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Alerta Salta
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Informe 2004.
Derechos Humanos,hoy.
ÍNDICE .
[-] Introducción .
[-] Casos Testigo .
1) Acoso judicial a la Unión de Trabajadores
Desocupados (UTD) de Mosconi .
2) Pueblos originarios .
3) El gatillo fácil como método .
4) El caso Zanón .
5) El caso San Luis .
6) La criminalización de la protesta: Caso Marina
Schiffrin .
7) La criminalización de la protesta: La condena
a los trabajadores ferroviarios .
8) La criminalización de la protesta: edictos y código
contravencionales .
9) Criminalización de la protesta: los procesados
por reclamar contra el aumento de la tarifa de gas .
10) Caso Martín Cisneros .
11) La masacre de Puente Avellaneda .
12) Ataques a la Libertad de Expresión .
13) Panorama de las causas penales contra los responsables
de los crímenes cometido durante la última dictadura militar,
después de la nulidad de las leyes de punto final y obediencia debida.
.
14) Los derechos económicos, sociales y culturales
y el rol de los planes sociales .
[-] INTRODUCCION
.
[-] 1. El "modelo argentino" .
Durante décadas la Argentina fue una sociedad relativamente integrada
desde el punto de vista social. Esta integración, aunque deficitaria,
se realizó en un contexto de pleno empleo, a través de un conjunto
de instituciones que posibilitó la incorporación de un sector
significativo de las clases trabajadoras, en términos de derechos sociales,
protección social y estabilidad laboral, así como la expansión
de amplios sectores de las clases medias urbanas. Fue durante la última
dictadura militar (1976-1983) que se inició en el país el desmantelamiento
del modelo de sustitución de importaciones, acompañado por un
fuerte estancamiento económico y por el disciplinamiento social. Sin
embargo, la salida de este modelo se operó finalmente durante la década
menemista (1989-1999), a partir de la implementación de un modelo económico
aperturista, orientado hacia la eliminación del déficit fiscal,
la desregulación de los mercados y la privatización acelerada
de las empresas públicas. Este conjunto de transformaciones, que impactaron
tanto por el carácter drástico como por la celeridad con la cual
fueron implementadas, trajeron como consecuencia un cambio en las formas de
intervención del estado en la sociedad, tanto en términos de juridicción,
de políticas públicas, de abordaje de la "cuestión social",
de control y precarización de la fuerza de trabajo. .
Dos novedades importantes se constatan en este período ligadas a las
transformaciones producidas. La primera se refiere al aumento de las desigualdades.
En 1974 la Argentina tenía una distribución de la riqueza similar
a la de muchos países desarrollados: la diferencia entre el escalón
más pobre y el más alto era de 12 veces. Entre 1974 y 2001 el
10% más rico acrecentó su porción de la torta en un 35%.,
en tanto el más pobre resignó el 37%. Como consecuencia de ello,
el país se internó en una de las crisis más profundas de
la historia nacional: entre 1999 y 2002, el índice de hogares pobres
prácticamente se duplicó (pasando del 23,7% al 45,4%), mientras
que los indigentes se multiplicaron por tres. .
La segunda es que el cambio de modelo económico implicó la coexistencia
de crecimiento económico con el aumento de la desocupación. En
el marco del nuevo modelo de acumulación, orientado a la concentración
del ingreso y el aumento de la exclusión, la economía argentina
registró tasas de crecimiento importante entre 1991 y 1997, para entrar
en recesión en 1998, sin interrupción hasta 2002. Se impuso un
esquema de crecimiento económico disociado del bienestar del conjunto
de la sociedad, esto es, un modelo de "modernización excluyente", como
fuera denominado tempranamente por A. Barbeito y R.Lo Vuolo (: 1992). .
Durante los '90, la PEA creció un 28%, mientras que el porcentaje de
ocupados pleno se incrementó en un 9%, y el desempleo creció 156,3%
y el subempleo 115,4%. La pauta general fue el incremento de la productividad,
con escasa generación de empleo y deterioro creciente de las condiciones
laborales, en especial en el sector industrial. La acelerada desindustrialización
conllevó una pérdida de peso del sector respecto del conjunto
de los ocupados, al pasar del 24,2% del empleo total en 1991 al 16,3% en octubre
de 2000 . Asimismo, la tasa de desocupación que era del 6% en 1990, pasó
a 14,7% en octubre de 2000, habiendo alcanzado un primer pico en 1996, de 18,8%
y un segundo en mayo de 2002, después del colapso del modelo de convertibilidad,
de 21,5% . .
El período que se abre entre la salida del esquema de la convertibilidad
y la posterior devaluación, se caracterizó por la peor crisis
económica y social de la historia argentina. Sin embargo, aunque la caída
económica fue muy marcada, los indicadores de los últimos meses
de 2003 mostraron una recuperación del crecimiento económico.
En efecto, en el tercer trimestre de ese año la actividad económica
creció un 9,8%, mientras que en el primer trimestre de 2004 fue el 11,9%.
.
Esta recuperación económica se explica esencialmente por el pasaje
a un modelo productivo orientado a la sustitución, que apuntó
a la revitalización de un sector de la industria nacional, al tiempo
que benefició las exportaciones, en un contexto de fuerte devaluación
de la moneda y de caída de los salarios. Así, por ejemplo, durante
el año 2003, la actividad industrial creció un 16% en comparación
con el 2002; mientras que las exportaciones agroindustriales aumentaron en el
período enero-marzo de 2004 un 12% con respecto a igual período
de 2003. El 2003 ya era considerado un año récord en lo referente
al comportamiento de las exportaciones agroindustriales, alcanzando un valor
de 15.600 millones de dólares. Asimismo, un informe de la Secretaría
de Agricultura estimó que la Argentina exportará en el 2004 agroalimentos
por 16.684 millones de dólares. La cifra supera en 6,9% el récord
exportador del año pasado, que había sido de 15.601 millones y
representó nada menos que 54% de las ventas totales del país.
Como para 2004 se prevé que el país exporte por 31.500 millones,
queda claro que el campo seguirá aportando más de la mitad de
las divisas. .
El sector agroalimentario se encuentra en permanente desarrollo: en la década
del 80 creció a una tasa anual del 1,1%, mientras que el resto de la
economía decreció a una tasa del 1,4% anual en el mismo período.
En los últimos años muestra un crecimiento sostenido en hectáreas
sembradas, en rendimientos y en tecnología aplicada, que dan como resultado
un valor bruto de la producción de 46.640 millones de pesos . .
Argentina es actualmente el primer exportador de aceite y harina de soja y el
segundo productor de soja transgénica, de maíz, sorgo granífero,
miel y ajo; el cuarto exportador de algodón y el quinto exportador de
trigo, harina de trigo, de carne bovina y aceitunas de mesa. La soja representa
el 40% de las exportaciones de origen primario y el 23% del total. La superficie
sembrada con soja en la campaña 2003/2004 fue de 14.235.000 hectáreas.
Se estima que este año se producirán 33 millones de toneladas
de soja. .
La construcción inmobiliaria conoció igualmente una fuerte suba.
Esta lleva acumulado, de enero a mayo de 2004, un crecimiento del 21,1%. La
mayor tasa de crecimiento está centrada "en la construcción de
viviendas en barrios cerrados y en zonas con alto poder adquisitivo", según
informó el Indec. .
En fin, durante el primer cuatrimestre de 2004, la balanza comercial tuvo un
saldo positivo de 4.045 millones de dólares, gracias a las exportaciones
que alcanzaron 10.310 millones de dólares. En abril de 2004 el superavit
fiscal llegó al nivel más alto de los últimos doce meses:
fue de 1.676,6 millones. En los primeros cuatro meses del año 2004 sumó
5.659 millones de pesos. Asimismo , el Producto Bruto Interno creció
en marzo de 2004 un 11,9% en relación al mismo mes del 2003. .
Pese a que los indicadores económicos son elocuentes, ésta mejora
no se traduce de ninguna manera en una reformulación del modelo socio-económico
que apunte a revertir la situación generada durante los años de
oro del modelo neoliberal. Más aún, estos índices han empeorado
en la actualidad, en lo que respecta a las desigualdades sociales, la desocupación,
el trabajo precario y en negro, y los bajos salarios. .
Así, hoy la Argentina presenta la peor distribución de la riqueza
de su historia: el 10% más rico se queda con el 38% de la riqueza producida
y gana 31 veces más que el 10% más pobre. Esta brecha se ahonda
si hacemos referencia al Conurbano Bonaerense, territorio donde vive cerca de
un tercio de la población argentina, donde el 10% más rico se
queda con el 44,5% de la riqueza producida y mantiene una distancia de 50 veces
con el sector más pobre. Asimismo, la salida de la convertibilidad y
la devaluación produjo una mayor concentración de la riqueza en
los sectores más altos. Semejante nivel de desigualdad representa un
triste récord: todos los sectores -tanto los más pobres como las
franjas medias bajas y altas, que suman el 90% de la población- perdieron.
Todos transfirieron ingresos a favor del sector ubicado en la cúspide
de la pirámide. .
En segundo lugar, el desempleo en Argentina se mantuvo en 19,5 por ciento durante
el primer trimestre de 2004, probando que la creciente actividad económica
es incapaz de generar los puestos de trabajo que la población demanda.
En el primer trimestre de 2003 la desocupación alcanza, en todo el país,
a 2.400.000 personas, mientras que el total de subocupados es de 2.250.000 personas.
En total, hay más de 4.400.000 personas con problemas de empleo. Pese
a que en los tres primeros meses de 2004, el producto interno bruto creció
10,4 puntos porcentuales, la proporción más alta desde 1993, la
tasa de empleo cayó 0,2 por ciento respecto del último trimestre
de 2003, lo que implica la desaparición de más de 13.000 puestos
de trabajo. .
Agreguemos que el desempleo afecta en mayor medida que en el pasado a los jefes
de hogar, que son el principal proveedor de ingresos de las familias. .
En tercer lugar, además de una elevada desocupación, el mercado
laboral argentino se caracteriza hoy por el predominio de puestos de trabajo
precarios -inestables y sin cobertura social-, las bajas remuneraciones. Más
aún, los empleos que se crearon en el sector informal tienden a ser temporarios,
con remuneraciones bajas que efectivamente agudizan la profundidad de la crisis.
Las actividades que abonan los sueldos más bajos son el agro y la construcción,
dos sectores que desde mediados de 2002 están en plena recuperación.
También estos dos sectores de la economía concentran la mayor
cantidad de mano de obra en negro. Las empresas agrícolas tienen declarados
apenas 246.000 trabajadores, cuando de acuerdo al Censo de 2001 en el sector
hay 900.000 personas ocupadas en esa área. La diferencia entre una y
otra cifra son los trabajadores en negro. Asimismo, la inflación redujo
el salario real considerablemente. Por otro lado, en la actualidad, casi 20
millones de argentinos carecen de obra social o de servicio de medicina prepaga.
Segun el censo de 1991, la población sin cobertura social alcanzaba al
36,9% (unas 13.285.000 personas). El censo de 2001 daba cuenta que la falta
de cobertura social afectaba al 48,1% de la población. En la actualidad,
esto alcanza el 55% de la población, esto es, unas 19.800. 000 personas.
.
En cuarto lugar, el empleo no volvió a los niveles del 2001 pero, aún
si fuera así, la pobreza no se va a recuperar porque los salarios continúan
siendo muy bajos. Entre 1993 y mediados del 2003 el salario mínimo se
congeló en 200 pesos (69 dólares) mensuales. En julio de 2003
subió a 250 pesos (86 dólares), en diciembre aumentó a
300 (109 dólares) y desde enero de 2004 se fijó en 350 pesos (120
dólares). Con este valor apenas supera en un 6% el valor de la canasta
básica de indigencia: lo necesario para comer. Y representa apenas un
48% de la canasta básica que determina la línea de pobreza. Solo
para cubrir las necesidades básicas, una familia tipo necesitó
en mayo de 2004, 721,76 pesos (249 dólares) por mes, según el
Indec. .
Luego de la crisis y posterior devaluación, el promedio de reducción
de la fuerza laboral fue del 17%. Prácticamente todas las empresas líderes
tomaron alguna medida sobre los salarios. En promedio, lo ajustes generales
produjeron un 21% de aumento, el doble de lo que decretó el gobierno
con un decreto que ordenó el pago de 100 pesos. Pero aún así,
este aumento promedio dado por el sector privado representa la mitad del aumento
de los precios al consumidor en los primeros tres trimestres del año.
.
El gobierno estableció el pago de doble indemnización para evitar
despidos masivos. Sin embargo, el 79% del personal se desvinculó "de
común acuerdo" fórmula que permite el pago con una reducción
de hasta el 50% del monto indemnizatorio, además de ocultar, estadísticamente,
los despidos. .
En un contexto de precariedad laboral, el aumento de la actividad económica
se ha traducido en un fuerte aumento de los accidentes de trabajo. Un informe
reciente de la Superintendencia de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo consigna
que a lo largo de 2003 hubo un total de 412.537 accidentes laborales registrados,
lo que equivale a un promedio de 1.130 siniestros por día, 47 por hora,
o casi un accidente por minuto. En aquellas actividades que, como la construcción,
han registrado un notable incremento durante el último año (34.3%
en 2003), la cantidad de accidentes subió un 60,2%. Los especialistas
coinciden en señalar que el aumento de accidentes de trabajo está
ligado a una mayor explotación de la mano de obra, como por ejemplo,
la extensión de la jornada laboral . .
Actualmente, los trabajadores en negro ganan, en promedio, 343 pesos (118 dólares)
mensuales, una tercera parte de lo que reciben los que están en blanco.
Esto significa que están un 58% por debajo de la línea de pobreza.
Los jubilados y pensionados ganan un promedio de 451$ (155 dólares),
pero la gran mayoría cobra menos de 300 pesos (103 dólares) por
mes. No alcanzan, por lo tanto, a cubrir sus gastos de alimentación.
Los más postergados son los trabajadores desocupados, con planes de empleo:
en promedio ganan un 76% por debajo de la línea de pobreza (50 dólares
por mes). .
En la Argentina el llamado "costo laboral" bajó un 62% en la última
década, según las estadísticas oficiales del Ministerio
de Trabajo. En 2003 cerraron 32.000 firmas, que implicaron la pérdida
de 123 mil empleos. El 75% de los nuevos puestos de trabajo creados en el 2003
y primer trimestre de 2004 son informales, es decir en negro, no declarados
ante la Seguridad Social. Los trabajadores que consiguieron empleo durante el
2003 cobran, en promedio, un salario inferior a los que ya tenían trabajo
anteriormente. Agreguemos a esto que, según informa el Indec, los índices
del mes de junio del presente año, indican una caída del consumo,
visible en la reducción de las ventas de los supermercados, en un 2,5%
en relación al mes anterior, lo que equivale a la mayor caída
en los dos últimos años. La Argentina vivió, pues, una
verdadera revolución social, pero al revés, iniciada hace tres
décadas, que tuvo su impulso mayor bajo la llamada década menemista
y que hoy tiende a encontrar un "cierre" bajo la actual administración
de N.Kirchner. .
En suma, la recuperación del crecimiento, en el marco de un modelo de
concentración de la riqueza, tiende a aumentar las desigualdades sociales,
no contiene la desocupación, ni tampoco ha significado un mejoramiento
de la situación de los trabajadores ocupados. De esta manera, la actual
política tiende a reducir drásticamente las oportunidades de vida
de la mitad de la población argentina, sumida hoy a condiciones de pobreza.
.
[-] 2. Polarización, pobreza y desigualdad .
La agudización de las desigualdades y de la vulnerabilidad social explican
una extraña paradoja. La Argentina, cuya producción de alimentos
es suficiente para alimentar a 300 millones de personas, tiene actualmente 14
millones de personas que no logran satisfacer sus necesidades básicas
de alimentación. .
Durante el segundo semestre del año 2003 se encontraban por debajo de
la línea de pobreza el 47,8 % de la población argentina. Esto
significa que en la Argentina 17.707.500 millones de personas son pobres. A
su vez, bajo la línea de indigencia, hay 7.594.200 personas que no cuentan
con los recursos necesarios para comer. Siete de cada diez niños son
pobres en Argentina, según UNICEF, y en las provincias del Noreste y
del Noroeste la situación recrudece: tres de cada cuatro niños
son pobres y uno de cada tres es indigente. Según un informe del Banco
Mundial, durante el 2002, casi 1.400.000 argentinos padecieron hambre. De ellos,
450.000 padecieron "hambre severa". .
Una muestra realizada por el Indec en 28 conglomerados urbanos durante el segundo
semestre de 2003 estableció que el 76,8% de los hogares era considerado
"pobre" y solo el 23,2 "no pobre". Esto significa que 8 de cada 10 hogares no
alcanzaban a cubrir sus gastos de alimentos, ropa, educación y servicios.
A su vez, 4 de cada 10 de estos hogares fue considerado indigente. Esto es:
no alcanzaban a cubrir los gastos de alimentación. Cabe aclarar que esta
muestra representa, según el Indec, "el 70% de la población urbana
y el 60% de la población total". .
Según un informe del Banco Mundial, "La devaluación, la caída
del producto y la inflación tuvieron serias consecuencias sobre los más
pobres. El marcado aumento de la pobreza se debe en gran parte al aumento en
el precio de los alimentos, que conforma una porción importante de los
gastos de los pobres. A diferencia de otras economías, los alimentos
son un bien que se exporta en la Argentina y sus precios aumentaron con la devaluación."
El valor de la canasta que se utiliza para definir el umbral de indigencia -lo
cual significa que contiene solo lo necesario para comer - fue cotizado por
el Indec en 330 pesos (114 dólares). El deterioro del poder de consumo
de alimentos básicos está expresado en un informe de la Secretaría
de Agricultura: en el 2003, el consumo de leche por habitante cayó a
180 litros. En el 2002 era de 192 litros y en el 2000, de 219 litros. Es decir
que en tres años, el consumo de leche cayó 39 litros por habitante.
Un informe del Ministerio de Economía de mayo de 2004 revela que el poder
de compra de los salarios cayó, desde fines de 2001, un 30%. .
Según el mismo informe, "el actual gobierno destinó al gasto social
una partida presupuestaria que, en términos reales, fue 32% inferior".
Además, señala el informe, "el gran incremento en el número
de pobres durante la crisis significa que de hecho el gasto real por habitante
pobre declinó un 16%". .
Esta dinámica de polarización social va acompañada por
un deterioro de las condiciones de vida de la población, visibles en
el aumento de los problemas de desnutrición y de mortalidad infantil.
En 2002, murieron 379 niños más que en 2001. De los 700.000 niños
que nacieron en el país en 2002, 11.703 murieron antes de cumplir un
año , la mayoría (6 de cada 10) por causas que podrían
haberse evitado: diarreas, enfermedades respiratorias y accidentes domésticos.
La mortalidad infantil también es un problema de desarrollo y Argentina
fracasó durante las últimas décadas en su esfuerzo por
bajar los niveles a lo pactado internacionalmente. Ese mismo 2002, el índice
de mortalidad infantil de la Argentina alcanzó a 16.8 niños de
cada mil, lo que significó -por primera vez en siete años- un
aumento respecto del año anterior (16.3 por mil). Los datos sugieren
una tendencia de crecimiento aún imposible de corroborar con los datos
de 2003/4 porque todavía no están disponibles. .
Asimismo, hay nuevos brotes de enfermedades que habían sido erradicadas,
como tuberculosis, hepatitis B y dengue. La situación de los niños,
los ancianos y los pacientes terminales es extremadamente precaria y vulnerable.
La imposibilidad de obtener atención hospitalaria ha aumentado a causa
de la falta de dinero para pagar los medios de transporte. .
La situación de las mujeres pobres ha empeorado. Entre el 2001 y el 2003
la cantidad de hogares pobres que pasaron a ser mantenidos por mujeres casi
se duplicó: pasó de 375.000 a 670.000 . Para entender el significado
de esta tendencia, hay que tener en cuenta otro dato: el 80% de las mujeres
que sostienen un hogar pobre trabaja "en negro" y percibe ingresos inferiores
al del hombre. En los hogares pobres mantenidos por una mujer, el ingreso es
un 25% inferior a los que tienen como jefe a un hombre. .
Según datos del ministerio de Salud de la Nación, la mortalidad
materna en la Argentina es de 4,6 madres cada 10.000 nacidos vivos, una tasa
que duplica la registrada en Chile y Uruguay, según la base de datos
del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). El número de abortos provocados
en nuestro país llegaría a 500.000 por año, según
cifras oficiales. En provincias como Jujuy, Chaco y Formosa la mortalidad por
abortos clandestinos alcanza a 19,7, 15,9 y 13,9 respectivamente. Estas tasas
son similares a las observadas en Paraguay y por encima de la registrada en
la mayoría de los países latinoamericanos (sólo Haití
y Bolivia superan estos niveles de mortalidad). La razón es que la mortalidad
es uno de los derivados de las carencias que sufren los hogares pobres y, especialmente,
de la inadecuada atención médica del embarazo y el parto en la
Argentina. .
El agravamiento de las desigualdades y la descomposición social que conlleva,
hipoteca el futuro de las jóvenes generaciones. Así, las oportunidades
laborales y educativas de los jóvenes ha seguido declinando. La deserción
escolar entre jóvenes de 15 y 19 años alcanzó en 2003 al
25% en todo el país. En la provincia de Tucumán la cifra alcanza
el 34%. Los datos del Indec informan que 1.413.537 chicas y muchachos de esa
edad son excluidos sociales: no estudian ni trabajan. En el 2001, la cifra de
jóvenes que no estudiaba ni trabajaba alcanzaba, en todo el país,
del 6,2%. En el 2003 creció al 15%. .
[-] 3. La respuesta del Estado .
En Argentina, el reemplazo de un semi-Estado de providencia por un Estado neoliberal,
se tradujo en el aumento de las desigualdades, la concentración económica
y la exclusión de vastos sectores de la población. La implementación
de este modelo excluyente, que ha implicado la conculcación de los derechos
más elementales, se ha venido sosteniendo sobre dos ejes fundamentales:
por un lado, el Estado fue desarrollando estrategias de contención de
la pobreza, por la vía de la distribución -cada vez más
masiva- de planes sociales y de asistencia alimentaria a las poblaciones afectadas
y movilizadas; por el otro, el Estado se encaminó hacia el reforzamiento
del sistema represivo institucional, apuntando al control de las poblaciones
pobres y a la represión del conflicto social. .
[-] El primer eje da cuenta entonces del abandono de política públicas
universales, propias de la matriz estadocéntrica, y la adopción
de políticas sociales particularistas, en consonancia con la nueva matriz
neoliberal. Así, en plena reforma neoliberal, los sucesivos gobiernos
se orientaron a la gestión de las necesidades básicas insatisfechas,
a través de políticas sociales focalizadas. Los primeros ensayos
de asistencia alimentaria (impulsada por el gobierno radical y los diferentes
gobiernos provinciales, en manos del justicialismo, a fines de los '80), fueron
seguidos por una política más sistemática de ayuda social,
que incluía la salud y la infancia, entre otros. A mediados de los '90,
el ejemplo elocuente fue la creación de una red de "manzaneras" (dirigidas
por la esposa del entonces gobernador provincial y luego presidente provisional
Eduardo Duhalde), en la provincia de Buenos Aires, que produjo una reorganización
de la política en función de los mediadores barriales. .
En 2002, bajo el gobierno de E. Duhalde, continuado por N.Kirchner, la política
social registró un punto de inflexión importante. En medio de
la mayor crisis económica y social de la historia argentina, el gobierno
nacional lanzó un nuevo programa social, el Plan Jefas y Jefes de Hogar
-actualmente el de mayor envergadura en América Latina en su tipo-. Según
estimaciones oficiales, éste programa alcanzaba en mayo de 2004, a 1.760.000
desocupados . Si incluimos el Plan Familias y el PEC (Programa de Emergencia
Comunitaria), las cifras llegan a 2.200.000. Los nuevos planes sociales implicaron
un fortalecimiento de la matriz asistencial del modelo neoliberal, por varias
razones: no son universales, tienen un carácter compensatorio (equivalente
a 50 U$A mensuales), ya que no llegan a cubrir las necesidades básicas;
por último, aparecen como una clara herramienta clientelar, pues en un
alto porcentaje son controlados directa o indirectamente por los municipios,
en su mayoría en manos del partido gobernante (Informe del Cels, 2003).
La inflexión es clara: no sólo el nuevo plan social es absolutamente
coherente con las políticas sociales anteriores, sino que, por su misma
envergadura y alcance, apunta a la consolidación de la matriz neoliberal,
al fijar la inclusión de los excluidos en tanto excluidos. .
[-] El segundo eje, que nos interesa abordar en profundidad, se refiere al progresivo
reforzamiento del sistema represivo institucional, visibles en el proceso de
reformas legislativas que agravan los delitos cometidos por los sectores pobres
y/o marginados de la población, así como en la criminalización
de la protesta social. En efecto, la vertiginosa pérdida de derechos
(sociales, laborales) fue acompañada por el endurecimiento del contexto
represivo (Svampa y Pereyra: 2003), reflejada en el aumento y pertrechamiento
de las fuerzas represivas (aumento de efectivos de la policía federal,
provincial, gendarmería nacional y prefectura). El ejemplo más
elocuente es el de Gendarmería nacional, que pasó del cuidado
de las fronteras, al control y represión de los conflictos sociales provinciales,
desde 1993 en adelante. Un hecho poco conocido es que la localidad de Gral Mosconi,
en Salta, estuvo literalmente sitiada por la Gendarmería durante un año
y medio, entre mayo de 2000 y diciembre de 2001. La violencia de Estado se concretó
en fuertes situaciones de represión. Los crímenes arrancaron en
1994 con Víctor Choque (Tierra del Fuego), continuaron en Cutral Có
(abril de 1997), Corrientes (diciembre de 1999), Gral Mosconi (diciembre de
2000, junio de 2001), Buenos Aires (Diciembre de 2001, junio de 2002) y, más
recientemente, en Jujuy (Ledesma,octubre de 2003). Cabe aclarar que ninguna
de estas muertes han sido todavía esclarecidas, y aquellas en las cuales
ha avanzado la investigación solo se ha llegado hasta el autor material
del hecho pero no sobre los responsables políticos que podrían
llegar a estar involucrados. .
[-] En el ámbito urbano, desde el comienzo del nuevo ciclo de protestas
(1996) y hasta el presente, la represión fue acompañada por una
política de judicialización y criminalización de la protesta
social que arranca en 1996/97, con los primeros cortes de ruta y que en la actualidad,
tiende a profundizarse. Los procesamientos, que alcanzan hoy más de 4.000
personas, se han registrado principalmente en las regiones y provincias más
conflictivas, mostrando con ello que, lejos de ser casuales, forman parte de
una política de Estado, expresada a través de una da las divisiones
administrativas del poder estatal - la justicia- en sus diferentes jurisdicciones
(provincial y federal, respectivamente). En este sentido, el fallo contra la
docente M.Schiffrin , en la provincia de Río Negro, resulta emblemático,
pues simboliza mejor que ningún otro producido hasta el momento, el modo
en que el derecho local piensa y reacciona frente a la protesta social. Aquí,
la justicia falló condenando a la nombrada a la pena de tres meses de
prisión, cuya ejecución dejó en suspenso, por considerarla
"coautora penalmente responsable del delito de impedir y entorpecer el normal
funcionamiento de los medios de transporte por tierra y aire". Además
de ello, la justicia le impuso como pauta de conducta la "de abstenerse de concurrir
a concentraciones de personas en vías públicas de comunicación
interjurisdiccionales en momentos en que se reúnan más de diez
personas, durante el plazo de dos años (arts. 26, 27 bis, 29 inc. 3º,
45 y 194 del Código Penal)", mostrando con ello su carácter político,
pues lo que se apuntaba a penalizar no era solo el tipo penal invocado por el
magistrado actuante, sino cualquier actividad política organizada por
un plazo mucho más amplio que la propia pena privativa de la libertad.
Dicho fallo fue confirmado por la Cámara de Casación Penal y en
la actualidad se halla ante la Corte Suprema de la Nación. .
Por otro lado, fallos de este tenor, que desconocen la validez de derecho de
petición, caracterizan notoriamente los dictámenes de los jueces
provinciales y federales de Salta, una de los principales focos de la protesta
social a lo largo de los últimos diez años. Como ejemplo, podemos
citar el caso de Pepino Fernández, dirigente de la UTD de Mosconi, sobre
quien pesan 76 causas penales. En abril de 2003 Pepino Fernández fue
detenido por orden de la justicia federal en Buenos Aires, en la puerta del
Congreso Nacional. Se le aplicó, una vez más, el artículo
194 del código penal, por "interrupción del tránsito".
Su detención se produjo en plena campaña electoral, cuando la
fórmula Menem-Romero (éste último, gobernador de la provincia
de Salta) endurecía su discurso respecto de la necesidad de penalizar
la protesta social. Pepino Fernández estuvo preso, junto con otros tres
dirigentes, durante 40 días. Para liberarlo, el juez impuso como condición
que el detenido -un desocupado- se comprometiera a no participar de ninguna
actividad política, a lo cual añadió para este caso particular
el pago de una caución de 10.000 pesos. Si bien, por un lado, el gobierno
presenta como bandera la decisión de no reprimir la protesta social,
por el otro, se advierte un avance notorio de la criminalización, que
recae sobre los protagonistas. Por otro lado, pese a que el gobierno nacional
se había comprometido a tratar una reforma o posible derogación
de los tipos penales que colisionan con las nuevas formas de protesta social
(art.194 del código penal), y que organizaciones como Correpi presentaron
proyectos de anmistía, para poner fin a los procesamientos, el gobierno
finalmente olvidó los proyectos y optó por manejarse -en palabras
del ministro del interior, Aníbal Fernández- con el "código
penal en la mano". De esta manera, una vez reafirmada la política de
la "no-represión abierta", la tendencia a la criminalización del
reclamo piquetero sufrió una nueva inflexión, y tomó un
fuerte impulso. .
Así, por ejemplo, el poder judicial actúa de oficio, a través
de la denuncia penal de conocidos representantes de la última dictadura
militar (el abogado defensor del Comisario Echecolatz, acusado por de la sustracción
de menores durante la dictadura, presentó denuncia penal contra los movimientos
piqueteros), o de algún ministro del propio poder ejecutivo nacional
(el Ministro de Trabajo actual) o provincial (casos como la Provincia de Salta).
Algunos jueces y fiscales han abierto, de oficio, sendas investigaciones que,
lejos de perseguir delitos comunes, muestran una clara intencionalidad de hostigar
judicialmente la actividad política de sectores que se manifiestan opositores
al status quo. Son los mismos jueces que omiten actuar de oficio ante la violación
de derechos humanos. .
Asimismo, en los últimos meses, se han iniciado una serie de causas que
han derivado en medidas de investigación, seguimiento y control sobre
diversas organizaciones piqueteras, pretendiendo identificar sus domicilios,
formas de organización, financiamiento, entre otros. Para ello, podemos
citar las causas llevadas adelante por los Fiscales Federales Ebers, Comparatore
ó Stornelli donde se piden medidas de inteligencia sobre las organizaciones
piqueteras a fin de acreditar cual es su forma de organización, elección
de dirigentes y/o utilización de recursos económicos que manejan
tales organizaciones. Un ejemplo de tal práctica judicial es la causa
seguida contra el Movimiento Teresa Rodríguez, por el escrache que dicha
organización hizo a la empresa petrolera Repsol-YPF, en mayo de 2004.
Así se ha ordenado en la causa 7319/2004 del Juzgado Federal Nro. 9 a
cargo del Dr. Galeano (él mismo que llevo adelante la cuestionada instrucción
del atentado a la AMIA) que: "-se sirva disponer lo necesario para determinar
la identidad, domicilios y teléfonos-con indicación de cabecillas,
organizadores y responsables- hayan estos participado o no de la movilización
-" ; "-se determinen los lugares de reunión de los integrantes de la
agrupación MTR-"; "-la nómina de personas que en el marco del
Plan Jefes y Jefas de Hogar o de cualquier otro subsidio, o en cualquier otro
concepto, se encuentren registradas como pertenecientes al grupo..."; "...cualquier
constancia relativa a la nómina y datos personales de los integrantes,
líderes, como así también los lugares de asiento de las
reuniones o asambleas llevadas a cabo por dicho grupo. Interesa la información
que surja de toda presentación, nota, folleto, constancia de reunión,
constancia de negociación, acta, o asamblea en la que hubieran participado
ese Ministerio (de Trabajo) y/o integrantes del grupo-" .
Recordamos que se trata del mismo fuero federal y los mismos jueces que están
siendo seriamente cuestionados por el conjunto de la sociedad, a raíz
de investigaciones de los supuestos delitos cometidos por funcionarios del Estado,
que por lo general, terminan en una notoria impunidad. .
Otra de las tácticas implementadas con frecuencia es el agravamiento
de las imputaciones vertidas hacia los manifestantes. Al inicio de las protestas
masivas, las imputaciones resultaban ser por delitos menores, de los llamados
correccionales (atentado y resistencia a la autoridad, obstrucción del
tránsito o similares), pero con el transcurso de los años las
imputaciones fueron alcanzando mayor gravedad. En la actualidad, en la mayoría
de los casos se les imputa a los detenidos delitos criminales, no excarcelables,
apuntando a transformar la detención en prisión preventiva. La
utilización de figuras penales como la coacción agravada, privación
ilegítima de la libertad, sedición y similares, se ha transformado
en algo frecuente. Ello conlleva meses de detención de aquellos que resulten
imputados en dichas causas, que por lo general se caen por falta de elementos
que sostengan la imputación judicial. .
Asimismo, en forma silenciosa, se instrumenta una judicialización de
las segundas líneas de las organizaciones sociales mediante denuncias
anónimas o provenientes de funcionarios de la administración pública.
Así, han surgido una variedad de causas contra innumerables militantes
populares, a raíz de denuncias de extorsión, intimidación
o imputaciones similares, tomando, en la mayoría de los casos, conocimiento
de ellas en forma casual, luego de meses de investigación llevada adelante
en forma secreta. Es en general a través de los municipios (alcaldías)
y sus funcionarios por donde se instrumentan estos tipos de denuncias vinculadas
a "supuestos" manejos fraudulentos de los planes sociales. .
La propia investigación fiscal o aquella llevada adelante por las defensas
(vinculadas a organismos de DDHH) han logrado demostrar que en la mayoría
de los casos tales denuncias son "exigencias" que realizan los funcionarios
a quienes concurren ante el estado para pedir asistencia social o la asignación
de algún plan de trabajo. Es decir que como primera contraprestación
para la entrega de un subsidio los funcionarios estatales requieren que el peticionante
formule denuncia penal o administrativa (que luego es derivada a la justicia
penal) contra algún dirigente u organización social de la zona.
En la mayoría de los casos tales denuncias deben ser desechadas por falta
de pruebas o porque los propios denunciantes nunca se presentan ante la justicia
a ratificar sus dichos. .
Por otro lado, el reciente fallo de la Cámara Nacional de Casación
(abril de 2004), el máximo Tribunal Penal de la Nación, ilustra
esta escalada en dirección de la criminalización de la protesta
social. La Cámara revocó un fallo que liberaba a 9 manifestantes
del gremio ferroviario "La Fraternidad", a raíz de una protesta realizada
en diciembre de 2001, en el marco de la CGT, que incluyó la detención
de la marcha de 2 trenes. En este caso, los jueces pusieron un extraordinario
énfasis en el hecho de que los imputados no consiguieron una autorización
policial para realizar las reuniones o manifestaciones que llevaron a cabo.
En razón de dicha omisión -concluyeron- los imputados realizaron
un ejercicio impermisible de sus derechos, que el Estado debe sancionar. Dicha
postura, que insiste en poner el acento en la autorización policial no
es sino una muestra más de una tendencia extendida en nuestra comunidad
jurídica, que mira a la Constitución no desde el punto de vista
de la libertad, sino desde la perspectiva de quien puede limitarla, haciendo
uso del aparato coercitivo estatal (Gargarella:2004). Sin embargo, el fallo
fue más lejos, pues la Cámara tipificó como delito el corte
de cualquier vía de tránsito, identificando esta metodología
con el reclamo piquetero, calificando al mismo como "mecanismo primitivo de
pseudo-defensa de sectores e intereses, o en algunos casos, ni siquiera estos,
inaceptables en los tiempos que corren y que constituyen además de delitos,
actos de disgregación social". Recordemos que los trabajadores ferroviarios
habían sido sobreseídos por la Sala II de la Cámara Federal
de San Martín, que revisó la cuestión, pero la fiscalía
apeló el fallo y el tema llegó a instancias de la Sala III de
la Cámara de Casación, una de las instancias más altas
del poder judicial en Argentina. .
Asimismo, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, sede del gobierno
nacional y punto neurálgico de la protesta social, se pretende avanzar
en el marco normativo que obligaría, a quien quiera realizar una movilización,
acto u cualquier otro tipo de protesta, a pedir permiso a las autoridades como
requisito obligatorio. El no cumplimiento del mismo o la realización
de la actividad sin autorización traería aparejado sanciones que
van desde multas por miles de pesos hasta 90 días de arresto. A mediados
del mes de julio del corriente año se realizó una protesta masiva
que derivó en incidentes (con fuerte sospecha de armado de grupos de
inteligencia) con detenciones de más de una veintena de manifestantes
a quienes se les imputan delitos tan graves como coacción agravada (supuestamente
por haber impedido el tratamiento de la ley) o privación ilegitima de
la libertad (al haber cercado el edificio legislativo impidiendo, supuestamente,
la salida de los legisladores) .
La política de criminalización de la protesta social ha afectado
el derecho a expresar libremente las ideas. En efecto, el proceso de concentración
de medios y la ausencia de una política de Estado con respecto a los
medios públicos ha posibilitado otro de los escenarios más crueles
de la exclusión social en la Argentina. A tal punto,que en varias y probadas
oportunidades los holdings mediáticos han tenido un papel definitorio
tanto en la ocultación de la verdad en casos de represión institucional
(como en la Masacre de Puente Avellaneda) como en la criminalización
de la protesta. .
En el informe 2002 sobre Libertad de Expresión, el relator de la CIDH
(OEA) ha sido explícito al respecto: "Tanto la pobreza como la marginación
social en que viven amplios sectores de la sociedad afectan su libertad de expresión
porque sus voces se encuentran postergadas y por ello, fuera de cualquier debate".
Ese marco se ve reforzado por los recientes fallos que avanzan sobre otro derecho:
el derecho a la libertad de reunión. Dice Bertoni en un artículo
del 7 de junio de 2004. "En la República Argentina la protesta y movilización
social se han constituido, en ciertos casos, como herramienta de petición
a la autoridad pública y también como canal de denuncias públicas
sobre corrupción, abusos o violaciones a los Derechos Humanos". (...)
Resulta inadmisible la criminalización per se de las demostraciones en
la vía pública cuando se realizan en el marco del derecho a la
libertad de expresión y al derecho a reunión. La criminalización
per se podría generar un efecto amedrentador sobre una forma de expresión
de los sectores de la sociedad que no pueden acceder a otros canales de denuncia
o petición. El amedrentamiento a la expresión a través
de la amenaza de imposición de penas privativas de la libertad para las
personas que utilizan el medio de expresión antes mencionado tiene un
efecto disuasivo sobre aquellos sectores de la sociedad que expresan sus puntos
de vista o sus críticas a la gestión de gobierno para intentar
incidir en los procesos de decisiones y políticas estatales que los afecta
directamente". .
[-] El panorama se agrava si incluimos una descripción de la continua
y sistemática violación de los derechos territoriales de la cual
son objeto los pueblos originarios en Argentina. Entre ellas, las comunidades
Kolla, Mapuche, Wichí, Tobas y Ava Guaraní han protagonizado en
años recientes una sostenida resistencia a los desalojos y, al mismo
tiempo, no han abandonado su lucha por alcanzar la propiedad legal de las tierras
que ocupan. Si bien en nuestro país está vigente el marco legal
que reconoce el derecho de los Pueblos Originarios a vivir en las tierras ocupadas
por sus antepasados y a desplegar sus prácticas culturales y modos de
vida, su cumplimiento y concreción permanece en el plano formal. Es decir,
a pesar de la Ley Indígena 23.302, del articulo 75, inciso 17, de la
Constitución Nacional y de todos los tratados y convenios internacionales
de rango constitucional como el 169 de la OIT, las demandas de los indígenas
no se responden y las comunidades sufren aún la incertidumbre sobre la
entrega de títulos. Muchas veces, los abusos de las autoridades locales
que hacen caso omiso del cumplimiento de la ley en relación con esas
poblaciones, reproducen el mismo desprecio que en tiempos pasados. .
En los dos últimos años pudimos contabilizar una serie de casos
que demuestran que este problema sigue latente y que profundiza su gravedad.
En febrero de 2003 en Los Juries la policía atacó y desalojó
a la comunidad campesina de San Pedro, registrándose algunos heridos
y 15 campesinos detenidos. A fines del mismo año, veintitrés familias
de la localidad santiagueña de Tintina realizaron un escrache en la ciudad
de La Plata para evitar el remate de tierras, que iban a ser vendidas a pesar
de que vivían allí familias amparadas por el derecho a la posesión
veinteañal. En Formosa, a principios de 2003 las fumigaciones de agrotóxicos
utilizados para la producción de soja transgénica produjeron trastornos
en la salud de las familias campesinas que habitan el lugar y arruinaron las
cosechas de productos destinados al autoconsumo y a la venta en mercados locales.
Si bien no se registraron expulsiones mediante la coerción directa, la
reiteración de estas situaciones podría inducir a la migración
"voluntaria" de pequeños productores. La presencia del MOCAFOR (Movimiento
Campesino de Formosa) permitió que esta situación tomara estado
público y se inicie un juicio para amparar a los productores. En septiembre
de 2003, en la localidad de Chivilcoy (provincia de Buenos Aires) el Movimiento
de Mujeres Agropecuarias en Lucha (MMAL) detuvieron el remate de un campo y
se produjo, por primera vez desde la existencia del movimiento, el arresto de
5 integrantes del MMAL. El Movimiento de Mujeres Agropecuarias en Lucha viene
luchando desde 1995 en contra del remate de chacras afectadas por los endeudamientos
en condiciones usurarias. .
En noviembre de 2003 en el departamento de Lavalle (provincia de Mendoza) empresarios
sin títulos intimidaron a productores de la zona, con apoyo de la policía
provincial. Más de 20 familias campesinas de la localidad de Jocolí
resistieron un intento de usurpación de las tierras que habitan desde
hace más de 30 años. En diciembre de ese mismo año, en
el Noroeste de Córdoba, cerca de la localidad de Puesto de Castro en
el departamento Río Seco (a 180 kilómetros de la Ciudad de Córdoba)
se produjeron desalojos a los que se opuso la Asociación de Pequeños
Productores del Norte de Córdoba (APENOC). .
Estos son algunos de los casos que han tomado conocimiento público. Sin
embargo, con el avance de la frontera agropecuaria y la avidez de tierras para
ser incorporadas a la producción de soja transgénica, probablemente
existan otros desalojos compulsivos o expulsiones "silenciosas" que no son registrados
por los medios de comunicación o por organizaciones sociales. Aquí
es donde cobra importancia la presencia de las organizaciones campesinas, ya
que gracias a su actividad se han podido evitar muchos desalojos compulsivos
y su articulación con otras organizaciones, permite la circulación
de información y su difusión en medios urbanos y otro tipo de
colectivos. .
En una situación similar están otras comunidades, aunque con el
agravante de la coerción directa efectuada por guardias privadas, pero
también por fuerzas de seguridad (policía y gendarmería).
Como los Kollas de Tinkunaku, la comunidad Ava Guaraní de La Loma, Estación
El tabacal, Salta, también tuvo que enfrentar al Ingenio San Martín
del Tabacal. En esta oportunidad, en el año 2003, esta comunidad fue
víctima de una feroz represión efectuada por la policía
provincial y gendarmería, que tuvo como saldo el desalojo y la detención
de miembros de la comunidad, acusados de ocupar "tierras del Tabacal". A fines
de marzo de este año, la situación se repitió a pesar de
la protesta que, en este caso, tuvo carácter global e involucró
el boicot de sus productos. .
Uno de los casos más graves es el que registrado por la comunidad Kolla
guaraní. En abril de 2004, luego de 42 días a la intemperie, en
la ruta y bajo la lluvia, la comunidad kolla guaraní de Río Blanco
Banda Norte (Orán Salta) decidió recuperar sus territorios. Así
fue como 120 familias, con un promedio de ocho hijos cada una, decidieron hacer
cumplir lo que el Defensor del Pueblo de la Nación había expresado
en un dictamen que presentó ante la jueza que admitió en el expediente
haberlos desalojado por error, pero que en los hechos permitió que una
fuerte custodia armada se adueñara de los terrenos, impidiendo el reingreso
de la comunidad. A pesar de la intervención del Defensor, al día
de la fecha la comunidad kolla guaraní enfrenta un nuevo trámite
judicial para desalojarlos de sus territorios y vive constantes amenazas. No
han podido volver a cosechar, ya que han perdido todo: herramientas y semillas.
También varias de sus casas, que fueron derribadas y la mayoría
de sus pertenencias (colchones, muebles, ropa). .
En suma, tanto en el ámbito urbano como rural la política actual
del Estado argentino registra una escalada represiva y una marcada criminalización
del conflicto social, en relación a los sectores más movilizados
y postergados de la sociedad. .
[-] Vinculado a la situación de los sectores más empobrecidos
y/o marginados de la población se han agravado sensiblemente las penas
fijadas para los delitos llamados de "subsistencia". Es así que el Código
Penal ha venido sufriendo reiteradas reformas en relación con el aumento
de las penas establecidas para delitos como el robo agravado por uso de armas,
o la simple tenencia de armas ya sea de uso militar o civil. A su vez la legislación
procesal se ha transformado de forma tal que torna prácticamente imposible
acceder a los "beneficios" de la excarcelación, para los cuales se requiere
que el imputado (por lo general, un pobre estructural) cuente con un solvente
estado económico. Las estimaciones más austeras hablan de un notorio
incremento de la población carcelaria en todo el país, haciéndose
sentir sensiblemente en las comisarías y cárceles de la Provincia
de Buenos Aires. .
Por otra parte el discurso de "mano dura" tomando como ejemplo la política
de Rudolp Giuliani en New York ha generado un sensible aumento de muertes en
enfrentamientos con las llamadas fuerzas del orden. Hace unos años atrás,
C.Ruckauf, candidato a gobernador de la Prov. de Buenos Aires, luego electo,
y posteriormente Ministro de Relaciones Exteriores del gobierno de E. Duhalde,
hoy diputado, lanzaba su célebre frase "hay que meter bala a los delincuentes".
Luego, ya en funciones como gobernador, éste decretó un aumento
de sueldo para los policías que mataran a los delincuentes. Este político
profesional esta siendo investigado por la justicia alemana en razón
del rol que podría haber desempeñado en la desaparición
de la comisión gremial de la fábrica automotriz Mercedes Benz
durante la última dictadura militar. Entre su gabinete se contaba como
Ministro de Seguridad a un militar golpista "carapintada" (Aldo Rico) y a un
ex fiscal penal (Casanova) cuyo mayor logró jurídico fue pedir
la aplicación de la pena de muerte para unos acusados por delitos comunes,
durante la dictadura militar. Todos, el gobernador y sus ministros renunciaron
a sus cargos (2001), dejando la provincia de Buenos Aires en la crisis más
grande de su historia. Estos mismos son hoy los abanderados de la mano dura
y partidarios de la restauración de la pena de muerte en el derecho penal
argentino. .
La política y el discurso de mano dura trajo y trae aparejado un sensible
aumento en los llamados casos de "gatillo fácil", supuestos enfrentamientos
entre fuerzas policiales y delincuentes que luego se demuestra han sido fusilamientos
a personas desarmadas, transeúntes o delincuentes ya reducidos. Correpi
(Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional), organización
especializada en el tema, lleva un registro de más de 2000 casos desde
finales de la década del 80 a la actualidad, destacando un notorio aumento
de los mismos en coincidencia con los discursos públicos antes citados,
demostrando la directa relación existente entre el discurso del estado
y la violación de DDHH que cometen los funcionarios del mismo. .
Asimismo, el avance de la política represiva del gobierno aparece ilustrado
por la puesta en marcha del llamado "Plan de Protección Integral de los
Barrios," que comenzó en noviembre de 2003 con la ocupación por
parte de las fuerzas de seguridad de tres grandes villas de emergencia (fabelas)
del Conurbano Bonaerense y que pretende extenderse ahora a otras diez villas
de emergencia. Esta nueva escalada de la criminalización, visible en
la militarización de los barrios carenciados, naturaliza la asociación
entre "pobreza" y "delito", a través de la categorización de las
poblaciones pobres como "clases peligrosas," distinguiéndolas del resto
de la sociedad y señalando sus núcleos habitacionales como mera
fuente del delito. Sin embargo, lo novedoso de este "Plan" no es tanto la correlación
que establece entre "inseguridad," "delito" y "pobreza," -correlación
que existe desde antes de su llegada, e independientemente de la reciente ocupación
de las villas de emergencia- como las nuevas fronteras políticas y jurídicas
que su puesta en marcha implica. En el límite, la emergencia de estas
nuevas fronteras abre las puertas a la posibilidad de que, en nombre de la conservación
del orden social, se instituyan zonas despojadas de derecho -"estados de excepción"-,
en donde la autoestima y el respeto colectivo no cuentan, y en donde vuelve
a primar una pura lógica de acción policial. .
[-] Por último, nos interesa dejar constancia de la situación
de total impunidad del Estado y sus instituciones, como una constante de la
historia argentina, tanto en lo que se refiere a graves hechos de represión
política, casos de gatillo fácil que involucran a las fuerzas
de seguridad y amenazas a defensores de derechos humanos y periodistas. La situación
de impunidad se refleja en el estado actual de la causa en relación a
la masacre del Avellaneda. Recordemos que el 26 de junio de 2002 las fuerzas
represivas protagonizaron graves hechos de represión en el Puente Pueyrredón,
que culminaron con el asesinato de dos militantes piqueteros pertenecientes
a los MTD Aníbal Verón, Dario Santillán y Maximiliano Kosteki,
más de setenta heridos con munición de plomo disparada por las
fuerzas de seguridad del estado y casi ciento setenta detenidos, los cuales
en su mayoría denunciaron haber sufrido diversas formas de apremios ilegales
en las horas de detención, incluido simulacros de fusilamientos. A dos
años de la masacre, ésta continúa impune, luego de que
el presidente N. Kirchner no cumpliera con la palabra empeñada frente
a los familiares, organismos de derechos humanos, y organizaciones populares
de "investigar hasta las últimas consecuencias, sin importar quién
caiga". La investigación solo ha avanzado sobre alguno de los autores
materiales de los disparos pero no sobre las responsabilidades que podrían
caber a funcionarios políticos que estaban al mando de las tropas que
se desplegaron en el teatro de operaciones. La cantidad de declaraciones públicas
y el tenor de las mismas hacen necesario abrir investigación al respecto
pues desde el mes previo diversos funcionarios anticipaban la decisión
estatal de reprimir. A este clima de hostilidad creado en torno de la protesta
social, hay que sumar las declaraciones públicas del jefe del ejército
y del ministro de acerca de la necesidad de que las fuerzas armadas intervinieran
en la represión de los conflictos internos, así como los reclamos
de los gobernadores provinciales al gobierno nacional. Hoy los políticos
implicados en la represión continúan ejerciendo cargos legislativos,
judiciales, ejecutivos y hasta de representación internacional con total
impunidad, como el ex presidente provisional E. Duhalde, actualmente a cargo
de la presidencia del Mercosur, o el Dr. Genoud (en ese momento Ministro de
Seguridad de la Prov. de Bs. As y en consecuencia jefe de la policía
bonaerense, cuyo personal resultó autor de la masacre) hoy Ministro de
la Corte de Justicia de la Provincia de Bs. As., ó el caso del ex-comisario
Fanchiotti, de la Policía Bonaerense (detenido como autor de dos homicidios
y siete tentativas de homicidio), que continuó cobrando su sueldo de
comisario aún estando en la cárcel, y que solo recientemente,
al cumplirse el segundo aniversario, fue expulsado de la fuerza. Marca otro
hecho llamativo de impunidad corporativa que en caso de procesamiento por comisión
de delitos son las propias fuerzas de seguridad las que asignan abogados defensores
de la planta permanente del estado. Esta situación de impunidad se extiende
a anteriores hechos de represión, que involucran el crimen de Teresa
Rodríguez, en Cutral Có, Neuquén (abril de 1997); el asesinato
de Aníbal Verón (Mosconi, noviembre de 2000); la represión
de junio de 2001 en Gral Mosconi, nuevamente, en la que murieron dos piqueteros
-Carlos Santillán y Omar Barrios- y hubo más de 80 heridos, entre
ellos, un joven de 19 años, Iván Dorado, que quedó parapléjico.
Por último, recordemos la respuesta del Estado frente a una de las mayores
crisis registradas en la historia del país, en diciembre de 2001. La
represión desplegada por el Estado, que incluyó la declaración
del Estado de sitio, durante las jornadas del 19 y 20 de diciembre de 2001,
dejaron un saldo trágico de 33 muertos en todo el país (cifra
que se eleva a 37 al día de la fecha, ya que algunas personas que habían
quedado gravemente heridas por impactos de plomo, han fallecido en los últimos
dos años), y unas 4.500 personas detenidas. En este sentido, los contrastes
son claros: mientras que, en la actualidad, se viene avanzando en los juicios
a los detenidos en aquellas jornadas, no sucede lo mismo en relación
con los responsables políticos, causantes de la mayor represión
llevada a cabo en los últimos 20 años de régimen institucional
en Argentina. .
La situación de impunidad se refleja también en los casos de gatillo
fácil, en relación al procesamiento y condena de policías
y personal de seguridad involucrados en diferentes causas criminales, hoy en
día prófugos. A título de ejemplo, citemos el caso del
policía bonaerense Raúl Rodolfo Gastelú, quien se halla
prófugo, y fuera encontrado culpable de la tortura y asesinato de Sergio
Durán, un joven de 17 años. Por segunda vez en siete años,
la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI),
encontró al policía, que estaba prófugo y recluido en su
domicilio, quien escapó caminando en medio de un impresionante operativo
policial. Un caso que devela el funcionamiento de un aparato de encubrimiento
amparado por el ministerio de seguridad, la policía bonaerense y la justicia.
.
Esta situación de impunidad involucra al mismo Estado Argentino, si hacemos
referencia al mayor atentado de la historia argentina, el de la voladura de
la mutual israelita, la Amia. A diez años de los hechos, se ha probado
que el fuero interviniente, lejos de hallar a los culpables,ha garantizado la
impunidad, a través de la destrucción de las pruebas, el desvío
de la investigación, la compra de testimonios falsos y demás irregularidades.
Estos hechos, que muestran la complicidad del Estado argentino, derivaron en
el apartamiento del juez y los fiscales originarios de la causa. .
Asimismo, esta situación de impunidad se refleja en los reiterados intentos
por atemorizar y cercenar la tarea de los que trabajan en la defensa de los
derechos humanos en Argentina. El ejemplo más reciente son los hechos
de violencia de los que fue objeto el fiscal federal general Carlos Dulau Dumm
en la ciudad de La Plata y a las amenazas enviadas al ex coordinador fiscal
del Juicio por la Verdad, Hugo Cañón, y el fiscal federal Marcelo
Molina. Como confirma el informe del CELS (2004), el Fiscal General Federal
de La Plata, Carlos Dulau Dumm, fue privado de su libertad el 26/07/2004 y amenzado
de muerte por un grupo de personas que lo obligó a ascender a un automóvil
y lo llevó a recorrer durante unos 10 minutos las calles céntricas
de la ciudad. Durante el secuestro los desconocidos hicieron múltiples
referencias al trabajo que el fiscal realiza, junto a otros funcionarios judiciales,
en la Unidad Fiscal encargada de impulsar las causas penales por violaciones
a los derechos humanos que derivaron de la investigación desarrollada
por la Cámara Federal de La Plata para establecer el destino final de
miles de personas desaparecidas. Organismos de Derechos Humanos exhortaron al
Estado a que se investigue la vinculación entre estas amenazas y la actuación
de Dulau Dumm en los Juicios por la Verdad que se llevan a cabo en la capital
provincial y en su futura actuación en el juicio por violaciones a los
derechos humanos contra Ramón Camps. En el ámbito judicial no
quedó ninguna duda de que las amenazas de muerte al fiscal federal Carlos
Dulau Dumm fueron una reacción frente a lo que está sucediendo
con las causas relacionadas con crímenes de la última dictadura
militar. Como recuerda el informe del CELS ya citado, todavía hay medio
centenar de expedientes en trámite y muchos imputados que podrían
ser condenados, o incluso, pasar el resto de sus días en prisión.
.
El gobierno de N. Kirchner ha asumido como política de Estado, la condena
de la violación de los derechos humanos realizadas durante la última
dictadura militar (1976-1983), lo cual ha contribuido a echar por tierra la
"teoría de los dos demonios" que habían avalado los gobiernos
anteriores, sin excepción, así como a impulsar una política
de la memoria; dos inflexiones mayores que se hallan intrínsecamente
ligadas a la larga lucha desarrollada por las numerosas organizaciones de derechos
humanos que actúan en nuestro país. De esta manera, el actual
gobierno ha sentado una gran diferencia respecto de administraciones anteriores,
llegando al punto de solicitar perdón a la sociedad en nombre del Estado
argentino, por la situación de impunidad registrada a lo largo de dos
décadas de gobierno democrático respecto de las violaciones de
derechos humanos durante aquella trágica época. Ahora bien, este
importante salto cualitativo, no puede ni debe conducirnos a ignorar el contraste
existente entre la política de condena de la violación de los
derechos humanos en relación con el terrorismo de Estado de los años
'70, y la actual política de derechos humanos respecto del presente y
el pasado reciente, la que en términos de "política de Estado"
coloca al gobierno actual en peligrosa continuidad respecto de las administraciones
anteriores. .
4. Situación de los Derechos Humanos .
Partiendo del concepto general que determina que "los derechos humanos son universales,
indivisibles, interdependientes y exigibles, y que los DESC tienen el mismo
estatuto legal, importancia y urgencia que los derechos civiles y político"
y que el goce de los derechos económicos, sociales y culturales es determinante
para la posibilidad de un goce efectivo, igualitario y no discriminatorio de
los derechos civiles y políticos", pues "asegurar el goce de derechos
civiles y políticos sin considerar el pleno ejercicio de los derechos
económicos, sociales y culturales conlleva discriminaciones intolerables
que favorecen a los sectores beneficiados por la desigual distribución
de la riqueza, del poder y que reproducen las inequidades sociales" y tomando
el marco de referencia económico-social volcado al inicio del presente,
surgido de estadísticas científicas, públicas y oficiales,
es preciso concluir que la República Argentina se encuentra en una situación
estructural de violación de DDHH esenciales, sin vistas a corto plazo
de que el Estado tenga intención alguna de modificar tal situación.
.
Sin pretender que el presente apartado sea un trabajo de exposición jurídica,
ni mucho menos, sino al mero efecto ilustrativo para el conjunto de los lectores
del presente, haremos una breve reseña del derecho a la vida y la integridad
de las personas en el Ordenamiento Jurídico Argentino. .
"La libertad de vivir es considerada un atributo del ser humano que se expresa
en la dimensión física y ontológica, en la sujeción
del hombre a sus lazos sociales y también en el deseo de vivir que lo
proyecta a lo largo de su existencia, aspectos todos que el derecho debe tutelar.
Contar con un desarrollo mental y físico adecuado y normal, verse libre
de fenómenos perturbadores de la tranquilidad psíquica, no estar
sometido al dolor físico o a su amenaza, disponer de un funcionamiento
adecuado de los órganos y miembros del cuerpo, son condiciones indispensables
para la elección y materialización de planes de vida C.Nino: 1997),
de modo tal que la violación de uno o más de los derechos reconocidos
que condicione el desarrollo del ser humano se vincula inmediatamente con el
menoscabo de la integridad personal." (Informe Especial Sobre DDHH. Defensoría
del Pueblo de la Nación, 2002) .
El ordenamiento constitucional argentino ha receptado expresamente, incorporándolos
como parte fundamental y superior, diversos Tratados Internacionales que se
incorporan así al derecho positivo vigente. El derecho a una vida íntegra
y plena resulta en consecuencia receptado constitucionalmente en forma clara
y terminante. .
Dice el Defensor del Pueblo de la Nación al tratar la cuestión
en el trabajo antes citado: "-La Declaración Americana de los Derechos
y Deberes del Hombre, aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana,
el 2 de mayo de 1948, establece en su art. 1 que Todo ser humano tiene derecho
a la vida, a la libertad, a la seguridad de su persona. Los rasgos ya descriptos
de los derechos a la vida y la integridad personal hallan holgada protección
a lo largo del articulado de la Declaración. De esta forma se establece
la tutela a la vida humana y la protección de la integridad, no sólo
en sus aspectos biológicos y físicos, sino también en aquellos
otros que tienen que ver con el desarrollo normal y completo de la materialidad
y espiritualidad de las personas. .
Son ejemplos de ello: el artículo 6 que prevé el derecho a constituir
una familia-y a recibir protección para ella, el artículo 11,
que expresamente dice que la salud debe ser preservada por medidas sanitarias
y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la
asistencia médica-, el artículo 12 que en cuanto al derecho a
la educación declara que ésta debe capacitar a la persona para
lograr una digna subsistencia, el mejoramiento del nivel vida y para ser útil
a la sociedad, y el artículo 13 que expresamente introduce el derecho
a gozar de los beneficios de la cultura. Por su parte, en el capítulo
de Deberes, la Declaración expresa que Toda persona tiene el deber de
convivir con los demás de manera que todas y cada una puedan formar y
desenvolver integralmente su personalidad. La declaración Universal de
los Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948, en su artículo 3 declara:
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su
persona, en su artículo 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de
vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar,
y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia
médica y los servicios sociales necesarios-,y por fin, el art. 26 La
educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad
humana, y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y libertades
fundamentales." .
Las normas mencionadas son solo algunas de todas las que están previstas
en el ordenamiento jurídico argentino. Pero son suficientes para demostrar
que dicho ordenamiento tiene como base fundamental la protección del
derecho a la vida y a la integridad del hombre como derecho fundamental. Por
otra parte la propia Constitución Nacional, desde 1957, a través
de su artículo 14 establece, entre otros, que los habitantes de la Nación
gozan de: .
a) Derecho de Trabajar y ejercer toda industria lícita. Sin embargo,
los datos de la realidad demuestran la formalidad de una norma que no tiene
implementación concreta. Pues:
[-] la tasa de desempleo, subempleo, y empleo no registrado demuestra que tal
derecho ha quedado relegado a un texto vacío para una inmensa mayoría
de la población que debería y necesita ser económicamente
activa. Según datos oficiales en el mercado laboral hay 12 millones de
personas que ganan un ingreso promedio insuficiente para cubrir la canasta básica
de alimentos. Uno de cada tres argentinos tiene problemas de empleo. La desocupación
alcanza a 2.400.000 personas. La subocupación a 2.250.000 personas. Hay
4.400.000 personas con problemas de empleo. .
[-] El llamado costo laboral bajo un 62% en la última década.
Entre 1993 y mediados de 2003 el salario mínimo se congeló en
200 pesos (69 dólares mensuales, en diciembre aumentó a $300 (109
dólares) y desde enero de 2004 se fijo en $350 (120 dólares).
Hoy supera apenas en un 6% el valor de la canasta básica de indigencia.
[-] b) Enseñar y aprender. Derechos que son vulnerados en la realidad:
Los datos oficiales dicen que 1.413.537 jóvenes son excluidos sociales:
no trabajan ni estudian. La deserción escolar entre jóvenes de
15 a 19 años alcanzó en todo el país al 25%. .
Por otra parte el artículo 14 bis determina que: "El trabajo en sus diversas
formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán
al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada;
descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo
vital y móvil; igual remuneración por igual tarea; participación
en las ganancias de las empresas, con control de producción y colaboración
en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad
en el empleo público-." "-El Estado otorgará los beneficios de
la seguridad social, que tendrá carácter integral e irrenunciable.
En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará
a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera
y económica, administradas por los interesados con participación
del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones
y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la
defensa del bien de familia; la compensación económica familiar
y el acceso a una vivienda digna" .
Otra vez la realidad como duro contraste con la norma escrita: .
[-] En la actualidad, el 55% de la población, esto es, casi 20 millones
de argentinos, no tienen cobertura médica. Los ingresos del PAMI, sistema
de salud para los jubilados, cayeron un 40%. El 75% de los nuevos puestos de
trabajo creados en el 2003 son informales, es decir en negro, no declarados
ante la seguridad social. Los trabajadores que consiguieron empleo en el 2003
cobran, en promedio, un salario inferior a los que ya tenían trabajo
anteriormente. El 80% de las mujeres que sostienen un hogar pobre trabajan en
negro y perciben ingresos inferiores al hombre. En los hogares pobres mantenidos
por una mujer el ingreso en 25% inferior a los que tienen como jefe de hogar
a un hombre. El Banco Mundial ha informado que "la imposibilidad de atención
hospitalaria ha aumentado a causa de la falta de dinero para pagar los medios
de transporte". .
La desnutrición está en aumento entre niños y adultos.
La situación de los niños, los ancianos y los pacientes terminales
es extremadamente precaria y vulnerable. Sin lugar a dudas toda una serie de
derechos esenciales que son echados por tierra por la realidad social que hoy
vive el país. Realidad que resulta ser el producto de años de
políticas económicas aplicadas desde las más altas esferas
de un Estado que, lejos de instrumentar aquellos derechos, ha favorecido la
concentración de la riqueza en manos de una minoría en claro detrimento
de las más amplias capas sociales de la Nación, a punto tal que
la desigualdad social ha alcanzado records históricos. .
Por otra parte y a través del art. 75 inciso 22 se ha dado jerarquía
constitucional y carácter complementario de la propia Constitución
Nacional a diversos Tratados Internacionales, entre los que es necesario resaltar:
.
[-] La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; .
[-] La Declaración Universal de Derechos Humanos; .
[-] La Convención Americana sobre Derechos Humanos; .
[-] El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
.
[-] La Convención sobre los Derechos del Niño; .
No tiene sentido repetir el texto y/o articulado de los mismos; basta confrontarlos
con la realidad social descripta al inicio del presente trabajo para concluir
sobre su no vigencia. .
La preservación de la salud por medidas sanitarias y sociales; la alimentación;
la vivienda; la educación obligatoria, la enseñanza secundaria
generalizada, la enseñanza superior accesible; el trabajo y el salario
digno que aseguren un nivel de vida conveniente; la seguridad social que proteja
de la desocupación, la vejez o la incapacidad y permita obtener los medios
de subsistencia; el derecho a un nivel de vida adecuado para la persona y su
familia; la protección contra el hambre; la reducción de la mortalidad
y la mortalidad infantil; la prevención y tratamiento de enfermedades,
entre tantos otros; son normas simbólicas de implementación nula
(Las cifras, datos y estadísticas que acompañan el presente trabajo
así lo demuestran). .
Los índices económicos, la política económica y
la falta de política estatal demuestran que el Estado Argentino, a través
de los distintos gobiernos de los últimos 21 años (que abarcan
el último período constitucional), no ha tenido ni tiene interés
en instrumentar la vigencia de los Tratados que él mismo ha firmado.
Basta citar la nota aparecida en el Diario Clarín , del 18 de Julio de
2004, titulada: "EL FMI HACE UNA DURA AUTOCRITICA POR SU PAPEL DURANTE LA CRISIS
ARGENTINA": .
Sin perjuicio de que el FMI pretende deslindarse de su propia responsabilidad,
dicho documento, elaborado por la Oficina de Evaluación Independiente,
creada por dicho organismo en el año 2003, sirve para marcar la responsabilidad
del propio Estado argentino en la situación social a la que ha llevado
a la población a la cual debería proteger. .
Dicho diario anticipa que el documento "-responsabilizará de la crítica
situación al incorrecto manejo de Carlos Menem, Fernando De la Rua y
sus sucesivos ministros de economía. Incluiría una objeción
breve a la forma cómo devaluó el gobierno de Eduardo Duhalde.
.
Así el FMI intentará salvar políticamente la responsabilidad
que tuvo durante la instrumentación de un modelo que generó el
mayor nivel de pobreza e indigencia de la historia argentina, durante la década
del 90. El FMI apoyó todas las reformas, avaló la convertibilidad,
el endeudamiento y encima expuso como modelo a seguir lo que ocurría
en Argentina." .
[-] CONCLUSION .
Está fuera de discusión la existencia de deberes negativos
y positivos por parte de los Estados a fin de lograr la plena vigencia de los
derechos humanos consagrados internacionalmente. .
Los Estados deben abstenerse de menoscabar, limitar arbitrariamente e inclusive
poner en peligro los derechos mencionados (deberes negativos), pero además
tienen la obligación de arbitrar las medidas positivas necesarias para
garantizar la plena vigencia de tales derechos. .
No puede el Estado eximirse de su obligación argumentando imposibilidades
presupuestarias, ni puede limitarse a la creación de un marco normativo
sin implementación practica. Ha dicho la Corte Interamericana de DDHH
"La obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos
humanos no se agota con la existencia de un orden normativo dirigido a hacer
posible el cumplimiento de esta obligación, sino que comporta la necesidad
de una conducta gubernamental que asegure la existencia, en la realidad, de
una eficaz garantía del libre y pleno ejercicio de los derechos humanos"
(Velázquez Rodríguez, Godínez Cruz y Neira Alegre) . .
La reforma Constitucional de 1994 ha sido coherente con este criterio reforzando
los deberes del Estado en cuanto a su deber de preservar la vida y la integridad
de las personas, especialmente con la incorporación del inciso 23 del
artículo 75, el que establece que "Corresponde al Congreso-legislar y
promover medidas de acción que garanticen-el pleno goce y ejercicio de
los derechos reconocidos por esta Constitución y por los Tratados Internacionales
vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños,
las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad-" (Defensoría
Del Pueblo, op.cit.) .
El Estado asume así el compromiso de adoptar medidas para lograr progresivamente
la plena efectividad de los derechos humanos; por ende un Estado comete violación
de los pactos cuando no logra remover a la mayor brevedad posible y cuando deba
hacerlo, todos los obstáculos que impiden la realización inmediata
de un derecho; no logra aplicar con rapidez un derecho que el Pacto exige; no
logra satisfacer una norma internacional mínima de realización
generalmente aceptada y para cuya satisfacción está capacitado.
En el caso del Estado Argentino, en la actualidad, no cabe duda de la existencia
de recursos para enfrentar la situación como tampoco cabe duda de la
falta de intención política de hacerlo, como lo demuestran claramente
los últimos datos de la economía: .
Recordemos, retomando las estadísticas ya citadas, que en abril de 2004
se vendieron productos al exterior por 3.025 millones, récord histórico
que significó un 23 % más que el mes anterior. .
La balanza comercial tuvo un superavit de 1387 millones de dólares. .
En abril de 2004 el superavit fiscal llegó al nivel más alto de
los últimos doce meses, fue de 1676,6 millones. El producto bruto interno
creció en marzo un 11,9% en relación al mismo mes del 2003. .
Sin embargo, como contradictoria muestra del crecimiento económico, en
la provincia de Entre Rios hay 20.000 personas con desnutrición, en su
mayoría recién nacidos, bebes y niños de hasta 14 años.
Un 50% de la población debajo de la línea de pobreza y un 30%
debajo de la línea de indigencia. 200.000 personas necesitan ayuda estatal
para poder alimentarse. .
Esto significa que 1,1 millón de habitantes (mas del 20%) sufre privaciones
alimentarias. .
La paradoja: Entre Ríos tiene 1,3 millones de hectáreas sembradas
de soja. .
En Argentina la agudización y aumento de la concentración económica
y el incremento de la pobreza, unido a un aumento de la recaudación fiscal
y la generación de riquezas de los dos últimos años, que
incluyen el primer año del gobierno de Kirchner, demuestran que la situación
se agrava sensiblemente. .
Y visto que el Estado Argentino, incluido el gobierno actual, no ha implementado
políticas fiscales orientadas a una redistribución equitativa
del ingreso, ni ha gravado preferente y selectivamente el patrimonio, ni las
grandes fortunas y las transacciones comerciales; antes bien, ha afectado los
salarios o los ingresos del trabajo personal con impuestos indiferenciados o
regresivos al consumo o al valor agregado, preciso es concluir, sin dudas, que
está en posición de ser denunciado como violador de los derechos
humanos esenciales de su población. .
Así lo señala la propia Defensoría del Pueblo de la Nación,
cuando en el trabajo citado afirma: "No obstante la existencia de los amplios
reconocimientos que las normas otorgan a las libertades mencionadas, de la generosidad
de las declaraciones y garantías que contiene el texto constitucional
y de la responsabilidad que el estado ha asumido respecto de garantizar la vigencia
y pleno ejercicio de los derechos humanos, en la actualidad asistimos a la cotidiana
y sistemática degradación y violación de los mismos. .
-estos derechos inalienables, el derecho a la vida y a la integridad personal,
se hallan, como se ha dicho, en un estado de inaceptable indefensión,
confinándolos a su mínima expresión. Asimismo, se verá
que ni la Constitución Nacional ni los Tratados Internacionales, ni tampoco
la Ley, en el tema que tratamos, son cumplidos por quienes tienen el deber.
En este sentido cabe decir que la violación sistemática de los
derechos humanos, implica la destrucción sistemática de la democracia
y la consecuente desintegración del tejido social-. .
Tal situación se manifiesta cada vez más abiertamente en la insostenible
coyuntura de inequidad social-Sin embargo es evidente la urgente necesidad de
dar verdadera vigencia a los derechos a la vida y a la integridad personal,
para hacerlos asequibles a cada uno de los integrantes de la comunidad, condición
indispensable para que ellos continúen siendo "integrantes"- .
La responsabilidad de que ello suceda se halla en cabeza de los Poderes Constituidos
nacionales y provinciales, los que tiene que arbitrar con urgencia las medidas
conducentes a la revisión de la situación descripta-. .
Buenos Aires, Argentina, Agosto de 2004. .
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La Nación, Clarín, Página 12, El País (España)
.
[-] CASOS TESTIGO .
[-] 1) Acoso
judicial a la Unión de Trabajadores Desocupados (UTD) de Mosconi .
Mosconi es una localidad salteña, próxima
a la frontera con Bolivia, sede de las principales multinacionales del petróleo
que operan en la Argentina. Cuando a principios de los '90 la estatal petrolera
YPF fue privatizada, dejó al 85% de la población de Mosconi desocupada.
.
La UTD es un movimiento autónomo que ha organizado los reclamos sociales
de la comunidad. Es una de las primeras organizaciones de desocupados en realizar
cortes de ruta para obtener recursos. Desde entonces hasta hoy la principal
demanda es de fuentes de trabajo y materiales para obras comunitarias. Han construido
y reparados escuelas y centros de salud, montado 18 huertas comunitarias, una
planta procesadora de residuos y dos fábricas de ladrillos, entre otros
emprendimientos. En sus reclamos en la ruta, murieron 5 integrantes de la UTD
y hasta la fecha esas muertes continuan sin investigación judicial. .
Esta es la denuncia presentada por José Pepino Fernández, máximo
referente de la UTD, ante la Corte Suprema Provincial. .
"Vengo a denunciar formalmente la criminalización de que es objeto la
organización social a la que pertenezco U.T.D. Mosconi (Unión
de Trabajadores Desocupados) y en particular la criminalización de que
soy personalmente objeto por plantear los reclamos sociales de mi comunidad.
En efecto, como lo pruebo con la nómina de causas que adjunto soy penalmente
perseguido por reclamar trabajo digno para los desocupados del Departamento
San Martín de la Provincia de Salta, mejores salarios para los que tienen
trabajo, reestatización del petróleo, denunciamos la contaminación
ambiental provocada por las empresas petroleras de la zona que envenenan las
aguas al arrojar deshechos tóxicos a cielo abierto provocando enfermedades
y muerte a mi población, denunciamos la represión asesina de las
fuerzas de seguridad aplicadas contra la población que salió a
reclamar por su derecho a trabajar en los años 2000 con las muertes de
Orlando Justiniano, Matías Gómez, Aníbal Verón,
y en el año 2001 Carlos Santillán y Omar Barrios; denunciamos
a la Gendarmería Nacional por intento de homicidio de Iván Dorado
a quien dejaron hemipléjico luego de dispararle con balas de uso prohibido
por convenciones internacionales para disuasión de población civil.
.
No sólo soy objeto de la formación de causas criminales por parte
de las petroleras de la zona y del gobierno provincial que actúa defendiendo
los intereses de la misma en desmedro de la población sino que también
he sido encarcelado en varias oportunidades y además se me ha llegado
a imponer una fianza de $10.000, lo que constituye una burla para un desocupado
y un claro intento de privación de mi libertad con el objeto de amedrentar
a la población y reprimir la protesta social. .
Como lo demostramos con los proyectos comunitarios que llevamos a cabo en nuestra
localidad de Mosconi, no somos delincuentes sino que funcionamos en la práctica
como un verdadero municipio paralelo ya que construimos casas con los ladrillos
que nosotros los desocupados fabricamos, reciclamos plástico, tenemos
huertas comunitarias con las que abastecemos a los comedores comunitarios del
propio estado provincial, refaccionamos escuelas, construimos salas de primeros
auxilios, aulas de escuelas, reforestamos las zonas que las petroleras talaron
indiscriminadamente, actuamos en defensa de la población en caso de aludes
de barro y desmoronamiento de cerros en épocas de lluvia, y somos la
única organización de desocupados que no recibe bolsones de alimentos
ni tiene comedores comunitarios pues luchamos por la dignidad del pueblo y la
integración de las familias, lo que pareciera ser delito para el Estado
. .
NOMINA DE ENCAUSADOS de Mosconi, Tartagal, Aguaray, Pocitos .
1.-Causa N° 1233/99 del Juzgado Federal N°2 caratulada " Autores a establecer
s/ Interrupción de los Medios de transporte suscitado el 13/12/99 y días
sucesivos, entre las localidades de Mosconi y Tartagal. .
Encausados: .
Juan Carlos Fernández .
Fermín Hoyos .
Rodolfo Esquivel .
Oscar Nieto .
Dora Velázquez .
Juan Carlos del Valle González (Tartagal) .
Procesados-Apelada-confirmada- Requerimiento elevación a juicio. .
2.-Causa N° 446/00, Juzgado Federal N°2 por corte Ruta Nac.34 en Tartagal y
Mosconi del 3 al 13 de mayo del 2000. Encausados: por Interrupción de
las vías de comunicación y transporte, motín, tumulto e
intimidación pública- El Juez Federal aplica la ley 24059 de Seguridad
Interior. Se produce la pueblada de más de 10.000 personas de las poblaciones
de Tartagal y Mosconi sobre la ruta 34, uniendo 10 km a pie para enfrentarse
a la Gendarmería Nacional. .
1) Miguel Angel Gallardo(malherido) .
2) Viltermo Arredondo .
3) Juan David Acosta .
4) Clemente Torres .
5) Alberto Rodríguez .
6) Ernesto Vargas .
7) Jorge Raúl Pérez .
8) Lucio Juan .
9) Fortunato Ruiz .
10) Roque Rojas .
11) Victor Manuel Rojas .
12) Victor Rojas .
13) Héctor Mansilla .
14) Fabiola Guerrero .
15) Oscar Julio Ríos .
16) Juan Contreras .
17) Carlos Julián Gutiérrez .
18) Sergio Daniel Gallardo .
19) José Luis Quinteros .
20) Silvia Alvarez .
21) Héctor Domínguez .
22) Rubén Abraham .
23) Eduardo Rodolfo Cruz .
24) Juan Torres .
25) Cirila Rojas .
26) Eric LEandro Galarza .
27) Eugenio Ricardo Martínez .
28) Carlos Ortiz (wichi herido) .
29) Hugo Fidel Cruz .
30) Lorenzo Victorino .
31) Miguel Ricardo Rojas (16 años) .
32) Flavio Andrés Vieyra (seriamente lesionado) .
33) Miguel Ojeda .
34) Juan de Dios Gómez. (enfermo epiléptico) .
35) Víctor Hugo González (periodista) .
36) Claudio Daniel Jaime .
37) Hugo Daniel Chandía .
38) Esteban Beltrán .
39) Roque Javier Alderete .
40) Benito Verón .
41) Sergio Jesús Sarsuri .
42) Urbano Santillán .
43) Luis Abel Martínez .
44 Miguel Angel Calermo .
45) Segundo Cruz .
46) Jorge Pizarro .
47) Arnaldo Romero .
48) Napoleón García .
49)Antonio Casarino .
50) Juan Juárez .
51) Carlos César Contreras .
52) Miguel Angel Gallardo .
Se encuentran procesados: .
Juan Carlos Fernández .
Juan Domingo Javier .
Juan David Acosta .
Inés Basilia Torres .
José Gustavo Fernández .
Rodolfo Andrés Peralta .
APELADA Y CONFIRMADOS PROCESAMIENTOS (art.194 C.P.) .
Requerimiento elevación a juicio. .
3.-Causa N° 506/00 -Juzg. Federal N° 2 "C/ LUCERO, Juan Carlos, y otros " por
Corte de Ruta del 23 de mayo de 2.000. en Ruta Nac. 34. .
Encausados: .
JUAN Carlos Fernández .
Juan Carlos Lucero .
4.- Causa N°075/01 c/ FERNANDEZ, JOSE (PEPINO) y otros por S/ INFRACCION ARTS.
237, 238 Y 241 DEL C.P. Corte de acceso empresa Tecpetrol de Campo Durán,
30 de mayo de 2001. .
Encausados: .
PEPINO FERNANDEZ .
MANUEL GONZALEZ .
JUAN FLORES .
SERGIO FERNANDEZ .
RAMON QUIROZ .
JUDITH GUERRERO (embarazada de 5 meses) .
LEONARDO SAAVEDRA .
HUGO CUELLAR .
CLAUDIO DEL PLA .
OSCAR RUIZ .
VICTOR HUGO VILLARROEL (AGUARAY) .
JOSE MIGUEL GALLEGO (Aguaray) .
VICTOR DANIEL ARCE .
RAUL ALBERTO ARCE .
JOSE BARRAZA .
Procesado .
JOSE GUSTAVO FERNANDEZ por Obstaculización funcional, art. 241 inc. 2°
C.P. .
Apelada el 26/3/03.Confirmada. .
5.-Causa N° 2152/00 del Juzgado Federal N° 1 iniciada en noviembre de 2000,
por el corte de ruta donde murió Anibal Verón y siguió
con el corte de ruta iniciado en mayo del 2001. El Juez Cornejo ordenó
la represión del 17 de junio /01 por Gendarmería Nacional dejando
como saldo las muertes de Santillán y Barrios. .
Se dictó el procesamiento de: .
José Ricardo Barraza: autor sedición(230inc1)en conc. real interrupción
transp. Públ.(194) .
Carlos Omar Gil .
César Dardo Raineri .
Gustavo Andres Murillo: autor interrupción Transp.públ.art. 194
.
María Eugenia Zambrano .
Cristian Osvaldo Franco .
Juan Narciso Nieva: sedición conc.real interrup.transp.públ. .
José Miguel Gallegos:autor impedim. normal desenvolv. transp. Terrestre-art194
.
Luis Ricardo Gil .
Carlos Alberto Cuellar .
Basilia Inés Torres: autor art.194 en concurso ideal (art.54) con sedición
230inc.1 .
Victor Daniel Arce Soria .
Rosa Elena Torres .
Juan Antenor Aybar .
Nestor Emilio Le Bret .
Rafael Hugo Bulacio .
Eduardo Normando Cabral .
Aldo Cástulo Fernández .
Leonardo Miguel Aguirre .
Domingo Enrique Flores .
Rubén Darío Zárate .
Lucía Susana Díaz .
Roberto Javier Viste .
Eva Noemí Fernández .
Luis Cruz: autor art.194 en conc.real con sedición(230 inc.1°)conc.real
resist.aut.art.239 .
Julio César Figueroa .
Néstor Alfredo Villagra .
José Gustavo Fernández:autor art.194 en conc.real con sedición,
conc.real instigación (209) .
Rodolfo Andrés Peralta .
Oscar Adrián Ruiz .
Julio Rafael Domínguez: autor art.194 en conc.ideal sedición,
conc.real abuso armas(art.104)en conc.ideal con resistencia a la autoridad (art.239)
.
Ramón Alfredo Le Bret .
Sergio Adrián Aráoz: autor 194 en conc. Ideal sedición
en conc.real abuso armas en conc.ideal resistencia autoridad en conc.mat. tenencia
municiones de guerra (189 bis) .
APELADA-Confirmada art.194 .
6.-Causa N° 819/01 del Juzgado Federal N° 2, por corte de ruta del 15 de agosto
del 2001, se encuentran encausados: .
Pepino Fernández .
Piquete Ruiz .
Villagra .
7.- Causa N° 800/01.Juzgado Federal N° 2. Corte de ruta 9/8/01 .
Imputados: .
Oscar Ruiz .
Rosa Torres .
Cristian Heredia .
Villagra .
8.-Causa N° 620/02 Juzgado Federal N° 2- por corte ruta del 19 al 22 de julio
del 2002, se encuentran encausados: .
Pepino Fernandez .
Rosa Torres .
Tomás Moreno .
Raul Ariel Rivero .
9.-Causa N° 989/02 Juzgado Fed.N°2 por corte ruta del 20 de noviembre de 2002,
Encausados: .
Pepino Fernández .
Adrián Aranivia .
Procesados. .
10.-Causa N° 933/02 Juzgado Fed.N°2 por corte de ruta del 18 de setiembre de
2002. .
Encausados: .
Noemí Fernández .
Jesús Sedán .
Raul Ariel Rivero .
Inés Basilia Torres .
11.-Causa 905/02.Juzgado Federal N° 1. .
Imputado .
José Gustavo Fernández .
12.- Causa N° 427/02, Juzgado Federal N°2- Corte de ruta el 16/5/02 .
Imputados .
Fernández, José Gustavo .
Fernández, Juan Carlos .
Peralta Rodolfo Andrés .
Procesado .
José Gustavo Fernández .
13.- Causa 829/02 - Juzgado Federal N° 2- Agosto 2002 .
Imputado .
José Gustavo Fernández .
14.- Causa 828/02. c" Fernández, Juan Carlos y otros S/ Interrupción
de las vías de comunicación. Agosto 2002. .
Imputado .
José Gustavo Fernández .
Juan Carlos Fernández .
15.- Causa N° 064/02 -Juzgado Federal N° 2 .
Imputados: .
José Gustavo Fernández .
Oscar Ruiz .
Juan Nievas .
16.-Causa N° 167/03 -Juzgado Federal N° 1- por corte ruta del 4 al 15 de marzo
2003 .
Se ordenó detención de: .
Oscar Ruiz .
José Gustavo Fernández .
Juan Nievas Carlos Ariel Fernández (Tyson) .
Procesados-Apelada .
17.-Causa N° 217/03 -Juzgado Fed.N° 1- por Atentado y Resistencia a la autoridad
contra personal G.N. .
Detenido : Oscar Ruiz .
Procesado-Apelada -confirmada -Requerimiento de elevación a juicio. .
18.-Causa 161/03 -Juzgado Fed. N° 2 corte ruta extrabajadores YPF .
Detenidos en Bs.As. el 9/4/03 .
José Gustavo Fernández .
Mario Reartes .
Juan Manuel Rosas. .
Excarcelación de José Gustavo Fernández denegada, apelada:
revoca denegatoria e impone caución real o personal. Juez de 1° Instancia
impone amabas cauciones real y personal por $10.000-Se opone recurso de reconsideración.
Se deja sin efecto caución por $10000. Se impone caución personal:
obligación de comparecer al juzgado una vez por mes del 1 al 10. .
Se opone recurso de casación contra cauciones. Se declara abstracta .
Procesados .
José G. Fernández .
Mario Reartes .
Juan Manuel Rosas .
19.- Causa 176/03 J.Federal N°2-abril 2003 .
Imputado .
Juan Carlos Fernández .
20.- Causa 1082 / 03 Juzgado Federal .
Imputado: José G. Fernandez .
Causas Provinciales c/ Pepino Fernandez en Tartagal .
21.- Causa N° 41.477/00 -por art. 194 .
22.-Causa 42.104/01 -art. 194 y coacción .
23.-Causa 38.010/99 -art.194 .
24.-48.846/02 Amenazas y daños .
25.- 42.436/01 art.194 .
26.- 52.937/03 -coacción .
27.- 53.751/03 por art. 194 .
28.- 53.463/04 por art.194 .
29.- 53.409/03 por art. 194 .
30.- 55.344/04 .
31- 039/04 Sumario Policial Sub-Cria Vespucio .
32.- 53.831/03 por Apología del crimen. Procesado -Apelada .
33.-54.605/04 art.194 .
34.- Causa N° 54.066/03 por Robo, Incendio, Daños, Amenazas en perjuicio
de Empresa Tecpetrol .
Procesados: .
Eva Noemí Fernández .
Elvira Navamuel .
Oscar Ruiz .
Rubén Sedán .
Carlos Cabral .
Daniel Valencia .
Hugo Carabajal .
Vicente Chanampa .
Ramon Maldonado .
Juan Antonio Vargas .
Gustavo Gordiola .
Apelada .
Considerando que el Estado tiene la obligación de promover el bienestar
general de la población y habiendo agotado las vías legales requiriendo
al mismo que arbitre las medidas necesarias a efectos de asegurar el trabajo
digno a la población del Dpto. San Martín de Salta toda vez que
la mayor parte de la población trabajaba en YPF, existiendo una deuda
impaga por parte de las petroleras y el Estado que data de más de DOCE
AÑOS sin que hasta la fecha se haya abonado, sumiendo al pueblo a la
miseria, enfermedad y muerte por desnutrición, ejercimos y ejercemos
nuestro legítimo derecho de reclamar una vida digna, recurriendo al único
medio que tenemos por estar fuera del sistema, sin sindicatos que nos protejan
teniendo como único territorio para ser escuchados por las autoridades
: la ruta o caminos y los accesos a las petroleras , reclamamos pacíficamente
nuestros derechos, por lo que consideramos totalmente injusta la criminalización
de que somos objeto tal como lo demostramos con la nómina de causa que
aportamos a título ejemplificativo, mientras fiscales y jueces son ciegos
y sordos para sancionar a las petroleras que saquean nuestra riqueza y contaminan
el ambiente envenando el agua y provocando enfermedades y muertes. .
Por todo ello, solicitamos se dé legal curso a la denuncia que formulamos.
.
SERÁ JUSTICIA .
Contacto .
Unión de Trabajadores Desocupados de Mosconi (UTD) .
José Pepino Fernández : pepinofernandez2004@yahoo.com.ar .
(5411) 3875-48-2870 .
Doctora Mara Puntano: puntanomara@hotmail.com .
(5411) 387-431-7738 .
[-] 2) Pueblos
originarios .
[-] 2.1) Informe sobre violaciones de derechos .
[-] Cuáles son, cuántos son y dónde están .
Frente al vacío censal oficial algunas ONG's y organizaciones indígenas
han estimado que el número de personas indígenas podría
estar entre 800.000 y 2.000.000. .
Se cree que un porcentaje bastante elevado vive en asentamientos rurales y en
forma comunitaria representando aproximadamente entre un 3% y un 5% de la población
total del país. Algunas provincias cuentan con un 17 a 25% de indígenas
en su población. Según las fuentes mencionadas, existirían
más de 800 comunidades en todo el país mientras que por efectos
de la migración urbana en algunas capitales de provincias habría
una altísima concentración de familias y personas indígenas.
.
Según esta información su composición y distribución
sería aproximadamente la siguiente: .
[-] Región Noreste (provincias de Chaco, Formosa, Misiones y Santa Fe),
pueblos Mbya- Guarany, Mocoví, Pilagá, Toba, Vilela y Wichí.
.
[-] Región Noroeste (provincias de Catamarca, Jujuy, La Rioja, Salta,
San Juan, Santiago del Estero y Tucumán), pueblos Atacama, Avá-Guarany,
Chané, Chorote, Chulupí, Diaguita- Calchaquí, Kolla, Omaguaca,
Tapiete, Toba, Tupí-Guarany y Wichí. .
[-] Región Sur (provincias de Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra
del Fuego), pueblos Mapuche, Ona, Tehuelche y Yamana. Región Central
(provincias de Buenos Aires, La Pampa y Mendoza), pueblos Atacama, Avá
Guarany, Diaguita-Calchaquí, Huarpe, Kolla, Mapuche, Rankulche, Toba
y Tupí Guarany. .
[-] 3.2. Condiciones socioeconómicas .
[-] La destrucción de los recursos naturales .
Los territorios ancestrales de los pueblos indígenas están en
peligro. La falta de regularización dominial les impide controlar la
devastación ambiental debido al uso irracional de los recursos naturales
por parte de no indígenas y la contaminación de sus suelos y fuentes
de agua por parte de empresas mineras, petroleras y otras. Al no existir medidas
efectivas de protección de la posesión y propiedad de las tierras
que tradicionalmente ocupan en todo el país, se acelera el avance de
los frentes agrícolo-ganaderos y el desembarco de "mega" proyectos de
desarrollo. .
En la provincia de Salta, por ejemplo, donde se concentra la mayor diversidad
de pueblos indígenas, la tala indiscriminada del monte nativo por parte
de empresas forestales y apropiadores no indígenas, la ganadería
extensiva a campo abierto, la instalación de emprendimientos agrícolas
y las exploraciones petroleras y mineras provocan desertización, empobrecimiento
de los suelos y severos daños a la biodiversidad de los diferentes ecosistemas
. .
En la región sur, los pueblos Mapuche, Rankulche y Tehuelche enfrentan
cotidianamente la experiencia de ver que "los alambrados se corren de noche".
La invasión y el robo de tierras indígenas es la práctica
frecuente de terratenientes y comerciantes. En los últimos años
el interés de algunas corporaciones multinacionales por las tierras patagónicas
ha ido presionando a pequeños productores locales -en su mayoría
indígenas- que, apremiados por un mercado lanar en baja, les venden estancias
y haciendas reduciendo aún más las posibilidades de recuperación
de sus tierras ancestrales. Además, no son los indígenas quienes
aprovechan el empleo generado por la instalación de las agroindustrias
pues su vinculación con el mercado laboral es precaria, inestable o prácticamente
inexistente. .
Otro problema serio que enfrentan las comunidades de la zona sur es la contaminación
petrolera. En algunos territorios, las napas freáticas han sido invadidas
por hidrocarburos tornando imposible el aprovechamiento del agua. Las personas
indígenas, especialmente niños y ancianos, presentan niveles inaceptables
de plomo y mercurio en sangre. .
[-] Problemática sanitaria .
Además de la destrucción ambiental, la problemática sanitaria
en las comunidades rurales se agrava por los siguientes motivos: escasez de
agua, asistencia médica deficiente o nula, ausencia de medios de transporte
y comunicación, mínima asistencia educativa, ausencia de saneamiento
ambiental, control inexistente de plagas y parasitosis animal y humana. .
No existen a nivel nacional ni provincial estadísticas desagregadas por
origen étnico que permitan conocer el estado sanitario de los pueblos
indígenas. Sin embargo, los lugares donde residen actualmente muestran
los índices más altos de infecciones agudas tales como la tuberculosis,
el mal de Chagas y el cólera, entre otras enfermedades. Según
información no oficial, brindada por agentes sanitarios locales, en ciertas
zonas rurales la tasa de mortalidad infantil alcanza al 30%. Pobremente alimentados,
los niños indígenas parecieran tener su futuro comprometido. Aunque
algunas escuelas les proveen una comida diaria, éstas no funcionan durante
varios meses del año. La asistencia a clases revela un alto porcentaje
de deserción debido principalmente a la discriminación que sufren
por parte de maestros y compañeros no indígenas y a la escasez
de medios económicos de las familias. .
Debido a que se ven forzados a emigrar hacia centros urbanos en busca de trabajo,
por la reducción de sus territorios, el alcoholismo, y en menor medida
la prostitución, son otros de los serios problemas que afectan a los
indígenas más jóvenes. .
[-] La asistencia social .
En lo que se refiere a la asistencia social, si bien existen a nivel nacional
y provincial varios programas que atienden las necesidades materiales de los
sectores pobres, éstos no reconocen la distintividad de los pueblos indígenas.
A su vez, la vía de acceso a ellos suele ser el remanido recurso del
clientelismo político, lo que profundiza la dependencia indígena
y refuerza su visión como sector vulnerable. .
Con sobrados fundamentos, las organizaciones y dirigentes indígenas sostienen
que muchos de los graves problemas que afectan la salud de sus familias se podrían
solucionar si el estado cumpliera con la normativa vigente en materia de derechos
territoriales. La falta de regularización dominial impide la necesaria
protección de los recursos alimenticios de que dispone. el ambiente lo
que condiciona el crecimiento y desarrollo de las nuevas generaciones. .
[-] Marco legal vigente .
En 1994 se reformó la Constitución Nacional, incorporando en su
artículo 75 el siguiente mandato: "Corresponde al Congreso: .
Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas
argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación
bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica
de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras
que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes
para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible
ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación
en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás
intereses que los afecten. Las provincias podrán ejercer concurrentemente
estas atribuciones". .
Nueve de las veintitrés provincias de la Argentina han incorporado en
sus constituciones los derechos de los pueblos indígenas. Aun con matices,
algunas parecen subscribir el espíritu de la Nacional en tanto otras
conservan un tinte integracionista . .
En el orden internacional, en 1992, a través de la ley 24.071, Argentina
adoptó el Convenio 169 de Organización Internacional del Trabajo
(OIT). En el 2000, se ratificó el Convenio, que entró en vigencia
el 3 de julio del 200 l. En 1995 se aprobó, por ley 24.544, la Constitución
del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América
Latina y el Caribe (ONU) . En 1997, la ley 24.874 adoptó el Decenio Internacional
de las Poblaciones Indígenas del Mundo (ONU). .
En el orden nacional, entre 1984 y 1993 se promulgaron una serie de leyes "integrales"
que tienen a los indígenas como destinatarios: la ley nacional 23.302
sancionada en 1985 y reglamentada en 1989, y las provinciales N° 426/84 de Formosa,
N° 6.373/86 de Salta -reformada en el 2000-, N° 3.258/87 de Chaco, N° 2.727/89
de Misiones, N° 2.287/88 de Río Negro, N° 3.657/91 de Chubut y N° 11.078/93
de Santa Fe. La ley nacional 23.302 creó el Instituto Nacional de Asuntos
Indígenas (INAI), entidad descentralizada que actuará como organismo
de aplicación de la política indigenista del Estado. Las leyes
provinciales, por su parte, crearon organismos semejantes. Todas introducen
una serie de medidas positivas tendientes a la "preservación, mejoramiento,
promoción, respeto, desarrollo, y participación" de los ciudadanos
indígenas. .
Consideradas en su conjunto, las leyes "indigenistas" parecen incorporar el
reconocimiento de la diversidad cultural. Sin embargo, este discurso funciona
más como estereotipo u obstáculo a sortear que como derecho del
que gozan los indígenas. .
Falta de consulta en la ejecución de proyectos de infraestructura que
afectan sus recursos naturales. .
Existen en el país obras de infraestructura que amenazan la integridad
territorial y causan daño a la vida de las comunidades indígenas.
En su gran mayoría estas obras fueron decididas, planificadas y ejecutadas
sin estudios previos de impacto socio-ambiental. Por lo tanto no se consideraron
medidas de mitigación por daños potenciales. Algunas de estas
obras son, Yaciretá, Hidrovía Paraguay-Paraná, Gasoducto
Nor-Andino, Corredor Bioacéanico, Plan Maestro del río Pilcomayo.
Si bien la Constitución Nacional y "el Convenio 169 establecen la obligatoriedad
de consultar a los pueblos indígenas cuando son afectados sus derechos
de posesión de los recursos naturales en territorios indígenas,
respecto de estos 'Omega emprendimientos", los pueblos indígenas no han
tenido oportunidad de brindar su opinión, menos aún de incidir
en la toma de decisiones. Para ilustrar la forma en que Argentina desconoce
el carácter fundamental del derecho de participación y consentimiento
libre informado de las comunidades indígenas afectadas basta señalar
algunos casos que se reseñan a continuación. .
[-] Gasoducto NorAndino .
El trazado se fijó a través del territorio indígena, afectando
en un tramo casas, rastrojos, zonas de cultivo y pastoreo, cementerios y sitios
sagrados de la comunidad Tinkunaku del Pueblo Kolla, en la provincia de Salta.
La empresa Techint-Norandino fue denunciada por la organización indígena
y por la organización ecologista Greenpeace luego de 10 cual ofreció
una compensación económica . .
[-] Repsol-YPF .
En la provincia de Neuquén, se renegoció el contrato de explotación
del yacimiento Loma de la Lata por un nuevo período (15 años),
pese a la persistente contaminación que sufren las comunidades del Pueblo
Mapuche, Painemil y Kaxipayiñ. .
[-] Corredor Bioceánico .
En la provincia de Salta se levantó un puente internacional entre Argentina
y Paraguay que afecta las áreas de uso tradicional de 6.000 indígenas
de la Organización Lhaka Honhat, y está proyectada la construcción
de la ruta nacional N° 86 por el mismo territorio afectando a las 35 comunidades
que allí residen . .
La desventaja de los indígenas frente a los interesados en los proyectos
es patente en la dificultad que tienen de acceso a la información, que
por lo general el Estado les niega. Si las comunidades no tienen información
clara y suficiente, ni cuentan con instrumentos de análisis, y si el
Estado no provee mecanismos apropiados para la participación y consentimiento
libre informado de los directamente afectados, sólo queda el recurso
judicial y la movilización política. Los tres casos arriba citados
ilustran vívidamente la situación y son un testimonio de que la
creación legal o constitucional de la participación no result