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Argentina, la lucha continua....

Un primer paso: Instructivo para la atención a las víctimas de violación

Ester Kandel

El Ministerio de Salud asumió su responsabilidad al emitir el protocolo para que los hospitales tomen medidas de protección para la atención psicológica hasta la prevención de VIH, anticoncepción de emergencia o aborto no punible.

Esta medida implica el reconocimiento a la posibilidad que tienen las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo en caso de violación. Es un gran paso, si consideramos los numerosos reclamos que se vienen haciendo desde el movimiento de mujeres por el cumplimiento del artículo 86 del Código Penal (1), ante la resistencia de médicos y jueces, dejando librado a su suerte la vida de numerosas mujeres. "De acuerdo con las últimas estadísticas oficiales, en 2008 hubo en todo el país 10.604 denuncias por delitos contra la integridad sexual de las cuales 3367 correspondieron a violaciones." (2)

En el contenido de este instructivo subyace la perspectiva de género.

La doble violación

La violación a la mujer es parte de actos de agresión a su integridad como persona, concibiéndola como una cosa y no como sujeto de derecho.

El embarazo tiene que ser deseado y si una mujer no lo desea es una doble violación. Según la psicóloga Isabel Lucioni (3), "si la sociedad obliga a esa mujer a sólo ser envase, el resultado será un alma en pena. (…) Pero es posible comprender las emociones de Tejerina, por haber sido violada dos veces. Es que aún las mujeres que han cometido un error también son violadas por el embarazo no deseado, aunque la relación sexual haya sido consentida."

¿Qué rol les cabe a las organizaciones populares?

La aplicación de este instructivo se debe inscribir como un beneficio y también como parte de la lucha por la salud y los derechos humanos. Seguramente se podrán prevenir muchas muertes por abortos clandestinos.

La garantía del cumplimiento del protocolo debe contar con la participación activa de todos los actores pero especialmente de las mujeres al difundir sus derechos y exigir a las autoridades hospitalarias su implementación.

Vale recordar las propuestas de prevención y asistencia expresadas en la consigna:

• Educación sexual para prevenir

• Anticonceptivos para no abortar

• Aborto legal para no morir

Decimos que sólo es un paso, pues es imperioso evitar las muertes por abortos clandestinos. Es necesario que se cumplan con los estatutos vigentes en materia de derechos sexuales y reproductivos, educación sexual y al mismo tiempo exigir la sanción de una ley por aborto legal seguro y gratuito.

Notas:
1) El artículo 86 del CP contempla: 1) se hace para evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer y 2) si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor sobre una mujer idiota o demente.
2) Página 12, jueves 15 de diciembre de 2011.
3) Página 12, jueves 8 de octubre de 2009.

Fuente: lafogata.org