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Argentina, la lucha continua....

Corrientes: Precedente en derecho ambiental. Corte rechaza la queja de la Forestal Andina

Momarandu

La Corte confirmó los criterios del Superior Tribunal de justicia de Corrientes, que había ordenado a la empresa destruir la estructura de 21 kilómetros que obró sobre la reserva protegida, al rechazar un recurso en queja presentado en base al Artículo 280 del Código Procesal Civil.

La Corte consideró que "no existió agravio" sobre un recurso no aceptado. En la entrevista a la abogada patrocinante de la causa, Patricia MacCormack, que destacó la pericia del Superior Tribunal de Justicia porque "todo remite lo que esa corte había fallado": "destruir el terraplén".

- ¿A que punto se vuelve?

- El caso ahora se retoma en el trámite administrativo en que había sido interrumpido. Una reunión en la que se conciliaba sobre la forma en que se demolerá el terraplén. En esa instancia inclusive ya nadie discutía si demoler o no. Ahora no hay excusas.

- ¿Cuándo cree que iniciarán las obras?

- No tienen que tardar. Nosotros propusimos inicia un estudio de impacto ambiental para definir la mejor forma de proceder. Lo que está claro es que la obra no debe permanecer en pie. No se puede objetar la demolición. Solo resta ver cuál es la manera.

- Porqué cree que ha tardado tanto en resolverse el caso...

- Dilataciones... eran pasos necesarios que usó la empresa para dilatar en derecho a defensa. Demoras... pero nosotros estábamos obligados a respetar esos pasos. Ahora esperamos la notificación del caso. Es cuestión de horas, pero así es la administración...

- ¿Qué pasos quedan?

- Todo el caso, con todos los expedientes deben ahora remitirse a Corrientes. Y acá el trámite continúa. hay que ejecutar la sentencia del 1 de abril en la que se acordó proceder. la audiencia era amparada por El Juzgado Civil Nº 12, al que hoy sobroga la jueza Daddone del civil 12. Luego se tienen que notificar al ICAA, y a los apoderados de la empresa.

- Sobre qué base se propone el estudio de impacto ambiental

- Preservar el Iberá preservando el derecho. Pedíamos cese de actividad generadora de daño ambiental, así que eso no es lo que queremos. Pero la sentencia está clara. No se puede borrar con el codo lo que escribimos con la mano.

- ¿Qué significa el fallo en derecho ambiental?

- Este fue uno de los únicos casos que a nivel nacional que sienta jurisprudencia en la verdadera defensa del medio ambiente. Al concluir de principio a fin en el caso se sanciona a los que incumplen o infringen la ley además en un lugar privilegiado. Iberá es sitio Ramsar. Hoy Corrientes está frente a una sentencia en derecho ambiental con fallos contundentes sobre el reclamo de un grupo de pobladores que hicieron oírse desde Yahavere.

- ¿Qué obliga reprensar en el Estado?

- Hay que sanear los vicios como sucede con los juicios de administración, no sólo porque la gente tienen pavor de asistir a un tribunal por el trámite que sea, sino porque los que infringen se defienden desde posturas cómodas y apelan al desconocimiento.

Desde la administración es necesario revisar el Decreto 1440 para volver a fortalecer al ICAA, y por qué no ya pensar seriamente en un Ministerio de Ambiente. No hay que subestimar recursos como el Iberá.

Fuente: lafogata.org