre del Estado argentino, por la situación de impunidad registrada a lo largo de dos décadas de gobierno democrático respecto de las violaciones de derechos humanos durante aquella trágica época. Ahora bien, este importante salto cualitativo, no puede ni debe conducirnos a ignorar el contraste existente entre la política de condena de la violación de los derechos humanos en relación con el terrorismo de Estado de los años '70, y la actual política de derechos humanos respecto del presente y el pasado reciente, la que en términos de "política de Estado" coloca al gobierno actual en peligrosa continuidad respecto de las administraciones anteriores. .
4. Situación de los Derechos Humanos .
Partiendo del concepto general que determina que "los derechos humanos son universales, indivisibles, interdependientes y exigibles, y que los DESC tienen el mismo estatuto legal, importancia y urgencia que los derechos civiles y político" y que el goce de los derechos económicos, sociales y culturales es determinante para la posibilidad de un goce efectivo, igualitario y no discriminatorio de los derechos civiles y políticos", pues "asegurar el goce de derechos civiles y políticos sin considerar el pleno ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales conlleva discriminaciones intolerables que favorecen a los sectores beneficiados por la desigual distribución de la riqueza, del poder y que reproducen las inequidades sociales" y tomando el marco de referencia económico-social volcado al inicio del presente, surgido de estadísticas científicas, públicas y oficiales, es preciso concluir que la República Argentina se encuentra en una situación estructural de violación de DDHH esenciales, sin vistas a corto plazo de que el Estado tenga intención alguna de modificar tal situación. .
Sin pretender que el presente apartado sea un trabajo de exposición jurídica, ni mucho menos, sino al mero efecto ilustrativo para el conjunto de los lectores del presente, haremos una breve reseña del derecho a la vida y la integridad de las personas en el Ordenamiento Jurídico Argentino. .
"La libertad de vivir es considerada un atributo del ser humano que se expresa en la dimensión física y ontológica, en la sujeción del hombre a sus lazos sociales y también en el deseo de vivir que lo proyecta a lo largo de su existencia, aspectos todos que el derecho debe tutelar. Contar con un desarrollo mental y físico adecuado y normal, verse libre de fenómenos perturbadores de la tranquilidad psíquica, no estar sometido al dolor físico o a su amenaza, disponer de un funcionamiento adecuado de los órganos y miembros del cuerpo, son condiciones indispensables para la elección y materialización de planes de vida C.Nino: 1997), de modo tal que la violación de uno o más de los derechos reconocidos que condicione el desarrollo del ser humano se vincula inmediatamente con el menoscabo de la integridad personal." (Informe Especial Sobre DDHH. Defensoría del Pueblo de la Nación, 2002) .
El ordenamiento constitucional argentino ha receptado expresamente, incorporándolos como parte fundamental y superior, diversos Tratados Internacionales que se incorporan así al derecho positivo vigente. El derecho a una vida íntegra y plena resulta en consecuencia receptado constitucionalmente en forma clara y terminante. .
Dice el Defensor del Pueblo de la Nación al tratar la cuestión en el trabajo antes citado: "-La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana, el 2 de mayo de 1948, establece en su art. 1 que Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad de su persona. Los rasgos ya descriptos de los derechos a la vida y la integridad personal hallan holgada protección a lo largo del articulado de la Declaración. De esta forma se establece la tutela a la vida humana y la protección de la integridad, no sólo en sus aspectos biológicos y físicos, sino también en aquellos otros que tienen que ver con el desarrollo normal y completo de la materialidad y espiritualidad de las personas. .
Son ejemplos de ello: el artículo 6 que prevé el derecho a constituir una familia-y a recibir protección para ella, el artículo 11, que expresamente dice que la salud debe ser preservada por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica-, el artículo 12 que en cuanto al derecho a la educación declara que ésta debe capacitar a la persona para lograr una digna subsistencia, el mejoramiento del nivel vida y para ser útil a la sociedad, y el artículo 13 que expresamente introduce el derecho a gozar de los beneficios de la cultura. Por su parte, en el capítulo de Deberes, la Declaración expresa que Toda persona tiene el deber de convivir con los demás de manera que todas y cada una puedan formar y desenvolver integralmente su personalidad. La declaración Universal de los Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948, en su artículo 3 declara: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona, en su artículo 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios-,y por fin, el art. 26 La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana, y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales." .
Las normas mencionadas son solo algunas de todas las que están previstas en el ordenamiento jurídico argentino. Pero son suficientes para demostrar que dicho ordenamiento tiene como base fundamental la protección del derecho a la vida y a la integridad del hombre como derecho fundamental. Por otra parte la propia Constitución Nacional, desde 1957, a través de su artículo 14 establece, entre otros, que los habitantes de la Nación gozan de: .
a) Derecho de Trabajar y ejercer toda industria lícita. Sin embargo, los datos de la realidad demuestran la formalidad de una norma que no tiene implementación concreta. Pues:
[-] la tasa de desempleo, subempleo, y empleo no registrado demuestra que tal derecho ha quedado relegado a un texto vacío para una inmensa mayoría de la población que debería y necesita ser económicamente activa. Según datos oficiales en el mercado laboral hay 12 millones de personas que ganan un ingreso promedio insuficiente para cubrir la canasta básica de alimentos. Uno de cada tres argentinos tiene problemas de empleo. La desocupación alcanza a 2.400.000 personas. La subocupación a 2.250.000 personas. Hay 4.400.000 personas con problemas de empleo. .
[-] El llamado costo laboral bajo un 62% en la última década. Entre 1993 y mediados de 2003 el salario mínimo se congeló en 200 pesos (69 dólares mensuales, en diciembre aumentó a $300 (109 dólares) y desde enero de 2004 se fijo en $350 (120 dólares). Hoy supera apenas en un 6% el valor de la canasta básica de indigencia.
[-] b) Enseñar y aprender. Derechos que son vulnerados en la realidad: Los datos oficiales dicen que 1.413.537 jóvenes son excluidos sociales: no trabajan ni estudian. La deserción escolar entre jóvenes de 15 a 19 años alcanzó en todo el país al 25%. .
Por otra parte el artículo 14 bis determina que: "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital y móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad en el empleo público-." "-El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna" .
Otra vez la realidad como duro contraste con la norma escrita: .
[-] En la actualidad, el 55% de la población, esto es, casi 20 millones de argentinos, no tienen cobertura médica. Los ingresos del PAMI, sistema de salud para los jubilados, cayeron un 40%. El 75% de los nuevos puestos de trabajo creados en el 2003 son informales, es decir en negro, no declarados ante la seguridad social. Los trabajadores que consiguieron empleo en el 2003 cobran, en promedio, un salario inferior a los que ya tenían trabajo anteriormente. El 80% de las mujeres que sostienen un hogar pobre trabajan en negro y perciben ingresos inferiores al hombre. En los hogares pobres mantenidos por una mujer el ingreso en 25% inferior a los que tienen como jefe de hogar a un hombre. El Banco Mundial ha informado que "la imposibilidad de atención hospitalaria ha aumentado a causa de la falta de dinero para pagar los medios de transporte". .
La desnutrición está en aumento entre niños y adultos. La situación de los niños, los ancianos y los pacientes terminales es extremadamente precaria y vulnerable. Sin lugar a dudas toda una serie de derechos esenciales que son echados por tierra por la realidad social que hoy vive el país. Realidad que resulta ser el producto de años de políticas económicas aplicadas desde las más altas esferas de un Estado que, lejos de instrumentar aquellos derechos, ha favorecido la concentración de la riqueza en manos de una minoría en claro detrimento de las más amplias capas sociales de la Nación, a punto tal que la desigualdad social ha alcanzado records históricos. .
Por otra parte y a través del art. 75 inciso 22 se ha dado jerarquía constitucional y carácter complementario de la propia Constitución Nacional a diversos Tratados Internacionales, entre los que es necesario resaltar: .
[-] La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; .
[-] La Declaración Universal de Derechos Humanos; .
[-] La Convención Americana sobre Derechos Humanos; .
[-] El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; .
[-] La Convención sobre los Derechos del Niño; .
No tiene sentido repetir el texto y/o articulado de los mismos; basta confrontarlos con la realidad social descripta al inicio del presente trabajo para concluir sobre su no vigencia. .
La preservación de la salud por medidas sanitarias y sociales; la alimentación; la vivienda; la educación obligatoria, la enseñanza secundaria generalizada, la enseñanza superior accesible; el trabajo y el salario digno que aseguren un nivel de vida conveniente; la seguridad social que proteja de la desocupación, la vejez o la incapacidad y permita obtener los medios de subsistencia; el derecho a un nivel de vida adecuado para la persona y su familia; la protección contra el hambre; la reducción de la mortalidad y la mortalidad infantil; la prevención y tratamiento de enfermedades, entre tantos otros; son normas simbólicas de implementación nula (Las cifras, datos y estadísticas que acompañan el presente trabajo así lo demuestran). .
Los índices económicos, la política económica y la falta de política estatal demuestran que el Estado Argentino, a través de los distintos gobiernos de los últimos 21 años (que abarcan el último período constitucional), no ha tenido ni tiene interés en instrumentar la vigencia de los Tratados que él mismo ha firmado. Basta citar la nota aparecida en el Diario Clarín , del 18 de Julio de 2004, titulada: "EL FMI HACE UNA DURA AUTOCRITICA POR SU PAPEL DURANTE LA CRISIS ARGENTINA": .
Sin perjuicio de que el FMI pretende deslindarse de su propia responsabilidad, dicho documento, elaborado por la Oficina de Evaluación Independiente, creada por dicho organismo en el año 2003, sirve para marcar la responsabilidad del propio Estado argentino en la situación social a la que ha llevado a la población a la cual debería proteger. .
Dicho diario anticipa que el documento "-responsabilizará de la crítica situación al incorrecto manejo de Carlos Menem, Fernando De la Rua y sus sucesivos ministros de economía. Incluiría una objeción breve a la forma cómo devaluó el gobierno de Eduardo Duhalde. .
Así el FMI intentará salvar políticamente la responsabilidad que tuvo durante la instrumentación de un modelo que generó el mayor nivel de pobreza e indigencia de la historia argentina, durante la década del 90. El FMI apoyó todas las reformas, avaló la convertibilidad, el endeudamiento y encima expuso como modelo a seguir lo que ocurría en Argentina." .

[-] CONCLUSION .

Está fuera de discusión la existencia de deberes negativos y positivos por parte de los Estados a fin de lograr la plena vigencia de los derechos humanos consagrados internacionalmente. .
Los Estados deben abstenerse de menoscabar, limitar arbitrariamente e inclusive poner en peligro los derechos mencionados (deberes negativos), pero además tienen la obligación de arbitrar las medidas positivas necesarias para garantizar la plena vigencia de tales derechos. .
No puede el Estado eximirse de su obligación argumentando imposibilidades presupuestarias, ni puede limitarse a la creación de un marco normativo sin implementación practica. Ha dicho la Corte Interamericana de DDHH "La obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos no se agota con la existencia de un orden normativo dirigido a hacer posible el cumplimiento de esta obligación, sino que comporta la necesidad de una conducta gubernamental que asegure la existencia, en la realidad, de una eficaz garantía del libre y pleno ejercicio de los derechos humanos" (Velázquez Rodríguez, Godínez Cruz y Neira Alegre) . .
La reforma Constitucional de 1994 ha sido coherente con este criterio reforzando los deberes del Estado en cuanto a su deber de preservar la vida y la integridad de las personas, especialmente con la incorporación del inciso 23 del artículo 75, el que establece que "Corresponde al Congreso-legislar y promover medidas de acción que garanticen-el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los Tratados Internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad-" (Defensoría Del Pueblo, op.cit.) .
El Estado asume así el compromiso de adoptar medidas para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos humanos; por ende un Estado comete violación de los pactos cuando no logra remover a la mayor brevedad posible y cuando deba hacerlo, todos los obstáculos que impiden la realización inmediata de un derecho; no logra aplicar con rapidez un derecho que el Pacto exige; no logra satisfacer una norma internacional mínima de realización generalmente aceptada y para cuya satisfacción está capacitado. En el caso del Estado Argentino, en la actualidad, no cabe duda de la existencia de recursos para enfrentar la situación como tampoco cabe duda de la falta de intención política de hacerlo, como lo demuestran claramente los últimos datos de la economía: .
Recordemos, retomando las estadísticas ya citadas, que en abril de 2004 se vendieron productos al exterior por 3.025 millones, récord histórico que significó un 23 % más que el mes anterior. .
La balanza comercial tuvo un superavit de 1387 millones de dólares. .
En abril de 2004 el superavit fiscal llegó al nivel más alto de los últimos doce meses, fue de 1676,6 millones. El producto bruto interno creció en marzo un 11,9% en relación al mismo mes del 2003. .
Sin embargo, como contradictoria muestra del crecimiento económico, en la provincia de Entre Rios hay 20.000 personas con desnutrición, en su mayoría recién nacidos, bebes y niños de hasta 14 años. Un 50% de la población debajo de la línea de pobreza y un 30% debajo de la línea de indigencia. 200.000 personas necesitan ayuda estatal para poder alimentarse. .
Esto significa que 1,1 millón de habitantes (mas del 20%) sufre privaciones alimentarias. .
La paradoja: Entre Ríos tiene 1,3 millones de hectáreas sembradas de soja. .
En Argentina la agudización y aumento de la concentración económica y el incremento de la pobreza, unido a un aumento de la recaudación fiscal y la generación de riquezas de los dos últimos años, que incluyen el primer año del gobierno de Kirchner, demuestran que la situación se agrava sensiblemente. .
Y visto que el Estado Argentino, incluido el gobierno actual, no ha implementado políticas fiscales orientadas a una redistribución equitativa del ingreso, ni ha gravado preferente y selectivamente el patrimonio, ni las grandes fortunas y las transacciones comerciales; antes bien, ha afectado los salarios o los ingresos del trabajo personal con impuestos indiferenciados o regresivos al consumo o al valor agregado, preciso es concluir, sin dudas, que está en posición de ser denunciado como violador de los derechos humanos esenciales de su población. .
Así lo señala la propia Defensoría del Pueblo de la Nación, cuando en el trabajo citado afirma: "No obstante la existencia de los amplios reconocimientos que las normas otorgan a las libertades mencionadas, de la generosidad de las declaraciones y garantías que contiene el texto constitucional y de la responsabilidad que el estado ha asumido respecto de garantizar la vigencia y pleno ejercicio de los derechos humanos, en la actualidad asistimos a la cotidiana y sistemática degradación y violación de los mismos. .
-estos derechos inalienables, el derecho a la vida y a la integridad personal, se hallan, como se ha dicho, en un estado de inaceptable indefensión, confinándolos a su mínima expresión. Asimismo, se verá que ni la Constitución Nacional ni los Tratados Internacionales, ni tampoco la Ley, en el tema que tratamos, son cumplidos por quienes tienen el deber. En este sentido cabe decir que la violación sistemática de los derechos humanos, implica la destrucción sistemática de la democracia y la consecuente desintegración del tejido social-. .
Tal situación se manifiesta cada vez más abiertamente en la insostenible coyuntura de inequidad social-Sin embargo es evidente la urgente necesidad de dar verdadera vigencia a los derechos a la vida y a la integridad personal, para hacerlos asequibles a cada uno de los integrantes de la comunidad, condición indispensable para que ellos continúen siendo "integrantes"- .
La responsabilidad de que ello suceda se halla en cabeza de los Poderes Constituidos nacionales y provinciales, los que tiene que arbitrar con urgencia las medidas conducentes a la revisión de la situación descripta-. .
Buenos Aires, Argentina, Agosto de 2004. .
[-] Bibliografía utilizada .
[-] A. Barbeito y R.Lo Vuolo (: 1992) La modernización excluyente, Buenos Aires, UNICEF-CIEPP-Losada. .
[-] Banco Mundial, (2003) Informe N° 26127-AR Crisis y Pobreza 2003 Informe de Evaluación de la Pobreza. Director del informe: N. Hicks,24 de julio de 2003. .
[-] CELS, (2003ª) Plan Jefas y jefes: ¿Derecho social o beneficio sin derechos?, Buenos Aires, miméo, mayo (2003b), El Estado frente a la protesta social, 1996-2002, Buenos Aires, Siglo XXI editores. .
[-] Colectivo de abogados José Alvear Restrepo (2004), Estrategias de exigibilidad jurídica de los derechos económicos, sociales y culturales, bajo la coordinación de A.Uribe, encargado del área de DESC, Colombia. .
[-] Defensoría del Pueblo de la Nación (2002), Informe Especial sobre DDHH, Derecho a la vida y a la integridad de las personas, Buenos Aires, mimeo. .
[-] Gargarella, R.(2004) "Por qué el fallo que criminaliza la protesta es (jurídicamente) inaceptable", mimeo, 9 p.
[-] Gargarella, R. y M.Svampa (2004), "Las fronteras del derecho", publicado en Página 12, 1 de febrero de 2004 . .
[-] Grupo de Estudios Rurales-UBA (2004) "17 de Abril: Día Internacional de la Lucha Campesina. Desalojos y arrinconamientos de campesinos y de comunidades indígenas en la Argentina", Buenos Aires, mimeo (publicado en Realidad Ecónomica). .
[-] E. Kritz ( 2002), Poverty and the Labor Market in the Argentine Crisis. Documento de Estudio Número 4, parte II.
[-] Informe del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (IDESA) realizado en base a la encuesta permanente de hogares del Indec. .
[-] Movimiento de Trabajadores Desocupados Aníbal Verón, (2003), Darío y Maxi. Dignidad piquetera, Buenos Aires, Ediciones 26 de junio. .
[-] Nino, C. (1997), Fundamentos de Derecho Constitucional, Buenos Aires, Astrea. .
[-] Svampa, M. Y S.Pereyra (2003) Entre la ruta y el barrio. La experiencia de las organizaciones piqueteras, Buenos Aires, Biblos. .
[-] Zorroaquín, T. (2003) , "El aporte del campo a la economía nacional", agosto, Revista CREA, Buenos Aires. .
[-] Asociación Periodistas, Ataques a la prensa 2004 .
[-] López Artemio/Consultora Equis. Informe junio de 2004 en base a cifras del Indec .
[-] Lozano, Claudio y Raffo, Tomás El mercado de trabajo, junio 2004 .
Fuentes
[-] www.diariojudicial.com .
[-] www.cels.org.ar .
[-] www.correpi.lahaine.org .
[-] www.derhumanos.com.ar/indec.htm .
[-] www.indec.mecon.ar .
[-] www.siempro.gov.ar .
[-] www.unicef.org.ar .
[-] www.bancomundial.org .
[-] www.mecon.gov.ar .
[-] www.trabajo.gov.ar .
[-] www.defensor.gov.ar .
[-] www.cta.org.ar .
[-] www.periodismosocial.org.ar .
[-] www.lavaca.org .
[-] Diarios consultados: .
La Nación, Clarín, Página 12, El País (España) .

[-] CASOS TESTIGO .

[-] 1) Acoso judicial a la Unión de Trabajadores Desocupados (UTD) de Mosconi .

Mosconi es una localidad salteña, próxima a la frontera con Bolivia, sede de las principales multinacionales del petróleo que operan en la Argentina. Cuando a principios de los '90 la estatal petrolera YPF fue privatizada, dejó al 85% de la población de Mosconi desocupada. .
La UTD es un movimiento autónomo que ha organizado los reclamos sociales de la comunidad. Es una de las primeras organizaciones de desocupados en realizar cortes de ruta para obtener recursos. Desde entonces hasta hoy la principal demanda es de fuentes de trabajo y materiales para obras comunitarias. Han construido y reparados escuelas y centros de salud, montado 18 huertas comunitarias, una planta procesadora de residuos y dos fábricas de ladrillos, entre otros emprendimientos. En sus reclamos en la ruta, murieron 5 integrantes de la UTD y hasta la fecha esas muertes continuan sin investigación judicial. .
Esta es la denuncia presentada por José Pepino Fernández, máximo referente de la UTD, ante la Corte Suprema Provincial. .
"Vengo a denunciar formalmente la criminalización de que es objeto la organización social a la que pertenezco U.T.D. Mosconi (Unión de Trabajadores Desocupados) y en particular la criminalización de que soy personalmente objeto por plantear los reclamos sociales de mi comunidad. En efecto, como lo pruebo con la nómina de causas que adjunto soy penalmente perseguido por reclamar trabajo digno para los desocupados del Departamento San Martín de la Provincia de Salta, mejores salarios para los que tienen trabajo, reestatización del petróleo, denunciamos la contaminación ambiental provocada por las empresas petroleras de la zona que envenenan las aguas al arrojar deshechos tóxicos a cielo abierto provocando enfermedades y muerte a mi población, denunciamos la represión asesina de las fuerzas de seguridad aplicadas contra la población que salió a reclamar por su derecho a trabajar en los años 2000 con las muertes de Orlando Justiniano, Matías Gómez, Aníbal Verón, y en el año 2001 Carlos Santillán y Omar Barrios; denunciamos a la Gendarmería Nacional por intento de homicidio de Iván Dorado a quien dejaron hemipléjico luego de dispararle con balas de uso prohibido por convenciones internacionales para disuasión de población civil. .
No sólo soy objeto de la formación de causas criminales por parte de las petroleras de la zona y del gobierno provincial que actúa defendiendo los intereses de la misma en desmedro de la población sino que también he sido encarcelado en varias oportunidades y además se me ha llegado a imponer una fianza de $10.000, lo que constituye una burla para un desocupado y un claro intento de privación de mi libertad con el objeto de amedrentar a la población y reprimir la protesta social. .
Como lo demostramos con los proyectos comunitarios que llevamos a cabo en nuestra localidad de Mosconi, no somos delincuentes sino que funcionamos en la práctica como un verdadero municipio paralelo ya que construimos casas con los ladrillos que nosotros los desocupados fabricamos, reciclamos plástico, tenemos huertas comunitarias con las que abastecemos a los comedores comunitarios del propio estado provincial, refaccionamos escuelas, construimos salas de primeros auxilios, aulas de escuelas, reforestamos las zonas que las petroleras talaron indiscriminadamente, actuamos en defensa de la población en caso de aludes de barro y desmoronamiento de cerros en épocas de lluvia, y somos la única organización de desocupados que no recibe bolsones de alimentos ni tiene comedores comunitarios pues luchamos por la dignidad del pueblo y la integración de las familias, lo que pareciera ser delito para el Estado . .

NOMINA DE ENCAUSADOS de Mosconi, Tartagal, Aguaray, Pocitos .

1.-Causa N° 1233/99 del Juzgado Federal N°2 caratulada " Autores a establecer s/ Interrupción de los Medios de transporte suscitado el 13/12/99 y días sucesivos, entre las localidades de Mosconi y Tartagal. .
Encausados: .
Juan Carlos Fernández .
Fermín Hoyos .
Rodolfo Esquivel .
Oscar Nieto .
Dora Velázquez .
Juan Carlos del Valle González (Tartagal) .
Procesados-Apelada-confirmada- Requerimiento elevación a juicio. .
2.-Causa N° 446/00, Juzgado Federal N°2 por corte Ruta Nac.34 en Tartagal y Mosconi del 3 al 13 de mayo del 2000. Encausados: por Interrupción de las vías de comunicación y transporte, motín, tumulto e intimidación pública- El Juez Federal aplica la ley 24059 de Seguridad Interior. Se produce la pueblada de más de 10.000 personas de las poblaciones de Tartagal y Mosconi sobre la ruta 34, uniendo 10 km a pie para enfrentarse a la Gendarmería Nacional. .
1) Miguel Angel Gallardo(malherido) .
2) Viltermo Arredondo .
3) Juan David Acosta .
4) Clemente Torres .
5) Alberto Rodríguez .
6) Ernesto Vargas .
7) Jorge Raúl Pérez .
8) Lucio Juan .
9) Fortunato Ruiz .
10) Roque Rojas .
11) Victor Manuel Rojas .
12) Victor Rojas .
13) Héctor Mansilla .
14) Fabiola Guerrero .
15) Oscar Julio Ríos .
16) Juan Contreras .
17) Carlos Julián Gutiérrez .
18) Sergio Daniel Gallardo .
19) José Luis Quinteros .
20) Silvia Alvarez .
21) Héctor Domínguez .
22) Rubén Abraham .
23) Eduardo Rodolfo Cruz .
24) Juan Torres .
25) Cirila Rojas .
26) Eric LEandro Galarza .
27) Eugenio Ricardo Martínez .
28) Carlos Ortiz (wichi herido) .
29) Hugo Fidel Cruz .
30) Lorenzo Victorino .
31) Miguel Ricardo Rojas (16 años) .
32) Flavio Andrés Vieyra (seriamente lesionado) .
33) Miguel Ojeda .
34) Juan de Dios Gómez. (enfermo epiléptico) .
35) Víctor Hugo González (periodista) .
36) Claudio Daniel Jaime .
37) Hugo Daniel Chandía .
38) Esteban Beltrán .
39) Roque Javier Alderete .
40) Benito Verón .
41) Sergio Jesús Sarsuri .
42) Urbano Santillán .
43) Luis Abel Martínez .
44 Miguel Angel Calermo .
45) Segundo Cruz .
46) Jorge Pizarro .
47) Arnaldo Romero .
48) Napoleón García .
49)Antonio Casarino .
50) Juan Juárez .
51) Carlos César Contreras .
52) Miguel Angel Gallardo .
Se encuentran procesados: .
Juan Carlos Fernández .
Juan Domingo Javier .
Juan David Acosta .
Inés Basilia Torres .
José Gustavo Fernández .
Rodolfo Andrés Peralta .
APELADA Y CONFIRMADOS PROCESAMIENTOS (art.194 C.P.) .
Requerimiento elevación a juicio. .
3.-Causa N° 506/00 -Juzg. Federal N° 2 "C/ LUCERO, Juan Carlos, y otros " por Corte de Ruta del 23 de mayo de 2.000. en Ruta Nac. 34. .
Encausados: .
JUAN Carlos Fernández .
Juan Carlos Lucero .
4.- Causa N°075/01 c/ FERNANDEZ, JOSE (PEPINO) y otros por S/ INFRACCION ARTS. 237, 238 Y 241 DEL C.P. Corte de acceso empresa Tecpetrol de Campo Durán, 30 de mayo de 2001. .
Encausados: .
PEPINO FERNANDEZ .
MANUEL GONZALEZ .
JUAN FLORES .
SERGIO FERNANDEZ .
RAMON QUIROZ .
JUDITH GUERRERO (embarazada de 5 meses) .
LEONARDO SAAVEDRA .
HUGO CUELLAR .
CLAUDIO DEL PLA .
OSCAR RUIZ .
VICTOR HUGO VILLARROEL (AGUARAY) .
JOSE MIGUEL GALLEGO (Aguaray) .
VICTOR DANIEL ARCE .
RAUL ALBERTO ARCE .
JOSE BARRAZA .
Procesado .
JOSE GUSTAVO FERNANDEZ por Obstaculización funcional, art. 241 inc. 2° C.P. .
Apelada el 26/3/03.Confirmada. .
5.-Causa N° 2152/00 del Juzgado Federal N° 1 iniciada en noviembre de 2000, por el corte de ruta donde murió Anibal Verón y siguió con el corte de ruta iniciado en mayo del 2001. El Juez Cornejo ordenó la represión del 17 de junio /01 por Gendarmería Nacional dejando como saldo las muertes de Santillán y Barrios. .
Se dictó el procesamiento de: .
José Ricardo Barraza: autor sedición(230inc1)en conc. real interrupción transp. Públ.(194) .
Carlos Omar Gil .
César Dardo Raineri .
Gustavo Andres Murillo: autor interrupción Transp.públ.art. 194 .
María Eugenia Zambrano .
Cristian Osvaldo Franco .
Juan Narciso Nieva: sedición conc.real interrup.transp.públ. .
José Miguel Gallegos:autor impedim. normal desenvolv. transp. Terrestre-art194 .
Luis Ricardo Gil .
Carlos Alberto Cuellar .
Basilia Inés Torres: autor art.194 en concurso ideal (art.54) con sedición 230inc.1 .
Victor Daniel Arce Soria .
Rosa Elena Torres .
Juan Antenor Aybar .
Nestor Emilio Le Bret .
Rafael Hugo Bulacio .
Eduardo Normando Cabral .
Aldo Cástulo Fernández .
Leonardo Miguel Aguirre .
Domingo Enrique Flores .
Rubén Darío Zárate .
Lucía Susana Díaz .
Roberto Javier Viste .
Eva Noemí Fernández .
Luis Cruz: autor art.194 en conc.real con sedición(230 inc.1°)conc.real resist.aut.art.239 .
Julio César Figueroa .
Néstor Alfredo Villagra .
José Gustavo Fernández:autor art.194 en conc.real con sedición, conc.real instigación (209) .
Rodolfo Andrés Peralta .
Oscar Adrián Ruiz .
Julio Rafael Domínguez: autor art.194 en conc.ideal sedición, conc.real abuso armas(art.104)en conc.ideal con resistencia a la autoridad (art.239) .
Ramón Alfredo Le Bret .
Sergio Adrián Aráoz: autor 194 en conc. Ideal sedición en conc.real abuso armas en conc.ideal resistencia autoridad en conc.mat. tenencia municiones de guerra (189 bis) .
APELADA-Confirmada art.194 .
6.-Causa N° 819/01 del Juzgado Federal N° 2, por corte de ruta del 15 de agosto del 2001, se encuentran encausados: .
Pepino Fernández .
Piquete Ruiz .
Villagra .
7.- Causa N° 800/01.Juzgado Federal N° 2. Corte de ruta 9/8/01 .
Imputados: .
Oscar Ruiz .
Rosa Torres .
Cristian Heredia .
Villagra .
8.-Causa N° 620/02 Juzgado Federal N° 2- por corte ruta del 19 al 22 de julio del 2002, se encuentran encausados: .
Pepino Fernandez .
Rosa Torres .
Tomás Moreno .
Raul Ariel Rivero .
9.-Causa N° 989/02 Juzgado Fed.N°2 por corte ruta del 20 de noviembre de 2002, Encausados: .
Pepino Fernández .
Adrián Aranivia .
Procesados. .
10.-Causa N° 933/02 Juzgado Fed.N°2 por corte de ruta del 18 de setiembre de 2002. .
Encausados: .
Noemí Fernández .
Jesús Sedán .
Raul Ariel Rivero .
Inés Basilia Torres .
11.-Causa 905/02.Juzgado Federal N° 1. .
Imputado .
José Gustavo Fernández .
12.- Causa N° 427/02, Juzgado Federal N°2- Corte de ruta el 16/5/02 .
Imputados .
Fernández, José Gustavo .
Fernández, Juan Carlos .
Peralta Rodolfo Andrés .
Procesado .
José Gustavo Fernández .
13.- Causa 829/02 - Juzgado Federal N° 2- Agosto 2002 .
Imputado .
José Gustavo Fernández .
14.- Causa 828/02. c" Fernández, Juan Carlos y otros S/ Interrupción de las vías de comunicación. Agosto 2002. .
Imputado .
José Gustavo Fernández .
Juan Carlos Fernández .
15.- Causa N° 064/02 -Juzgado Federal N° 2 .
Imputados: .
José Gustavo Fernández .
Oscar Ruiz .
Juan Nievas .
16.-Causa N° 167/03 -Juzgado Federal N° 1- por corte ruta del 4 al 15 de marzo 2003 .
Se ordenó detención de: .
Oscar Ruiz .
José Gustavo Fernández .
Juan Nievas Carlos Ariel Fernández (Tyson) .
Procesados-Apelada .
17.-Causa N° 217/03 -Juzgado Fed.N° 1- por Atentado y Resistencia a la autoridad contra personal G.N. .
Detenido : Oscar Ruiz .
Procesado-Apelada -confirmada -Requerimiento de elevación a juicio. .
18.-Causa 161/03 -Juzgado Fed. N° 2 corte ruta extrabajadores YPF .
Detenidos en Bs.As. el 9/4/03 .
José Gustavo Fernández .
Mario Reartes .
Juan Manuel Rosas. .
Excarcelación de José Gustavo Fernández denegada, apelada: revoca denegatoria e impone caución real o personal. Juez de 1° Instancia impone amabas cauciones real y personal por $10.000-Se opone recurso de reconsideración. Se deja sin efecto caución por $10000. Se impone caución personal: obligación de comparecer al juzgado una vez por mes del 1 al 10. .
Se opone recurso de casación contra cauciones. Se declara abstracta .
Procesados .
José G. Fernández .
Mario Reartes .
Juan Manuel Rosas .
19.- Causa 176/03 J.Federal N°2-abril 2003 .
Imputado .
Juan Carlos Fernández .
20.- Causa 1082 / 03 Juzgado Federal .
Imputado: José G. Fernandez .
Causas Provinciales c/ Pepino Fernandez en Tartagal .
21.- Causa N° 41.477/00 -por art. 194 .
22.-Causa 42.104/01 -art. 194 y coacción .
23.-Causa 38.010/99 -art.194 .
24.-48.846/02 Amenazas y daños .
25.- 42.436/01 art.194 .
26.- 52.937/03 -coacción .
27.- 53.751/03 por art. 194 .
28.- 53.463/04 por art.194 .
29.- 53.409/03 por art. 194 .
30.- 55.344/04 .
31- 039/04 Sumario Policial Sub-Cria Vespucio .
32.- 53.831/03 por Apología del crimen. Procesado -Apelada .
33.-54.605/04 art.194 .
34.- Causa N° 54.066/03 por Robo, Incendio, Daños, Amenazas en perjuicio de Empresa Tecpetrol .
Procesados: .
Eva Noemí Fernández .
Elvira Navamuel .
Oscar Ruiz .
Rubén Sedán .
Carlos Cabral .
Daniel Valencia .
Hugo Carabajal .
Vicente Chanampa .
Ramon Maldonado .
Juan Antonio Vargas .
Gustavo Gordiola .
Apelada .
Considerando que el Estado tiene la obligación de promover el bienestar general de la población y habiendo agotado las vías legales requiriendo al mismo que arbitre las medidas necesarias a efectos de asegurar el trabajo digno a la población del Dpto. San Martín de Salta toda vez que la mayor parte de la población trabajaba en YPF, existiendo una deuda impaga por parte de las petroleras y el Estado que data de más de DOCE AÑOS sin que hasta la fecha se haya abonado, sumiendo al pueblo a la miseria, enfermedad y muerte por desnutrición, ejercimos y ejercemos nuestro legítimo derecho de reclamar una vida digna, recurriendo al único medio que tenemos por estar fuera del sistema, sin sindicatos que nos protejan teniendo como único territorio para ser escuchados por las autoridades : la ruta o caminos y los accesos a las petroleras , reclamamos pacíficamente nuestros derechos, por lo que consideramos totalmente injusta la criminalización de que somos objeto tal como lo demostramos con la nómina de causa que aportamos a título ejemplificativo, mientras fiscales y jueces son ciegos y sordos para sancionar a las petroleras que saquean nuestra riqueza y contaminan el ambiente envenando el agua y provocando enfermedades y muertes. .
Por todo ello, solicitamos se dé legal curso a la denuncia que formulamos. .
SERÁ JUSTICIA .
Contacto .
Unión de Trabajadores Desocupados de Mosconi (UTD) .
José Pepino Fernández : pepinofernandez2004@yahoo.com.ar .
(5411) 3875-48-2870 .
Doctora Mara Puntano: puntanomara@hotmail.com .
(5411) 387-431-7738 .

[-] 2) Pueblos originarios .

[-] 2.1) Informe sobre violaciones de derechos .
[-] Cuáles son, cuántos son y dónde están .
Frente al vacío censal oficial algunas ONG's y organizaciones indígenas han estimado que el número de personas indígenas podría estar entre 800.000 y 2.000.000. .
Se cree que un porcentaje bastante elevado vive en asentamientos rurales y en forma comunitaria representando aproximadamente entre un 3% y un 5% de la población total del país. Algunas provincias cuentan con un 17 a 25% de indígenas en su población. Según las fuentes mencionadas, existirían más de 800 comunidades en todo el país mientras que por efectos de la migración urbana en algunas capitales de provincias habría una altísima concentración de familias y personas indígenas. .
Según esta información su composición y distribución sería aproximadamente la siguiente: .
[-] Región Noreste (provincias de Chaco, Formosa, Misiones y Santa Fe), pueblos Mbya- Guarany, Mocoví, Pilagá, Toba, Vilela y Wichí. .
[-] Región Noroeste (provincias de Catamarca, Jujuy, La Rioja, Salta, San Juan, Santiago del Estero y Tucumán), pueblos Atacama, Avá-Guarany, Chané, Chorote, Chulupí, Diaguita- Calchaquí, Kolla, Omaguaca, Tapiete, Toba, Tupí-Guarany y Wichí. .
[-] Región Sur (provincias de Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego), pueblos Mapuche, Ona, Tehuelche y Yamana. Región Central (provincias de Buenos Aires, La Pampa y Mendoza), pueblos Atacama, Avá Guarany, Diaguita-Calchaquí, Huarpe, Kolla, Mapuche, Rankulche, Toba y Tupí Guarany. .
[-] 3.2. Condiciones socioeconómicas .
[-] La destrucción de los recursos naturales .
Los territorios ancestrales de los pueblos indígenas están en peligro. La falta de regularización dominial les impide controlar la devastación ambiental debido al uso irracional de los recursos naturales por parte de no indígenas y la contaminación de sus suelos y fuentes de agua por parte de empresas mineras, petroleras y otras. Al no existir medidas efectivas de protección de la posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan en todo el país, se acelera el avance de los frentes agrícolo-ganaderos y el desembarco de "mega" proyectos de desarrollo. .
En la provincia de Salta, por ejemplo, donde se concentra la mayor diversidad de pueblos indígenas, la tala indiscriminada del monte nativo por parte de empresas forestales y apropiadores no indígenas, la ganadería extensiva a campo abierto, la instalación de emprendimientos agrícolas y las exploraciones petroleras y mineras provocan desertización, empobrecimiento de los suelos y severos daños a la biodiversidad de los diferentes ecosistemas . .
En la región sur, los pueblos Mapuche, Rankulche y Tehuelche enfrentan cotidianamente la experiencia de ver que "los alambrados se corren de noche". La invasión y el robo de tierras indígenas es la práctica frecuente de terratenientes y comerciantes. En los últimos años el interés de algunas corporaciones multinacionales por las tierras patagónicas ha ido presionando a pequeños productores locales -en su mayoría indígenas- que, apremiados por un mercado lanar en baja, les venden estancias y haciendas reduciendo aún más las posibilidades de recuperación de sus tierras ancestrales. Además, no son los indígenas quienes aprovechan el empleo generado por la instalación de las agroindustrias pues su vinculación con el mercado laboral es precaria, inestable o prácticamente inexistente. .
Otro problema serio que enfrentan las comunidades de la zona sur es la contaminación petrolera. En algunos territorios, las napas freáticas han sido invadidas por hidrocarburos tornando imposible el aprovechamiento del agua. Las personas indígenas, especialmente niños y ancianos, presentan niveles inaceptables de plomo y mercurio en sangre. .
[-] Problemática sanitaria .
Además de la destrucción ambiental, la problemática sanitaria en las comunidades rurales se agrava por los siguientes motivos: escasez de agua, asistencia médica deficiente o nula, ausencia de medios de transporte y comunicación, mínima asistencia educativa, ausencia de saneamiento ambiental, control inexistente de plagas y parasitosis animal y humana. .
No existen a nivel nacional ni provincial estadísticas desagregadas por origen étnico que permitan conocer el estado sanitario de los pueblos indígenas. Sin embargo, los lugares donde residen actualmente muestran los índices más altos de infecciones agudas tales como la tuberculosis, el mal de Chagas y el cólera, entre otras enfermedades. Según información no oficial, brindada por agentes sanitarios locales, en ciertas zonas rurales la tasa de mortalidad infantil alcanza al 30%. Pobremente alimentados, los niños indígenas parecieran tener su futuro comprometido. Aunque algunas escuelas les proveen una comida diaria, éstas no funcionan durante varios meses del año. La asistencia a clases revela un alto porcentaje de deserción debido principalmente a la discriminación que sufren por parte de maestros y compañeros no indígenas y a la escasez de medios económicos de las familias. .
Debido a que se ven forzados a emigrar hacia centros urbanos en busca de trabajo, por la reducción de sus territorios, el alcoholismo, y en menor medida la prostitución, son otros de los serios problemas que afectan a los indígenas más jóvenes. .
[-] La asistencia social .
En lo que se refiere a la asistencia social, si bien existen a nivel nacional y provincial varios programas que atienden las necesidades materiales de los sectores pobres, éstos no reconocen la distintividad de los pueblos indígenas. A su vez, la vía de acceso a ellos suele ser el remanido recurso del clientelismo político, lo que profundiza la dependencia indígena y refuerza su visión como sector vulnerable. .
Con sobrados fundamentos, las organizaciones y dirigentes indígenas sostienen que muchos de los graves problemas que afectan la salud de sus familias se podrían solucionar si el estado cumpliera con la normativa vigente en materia de derechos territoriales. La falta de regularización dominial impide la necesaria protección de los recursos alimenticios de que dispone. el ambiente lo que condiciona el crecimiento y desarrollo de las nuevas generaciones. .
[-] Marco legal vigente .
En 1994 se reformó la Constitución Nacional, incorporando en su artículo 75 el siguiente mandato: "Corresponde al Congreso: .
Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias podrán ejercer concurrentemente estas atribuciones". .
Nueve de las veintitrés provincias de la Argentina han incorporado en sus constituciones los derechos de los pueblos indígenas. Aun con matices, algunas parecen subscribir el espíritu de la Nacional en tanto otras conservan un tinte integracionista . .
En el orden internacional, en 1992, a través de la ley 24.071, Argentina adoptó el Convenio 169 de Organización Internacional del Trabajo (OIT). En el 2000, se ratificó el Convenio, que entró en vigencia el 3 de julio del 200 l. En 1995 se aprobó, por ley 24.544, la Constitución del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe (ONU) . En 1997, la ley 24.874 adoptó el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo (ONU). .
En el orden nacional, entre 1984 y 1993 se promulgaron una serie de leyes "integrales" que tienen a los indígenas como destinatarios: la ley nacional 23.302 sancionada en 1985 y reglamentada en 1989, y las provinciales N° 426/84 de Formosa, N° 6.373/86 de Salta -reformada en el 2000-, N° 3.258/87 de Chaco, N° 2.727/89 de Misiones, N° 2.287/88 de Río Negro, N° 3.657/91 de Chubut y N° 11.078/93 de Santa Fe. La ley nacional 23.302 creó el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), entidad descentralizada que actuará como organismo de aplicación de la política indigenista del Estado. Las leyes provinciales, por su parte, crearon organismos semejantes. Todas introducen una serie de medidas positivas tendientes a la "preservación, mejoramiento, promoción, respeto, desarrollo, y participación" de los ciudadanos indígenas. .
Consideradas en su conjunto, las leyes "indigenistas" parecen incorporar el reconocimiento de la diversidad cultural. Sin embargo, este discurso funciona más como estereotipo u obstáculo a sortear que como derecho del que gozan los indígenas. .
Falta de consulta en la ejecución de proyectos de infraestructura que afectan sus recursos naturales. .
Existen en el país obras de infraestructura que amenazan la integridad territorial y causan daño a la vida de las comunidades indígenas. En su gran mayoría estas obras fueron decididas, planificadas y ejecutadas sin estudios previos de impacto socio-ambiental. Por lo tanto no se consideraron medidas de mitigación por daños potenciales. Algunas de estas obras son, Yaciretá, Hidrovía Paraguay-Paraná, Gasoducto Nor-Andino, Corredor Bioacéanico, Plan Maestro del río Pilcomayo. Si bien la Constitución Nacional y "el Convenio 169 establecen la obligatoriedad de consultar a los pueblos indígenas cuando son afectados sus derechos de posesión de los recursos naturales en territorios indígenas, respecto de estos 'Omega emprendimientos", los pueblos indígenas no han tenido oportunidad de brindar su opinión, menos aún de incidir en la toma de decisiones. Para ilustrar la forma en que Argentina desconoce el carácter fundamental del derecho de participación y consentimiento libre informado de las comunidades indígenas afectadas basta señalar algunos casos que se reseñan a continuación. .
[-] Gasoducto NorAndino .
El trazado se fijó a través del territorio indígena, afectando en un tramo casas, rastrojos, zonas de cultivo y pastoreo, cementerios y sitios sagrados de la comunidad Tinkunaku del Pueblo Kolla, en la provincia de Salta. La empresa Techint-Norandino fue denunciada por la organización indígena y por la organización ecologista Greenpeace luego de 10 cual ofreció una compensación económica . .
[-] Repsol-YPF .
En la provincia de Neuquén, se renegoció el contrato de explotación del yacimiento Loma de la Lata por un nuevo período (15 años), pese a la persistente contaminación que sufren las comunidades del Pueblo Mapuche, Painemil y Kaxipayiñ. .
[-] Corredor Bioceánico .
En la provincia de Salta se levantó un puente internacional entre Argentina y Paraguay que afecta las áreas de uso tradicional de 6.000 indígenas de la Organización Lhaka Honhat, y está proyectada la construcción de la ruta nacional N° 86 por el mismo territorio afectando a las 35 comunidades que allí residen . .
La desventaja de los indígenas frente a los interesados en los proyectos es patente en la dificultad que tienen de acceso a la información, que por lo general el Estado les niega. Si las comunidades no tienen información clara y suficiente, ni cuentan con instrumentos de análisis, y si el Estado no provee mecanismos apropiados para la participación y consentimiento libre informado de los directamente afectados, sólo queda el recurso judicial y la movilización política. Los tres casos arriba citados ilustran vívidamente la situación y son un testimonio de que la creación legal o constitucional de la participación no result