Medio Oriente - Asia - Africa
|
![]() |
Hemeroteca: un instructivo y esclarecedor texto de 1976.
El robo del S�hara
Thomas M. Franck
The American Journal of International Law
P�blicado en octubre de 1976
Introducci�n
El S�hara Occidental �o, hasta ahora, S�hara Espa�ol- es un peque�o lugar. Su
descolonizaci�n y la suerte de sus escasos 75.000 habitantes** no atraen la
atenci�n de la opini�n p�blica ni por un instante. Sin embargo, o quiz�s en
parte por esa misma raz�n, el tratamiento de la cuesti�n del S�hara por las
Naciones Unidas ha sido garrafalmente mal llevado, creando as� un precedente con
un potencial de perjuicios futuros absolutamente desproporcionado con la
importancia del territorio.
El "arreglo" de la cuesti�n del S�hara a favor de la reivindicaci�n, por
Marruecos, de derechos hist�ricos y la denegaci�n de la autodeterminaci�n al
Pueblo saharaui se desv�an radicalmente de las normas de descolonizaci�n
establecidas y aplicadas coherentemente por las Naciones Unidas desde 1960. Ello
habr� de tener una gran importancia para muchas otras reivindicaciones
territoriales irredentistas, tales como la de Guatemala sobre Belize1, de
Somalia sobre Yibuti2 y de Argentina sobre las Islas Malvinas3. Tan pronto como
Marruecos y Mauritania solidificaron su ocupaci�n del S�hara en febrero de 1976,
Marshal Idi Amin, [presidente] de Uganda, reclam� como propias extensas partes
de Kenya y de Sud�n bas�ndose en la afinidad tribal y la historia4. En su
momento, una Palestina �rabe casi con toda seguridad plantear� reivindicaciones
territoriales contra Israel. De hecho, puede que no transcurra mucho tiempo
antes de que Marruecos renueve sus intenciones �actualmente en reposo- sobre su
socio, Mauritania5. Las reivindicaciones de derechos hist�ricos sobre
territorios han tendido a quedar limitadaas por la insistencia de la comunidad
internacional en que las fronteras establecidas tienen que ser respetadas y s�lo
pueden ser modificadas con el libre consentimiento del pueblo que vive en cada
territorio. Marruecos y Mauritania, con la ocupaci�n del S�hara sin el
consentimiento de su poblaci�n, han conseguido frustrar la aplicaci�n de esta
norma y han hecho que el sistema internacional d� un paso claro hacia un nuevo
conjunto de expectativas mutuamente compartidas sobre el comportamiento de los
Estados �incipientes nuevas normas- que son, con mucha mayor probabilidad que
las reglas anteriores, generadoras de conflictos, aun cuando sus l�neas
generales s�lo se perciben, de momento, vagamente.
Este precedente tambi�n es desestabilizador de otra manera m�s amplia. La
exitosa utilizaci�n de la fuerza por parte de Marruecos y Mauritania para
apoderarse del S�hara Occidental ha reforzado la tendencia de los Estados del
Tercer Mundo a perseguir sus intereses nacionales mediante la agresi�n militar,
en lugar de mediante la ley y la diplomacia. Nada de lo que acontece en el
terreno de las relaciones internacionales funciona tan bien como el �xito, y
tanto en Angola como en el S�hara el uso de la fuerza ha funcionado sin mucha
oposici�n del resto de la comunidad internacional. Estos acontecimientos en
�frica han sido imitados en Asia con la ocupaci�n de Timor Oriental por
Indonesia, otro lugar donde las reivindicaciones hist�ricas, geogr�ficas y
�tnicas fueron hechas valer mediante el recurso a las armas.6 En la medida en
que esta lecci�n se toma en serio, el mundo ser� un lugar cada vez m�s peligroso
�consideraci�n �sta agravada con el salto del Tercer Mundo al armamento
sofisticado.
El tratamiento [que se ha hecho] del caso del S�hara ya ha tenido consecuencias
dram�ticas para el orden mundial. Unos 60.000 saharauis han devenido
refugiados7, lo que ha generado grandes dificultades y fuertes presiones en las
instalaciones y el presupuesto del Alto Comisionado para los Refugiados de las
NN. UU. Ha habido duros combates con el movimiento de liberaci�n saharaui
POLISARIO (Frente Popular para la Liberaci�n de Saguia el Hamra y R�o de Oro)
apoyado por Argelia, y el Gobierno de Mauritania ha informado de una batalla de
dos d�as con cuantiosas bajas en abril de 19768, tan s�lo dos meses despu�s de
que el S�hara hubiere sido "pacificado" por los ej�rcitos de Marruecos y
Mauritania. Este asunto ha provocado fuertes divisiones en el seno de la
Organizaci�n para la Unidad Africana (OUA). Su Comit� Pol�tico hab�a recomendado
en el mes de febrero el apoyo al Ej�rcito de Liberaci�n [saharaui], lo que
provoc� que Marruecos y Mauritania amenazasen con abandonar la Organizaci�n.9
Aunque la divisi�n pudo evitarse temporalmente10, Argelia y otros pa�ses
reconocieron unilateralmente al Gobierno saharaui en el exilio, y Rabat y
Nouakchott rompieron inmediatamente las relaciones diplom�ticas con Argelia11.
No pasar� mucho tiempo antes de que otros Estados se vean forzados a elegir
bando.12
Tambi�n los Estados Unidos se han visto involucrados en la disputa. El anuncio,
en febrero de 1976, de que EE.UU vender�a una escuadrilla de 24 reactores de
combate F-5E al rey Hassan II13, estuvo dictado indudablemente por la "realpolitik".
Marruecos, junto con Espa�a, es la llave de EE.UU al Mediterr�neo. El Gobierno
del Rey [Hassan II] es generalmente considerado pro-estadounidense, lo que no
sucede con los gobernantes de Argelia. Por el contrario, los dirigentes del
POLISARIO son anatemizados por su estrecha asociaci�n con los argelinos. Para
Washington, el derecho a la autodeterminaci�n de unas 75.000 personas es algo de
mucha menor trascendencia que la estabilidad del inestable trono del rey Hassan,
y m�s considerando que aqu�llas podr�an tender a estar dominadas por Argelia.
As� pues, en nombre del pragmatismo pol�tico, EE.UU ha desertado de su
compromiso hist�rico con el principio de autodeterminaci�n.14 En lugar de
defender la primac�a de una importante norma del orden internacional, EE.UU. ha
consentido que la pol�tica dicte su posicionamiento internacional. Al actuar
as�, nos hemos encontrado, una vez m�s, enfrentados a la cuesti�n de si EE.UU.,
como potencia l�der mundial tiene mayor inter�s en preservar y reforzar las
reglas de juego que en ganar [determinadas] partidas subalternas sin tener en
cuenta c�mo nuestra acci�n afecta a las normas. Dicho de otra manera, el caso
del S�hara nos confronta con un conflicto cl�sico entre criterios legales y
criterios pol�ticos.
La poblaci�n saharaui
El S�hara Occidental est� situado a lo largo de la costa atl�ntica del noroeste
de �frica. Su escasa poblaci�n habita una superficie territorial de 266.000
kil�metros cuadrados, casi exactamente el tama�o de Colorado.15 Muchos de ellos
son pastores n�madas del desierto que cuidan reba�os de camellos, cabras y
ovejas, si bien en el transcurso de los �ltimos a�os se ha producido un
considerable asentamiento urbano en la capital, El Aai�n, que antes de la salida
de Espa�a ten�a una poblaci�n civil de casi 30.000 personas, as� como tambi�n en
Smara y Villa Cisneros, con unos 7.000 y 5.500 habitantes respectivamente.16
Esas cifras no incluyen a los saharauis que han estado viviendo en pa�ses
vecinos, especialmente Marruecos y Argelia, ya sea por razones pol�ticas o
econ�micas. Las mejores estimaciones del n�mero de esos exilados han oscilado
entre la cifra de 10.000 facilitada por Espa�a y un m�ximo de aproximadamente
50.000 seg�n los movimientos de liberaci�n y los Estados vecinos.17 Dado que
tanto Marruecos como Mauritania han adoptado la posici�n de que los saharauis
son ciudadanos suyos, no exist�an fronteras para contener o incluso registrar
sus desplazamientos, ni siquiera en la �poca colonial [espa�ola]. Los v�nculos
sociales y �tnicos entre los habitantes del S�hara Occidental y aquellos otros
cercanos de Marruecos, Mauritania y Argelia hacen particularmente dif�cil
concretar de un modo definitivo qui�n es y qui�n no es saharaui. (As� por
ejemplo, uno de los dirigentes exilados del POLISARIO es Ahmed Baba Miske, ex
embajador de Mauritania ante las Naciones Unidas y Washington). Este hecho cobr�
relevancia pol�tica cuando se plante� el debate sobre un refer�ndum de
autodeterminaci�n. Mediante los apa�os "correctos", la votaci�n podr�a
f�cilmente sesgarse importando marroqu�es y mauritanos que aparentar�an ser
saharauis.18
Esta dificultad, aun siendo importante tenerla presente al valorar las t�cticas
de descolonizaci�n empleadas en el caso del S�hara Espa�ol, en absoluto carece
de precedentes en �frica. De hecho, es la regla, en lugar de la excepci�n, que
las fronteras de esas nuevas naciones reflejen la arrogante indiferencia de las
potencias coloniales para con los grupos tribales y las rutas de paso de los
n�madas. En pr�cticamente todos los Estados africanos hay tribus con estrechos
v�nculos hist�ricos y sociales que sobrepasan las fronteras pol�ticas. En
algunas regiones, como en el caso de Ogaden, en el Cuerno de �frica, el problema
es tan grave como y similar al del S�hara Occidental. Adem�s, la Historia es un
manantial de injusticias y, en muchos casos, la memoria de los agraviados se
remonta a tiempos muy lejanos. La cuesti�n es si, por mor de reparar antiguos
agravios habr�a que infligir nuevas injusticias traum�ticas a los actuales
habitantes de un territorio.
La primac�a de la autodeterminaci�n y la integridad de las fronteras
Los precedentes en tales casos, con anterioridad a los casos del S�hara
Occidental y Timor, son relativamente coherentes y sencillos. Por lo general, a
los Estados vecinos no se les ha permitido robar territorios adyacentes por el
mero hecho de alegar derechos hist�ricos; los reajustes de fronteras deben ser
el resultado de la expresi�n de la voluntad libremente expresada de quienes se
ven sometidos al reajuste en cuesti�n. La supremac�a de la autodeterminaci�n
contempor�nea frente a las reivindicaciones hist�ricas y la reparaci�n de
antiguas injusticias se basan en dos consideraciones. En primer lugar, se parte
de la hip�tesis de que cualquier otro enfoque conducir�a a conflictos
interminables en la medida en que los Estados modernos se sometiesen a la
presi�n de incorporarse a un proceso de revisi�n de fronteras para regresar a no
se sabe cu�l situaci�n hist�rica previa y de validez igualmente incierta. Y en
segundo lugar, es un hecho ampliamente constatado que Estados o incluso colonias
con fronteras establecidas y poblaciones bien definidas, independientemente de
la manera injusta o fortuita como se haya llegado a ello, enseguida desarrollan
una l�gica propia de cohesi�n estatal que no deber�a descartarse a la ligera.
Es por esas razones por las que los Estados africanos han insistido en que
cualquier colonia, en la fase final de la descolonizaci�n, tiene que ejercer su
"derecho" de autodeterminaci�n dentro de los l�mites de las fronteras
establecidas. Incluso aunque, en algunos casos, esto tienda a perpetuar ciertas
injusticias hist�ricas o ciertos problemas culturales, se ha reconocido que
otras alternativas son peores. Intentar un redise�o completo del mapa de �frica
en base a antiguas reivindicaciones o a v�nculos tribales s�lo conducir�a al
caos, la guerra y a destejer el sistema de Estados del Continente. Los
dirigentes del �frica post-independencia comprendieron que, aunque hab�a
injusticias, �stas pod�an resolverse mejor mediante arreglos funcionales entre
Estados soberanos, tales como servicios y mercados comunes regionales, derechos
de libre circulaci�n a trav�s de las fronteras y, tal vez, federaciones.
De manera que fue ante la insistencia del Tercer Mundo por lo que el que el hito
de la Declaraci�n de las Naciones Unidas sobre la Concesi�n de la Independencia
a los Pa�ses y Pueblos Coloniales19, al tiempo que proclamaba que "todos los
pueblos tienen el derecho a la autodeterminaci�n"20, tambi�n advert�a de que
"cualquier intento de ruptura parcial o total de la unidad nacional y la
integridad territorial de un pa�s es incompatible con los objetivos y principios
de la Carta de las Naciones Unidas".21 Y la Organizaci�n para la Unidad Africana
ha reforzado la norma de que los territorios tienen que ejercer su derecho a la
autodeterminaci�n dentro de las fronteras coloniales establecidas.22 Si un
territorio desea unirse a uno o varios Estados vecinos, tendr� el derecho a
manifestar esa preferencia en el proceso de descolonizaci�n, pero tiene que ser
la libre decisi�n de la mayor�a de esa colonia concreta; y un territorio con
fronteras reconocidas no puede ser absorbido ni desmembrado en contra de la
voluntad de sus habitantes.
La praxis de la ONU en la aplicaci�n de la norma de la autodeterminaci�n dentro
de las fronteras coloniales establecidas
El historial de la democracia en los nuevos Estados (o, para el caso, en una
mayor�a de los viejos), dif�cilmente llenar�a de alegr�a a Montesquieu o a J. S.
Mill. Sin embargo, la aspiraci�n democr�tica ha ido relativamente bien en un
aspecto. Durante las �ltimas tres d�cadas fue una pr�ctica corriente alentar a
las poblaciones coloniales, en el momento justo antes de la independencia, a
participar en un acto genuino de libre elecci�n. En la mayor parte de los casos,
ese acto determinaba qu� partido y qu� gobierno asumir�an las riendas del poder.
En otros casos, las cuestiones eran m�s complejas: �Deb�a la nueva naci�n
acceder a su era de independencia como una sola entidad? �Deb�a la nueva naci�n,
o parte de ella, unirse a otro Estado? �Deb�a reconstituirse en varias naciones
independientes o federadas? Desde entonces, la mayor parte de los votantes de
esos nuevos Estados no han vuelto a tener ocasi�n de participar mediante
votaci�n secreta en el proceso de toma de decisiones de sus propios pa�ses. Pero
al menos, en lo que concierne a aquella primera elecci�n decisiva, el principio
de la participaci�n popular ha sido generalmente respetado.
Ya en la temprana fecha de 1945, la Asamblea General de la ONU hab�a aprobado
que "si la Asamblea General lo estima oportuno, una Misi�n deber�a visitar, de
acuerdo con el [Estado] Miembro Administrador, el Territorio-No-Aut�nomo antes
de o durante el per�odo en que la poblaci�n es convocada a decidir sobre su
estatus futuro�".23
En consecuencia, las Naciones Unidas supervisaron plebiscitos o elecciones en
Togolandia Brit�nica en 1956, en Togolandia Francesa en 1958, en la brit�nica
Camer�n del Norte en 1959 y 1961, en Camer�n del Sur en 1961, en la Ruanda-Urundi
administrada por B�lgica en 1961, en Samoa Occidental en 1962, y en Pap�a-Nueva
Guinea en 1972.24 Representantes del Consejo de Administraci�n Fiduciaria de la
ONU (UN Trusteeship Council) tambi�n asistieron como observadores al
controvertido plebiscito en las [Islas] Marianas en junio de 1975, en el cual la
mayor�a vot� por separarse de las Islas del Pac�fico en fideicomiso de EE.UU. y
convertirse en Commonwealth en uni�n pol�tica con los Estados Unidos.25
Con la creaci�n, en 1961, del Comit� Especial de Vigilancia de Naciones Unidas
sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n
de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales26, la adhesi�n a las
normas para la descolonizaci�n de Territorios bajo Administraci�n Fiduciaria [Trust
Territories] �en los que las Naciones Unidas ten�an un claro inter�s legal-
empez� a ser reclamada tambi�n por las colonias ordinarias. Desde su creaci�n,
el Comit� Especial �en palabras del Departamento de Asuntos Pol�ticos y
Descolonizaci�n de las NN.UU- "ha enfatizado la deseabilidad de la presencia de
las Naciones Unidas en las fases finales del proceso de autodeterminaci�n en los
territorios-no-aut�nomos, particularmente en aquellas situaciones en que se pide
a la poblaci�n que decida sobre una formula constitucional muy cercana a la
independencia o all� donde se ha manifestado preocupaci�n con respecto al pleno
cumplimiento de los procesos democr�ticos durante la consulta electoral".27 As�,
en abril de 1965 el Comit� Especial de Naciones Unidas organiz� la supervisi�n
de las elecciones para una legislatura que redactar�a la nueva constituci�n de
las Islas Cook, y que condujo a la �libre asociaci�n� con Nueva Zelanda.28 En
1967, la Asamblea General recomend� la celebraci�n de elecciones generales
previas a la independencia en Guinea Ecuatorial con la participaci�n de la ONU,
y en 1968 Espa�a cumpli� esa petici�n.29 La ONU tambi�n ha participado en
votaciones de autodeterminaci�n en el Territorio neozeland�s de Niue en 197430
y, en ese mismo a�o, actu� de observador en el refer�ndum de las Islas Ellice,
mediante el cual los votantes decidieron convertirse en una colonia separada con
el nombre de Tuvalu.31
No todas las iniciativas han provenido de la Asamblea General. En 1963, los
gobiernos de la Federaci�n Malaya, Indonesia y Filipinas pidieron al Secretario
General [de la ONU] que enviase una Misi�n a los territorios brit�nicos de
Sarawak y Borneo del Norte para determinar si esas poblaciones deseaban
integrarse con Malaya en una nueva Federaci�n de Malasia. La Misi�n, compuesta
por diplom�ticos de alto nivel nombrados por el Secretario General, inform� de
que los votos a favor de la Federaci�n en las circunscripciones de Borneo del
Norte y Sarawak representaban la voluntad libremente expresada de la poblaci�n
de esos territorios.32
Por supuesto, hay excepciones a la regla. En un caso, las Naciones Unidas
adoptaron la posici�n de que en una determinada colonia no deb�a celebrarse una
votaci�n o plebiscito de autodeterminaci�n libres. De hecho, la Asamblea General
se opuso a la celebraci�n de un refer�ndum en Gibraltar, en 196733, que
pretend�a pedir a los votantes que eligieran entre la uni�n con Espa�a o la
continuaci�n de los v�nculos con Gran Breta�a. La ONU se neg� a aprobar el env�o
de un observador de la Organizaci�n a ese plebiscito. De hecho, el Comit�
Especial deplor� que aqu�l se hubiera celebrado, insistiendo, en cambio, en que
el futuro de Gibraltar debiera resolverse mediante negociaciones entre Espa�a y
Gran Breta�a34.
En el caso de la descolonizaci�n de West Irian, la ONU, en una votaci�n
controvertida y profundamente dividida35 que dejaba presagiar los debates sobre
el S�hara, vot� aceptar como v�lido el "acto de libre elecci�n" organizado por
Indonesia, que implicaba no una votaci�n secreta sino solamente "consultas
colectivas" celebradas al tiempo que la Administraci�n indonesia "ejerc�a en
todo momento un f�rreo control pol�tico sobre la poblaci�n".36 El delegado de
Sierra Leona en la Asamblea General de la ONU manifest� su temor, de su propia
delegaci�n y de otras delegaciones, de que los mismos argumentos que estaban
siendo utilizados por Indonesia en contra de aplicar a West Irian est�ndares
internacionales de elecciones libres, abrir�an la puerta para que otros pa�ses,
como Sud�frica, Portugal y Rodesia del Sur denegaran la autodeterminaci�n a sus
mayor�as africanas negras, promoviendo, en cambio, unas "consultas" ama�adas.37
Ha habido otros pocos ejemplos, desde la creaci�n del Comit� Especial de
Naciones Unidas en 1961, en los que una potencia colonial ha rechazado una
petici�n de la ONU para supervisar unas elecciones o un refer�ndum de
autodeterminaci�n38, as� como tambi�n unos pocos casos (como el de las colonias
de Portugal) en los que la descolonizaci�n se produjo esencialmente como
resultado de una guerra nacional de liberaci�n, en lugar de mediante una
evoluci�n pol�tica. Pero tambi�n ha prevalecido en la inmensa mayor�a de los
casos un modelo claro de descolonizaci�n pac�fica mediante elecciones libres o
plebiscitos, frecuentemente bajo la supervisi�n de la ONU, en los cuales la
poblaci�n local ha tenido la oportunidad de elegir su propio porvenir como
naci�n. Es este modelo el que ha sido quebrantado de manera espectacular en el
caso del S�hara Espa�ol.
El infructuoso esfuerzo de Naciones Unidas para garantizar el derecho de los
saharauis a la autodeterminaci�n
El fracaso de las Naciones Unidas en garantizar unas elecciones o un plebiscito
de autodeterminaci�n en el S�hara antes de su descolonizaci�n definitiva es una
ruptura no s�lo con un s�lido y saludable modelo general de normas para las
colonias en general, sino tambi�n en la pol�tica sistem�ticamente defendida
espec�ficamente para el S�hara en los debates y resoluciones de Naciones Unidas
durante m�s de una d�cada. Durante los dos �ltimos a�os [en cambio], el
tratamiento de la cuesti�n del S�hara en la NN.UU ha revelado la deriva
extremadamente pol�tica de esa Organizaci�n y su �nfima consideraci�n de los
principios que la informan.
La cuesti�n del S�hara Espa�ol ha sido exhaustivamente debatida en el Comit�
Especial de la Asamblea General desde septiembre de 1963, y en las sesiones
plenarias de la Asamblea General desde diciembre de ese mismo a�o. La primera de
toda una serie de resoluciones requiriendo a Espa�a a que materializara el
derecho a la autodeterminaci�n del S�hara fue aprobada por dicho Comit� el 16 de
octubre de 196439; la Asamblea General sigui� su ejemplo un a�o despu�s40. La
posici�n de Madrid durante este per�odo era que sus territorios africanos, en
tanto que provincias de la Espa�a metropolitana, no estaban sujetos a la
autodeterminaci�n41.
Ya desde el principio mismo, los delegados de Marruecos eran ambiguos sobre si
apoyar o no la autodeterminaci�n. Por una parte, afirmaban que su pa�s en �ltima
instancia recuperar�a los territorios marroqu�es que estaban bajo dominio
colonial y que hab�an sido separados del pa�s mediante una pol�tica arbitraria y
anexionista (sic) llevada a cabo, a sus expensas, por las potencias, que los
hab�an puesto bajo la jurisdicci�n de sus respectivos protectorados42. Sin
embargo, admitiendo que la opini�n p�blica espa�ola y mundial no tolerar�an
entonces una "reunificaci�n" a la fuerza, el r�gimen de Rabat, en una reuni�n
del Comit� Especial de la ONU celebrada en Addis Abeba, en agosto de 1966, tom�
de hecho la iniciativa al proponer que al S�hara y a las otras colonias
espa�olas "deber�a conced�rseles la independencia tan pronto como fuera posible"
43 (�nfasis del autor). Esa independencia, a�ad�an, tiene que ser genuina,
"permitiendo a los habitantes de esos Territorios ejercer por s� mismos todas
las responsabilidades del poder, sin presencia colonial alguna" y eligiendo "la
v�a m�s adecuada para sus intereses� dentro del marco de la unidad africana"44,
con lo que Rabat esperaba que libremente decidieran unirse a Marruecos.
Una posici�n similar fue adoptada en esa misma reuni�n de 1966 por el gobierno
de Mauritania, cuyo representante tambi�n insisti� en los derechos hist�ricos de
su pa�s respecto al S�hara Occidental, al tiempo que se�alaba que el Presidente
de Marruecos [sic; N. del T.: Evidentemente, se trata de un error] hab�a
caracterizado las reivindicaciones de Marruecos de "tan rid�culas como las que
Inglaterra pudiera hacer ahora contra Francia bajo el pretexto de que, en los
tiempos de Juana de Arco, Par�s y una gran parte de Francia hab�an estado
ocupadas por los ingleses" 45. No obstante, tambi�n Mauritania afirm� que el
S�hara Occidental, a�n cuando hist�ricamente hab�a sido parte de sus dominios,
"debiera ser completamente independiente", lo que significaba independiente "de
Espa�a, pero tambi�n, por supuesto, de Marruecos".46
La vig�simo primera sesi�n de la Asamblea General, [celebrada] en 1966, reafirm�
el derecho del pueblo del S�hara Espa�ol a la autodeterminaci�n, pero fue a�n
m�s lejos al describir c�mo deber�a llevarse a cabo aqu�lla. [La Asamblea
General] invitaba a Espa�a
"� a determinar en el plazo m�s breve posible, en conformidad con las
aspiraciones de la poblaci�n aut�ctona del S�hara Espa�ol, y en consulta con los
gobiernos de Mauritania y Marruecos y cualquier otra parte interesada, el
procedimiento para la celebraci�n de un refer�ndum bajo los auspicios de
Naciones Unidas con vistas a hacer posible que la poblaci�n aut�ctona del
Territorio ejerza libremente su derecho a la autodeterminaci�n, y, para este
fin:
(a) Crear un clima favorable para que el refer�ndum se lleve a cabo sobre una
base completamente libre, democr�tica e imparcial, permitiendo, inter allia, el
retorno de los exilados al Territorio;�
(d) Proporcionar todas las facilidades necesarias a una Misi�n de las Naciones
Unidas, de manera que �sta pueda participar activamente en la organizaci�n y
celebraci�n del refer�ndum�" 47
La Asamblea tambi�n pidi� al Secretario General que nombrara y enviara al S�hara
una Misi�n especial "con la finalidad de recomendar medidas pr�cticas para el
cumplimiento �ntegro de las resoluciones relevantes de la Asamblea General, y en
particular para determinar el grado de participaci�n de Naciones Unidas en la
preparaci�n y supervisi�n del refer�ndum�" 48
El 11 de mayo de 1967, el Gobierno de Madrid promulg� un decreto estableciendo
una Asamblea General del S�hara Espa�ol �o Yem�a-, una parte de cuyos miembros
ser�an elegidos.49 La Vig�simo Segunda Sesi�n de la Asamblea General no qued�
muy convencida, viendo en ello un claro esfuerzo por parte de Espa�a en crear un
Gobierno local pilotado por los miembros mayores de las tribus del establishment
y otros elementos conservadores que deb�an su posici�n a Espa�a y al status quo,
y volvi� a reiterar la resoluci�n del a�o anterior.50 De hecho, las seis
resoluciones aprobadas por la Asamblea General entre 1967 y 1973 repiten las
recomendaciones de la resoluci�n de 1966 y, en particular, aquellos p�rrafos
relativos a la organizaci�n de un refer�ndum y al env�o de una Misi�n especial
de Naciones Unidas para supervisar la autodeterminaci�n en el territorio.51
A pesar de esa poco frecuente y reiterada exhibici�n de unanimidad p�blica de
todos los Estados clave, las claras y normativas prescripciones de las
resoluciones no fueron cumplidas. En lugar de ello, lo que se produjo durante
los siguientes seis a�os decisivos fue una aceleraci�n de los esfuerzos de todas
las partes para ama�ar su soluci�n preferida tras una fachada de apoyo a la
autodeterminaci�n. Espa�a sigui� argumentando que, debido a la naturaleza n�mada
de la poblaci�n y las caracter�sticas f�sicas del territorio, no pod�an
acelerarse los preparativos para la autodeterminaci�n.52 Marruecos y Mauritania
interpretaron esto como una forma de ganar tiempo para atrincherar a los
conservadores pro-espa�oles instalados en la Yem�a y asegurar su victoria en un
eventual plebiscito. Al mismo tiempo, ambos pa�ses utilizaron el derecho a ser
consultados por Espa�a sobre la evoluci�n pol�tica del S�hara (un derecho
ampliado por las resoluciones de la Asamblea General) como una forma de impedir,
en lugar de acelerar, la evoluci�n hacia el autogobierno. En p�blico, Espa�a,
Marruecos y Mauritania compart�an su adhesi�n a la autodeterminaci�n. Pero en
privado, los tres compart�an una profunda desconfianza respecto a un proceso
decisorio popular genuinamente libre.
Tambi�n durante este per�odo, Argelia empez� a emerger m�s visiblemente como
protagonista. Si bien continuaba negando que tuviera reivindicaci�n territorial
alguna, pidi� ser consultada en cualquier arreglo, insistiendo en que "sus
intereses, basados en consideraciones geopol�ticas obvias y en la necesidad de
unidad regional�, no deb�an ser pasados por alto en la b�squeda de una soluci�n
al problema".53
Sin duda, un factor primordial en este endurecimiento de las posiciones fue la
creciente evidencia de que el S�hara Espa�ol, lejos de ser un erial sin utilidad
alguna, conten�a grandes riquezas minerales. Los abundantes yacimientos de
fosfatos de Bu-Craa, directamente extra�bles, est�n situados a tan s�lo 97 km.
de la costa. Cuando est�n plenamente operativas, esas minas producir�n hasta
unos 10 millones de toneladas de fosfato para la exportaci�n.54 Se han
descubierto minas de hierro en varias zonas y hay expectativas de encontrar
petr�leo en la importante plataforma continental del S�hara Occidental.55 En
opini�n de las autoridades espa�olas, la industria de los fosfatos podr�a
proporcionar a la actual poblaci�n del territorio una renta por habitante "igual
a la de algunos pa�ses desarrollados de Europa".56 Las autoridades marroqu�es,
por su parte, manifiestan que consideran una injusticia el restringir unos
recursos tan enormes a una poblaci�n peque�a y, en privado, dicen que "un Kuwait
en el mundo �rabe ya es suficiente".
El 21 de septiembre de 1973, en respuesta a una petici�n de la Yem�a, el general
Franco, en nombre del Consejo de Ministros de Espa�a, transfiri� efectivamente a
esa Asamblea un cierto grado de potestad legislativa interna, pero reteniendo
[las competencias de] Asuntos Exteriores, Defensa y algunas otras potestades de
veto e iniciativa. Franco tambi�n prometi� que el Territorio podr�a votar sobre
su futuro "cuando la poblaci�n libremente as� lo pida�"57 La resoluci�n de
Naciones Unidas aprobada poco despu�s reafirmaba nuevamente el principio de
autodeterminaci�n y, en los t�rminos para entonces corrientes, ped�a la "libre y
aut�ntica expresi�n" de la voluntad de los saharauis.58 Estos criterios fueron
respaldados firmemente por el Tercer Mundo en las reuniones de los Estados
Africanos y de los Pa�ses No Alineados.59
En julio de 1974, Espa�a, despu�s de haber informado a Marruecos, Mauritania y
Argelia, revel� un nuevo ordenamiento jur�dico para el S�hara que aumentaba
sustancialmente las competencias de la Yem�a.60 Seis semanas despu�s, Madrid
anunci� que, por fin, celebrar�a un refer�ndum bajo los auspicios de Naciones
Unidas durante el primer semestre de 1975.61
Estos acontecimientos seminales hab�an estado precedidos por una serie de
reuniones en las que Espa�a, infructuosamente, hab�a intentado conseguir la
cooperaci�n de Marruecos y Mauritania en la realizaci�n de un plebiscito. El
ministro espa�ol de Asuntos Exteriores se reuni� con su hom�logo marroqu� en
Rabat en marzo, y en Madrid en abril. Este �ltimo se�al� en privado que su pa�s
permitir�a un plebiscito s�lo si a los saharauis se les limitaba a elegir entre
la uni�n con Marruecos o permanecer como colonia espa�ola, excluyendo as� la
opci�n de la independencia. El ministro espa�ol [de Exteriores] tambi�n se
reuni� con su hom�logo mauritano en Nouakchott, en abril, sin conseguir ning�n
compromiso de cooperaci�n. Por otra parte, cuando los ministros de Asuntos
Exteriores de Argelia, Marruecos y Mauritania se reunieron en Nouakchott el 10
de mayo y, nuevamente, en Agadir el 24 de julio, de nuevo p�blicamente
"reafirmaron su adhesi�n al principio de autodeterminaci�n para el S�hara
Espa�ol" y emitieron un comunicado conjunto declarando que "la autodeterminaci�n
habr�a de llevarse a cabo sin interferencia extranjera y de conformidad con las
resoluciones relevantes de Naciones Unidas.62
�ste, sin embargo, fue el �ltimo homenaje de Marruecos a la norma de la
autodeterminaci�n. Con Espa�a comprometida ahora a un refer�ndum supervisado por
NN.UU, la hasta ahora oposici�n en privado de Marruecos a una votaci�n libre
empez� a emerger como pol�tica p�blica. El 8 de Julio, el rey Hassan II, en su
discurso del D�a de la Juventud, reafirm� la reivindicaci�n hist�rica de
Marruecos sobre el S�hara y amenaz� con una movilizaci�n general en caso
necesario "para recuperar los territorios usurpados".63 Hasta ese momento, no
obstante todas las resoluciones de NN.UU y las decisiones de las conferencias de
los Pa�ses No Alineados y de los Pa�ses del Magreb, Rabat estaba convencida de
que Espa�a en su momento se avendr�a a negociar una uni�n entre Marruecos y el
S�hara Occidental. Pero cuando, en lugar de eso, Espa�a inesperadamente accedi�
a los requerimientos de la Asamblea General para llevar a cabo un plebiscito de
autodeterminaci�n, Marruecos tuvo que improvisar de repente toda una nueva
estrategia. Tom� la decisi�n de que la cuesti�n fuera sometida al Tribunal
Internacional de Justicia, con lo cual por lo menos se aseguraba el aplazamiento
del refer�ndum durante el tiempo en que la Corte estuviera deliberando. Tambi�n
se decidi� que la consulta al Tribunal se limitar�a al examen de la validez de
la reivindicaci�n marroqu� del t�tulo hist�rico, de tal manera que se hiciera de
ese asunto una cuesti�n dispositiva. "Usted, el Gobierno espa�ol, afirma que el
S�hara era �res nullius�", declar� el Rey Hassan. "Ustedes afirman que se trata
de un territorio o de una propiedad sin heredero, usted afirma que en el S�hara
no hab�a establecido poder ni administraci�n algunos; Marruecos alega lo
contrario. En consecuencia, vamos a solicitar el arbitraje del Tribunal
Internacional�"64
Inicialmente, Mauritania no se uni� a la petici�n de someter el caso al TIJ,
reiterando, en cambio, "su sincera intenci�n de respetar fielmente la voluntad
libremente expresada de las poblaciones concernidas�"65 Sin embargo, en una
reuni�n al m�s alto nivel celebrada en Rabat, en el mes de octubre, el rey
Hassan y el presidente Ould Daddah de Mauritania acordaron la estrategia de
acudir al Tribunal y, al parecer, repartirse el S�hara con independencia del
resultado de las deliberaciones del TIJ.66
Argelia respald� a rega�adientes la iniciativa marroco-mauritana, habiendo sido
persuadida de hacerlo as� en nombre de la solidaridad del Tercer Mundo. Despu�s
de todo �se argumentaba-, el retraso no implicar�a m�s de un a�o y en absoluto
iba en contra del derecho de la poblaci�n a adoptar la decisi�n definitiva67. El
error de c�lculo de Argelia es comprensible: En los debates en NN.UU, un pa�s
tras otro, al tiempo que estaban de acuerdo en remitir el asunto al Tribunal,
especificaban que esto no deb�a interpretarse como una dejaci�n del principio de
autodeterminaci�n.68 Espa�a, sin embargo, recelaba m�s de los motivos
marroqu�es. En un esfuerzo por contemporizar, Madrid ofreci� apoyar la solicitud
de un dictamen (advisory opinion), pero s�lo si estaba formulada de tal manera
que se pidiera al Tribunal examinar no solamente [la cuesti�n de] el derecho
hist�rico (historic legal title), sino tambi�n, "considerar los efectos legales
de las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas y las resoluciones de la
Asamblea General sobre la Potencia Administradora, los pa�ses colindantes con el
Territorio y, sobre todo, la poblaci�n ind�gena".69 Marruecos, sin embargo,
rechaz� la reformulaci�n propuesta.70
La votaci�n en el Cuarto Comit� de la Asamblea General tuvo lugar el 11 de
diciembre, y la resoluci�n que solicita y elabora las cuestiones de cara a un
dictamen consultivo del Tribunal fue aprobada por 81 a 0, con 43 abstenciones.71
Espa�a, que se abstuvo, se�al� que las "cuestiones formuladas� eran, desde un
punto de vista legal, ambiguas, incompletas e irrelevantes, puesto que no
tomaban en consideraci�n la evoluci�n del Derecho Internacional contempor�neo en
relaci�n con los Territorios-No-Aut�nomos, tal como est� consagrado en la Carta
de la ONU y en las declaraciones y resoluciones de la Asamblea General sobre
descolonizaci�n".72 El representante de Kenya, Sr. Francis Njenja, conden� el
retraso en la celebraci�n del plebiscito, y a�adi�: "El Tribunal deber�a ser el
propio pueblo del S�hara Espa�ol� De hecho, se est� pidiendo a Naciones Unidas
que trate a esa gente como muebles, en lugar de como personas."73 Guatemala, por
su parte, admiti� con franqueza que hab�a apoyado la resoluci�n como una forma
de frenar el plebiscito, para crear as� un precedente para impedir a Honduras
Brit�nica (Belize) pedir la autodeterminaci�n.74
El Informe de la Misi�n Visitadora de la ONU
El 13 de diciembre, la Asamblea General aprob� la acci�n del Cuarto Comit� al
aprobar la Resoluci�n 3292 (XXIX)75. Esta resoluci�n conten�a tres importantes
mandatos: (1) el aplazamiento del refer�ndum, (2) el env�o de una Misi�n
Visitadora al S�hara, y (3) la petici�n al TIJ de un dictamen consultivo. Si
bien Espa�a se hab�a resistido a (1) y (3), acogi� favorablemente (2). Sobre la
base de consultas con sus Miembros, el Presidente del Comit� Especial nombr� a
los representantes de Cuba, Ir�n y Costa de Marfil para constituir la Misi�n,
bajo la direcci�n de Sim�on Ake, Representante Permanente de Costa de Marfil
ante la ONU.76 Se encomend� a la Misi�n la responsabilidad de "obtener
informaci�n de primera mano sobre la situaci�n prevaleciente en el Territorio,
incluyendo informaci�n sobre las condiciones pol�ticas, econ�micas, sociales,
culturales y educativas, as� como tambi�n sobre los deseos y aspiraciones de la
poblaci�n"77 (�nfasis del autor). Para cumplir su mandato, tendr�a que estudiar
las medidas que Espa�a propon�a adoptar para garantizar la descolonizaci�n del
Territorio, y llevar a cabo "contactos directos con el mayor n�mero posible de
habitantes aut�ctonos del Territorio, incluyendo aquellos que actualmente
estuviesen viviendo fuera del mismo", con el fin de "verificar los deseos y
aspiraciones de la poblaci�n aut�ctona�"78.
El viaje de la Misi�n dur� desde el 8 de mayo hasta el 9 de junio, empezando en
Madrid y terminando en Mauritania. Entre medias, viaj� ampliamente por el
interior del S�hara, as� como tambi�n a Marruecos y Argelia. Mantuvo
conversaciones con los dirigentes de los gobiernos y con miembros de los
partidos pol�ticos que hab�an empezado a formarse en el S�hara y entre los
refugiados y exilados en los pa�ses vecinos. Todo indica que se hizo un esfuerzo
concienzudo de investigaci�n rigurosa de los hechos, y la Misi�n inform� de la
ausencia de cualquier medida, en los pa�ses visitados, para interferir en la
libertad de movimientos de la Misi�n.79
Lo que se desprende de esa amplia investigaci�n de un mes de duraci�n no es nada
ambiguo. La p�gina inicial del informe un�nime de la Misi�n sobre la situaci�n
pol�tica se�ala de manera inequ�voca que:
Gracias a la amplia cooperaci�n recibida de las autoridades espa�olas, la Misi�n
pudo, a pesar de la brevedad de su estancia en el Territorio, visitar
pr�cticamente todas las poblaciones principales y averiguar las opiniones de la
abrumadora mayor�a de sus habitantes. En cada uno de los lugares visitados, la
Misi�n fue recibida con manifestaciones pol�ticas masivas y celebr� numerosas
reuniones privadas con representantes de todos los sectores de la comunidad
saharaui. Del conjunto de todas ellas, se hizo evidente para la Misi�n que hab�a
un consenso aplastante entre los saharauis del Territorio a favor de la
independencia y en contra de la integraci�n en cualquiera de los pa�ses vecinos
80 (�nfasis del autor).
Se constat� que la independencia era el objetivo del conservador PUNS (Partido
de la Uni�n Nacional Saharaui), el �nico movimiento [pol�tico] legalmente
reconocido en el Territorio y con el que la mayor parte de los miembros de la
Yem�a dijeron estar identificados.81 La independencia tambi�n era el objetivo
del POLISARIO, que se opon�a al PUNS y lo consideraba un instrumento de los
espa�oles.82 El POLISARIO demostr� que pod�a organizar manifestaciones masivas
dondequiera que fuera el equipo [de la ONU], y durante la estancia de la Misi�n
consigui� la deserci�n de dos patrullas de las Tropas N�madas y la captura de
sus oficiales espa�oles.83 Tambi�n paraliz� la cinta transportadora que une las
minas de fosfatos con la costa. Como m�nimo, esas actividades disiparon
cualquier tipo de duda, en la mente del equipo de la ONU, de que el mayor de los
movimientos independentistas no era precisamente el veh�culo de las autoridades
espa�olas. Lejos de estar orquestada, la acogida dispensada [por la poblaci�n] a
la Misi�n "sorprendi� a las autoridades espa�olas, que, hasta entonces, s�lo
hab�an sido parcialmente conscientes del profundo despertar pol�tico de la
poblaci�n".84
Ning�n otro movimiento pol�tico fue considerado ser, ni remotamente, una
expresi�n tan importante de la opini�n de los saharauis como el POLISARIO.85 As�
que "la Misi�n pudo llegar a la conclusi�n, despu�s de visitar el Territorio, de
que la mayor�a de la poblaci�n en el Sahara Espa�ol estaba claramente a favor de
la independencia".86 Esa impresi�n estaba basada "en las manifestaciones
p�blicas de que [la Misi�n] fue testigo y en el extremadamente amplio n�mero de
entrevistas con grupos e individuos que representaban los diferentes matices de
opini�n. Todas esas entrevistas se hicieron en privado, en ausencia de cualquier
representante de las autoridades espa�olas. Tambi�n se mantuvieron
conversaciones, de forma aleatoria, con personas de entre el p�blico en
general".87 En El Aai�n, por s� solo, varios miles de personas acudieron a
manifestarse a favor del POLISARIO.88 La Misi�n est� convencida de que, dentro
del Territorio,"la poblaci�n, o al menos casi todas las personas encontradas por
la Misi�n, estaba categ�ricamente a favor de la independencia y en contra de las
reivindicaciones territoriales de Marruecos y Mauritania", aunque fuera del
Territorio, entre los peque�os y fragmentados movimientos de refugiados, las
opiniones eran m�s variadas, reflejando las respectivas pol�ticas de sus
anfitriones marroqu�es, mauritanos o argelinos.89
La Misi�n conclu�a con la recomendaci�n de que ""la Asamblea General deber�a
tomar medidas para permitir a esos grupos de poblaci�n decidir su futuro en
completa libertad y en un ambiente de paz y seguridad..."90 Con ese fin, la
Asamblea General deber�a autorizar al Secretario General a nombrar una nueva
Misi�n Visitadora para definir las condiciones en que habr�a de celebrarse la
consulta, "que se realizar�a bajo los auspicios de las Naciones Unidas."91
La unanimidad de la Misi�n Visitadora instando a la convocatoria de un
plebiscito de Naciones Unidas sobre la cuesti�n de la independencia es tanto m�s
notable por cuanto que el miembro [de la Misi�n] de Ir�n y el presidente [de la
Misi�n] de Costa de Marfil estaban ambos sometidos a una considerable presi�n de
sus respectivos gobiernos, para que informasen de unos resultados m�s favorables
a la causa marroqu�. Sin embargo, quedaron tan convencidos de las pruebas, que
tuvieron que resignarse a complacer a sus respectivos gobiernos con poco m�s que
rebajando el tono, en el proyecto de informe, de algunas de las referencias m�s
cr�ticas con las aspiraciones de Marruecos.
El Dictamen consultivo del Tribunal Internacional
Unos d�as despu�s de la publicaci�n del Informe de la Misi�n Visitadora, el
Tribunal Internacional emiti� su Dictamen.92 Espa�a hab�a argumentado que las
cuestiones planteadas en la petici�n de dictamen, por parte de la Asamblea
general, no deber�an ser contestadas en absoluto, ya que, al centrarse
exclusivamente en la cuesti�n de res nullius y t�tulo hist�rico, las respuestas
ser�an "carentes de objeto�irrelevantes".93 En opini�n de Argelia, "no pueden
tener ning�n efecto pr�ctico"94 porque no afrontan "el principio fundamental que
rige la descolonizaci�n", la autodeterminaci�n.95 El Tribunal atendi� esas
objeciones afirmando que, en efecto, cualesquiera que fueran las preguntas que
le hab�an sido formuladas, sus respuestas, para ser completas, indudablemente
tendr�an que tener en cuenta "los principios aplicables de la descolonizaci�n",
porque "son una parte esencial del contexto de las preguntas contenidas en la
solicitud. No cabe pensar que la referencia en esas preguntas a un per�odo
hist�rico encadenen u obstaculicen al Tribunal en el desempe�o de sus funciones
judiciales."96
Al negarse a ce�irse estrictamente a las preguntas formuladas, el Tribunal pudo
replantear la cuesti�n esencialmente en la forma anteriormente propuesta por
Espa�a, esto es, �Qu� importancia tiene, en el acto final de la descolonizaci�n,
el t�tulo hist�rico, en comparaci�n con el derecho a la libre determinaci�n?
Plante�ndose a s� mismo esta pregunta dise�ada por el propio Tribunal, �ste
determin� que, al menos durante los �ltimos cincuenta a�os, la libre
determinaci�n ha sido la norma; que la independencia, la libre asociaci�n con
otro Estado, o la integraci�n en otro Estado, si bien todas ellas formas
leg�timas de descolonizaci�n, deben producirse s�lo como "resultado de los
deseos libremente expresados de los pueblos del territorio actuando con pleno
conocimiento del cambio en su situaci�n [status], expres�ndose sus deseos
mediante un proceso informado y democr�tico, llevado a cabo con imparcialidad y
basado en el sufragio universal."97
El Tribunal citaba con aprobaci�n las diversas resoluciones de la Asamblea
General que establecen esos prerrequisitos de una consulta popular, as� como
otras que aplican esas normas espec�ficamente para el propio S�hara.98 "Todas
esas resoluciones desde 1966 a 1973", observ� el Tribunal, "fueron adoptadas
ante los recordatorios, por parte de Marruecos y Mauritania, de sus respectivas
reivindicaciones de que el S�hara Occidental constitu�a parte integrante de sus
territorios."99 El Tribunal conclu�a [se�alando] que las normas aplicables a la
descolonizaci�n exigen respeto a "el derecho de la poblaci�n del S�hara
Occidental a determinar su estatus pol�tico futuro mediante la expresi�n
libremente ejercida de su propia voluntad. Este derecho no se ve afectado por la
presente solicitud de dictamen�".100 [As� pues,] el Dictamen del Tribunal sobre
el t�tulo hist�rico en modo alguno pod�a considerarse como una excepci�n del
derecho del pueblo a decidir su destino contempor�neo.101 Mediante una lectura
m�s bien generosa de la solicitud de dictamen, el Tribunal pudo llegar a la
conclusi�n de que no se pretend�a tal excepci�n, [sino] que el inter�s por la
cuesti�n del t�tulo hist�rico era probablemente s�lo para hacer posible que la
Asamblea General decidiera "la celebraci�n de consultas entre los Estados
interesados, y los procedimientos y garant�as necesarias para asegurar una libre
y genuina expresi�n de la voluntad del pueblo".102
Con lo cual, el Tribunal pas� a considerar la cuesti�n del t�tulo hist�rico.
Despu�s de un minucioso examen de las pruebas de las pr�cticas [usos,
costumbres] en los terrenos pol�tico, militar, religioso y fiscal en la regi�n
antes de la llegada de Espa�a, los jueces concluyeron que "la informaci�n
presentada al Tribunal no apoya la reclamaci�n de Marruecos de haber ejercido
soberan�a territorial sobre el S�hara Occidental."103 Si bien "la informaci�n
aportada indica la manifestaci�n de alguna autoridad por el Sult�n [marroqu�]
sobre alguna, pero solamente alguna, de las tribus n�madas de la regi�n, las
pruebas no establecen ning�n v�nculo de soberan�a territorial entre el S�hara
Occidental y ese Estado. No evidencian que Marruecos ejerciese actividad estatal
efectiva y exclusiva en el S�hara Occidental."104 Las "inferencias que pueden
extraerse de la informaci�n proporcionada al Tribunal relativa a actos internos
de la soberan�a marroqu� y de la que se refiere a actos internacionales est�n de
acuerdo, por tanto, en no proporcionar indicios de la existencia, en el per�odo
pertinente, de cualquier v�nculo jur�dico de soberan�a territorial entre el
S�hara Occidental y el Estado marroqu�."105
En el caso de la reclamaci�n de Mauritania, la respuesta del Tribunal fue
esencialmente la misma. Si bien hay indicios de "la existencia de derechos,
incluidos algunos derechos relativos a la tierra, que constituyeron v�nculos
jur�dicos entre la Entidad Mauritana, como lo entiende el Tribunal, y el
territorio del S�hara Occidental�, la conclusi�n del Tribunal es que los
documentos y la informaci�n que le han sido presentados no establecen ning�n
v�nculo de soberan�a territorial entre el territorio del S�hara Occidental y� la
Entidad Mauritana."106
La decisi�n relativa a la reclamaci�n de Marruecos fue aprobada por 14 votos
contra 2; y la relativa a Mauritania, por 15 contra 1.107 Uno de los votos
disidentes con respecto a Marruecos y Mauritania fue emitido por un juez ad hoc,
M. Boni, nombrado por Marruecos conforme a las normas del Tribunal. El segundo
voto disidente en el caso de la reivindicaci�n marroqu� fue el del juez Ruda,
quien, lejos de apoyar la reclamaci�n sheriffiana, consider� que el Tribunal
deber�a haber rechazado sin reservas la afirmaci�n de v�nculos jur�dicos
hist�ricos. "Manifestaciones espor�dicas de lealtad y autoridad", manifest�,
"incluso si estuvieran probadas, no son suficientes para declarar la existencia
de v�nculos jur�dicos, ya sean �stos de car�cter territorial o personal."108 El
juez Ammoun, de L�bano, Vicepresidente del Tribunal, vot� con la mayor�a, pero
en una opini�n separada pod�a apreciarse su inclinaci�n a favor de Marruecos y
Mauritania. En conjunto, sin embargo, los resultados fueron un rechazo n�tido y
esencialmente un�nime tanto de la reivindicaci�n hist�rica de Marruecos como de
la de Mauritania. Y lo que es m�s importante a�n, el Tribunal rechaz�
enf�ticamente la afirmaci�n de que la "retrocesi�n autom�tica"109 puede tener
prioridad sobre el derecho de los habitantes a la autodeterminaci�n.
El uso de la fuerza para impedir la autodeterminaci�n
La Misi�n Visitadora hab�a encontrado pruebas s�lidas de la preferencia por la
independencia en el pueblo del S�hara y recomend� la celebraci�n de un
plebiscito bajo los auspicios de Naciones Unidas. El TIJ hab�a dictaminado que
Marruecos y Mauritania no tienen ninguna reclamaci�n v�lida sobre el S�hara
basada en derechos hist�ricos; pero que, incluso en el supuesto de que lo
tuvieren, el Derecho Internacional contempor�neo otorga prioridad al derecho de
los saharauis a la autodeterminaci�n. Cuando estos resultados estuvieron claros,
el Gobierno de Marruecos lleg� a la sorprendente conclusi�n, digna de la
perversa Reina Roja de la obra de Lewis Carroll Alicia a trav�s del espejo (Through
the Looking Glass), de que "el Dictamen del Tribunal s�lo puede significar una
cosa: el as� llamado S�hara Occidental fue parte del territorio marroqu� sobre
el cual la soberan�a era ejercida por los reyes de Marruecos y que la poblaci�n
de este territorio se consideraba a s� misma, y era considerada, marroqu� Hoy,
las demandas de Marruecos han sido reconocidos por el �rgano de asesoramiento
jur�dico de las Naciones Unidas."110
Al d�a siguiente de que el TIJ hiciera p�blico su dictamen, el Gobierno marroqu�
anunci� que habr�a una marcha masiva de 350.000 "civiles desarmados" desde
Marruecos al interior del S�hara "para obtener el reconocimiento del derecho [de
Marruecos] a la unidad nacional y la integridad territorial."111 El
representante de Espa�a ante Naciones Unidas respondi� que esto "amenaza la paz
y la seguridad internacional", e invoc� el art�culo 35 de la Carta de la ONU
para llevar la situaci�n a la atenci�n del Consejo de Seguridad.112 Dos d�as m�s
tarde, Costa Rica present� al Consejo de Seguridad un conciso proyecto de
resoluci�n exigiendo "que el Gobierno de Marruecos desista inmediatamente de la
proyectada marcha sobre el S�hara Occidental."113
Los miembros del Consejo de Seguridad no estaban dispuestos a dar el paso
incondicional propuesto por Costa Rica. En lugar de ello, propusieron pedir al
Secretario General "emprender consultas inmediatas con las partes concernidas e
interesadas" �palabras en c�digo para Espa�a, Marruecos y Mauritania (pa�ses
"concernidos") y Argelia (pa�s "interesado")- e "informar al Consejo de
Seguridad tan pronto como sea posible sobre los resultados de sus consultas, con
el fin de que el Consejo pueda adoptar las medidas adecuadas para hacer frente a
la situaci�n actual�"114 La resoluci�n evitaba cualquier menci�n espec�fica al
derecho de autodeterminaci�n, si bien "reafirmaba" la Resoluci�n 1514 (XV) "y
todas las dem�s resoluciones relevantes de la Asamblea General sobre ese
Territorio."115 Tampoco ordenaba a Marruecos no llevar a cabo su marcha. En
lugar de ello, de forma poco convincente, apelaba "a las partes concernidas e
interesadas a ejercer contenci�n y moderaci�n y a posibilitar que la misi�n del
Secretario General se emprendiera en condiciones satisfactorias."116 Esto
represent� una victoria de alg�n tipo para Marruecos, en la medida en que [la
resoluci�n] supon�a a�n m�s retraso en los preparativos para el refer�ndum y
sustitu�a la funci�n de Naciones Unidas en preparar y supervisar el acto de la
autodeterminaci�n, por un papel de negociador.
El secretario general, Sr. [Kurt] Waldheim, actuando conforme al vago mandato
del Consejo de Seguridad, realiz� un viaje de tres d�as, manteniendo
conversaciones con el Rey de Marruecos y los jefes de Gobierno de Mauritania,
Argelia y Espa�a, as� como tambi�n con los ministros relevantes. A esto le
sigui� un breve viaje adicional de su representante personal, Mr. Andr� Lewin.
De esas negociaciones sali� lo que Waldheim consider� como un consenso de que
"todas las partes� estar�an dispuestas a reconocer a Naciones Unidas como
elemento esencial en la b�squeda de una soluci�n aceptable".117 Espa�a, en
particular, "estaba dispuesta a cooperar plenamente con las Naciones Unidas, que
podr�an ser llamadas a desempe�ar un papel apropiado, pudiendo incluir la
administraci�n temporal del Territorio por Naciones Unidas hasta el momento en
que pudieran determinarse los deseos de la poblaci�n."118
El 1 de noviembre de 1975, el d�a despu�s de la publicaci�n del Informe del
Secretario General, Espa�a volvi� a pedir urgentemente la reuni�n del Consejo de
Seguridad.119 La "Marcha Verde", como vino a conocerse la invasi�n marroqu�,
hab�a sido anunciada por Rabat para el 4 de noviembre, y Madrid hab�a declarado
ahora que defender�a el territorio del S�hara con la fuerza militar, si fuera
necesario.120 La resoluci�n aprobada por el Consejo, sin embargo, fue poco m�s
dura que la anterior. Simplemente, reiteraba el llamamiento a "todas las partes
concernidas e interesadas a evitar cualquier acci�n unilateral o de cualquier
otro tipo que pudiera elevar a�n m�s la tensi�n en la zona�" e invitaba al
Secretario General a "continuar e intensificar sus consultas."121 Varios
miembros del Consejo, en particular Costa Rica y Suecia, mostraron su disgusto
por el hecho de que la necesidad de un consenso hubiera impedido la redacci�n de
una decisi�n m�s concreta dirigida a Marruecos. "Una vez m�s", dijo el
representante de Costa Rica, Sr. Salazar, "el Consejo de Seguridad� ha eludido
llamar a las cosas por su verdadero nombre" y "el no haberlo hecho as� puede dar
a entender que no pudo llegar a un acuerdo sobre la verdadera causa de la
crisis."122 Estados Unidos y Francia, sin embargo, se opusieron con �xito a
todos los intentos de exigir a Marruecos que "cesara y desistiera".
El representante de Argelia dijo concisamente que su pa�s "considera que esta
marcha, si llega a cruzar las fronteras del territorio del S�hara, constituir�a
una violaci�n de la soberan�a de ese territorio; un acto contrario al Derecho
Internacional; una iniciativa de tal naturaleza que alterar�a el equilibrio de
esta regi�n; y, finalmente, una decisi�n cuyas incalculables consecuencias
afectar�an directamente la paz en esta regi�n y las relaciones futuras de todos
los pa�ses lim�trofes con el territorio del S�hara Occidental."123 Denunci� que
otros pa�ses africanos estaban siendo ganados para la posici�n marroqu� bajo
"condiciones" secretas y advirti� de que la conquista del S�hara por la fuerza
"constituir�a sin duda uno de los m�s serios precedentes que jam�s hayamos
tenido ocasi�n de ver. Si situamos esa iniciativa en el contexto africano�,
estoy convencido", a�adi� el Representante [argelino] Sr. Rahal, "de que ni un
solo pa�s africano dejar� de ver las consecuencias, tanto en lo inmediato como a
largo plazo, del �xito de tal soluci�n si se aplica a las diversas fronteras y
problemas territoriales que se presentan en el continente africano."124 Y a
continuaci�n, manifest�:
"He sido autorizado por mi Gobierno para manifestar aqu�, con toda la solemnidad
que esta declaraci�n merece, que si el Consejo de Seguridad y la comunidad
internacional no est�n en condiciones de asumir su responsabilidad, Argelia s�
asumir� sus propias responsabilidades�"125
Una vez que la Marcha marroqu� hubo cruzado la frontera, el Consejo de Seguridad
volvi� a reunirse otra vez, en la noche del 5 de noviembre. En una inusual
sesi�n a puerta cerrada, Francia y Estados Unidos, de nuevo, impidieron
eficazmente que el Consejo ordenase al Rey [de Marruecos] desconvocar la marcha.
En lugar de ello, el Presidente del Consejo fue meramente autorizado a dirigir
una "petici�n urgente" al Rey Hassan "para poner fin inmediatamente a la
anunciada marcha al S�hara Occidental."126 Todos y cada uno de los miembros del
Consejo, sin embargo, fueron conscientes de que este gesto no ser�a suficiente
para dar marcha atr�s, y a la ma�ana siguiente el Consejo recibi� una respuesta
negativa del rey Hassan.127 No obstante, el Consejo, ese mismo d�a m�s tarde,
aprob� una ineficaz resoluci�n m�s que "deploraba" la Marcha y hac�a un
llamamiento a Marruecos para que se retirase del Territorio y reanudase las
negociaciones bajo los auspicios del Secretario General.128
La Marcha, por supuesto, continu�. La pac�fica agresi�n procedi� de conformidad
con un inmutable gui�n escrito en otros casos de "Anschluss" [anexi�n, en
alem�n]. Y justo antes de que se iniciara [la Marcha] tuvo lugar el obligatorio
acto de defecci�n: Khatri Ould Joumaini, el presidente electo de la Yem�a, huy�
a Agadir y rindi� ritual vasallaje al rey Hassan.129
Espa�a vende el S�hara
Entre el 3 y el 6 de noviembre, el representante del Secretario General, Mr.
Andr� Lewin, volvi� a visitar Marruecos, Mauritania, Argelia y Espa�a. En esta
ocasi�n qued� claro que, desde su anterior viaje, se hab�an producido cambios
importantes en las posiciones de las partes, que convert�an en obsoleto el plan
del Secretario General para una administraci�n provisional de Naciones Unidas.
Aunque la Marcha todav�a no hab�a empezado, enseguida qued� claro para Lewin que
algo hab�a ocurrido que hab�a endurecido la posici�n de los marroqu�es y
suavizado la de Espa�a. Ahora los marroqu�es rechazaban de plano cualquier
administraci�n provisional de NN.UU, afirmando que esa idea hab�a sido "superada
por los acontecimientos."130 Lewin tambi�n hall� que, mientras que Espa�a
todav�a fing�a estar de acuerdo con la propuesta del Secretario General, "el
Presidente del Gobierno espa�ol expres� la opini�n de que un acuerdo trilateral
tambi�n podr�a proporcionar una f�rmula apropiada si Naciones Unidas estuviera
dispuesta a aceptarla."131 As� pues, se hab�a preparado el escenario para el
abandono del principio de autodeterminaci�n, con los dirigentes de Marruecos,
Mauritania y Espa�a ama�ando c�modamente una soluci�n en Madrid para repartir el
bot�n. Con evidente disgusto, el Secretario General inform� de que �l
continuar�a con sus consultas.132
El 9 de noviembre, el rey Hassan pidi� a los participantes de la "marcha Verde"
que volviesen al punto de partida. El 11 de noviembre empezaron en Madrid las
negociaciones tripartitas a nivel de ministros, culminando el 14 de noviembre
con un Comunicado conjunto de Marruecos, Mauritania y Espa�a que se�alaba que
las negociaciones se hab�an llevado a cabo con "un esp�ritu de suma amistad,
comprensi�n y respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas" y
"han conducido a unos resultados satisfactorios conforme al firme deseo de
comprensi�n entre las partes y su objetivo de contribuir al mantenimiento de la
paz y la seguridad internacional."133
Esos resultados fueron, efectivamente, "satisfactorios" para aquellos que
participaron. Aunque comprensiblemente los t�rminos [del acuerdo] permanecen en
secreto134, la esencia de los mismos ha sido objeto de amplias conjeturas.
Espa�a estuvo de acuerdo con una f�rmula de descolonizaci�n que permit�a dividir
el S�hara de la manera previamente acordada entre Marruecos y Mauritania.135 El
refer�ndum ser�a enterrado en silencio. Espa�a, a cambio, seguir�a detentando el
35 por ciento de las acciones de Fos-Bucraa, la planta de fosfatos del S�hara
valorada en 700 millones de d�lares.136 Adem�s, hubo concesiones, por parte de
Marruecos, de derechos de pesca en las aguas saharauis y marroqu�es, concesiones
de particular importancia para la industria pesquera de las cercanas Islas
Canarias, que est�n pobladas casi en su totalidad por espa�oles.
Espa�a acord� que establecer�a inmediatamente un r�gimen provisional en el
S�hara con un Gobernador Adjunto marroqu� y otro mauritano; que traspasar�a su
responsabilidad en la administraci�n del Territorio el 28 de febrero de 1976; y
que la Yem�a, "la cual expresar� la opini�n de la poblaci�n saharaui, colaborar�
con esa Administraci�n."137
En este �ltimo aspecto, sin embargo, los tres padrinos del acuerdo se
equivocaron. En un ir�nico giro final, la hasta entonces servil Yem�a �ideada
primero para ser esencialmente un d�cil amigo apol�tico de Espa�a y reivindicada
despu�s por Marruecos como si se hubiera "pasado" a su bando- se neg� a seguir
jugando papel alguno en el proceso. Ella misma se autodisolvi� con el fin de
evitar tener que ratificar un rumbo de acontecimientos en los que no hab�a sido
consultada.138 Para las potencias anexionistas, este gesto importaba poco.
�C�mo logr� Marruecos esta victoria incruenta? Una de las claves parece haber
sido la enfermedad terminal, primero, y la muerte, despu�s, del general Franco,
que fue el contrapunto en aquellos acontecimientos. Al tiempo que la incapacidad
del Caudillo paralizaba a gran parte del Gobierno espa�ol, la iniciativa pas� a
un peque�o grupo de conservadores en Madrid respaldado por el Ej�rcito y
encabezado por el Presidente del Gobierno, Sr. Carlos Arias Navarro. Esos "ultras",
algunos de los cuales se hab�an convertido a rega�adientes a la independencia
del S�hara s�lo en el supuesto de que ello ocurriera bajo los auspicios de la
pro-espa�ola Yem�a y el pro-espa�ol PUNS, ahora estaban a favor de una soluci�n
marroqu� y en contra de un S�hara independiente dominado por el POLISARIO. Hacia
finales de octubre, el Sr. Jos� Sol�s Ruiz, ministro y secretario general del
Movimiento falangista, fue autorizado a entablar negociaciones con los ministros
de Asuntos Exteriores marroqu� y mauritano. Al tener conocimiento de ello,
Argelia envi� su propia representaci�n a Madrid con la intenci�n de participar
en las negociaciones y conseguir el apoyo de los "no-ultras", en particular del
pr�ncipe Juan Carlos, que en esos mismos momentos asum�a los poderes del
agonizante Franco, y del ministro de Asuntos Exteriores, Sr. Cortina Mauri. En
esos esfuerzos, Argelia ten�a cierta capacidad de maniobra, al ser Espa�a
fuertemente dependiente de aqu�lla para el abastecimiento de gas natural.
Por un momento, este punto final pareci� tener �xito. Las negociaciones
tripartitas fueron aplazadas por el Pr�ncipe, que, habiendo devenido Jefe del
Estado en funciones vol� a El Aai�n y, el 2 de noviembre, se comprometi� a
dirigir el Ej�rcito espa�ol para defender el Territorio. A�n as�, sin embargo,
el primer ministro marroqu�, Ahmed Osman, lleg� a Madrid y, tras una reuni�n con
Juan Carlos, se reanudaron las negociaciones con los "ultras" espa�oles
encabezados por Arias [Navarro]. A Juan Carlos, o no le hicieron caso o
consiguieron que desistiese de su idea. Despu�s de dos d�as de negociaciones,
Osm�n retorn� a Marruecos con un proyecto de propuesta. Parece que se acord� que
la Marcha Verde marroqu� continuar�a como estaba prevista, pero que s�lo habr�a
una ocupaci�n simb�lica, ya que la Marcha se detendr�a poco antes de llegar a
[donde estaba] la Legi�n espa�ola, lo que permitir�a a ambos gobiernos guardar
las apariencias. Pero detr�s de lo que el representante de Argelia ante Naciones
Unidas hab�a denominado "esta farsa",139 se permiti� que el Ej�rcito regular de
Marruecos penetrase en el S�hara para empezar la tarea de liquidar a las tropas
del POLISARIO.140
El 8 de noviembre, el Ministro espa�ol adjunto al Primer Ministro, Antonio Carro
Mart�nez, visit� Marruecos y al d�a siguiente el rey Hassan anunci� el fin de la
Marcha Verde. Simult�neamente, el Primer Ministro y el Ministro de Asuntos
Exteriores de Marruecos volaron a Madrid acompa�ados por el Director General de
la industria marroqu� de fosfatos. El acuerdo hispano-marroqu� estaba casi
formalizado. En el Consejo de Ministros, el ministro de Asuntos Exteriores, Sr.
Cortina, qued� aislado en su oposici�n [al acuerdo]. Unos d�as despu�s de la
firma del Acuerdo Tripartito el 14 de noviembre, las tropas de Mauritania
iniciaron el bombardeo de la ciudad de La G�era, al sur del S�hara, que el
POLISARIO hab�a ocupado. A ello sigui� una larga y sangrienta batalla, que fue
ganada gracias a la ayuda marroqu� y tras ocasionar un gran n�mero de bajas.
EP�LOGO
Hacia mediados de noviembre, el S�hara era escenario de duros combates entre las
tropas marroqu�es y mauritanas, de una parte, y un n�mero considerable y
aparentemente bien adiestrado de tropas del POLISARIO que, inicialmente,
afirmaban tener el control de dos terceras partes del territorio.141 Durante el
mes de diciembre [, sin embargo,] las tropas marroqu�es expulsaron al POLISARIO
de las principales ciudades y aldeas, mientras que los saharauis hu�an a
Argelia.
Aun cuando las partes se estaban preparando para la guerra, la Asamblea General
de la ONU aprob� dos resoluciones contradictorias. La primera (Resoluci�n
3458(A)) nuevamente ped�a a Espa�a que organizara un acto de autodeterminaci�n
libre y genuino bajo la supervisi�n de Naciones Unidas.142 Y la segunda
(Resoluci�n 3458(B)) tomaba nota del Acuerdo Tripartito de Madrid y ped�a al
Secretario General que nombrase un representante para "realizar consultas" con
las tres partes de la administraci�n temporal con la finalidad de "ayudar" en la
celebraci�n de una "consulta libre" a las "poblaciones saharauis."143 En un
primer instante, la Asamblea General convocaba a los saharauis a ejercer "su
inalienable derecho de autodeterminaci�n" y, en el siguiente, reconoc�a el hecho
consumado que les hab�a sido impuesto por Marruecos, Mauritania y Espa�a. Las
dos resoluciones s�lo ten�an en com�n que, cada una a su manera, ambas creaban
un escenario para una mayor implicaci�n del Secretario General en unas
circunstancias muy poco realistas, respecto a las cuales aquel acosado
funcionario se ofendi� primero en privado y, finalmente, tambi�n en p�blico.144
La oportunidad de mantener a Espa�a responsable ante Naciones Unidas para llevar
a cabo un plebiscito de autodeterminaci�n tal como preve�a la Parte A, se vio
viciada por la Parte B, que, de hecho, reconoc�a el nuevo estatus tripartito
creado en el S�hara por los Acuerdos de Madrid. Puesto que el acuerdo tripartito
ya estipulaba exactamente c�mo ser�a repartido el S�hara Espa�ol entre Marruecos
y Mauritania, esperar que esos pa�ses fueran a llevar a cabo una "consulta
libre" despu�s de haber ocupado sus respectivos sectores era como pedir peras al
olmo.
Es imposible conciliar esas dos resoluciones. Sin embargo, ambas resoluciones
fueron aprobadas por la Asamblea; la primera, por 88 votos a cero, con 41
abstenciones; la segunda, con un margen mucho m�s estrecho, por 56 votos contra
42 y 43 abstenciones.145 De los 40 Estados africanos que votaron sobre la
primera resoluci�n, 29 votaron a favor, mientras que 11 se abstuvieron. En lo
que respecta a la segunda resoluci�n, s�lo 12 Estados africanos votaron a favor
de Marruecos y Mauritania, mientras que 21 votaron en contra y 8 se abstuvieron.
Estados Unidos se abstuvo en la primera resoluci�n, que ped�a una aut�ntica
autodeterminaci�n, pero vot� a favor de la segunda, reconociendo [as�] la
partici�n impuesta por el acuerdo tripartito. As� pues, Estados Unidos se aline�
firmemente contra la autodeterminaci�n y contra la mayor�a de los Estados
africanos, y a favor de una soluci�n antidemocr�tica y arbitrariamente
establecida, en contradicci�n radical con las reglas de juego que hab�an venido
siendo observadas hasta entonces.
El voto de Estados Unidos s�lo puede entenderse como un acto de conveniencia
pol�tica basado en las alianzas pol�ticas Este/Oeste de la guerra fr�a. Sin
embargo, entre los Estados africanos, un considerable n�mero de ellos votaron
sobre una cuesti�n de principios, no sobre consideraciones pol�ticas. As�, la
mayor parte de los miembros pro-Occidentales de la O.U.A. [Organizaci�n para la
Unidad Africana] �incluidas Zambia, Lesotho, Kenya, Botswana, Swazilandia,
Malawi y Ghana- votaron a favor de la autodeterminaci�n y en contra de la
legitimaci�n de los Acuerdos de Madrid: Y esto, a pesar de la evidente ausencia
de afinidad pol�tica de esas naciones con Argelia o el POLISARIO.
La Resoluci�n 3458(B), que ped�a "consultas" entre las tres partes de los
Acuerdos de Madrid, enseguida devino flagrantemente inaplicable. Despu�s de que
la Yem�a (el instrumento elegido por los ocupantes para [realizar] las
consultas) se autodisolviera, 54 de sus 103 miembros (incluidos 4 diputados de
las Cortes Espa�olas) se unieron al POLISARIO y huyeron a Argelia.146 El n�mero
de tr�nsfugas eventualmente lleg� a 72, lo que oblig� al rey Hassan a declarar
disuelta la Yem�a.147 A finales de febrero de 1976, algunos de esos tr�nsfugas
parece que retornaron a El Aai�n, lo que permiti� al Rey convocar de nuevo a un
retazo de la Asamblea para que aprobara la partici�n y la anexi�n.148 Sin
embargo, la credibilidad de ese Ente hab�a ca�do tan bajo que Espa�a prefiri�
dar por terminado su papel en la administraci�n tripartita dos d�as antes y no
verse as� implicada en una "consulta" tan falsa.149 El Representante Especial
del Secretario General, el sueco Ulaf Rydbeck, regres� del S�hara a finales de
febrero para recomendar que Naciones Unidas debiera negarse a legitimar las
acciones de Marruecos y Mauritania, que, junto con los combates y la falta de
seguridad en el Territorio, hac�an imposible cualquier "consulta" aut�ntica.150
Aunque los combates fueron especialmente encarnizados durante los meses de enero
a marzo de 1976,151 el ritmo de la guerra en el S�hara parece haber amainado
temporalmente. En opini�n de expertos de Naciones Unidas y de observadores
africanos, la Uni�n Sovi�tica, que se hab�a beneficiado de la reticencia de
Estados Unidos en apoyar a sus "clientes" en Angola, correspondi� restringiendo
el nivel de ayuda suministrada al POLISARIO y a las fuerzas armadas
argelinas.152 No obstante, tal descenso, a�n en el caso de que se produzca, no
es probable que sea de larga duraci�n. Los rusos no tienen el monopolio en la
capacidad de ayudar al POLISARIO. Corea del Norte, por ejemplo, que ha
reconocido al Gobierno del POLISARIO, podr�a llenar cualquier hueco que dejaran
las restricciones sovi�ticas. Y tambi�n Libia ha se�alado su disposici�n a
apoyar el esfuerzo a largo plazo del POLISARIO con dinero y armas.
M�s importante a�n que la perspectiva de que contin�e el derramamiento de sangre
en el noroeste de �frica, son las consecuencias del precedente del S�hara para
la estabilidad del sistema internacional, que depende del respeto de las
fronteras existentes y del rechazo de reivindicaciones territoriales
revisionistas basadas en la alegaci�n de derechos hist�ricos. El Presidente de
la Asamblea General de la ONU en 1976, Mr. Shirley Amerasinghe, de Sri Lanka, ha
advertido de la "deprimente" tendencia generalizada entre los Estados del Tercer
Mundo "a reemplazar el viejo imperialismo por otras formas de control extranjero
basadas en reivindicaciones territoriales".153 El representante de Tanzania ante
la ONU, Mr. Salim, a�adi� que "estaban implicados principios esenciales y � que
la manera como las Naciones Unidas los afronten tendr�a consecuencias no s�lo en
el Territorio mismo sino tambi�n m�s all� de sus fronteras e incluso m�s all�
del Continente africano".154 El representante de Zambia en el Cuarto Comit� de
la Asamblea General se�al� un claro "paralelismo entre las reivindicaciones de
Guatemala sobre Belize, de una parte, y las de Marruecos y Mauritania sobre el
S�hara Espa�ol, de otra� Se estaban practicando pol�ticas de expansi�n y de
anexi�n haciendo un absoluto caso omiso de las aspiraciones de los habitantes de
los territorios en cuesti�n y se estaba pidiendo a las Naciones Unidas que
bendijera esos injustos proyectos."155 En caso de hacerlo efectivamente as�,
ello "crear�a un precedente extremadamente peligroso y tendr�a implicaciones de
largo alcance para el trabajo futuro de Naciones Unidas en el terreno de la
descolonizaci�n. En caso de acoger las reivindicaciones de Marruecos y
Mauritania, las Naciones Unidas no podr�an seguir teniendo credibilidad; de
hecho, su derecho moral a insistir en la autodeterminaci�n en otros muchos casos
pendientes ser�a cuestionado�".156 El portavoz representante de Somalia advirti�
de que su pa�s podr�a seguir exactamente el mismo tipo de reivindicaci�n
hist�rica para con Somalilandia Francesa (Yibuti o el Territorio de los Afars e
Issas) que el que Marruecos y Mauritania hac�an valer para con el S�hara
Occidental.157
El f�cil �xito de Marruecos y Mauritania en el S�hara (y, simult�neamente, de
Indonesia sobre Timor) frente a una oposici�n absolutamente ineficaz de Naciones
Unidas, no har� m�s que aumentar las posibilidades de triunfar con esta t�ctica
y fomentar una b�squeda m�s en�rgica de otras reivindicaciones territoriales.
Tampoco hay raz�n alguna para pensar que esta vigorosa tendencia a hacer valer
reivindicaciones de derechos hist�ricos tenga que limitarse a cuestiones de
descolonizaci�n. Los argumentos exitosamente esgrimidos ayer para justificar el
despliegue de tropas marroqu�es contra la colonia del S�hara Espa�ol pueden ser
utilizados ma�ana tambi�n para legitimar el uso de la fuerza para reafirmar el
t�tulo hist�rico de Marruecos sobre el Estado independiente de Mauritania.
Parece extra�o que la diplomacia estadounidense se haya puesto del lado de ese
comportamiento que transforma todo el sistema. De hecho, gran parte del
territorio mismo de Estados Unidos es susceptible de reclamaciones basadas en
derechos hist�ricos. En el contexto de la descolonizaci�n, el apoyo de Estados
Unidos a Marruecos ha hecho m�s f�cil para Somalia la prosecuci�n de sus
intenciones sobre Yibuti, una regi�n de considerable importancia estrat�gica,
donde los intereses de Estados Unidos estar�an mejor servidos mediante la
aplicaci�n rigurosa de las mismas normas que han sido socavadas en otros lugares
con el consentimiento de Estados Unidos.
Una parte importante del papel de los juristas especializados en Derecho
Internacional consiste en asesorar a sus gobiernos sobre las implicaciones
rec�procas en el terreno normativo de un determinado curso de conducta pol�tica.
Aun cuando los estrategas pol�ticos de Washington puedan creer que han salvado
al S�hara Espa�ol de las garras del izquierdista ej�rcito pro argelino, el
especialista en Derecho Internacional debe advertir de que, aun en el supuesto
de que esta valoraci�n pol�tica fuera correcta, esa "victoria" ha sido obtenida
al coste de reforzar una tendencia en la conducta internacional que podr�a
redundar en perjuicio de los intereses nacionales de Estados Unidos. En
particular, cabe predecir que Israel, un Estado salido del Oriente Medio
�rabe-otomano mediante un acuerdo entre una potencia colonial mandataria (Gran
Breta�a) y una Asamblea General de la ONU de la que todav�a estaban excluidas la
mayor parte de �frica y Asia, habr� de sentir el impacto negativo de la mayor
credibilidad ahora inevitablemente otorgada a las reivindicaciones de derechos
hist�ricos. La supervivencia de Israel, como la de la mayor parte de los pa�ses,
depende principalmente de su capacidad para defenderse. Sin embargo, en la
medida en que su futuro tambi�n depende de su lugar en el sistema internacional,
el tratamiento de la cuesti�n del S�hara por las Naciones Unidas ha minado
inevitablemente, por extensi�n, la legitimidad de Israel. Ello ha puesto de
manifiesto que muchas naciones, incluidos los propios Estados Unidos, est�n
dispuestos a tolerar el uso de la fuerza para conseguir restaurar derechos
hist�ricos incluso haciendo caso omiso de los deseos de los habitantes.
Por esa misma raz�n, Israel y, por extensi�n, tambi�n los Estados Unidos
debieran estar preocupados por el efecto transformador de las normas [derivado]
del apoyo de Estados Unidos a la conquista de Timor Oriental por Indonesia. En
otros tres casos actualmente ante Naciones Unidas, la reivindicaci�n de derechos
hist�ricos est� siendo utilizada como argumento mediante la afirmaci�n adicional
de que la poblaci�n residente en esos territorios �en cada uno de los tres
casos, durante m�s de un siglo- no tienen derecho a la autodeterminaci�n porque
son "poblaciones importadas" no nativas del territorio en el que habitan.158 En
los casos de Gibraltar y las Islas Malvinas, esta alarmante propuesta ha sido
formulada por la parte que tiene asegurado un respaldo abrumadoramente
mayoritario en la Asamblea General. El representante de Argentina ante Naciones
Unidas, reclutando votos para el caso de su pa�s en contra de permitir a los
habitantes de las Islas Malvinas decidir su propio futuro, record� a sus colegas
delegados ante Naciones Unidas que el desplazamiento de la poblaci�n original y
su sustituci�n por otra, ajena a la regi�n, es una injusticia que ellos deber�an
reparar en sus propias regiones.159 El mensaje para Israel es sin duda [el
mismo] en versi�n corregida y aumentada. No obstante, Israel ha apoyado
sistem�ticamente la posici�n de Argentina a cambio del apoyo de Argentina en
votaciones de importancia para Israel.
Esto no tendr�a por qu� sorprendernos, dir�n los realistas. La pol�tica
-preocupaci�n por ganar- tiene que tener inevitablemente prioridad sobre la ley
�preocupaci�n por las normas. Pero dicho as�, el realista plantea una falsa
dicotom�a. La crisis en el S�hara Espa�ol ofreci� una excelente oportunidad para
que Estados Unidos surgiera como un palad�n del principio del derecho de un
pueblo dentro de las fronteras existentes a decidir su propio destino,
independientemente de c�mo las fronteras, o la gente, hubieran llegado all�.
Pero de ello no se deduce que la preocupaci�n por las normas niegue la
preocupaci�n por obtener beneficios pol�ticos. Los Estados Unidos podr�an haber
intentado negociar un frente com�n, en las Naciones Unidas, con los Estados del
Tercer Mundo comprometidos con esos principios y sensibles a su importancia para
la estabilidad mundial, as� como para la descolonizaci�n de �frica del Sur.160 Y
entonces, esa coalici�n fundamentada en los principios podr�a haber tratado de
vincular las crisis de Angola y del S�hara Espa�ol, y exigir soluciones basadas,
en ambos casos, en una autodeterminaci�n supervisada por las Naciones Unidas.
Tal como result�, el apoyo de Estados Unidos al uso de la fuerza por parte de
Marruecos en el S�hara, y la historia de la intervenci�n militar de Estados
Unidos en Vietnam, hicieron imposible suscitar mucha preocupaci�n internacional
(o del Congreso [estadounidense]) sobre el uso de la fuerza en Angola por parte
de Cuba. Un realista tiene que comprender que una pol�tica basada en la
utilizaci�n de la fuerza, en lugar de en los principios, nos ha llevado ahora a
"perder" Vietnam y Angola, mientras que s�lo hemos "ganado" el S�hara Espa�ol.
Si estos son los resultados de una estrategia basada en ganar, quiz�s incluso
los partidarios del realismo pol�tico pudieran, no obstante, ser persuadidos de
intentar una estrategia basada en la preocupaci�n por los principios normativos
rec�procos.
Notas 1 Para un resumen reciente del examen del caso de Belize por la ONU, v�ase
The Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the
Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial
Countries and Peoples [Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a
la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los
Pa�ses y Pueblos Coloniales], UN Doc. A/10023/Add.8 (Part III), pp. 15-29
(1975).
2 El London Times ha se�alado que "si Francia se retira completamente, parece
seguro que Somalia, siguiendo el ejemplo de Marruecos en el S�hara Espa�ol, lo
invadir� [Yibuti] durante los subsiguientes disturbios entre las facciones Issa
y Afar". The Times (Londres), 6 de febrero de 1976, p. 15 (editorial). Para un
resumen reciente del examen de este caso por la ONU, v�ase The Report of the
Special Committee on the Situation With Regard to the Implementation of the
Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples
[Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la
Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos
Coloniales], UN Doc. A/10023/Add.6 (Part II) (1975).
3 Nota 1 supra, pp. 3-14.
4 The Times (Londres), 17 de febrero de 1976, p. 7; 20 de febrero de 1976, p. 6;
25 de febrero de 1976, p. 7.
5 Marruecos se ha opuesto durante mucho tiempo a la independencia de Mauritania.
En el hist�rico debate sobre la Resoluci�n 1514 (XV), Marruecos acus� a Francia
de intentar "dividir Marruecos y romper la unidad de su territorio nacional
mediante la creaci�n de un Estado artificial en la zona del sur de Marruecos que
los colonialistas llaman Mauritania. La poblaci�n de esa zona ni siquiera conoce
la palabra �Mauritania�. Si usted le dice a un beduino de esa denominada
Mauritania que usted est� en Mauritania, no comprender� de qu� le est� usted
hablando". 15 GAOR 947, p. 1271 (1960) (Observaciones del Sr. Ben Aboud,
Representante de Marruecos).
6 Se estima en casi 60.000 el n�mero de timorenses asesinados en el transcurso
de la descolonizaci�n del Territorio. N. Y. Times, 15 de febrero de 1976, p. 11.
7 The Times (Londres), 2 de abril de 1976, p. 11.
8 N.Y. Post, 28 de abril de 1976, p. 17.
9 N.Y. Times, 27 de febrero de 1976, p. 3.
10 Id., 1 de marzo de 1976, p. 3.
11 Id., 28 de febrero de 1976, p. 6; Id., 8 de marzo de 1976, p. 7.
12 En la reuni�n de Ministros de Asuntos Exteriores celebrada en Addis Abeba a
principios de marzo de 1976, se inform� de que unos veinte Estados africanos
estaban a favor del reconocimiento del POLISARIO. Id., 1 de marzo de 1976, p. 3.
13 Id., 22 de febreo de 1976, p. 1.
14 Sobre la trayectoria hist�rica de EE.UU con respecto a la autodeterminaci�n,
v�ase Pomerance, The United States and Self-Determination: Perspectives on the
Wilsonian Conception, AJIL, Vol. 70, N� 1 (1976).
15 Informe de la Misi�n Visitadora de Naciones Unidas al S�hara Espa�ol, 1975,
en The Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the
Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial
Countries and Peoples [Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a
la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los
Pa�ses y Pueblos Coloniales], UN Doc. A/10023/Add.5, Anexo, p. 26 (1975).
[Citado en lo sucesivo como Misi�n Visitadora].
16 Id., p. 27.
17 Id., p. 28.
18 Un excelente y breve resumen de la demograf�a saharaui lo proporciona el
Informe de la Misi�n Visitadora de la ONU al Territorio en 1975. En �l se afirma
que:
"la poblaci�n aut�ctona del Territorio est� compuesta en su mayor parte por
personas de raza mora o beduina, raza que est� unida por una lengua com�n, el
hassania (una variante del �rabe), y por fuertes v�nculos culturales y
tradicionales� La unidad social b�sica, la familia, no est� pensada como un
grupo independiente, sino como formando parte de un grupo social (la fracci�n),
y de un grupo de familias (la subfracci�n) de una tribu�, que en la mayor parte
de los casos se extiende mucho m�s all� de las fronteras pol�ticas del
Territorio. As�, la mayor�a de los saharauis se identifican estrechamente con
otros miembros de su tribu, por ejemplo los Erguibat, Ait Lahsen, y Ulad Delim,
por mencionar s�lo tres, que se encuentran tambi�n en Mauritania, Marruecos y
Argelia. Esto est� en conformidad con la antigua tradici�n por la cual los
diversos grupos tribales han practicado el nomadismo en amplias zonas sin tener
en cuenta las fronteras pol�ticas impuestas por los reg�menes coloniales; de
hecho, ello era una caracter�stica intr�nseca de un sistema econ�mico
tradicional basado en una continua b�squeda de pasto y agua, y en el cual la
propiedad de la tierra era algo desconocido. Actualmente, aunque el nomadismo
est� en declive, hay todav�a un marcado sentido de parentesco entre los miembros
de las tribus y sus subdivisiones, que est�n a horcajadas entre las fronteras
del Territorio y los pa�ses vecinos, y muchos saharauis han dejado el Territorio
ya sea para vivir permanentemente con sus familiares y parientes en los pa�ses
vecinos, ya sea para establecerse temporalmente por razones econ�micas (incluida
la sequ�a), o porque son exilados y refugiados pol�ticos. Por esta raz�n, por
ejemplo, en la provincia marroqu� de Tarfaya o en las regiones lim�trofes de
Mauritania es extremadamente dif�cil determinar qui�n de entre ellos es un
saharaui aut�ctono del Territorio." Id.
19 G.A. Res. 1514, 15 GAOR Supp. 16, pp. 66-67, UN Doc. A/4684 (1966).
20 Id., Art. 2.
21 Id., Art. 6.
22 OAU Assembly AHG/Res. 17(I), Cairo Ordinary Session, 17-21 July 1964. V�ase
tambi�n la Carta de la Organizaci�n para la Unidad Africana, Art�culo III (3),
que promete "respeto a la soberan�a y a la integridad territorial de cada Estado
y a su inalienable derecho a la existencia independiente".
23 G.A. Res. 850, 9 GAOR Supp. 21, p. 28 UN Doc. A/2890 (1954).
24 Fifteen Years of the United Nations Declaration on the Granting of
Independence to Colonial Countries and Peoples, 2 DECOLONIZATION, No. 6, p. 19
(1975) [En lo sucesivo, citado como Fifteen Years].
25 Id., p. 22.
26 G.A. Res. 1654, 16 GAOR Supp, 17, p. 65, UN Doc A/5100 (1961).
27 Fifteen Years, Nota 24 supra, p.19. Est�n enumerados aqu� los numerosos casos
de elecciones y plebiscitos de autodeterminaci�n en los que la Asamblea General
de NN.UU pidi� implicarse como observador y supervisor, una implicaci�n unas
veces bienvenida y otras no por la autoridad colonial correspondiente.
28 G.A. Res. 2005, 19 GAOR Supp. 15, p. 7, UN Doc. A/5815 (1965).
29 G.A. Res. 2355, 22 GAOR Supp. 16, pp. 54-55, UN Doc. A/6716 (1967).
30 G.A. Res. 3285, 29 GAOR Supp. 31, p. 98, UN Doc. A/9631 (1974).
31 Fifteen Years, Nota 24 supra, p.21.
32 3 Repertory of Practice of UN Organs, Supp. No. 3, (period 1959-1966), p. 98;
v�ase tambi�n 19 GAOR Supp. 1A, pp. 8-9, UN Doc. A/5801/Add.1 (1964).
33 G.A. Res. 2353, 22 GAOR Supp. 16, p. 53, UN Doc. A/6716 (1967).
34 22 GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23 (Part II), p. 238, UN Doc.
A/6700/Rev.1 (1967).
35 G.A. Res. 2504, 24 GAOR Supp. 30, p. 3, UN Doc. A/7630 (1969). Antes de
ratificar el "acto de libre elecci�n", la Asamblea General rechaz� una enmienda
presentada por Ghana que habr�a dado a la poblaci�n de West Irian una
oportunidad adicional para expresar su voluntad. La enmienda de Ghana fue
derrotada por una votaci�n de 60 contra 15, y 39 abstenciones.
36 Informe del Secretario General relativo al acto de autodeterminaci�n en West
Irian, 24 GAOR, Annexes, Agenda Item No. 98, p. 2, UN Doc. A/7723 (1969).
37 Informe del Secretario General sobre el Trabajo de la Organizaci�n, 25 GAOR,
Supp. 1, p. 64, UN Doc. A/8001 (1970).
38 Francia se neg� a aceptar la presencia de Naciones Unidas durante el
refer�ndum, celebrado en 1967, sobre el futuro de Somalia Francesa.
39 19 GAOR, Annexes, Annex No. 8 (Part I), pp. 290-291, UN Doc. A/5800/Rev. 1
(1964).
40 G.A. Res. 2072, 20 GAOR Supp. 14, pp. 59-60, UN Doc. A/6014 (1965).
41 Nota del Secretario General, 13 GAOR, Annexes, Agenda Item No.36, p. 37, UN
Doc. A/C.4/L385/Rev. 1 (1958). V�ase tambi�n Ley de 21 de abril de 1961 y
Decreto n� 3349 de 29 de noviembre de 1962.
42 Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the
Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial
Countries and Peoples [Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a
la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los
Pa�ses y Pueblos Coloniales], 21 GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23,
p. 603. UN Doc. A/6300/Rev. 1 (1966).
43 Id. p. 604.
44 Id. p. 605.
45 Id. p. 607.
46 Ibid.
47 G.A. Res. 2229, 21 GAOR Supp. 16, pp. 72-73, UN Doc. A/6316 (1966).
48 Ibid.
49 22 GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23, p. 209. UN Doc. A/6700/Rev.
1 (1967).
50 G.A. Res. 2354, 22 GAOR Supp. 16, pp. 53-54, UN Doc. A/6716 (1967).
51 La resoluci�n de 1968 es G.A. Res. 2428, 23 GAOR Supp. 18 pp. 63-64, UN Doc.
A/7218 (1968). La resoluci�n de 1969, que tambi�n "lamenta que todav�a no haya
sido posible celebrar las consultas que la Potencia Administradora iba a
organizar en relaci�n con la celebraci�n de un refer�ndum", es G.A. Res2591, 24
GAOR Supp. 30, pp. 73-74, UN Doc. A/7630 (1969). Las resoluciones aprobadas
entre 1970 y 1973 son: G.A. Res. 2983, 27 GAOR Supp. 30, pp. 84-85, UN Doc.
A/8730 (1972); G.A. Res. 3162, 28 GAOR Supp. 30, pp. 110-111, UN Doc. A/9030
(1973).
52 Carta de fecha 8 de septiembre de 1966, del Representante Permanente de
Espa�a ante la Naciones Unidas dirigida al Presidente del Comit� Especial, 21
GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23, Annex, p. 621 (1966).
53 Misi�n Visitadora, Nota 15 supra, p. 24.
54 Id, p. 40.
55 Ibid.
56 Id. Pp. 40-41.
57 Contestaci�n a la Comunicaci�n de la Asamblea General del S�hara por el Jefe
del Estado espa�ol. UN Doc. A/9176, Annex IV, p. 1 (1973).
58 G.A. Res. 3162, 28 GAOR Supp. 30, pp. 110-111, UN Doc. A/9030 (1973).
59 NAC/FM/CONF.1/Res.5/august 12, 1972, THE GEORGETOWN DECLARATION, THE ACTION
PROGRAMME FOR ECONOMIC CO-OPERATION AND RELATED DOCUMENTS, CONFERENCE OF FOREIGN
MINISTERS OF NON-ALIGNED COUNTRIES, Georgetown, Guyana, August 8-12, 1972; OAU
Council Res. CM/Res.301 (XXI), OAU COUNCIL OF MINISTERS, Addis Ababa, May, 1973;
Res. No. 6, IV CONFERENCE OF HEADS OF STATE OR GOVERNMENT OF NON-ALIGNED
COUNTRIES, Algiers, 5-9 September, 1973; FUNDAMENTAL TEXTS, DECLARATIONS,
RESOLUTIONS, ACTION PROGRAMME FOR ECONOMIC CO-OPERATION.
60 Carta de fecha 10 de julio de 1974, del Representante Permanente de Espa�a
ante la Naciones Unidas dirigida Secretario General, UN Doc. A/9655 (1974).
61 Carta de fecha 20 de agosto de 1974, del Representante Permanente de Espa�a
ante la Naciones Unidas dirigida Secretario General, UN Doc. A/9714 (1974).
62 Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the
Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial
Countries and Peoples Covering its Work During 1974 [Informe del Comit� Especial
sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n
de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales sobre la labor realizada
en 1974], UN Doc. A/9623/ Add.4 (Part II), p. 23 (1974).
63 Nota 60 supra, p. 2.
64 Carta de fecha 23 de septiembre de 1974, del Ministro de Asuntos Exteriores
de Marruecos dirigida al Ministro de Asuntos Exteriores de Espa�a, UN Doc.
A/9771, Annex, (1974).
65 Carta de fecha 20 de agosto de 1974, del Encargado de Negocios de la Misi�n
Permanente de Mauritania ante Naciones Unidas, dirigida al Secretario General,
UN Doc. A/9715, Annex, p. 1, 2 (1974). V�ase tambi�n UN Doc. A/PV.2251, p. 82
(1974) (Sr. Ould Mouknass, Representante de Mauritania dirigi�ndose a la
Asamblea General).
66 Le Monde, 27 de noviembre de 1975, pp. 1 y 5; The Economist, 13 de septiembre
de 1975, p. 58.
67 UN Doc. A/PV.2265, pp. 57-60 (1974).
68 La Representante de Estados Unidos, Barbara White adopt� la posici�n que su
pa�s apoyaba en principio la utilizaci�n del Tribunal, siempre que fuera
posible, para la resoluci�n de controversias jur�dicas.
69 UN Doc. A/C.4/SR.2126, p.7 (1974).
70 UN Doc. A/C.4/SR.2130, p.27 (1974).
71 UN Doc. A/C.4/SR.2131, p. 19 (1974).
72 Id., p. 8.
73 Id., p. 12.
74 Id., p. 25.
75 G.A. Res. 3292, 29 GAOR Supp. 31, pp. 103-104, UN Doc. A/9631 (1974).
76 Los otros miembros de la Misi�n fueron Marta Jim�nez Mart�nez (Cuba) y
Manouchehr Pishva (Ir�n).
77 Misi�n Visitadora, nota 15 supra, p. 4.
78 Id., p. 5.
79 Id., pp. 7-14.
80 Id., p. 48.
81 Id., p. 50.
82 Id., p. 52.
83 Id., pp. 52 y 63.
84 Id., p. 48.
85 Id., p. 55.
86 Ibid.
87 Ibid.
88 Id., p. 56.
89 Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the
Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial
Countries and Peoples [Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a
la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los
Pa�ses y Pueblos Coloniales], UN Doc. A/10023/ Add..5, p. 11 (1975).
90 Ibid.
91 Una consulta popular a los habitantes, se�alaba la Misi�n:
� tiene que estar basada en la participaci�n de todos los saharauis
pertenecientes al Territorio. Las partes concernidas e interesadas han acordado
que esta tarea debe ser confiada a una comisi�n de expertos designada por las
Naciones Unidas, que trabajar�a en estrecha cooperaci�n con la Potencia
Administradora y con las otras partes concernidas e interesadas. Id., p.9.
92 Advisory Opinion on Western Sahara [Dictamen sobre el S�hara Occidental],
1975 ICJ REP.12 [en lo sucesivo, Advisory Opinion].
93 Id., p. 29. Las preguntas formuladas al Tribunal mediante la Resoluci�n 3292
(XXIX), Nota 75 supra, fueron las siguientes:
I. �Era el S�hara Occidental (Rio de Oro y Sakiet El Hamra) en el momento de la
colonizaci�n de Espa�a un territorio no perteneciente a nadie (terra nullius)?
Si la respuesta a la primera pregunta es negativa,
II. �Cu�les eran los v�nculos jur�dicos entre este territorio y el Reino de
Marruecos y la Entidad Mauritana?
94 Ibid.
95 Id., p. 30.
96 Ibid.
97 G.A. Res. 1541 (XV), 15 GAOR Supp. 16, pp. 29-30, UN Doc. A/4684 (1960),
citado por el Tribunal Internacional de Justicia, con aprobaci�n, en su Advisory
Opinion [Dictamen], pp. 32-33.
98 Id., pp. 34-35.
99 Id., p. 35.
100 Id., p. 36.
101 Id., pp. 36-37.
102 Id., p. 37.
103 Id., p. 48.
104 Id., p. 49.
105 Id., pp. 56-57.
106 Id., p. 68.
107 Id., p. 69.
108 Id., p. 176 (Opini�n Disidente del Juez Ruda).
109 Esta expresi�n aparece en la Opini�n Separada del Magistrado Dillard, donde
considera que ese concepto no era aplicable al S�hara Occidental y que, por lo
tanto, era innecesario que el Tribunal tratara el principio de integridad
territorial. Id., p. 120.
110 Comunicado de Prensa de la Misi�n Permanente de Marruecos ante las Naciones
Unidas, 16 de octubre de 1975, citado en UN Doc. S/PV.1849, p. 11 (1975).
111 Carta de fecha 18 de octubre de 1975, del Representante Permanente de
Marruecos ante Naciones Unidas al Presidente del Consejo de Seguridad. UN Doc.
S/11852 (1975).
112 Carta de fecha 18 de octubre de 1975, del Representante Permanente de Espa�a
ante Naciones Unidas al Presidente del Consejo de Seguridad. UN Doc. S/11851
(1975).
113 Costa Rica, Proyecto de Resoluci�n. UN Doc. S/11853 (1975).
114 S.C. Res. 377 [Resoluci�n 377] (1975) aprobada por el Consejo de Seguridad
en su Reuni�n 1850, el 22 de octubre de 1975.
115 Ibid.
116 Ibid.
117 Informe del Secretario General en cumplimiento de la Resoluci�n 377 (1975)
del Consejo de Seguridad relativa a la situaci�n del S�hara Occidenta.: UN Doc.
S/11863, p. 5 (1975).
118 Ibid.
119 Carta, de fecha 1 de noviembre de 1975, del Encargado de Negocios, A.I. de
la Misi�n Permanente de Espa�a ante Naciones Unidas al Presidente del Consejo de
Seguridad. UN Doc. S/11864 (1975).
120 UN Doc. S/PV.1852, pp. 13-15 (1975). (Sr. Arias-Salgado, Representante de
Espa�a, dirigi�ndose al Consejo de Seguridad).
121 Resoluci�n 379 (1975) del Consejo de Seguridad, aprobada por el Consejo de
Seguridad en su Reuni�n 1852, el 2 de noviembre de 1975.
122 UN Doc. S/PV.1852, p. 22 (1975).
123 Id., pp. 72-75.
124 Id., p. 76.
125 Id., pp. 82-85.
126 Comunicado Oficial de la 1853 Reuni�n del Consejo de Seguridad, UN Doc.
S/11869 (1975).
127 UN Doc. S/PV.1854, p. 16 (1975) (Representante Slaoui, dirigi�ndose al
Consejo de Seguridad).
128 S.C. Res. 380 (1975) , aprobada por el Consejo de Seguridad en su 1854
Reuni�n el 6 de noviembre de 1975.
129 La declaraci�n de Mr. Joumaini se cita en UN Doc. S/PV.1854, pp. 26-27
(1975).
130 Informe del Secretario General en cumplimiento de la Resoluci�n 379 (1975)
del Consejo de Seguridad relativa a la situaci�n del S�hara Occidental. UN Doc.
S/11874, p. 4 (1975).
131 Id., p. 6.
132 Id., p.7.
133 Tercer Informe del Secretario General en cumplimiento de la Resoluci�n 379
(1975) del Consejo de Seguridad relativa a la situaci�n del S�hara Occidental.
UN Doc. S/11880, 19 de noviembre de 1975, Anexo I, p.1.
134 En abril, Marruecos public� los t�rminos del acuerdo mediante el cual
Marruecos y Mauritania compartir�n los ingresos procedentes de las lucrativas
minas de Bou Craa. The Times (Londres), 17 de abril de 1976, p. 5.
135 Para m�s pruebas de ese acuerdo, v�anse, por ejemplo, los alegatos orales,
Mr. Slaoui (Marruecos) CR 75/6 (traducci�n no corregida) (mimeo), mi�rcoles 25
de junio de 1975, pp. 6-9. En los alegatos escritos, Mauritania y Marruecos
reivindicaron la totalidad del S�hara, cada uno de los dos pa�ses, y el Sr
Slaoui se encarg� de poner esto en conformidad con el acuerdo de partici�n. En
efecto, dijo al Tribunal que no se preocupara por eso, que:
"... hay un norte y un sur que yuxtaponen en el espacio los v�nculos jur�dicos
del S�hara Occidental con Marruecos y Mauritania. Teniendo en cuenta la cuesti�n
planteada al Tribunal, y considerando que, por definici�n, el mandato del
Tribunal no hace referencia a problema pol�tico alguno y no implica delimitaci�n
territorial alguna, el hecho de que haya solapamiento entre el norte y el sur
que no servir�a para definir con m�s precisi�n, no puede modificar el sentido de
las respuestas dadas por el Tribunal." Id., p.8.
136 New York Times, 11 de febrero de 1976, p. 28.
137 Nota 133 supra, Anexo II, p. 1.
138 THE ECONOMIST, 20 diciembre 1975, p. 50.
139 UN Doc. S/PV.1854, p. 36 (Representante Rahal, dirigi�ndose al Consejo de
Seguridad).
140 AFRICAN RESEARCH BULL., 1-30 noviembre 1975, p. 3837.
141 Id., 1-31 de diciembre de 1975, pp. 3872-3874.
142 G.A. Res. 3458 (A), UN Doc. GA/5438, pp. 254-255 (1975). (Comunicado de
prensa).
143 G.A. Res. 3458 (B), UN Doc. GA/5438, p. 256 (1975). (Comunicado de prensa).
144 Waldheim Given Difficult Missions [Misiones dif�ciles encomendadas a
Waldheim] (Entrevista al Secretario General), THE DIPLOMATIC WORLD BULL., No. 5,
8 de marzo de 1976, pp. 1237 y 1243. "Lamento esta evoluci�n�", dijo Waldheim
respecto al papel que se le hab�a asignado en esas resoluciones contradictorias.
"Es una evoluci�n negativa: no podr�a darle a usted una respuesta m�s clara�".
Id., p. 1243.
145 Hay que se�alar que la segunda Resoluci�n podr�a haber sido derrotada si la
Asamblea, por mayor�a simple, hubiera determinado que ambas resoluciones eran
"importantes", con lo cual su aprobaci�n hubiera necesitado el voto favorable de
dos tercios de los presentes y una votaci�n acorde con el Art�culo 18(3) de la
Carta de las Naciones Unidas.
146 UN Doc. A/PV.2435, p. 92 (1975). (Representante de Argelia, Sr. Rahal,
dirigi�ndose a la Asamblea General); Le Monde, 9 de diciembre de 1975, p. 3.
147 NEWSWEEK, 26 de enero de de 1976, p. 35.
148 Conforme a las informaciones de la prensa, 65 miembros [de la Yema�] tomaron
parte en la votaci�n, que coincidi� con la proclamaci�n, por el POLISARIO, de la
Rep�blica �rabe Saharaui Democr�tica. N. Y. Times, 28 de febrero de 1976, p. 6.
149 Id., 27 de febrero de 1976, p. 5, y entrevistas.
150 Id.; THE DIPLOMATIC WORLD BULL., No. 5, 8 de marzo de 1976, pp. 1237 y 1242.
151 La finalizaci�n de la Administraci�n tripartita no disminuy� la voluntad del
POLISARIO, o de Argelia, de resistir. La prensa espa�ola informaba en enero de
encarnizados combates entre las guerrillas y las tropas mauritanas, incluso en
las distantes ciudades sure�as de Villa Cisneros y Aargub, lejos de donde
estaban concentr�ndose los argelinos. En Villa Cisneros (Dakhla), el jefe del
Ej�rcito marroqu� coment� que sus hombres estaban all� "para proteger al
Ej�rcito mauritano". WEST AFRICA, 26 de enero de 1976, p. 124. Durante los meses
de enero y febrero se repitieron "sangrientas batallas" entre las columnas
blindadas argelinas y el Ej�rcito marroqu� en torno al oasis de Amgala y Mahabes.
N. Y. Times, 28 de enero de 1976, p. 3. Id., 29 de enero de 1976, p. 8; Id., 12
de febrero de 1976, p. 2; Id., 16 de febrero de 1976, p. 10; Id., 17 de febrero
de 1976, p. 9.
Sin embargo, los efectos m�s lamentables fueron los sufridos por la poblaci�n
civil. En represalia por la huida de los refugiados saharauis a Argelia, el
Presidente Boumediene ya hab�a expulsado expeditivamente de su pa�s a 30.000
civiles marroqu�es (NEWSWEEK, 26 enero 1976, p. 35). El 6 de febrero, Argelia
denunci� formalmente que las acciones militares de Marruecos y Mauritania
estaban "adquiriendo pr�cticamente las proporciones de un genocidio" (Carta de
fecha 6 de febrero de 1976, del Representante Permanente de Argelia ante las
Naciones Unidas al Secretario General, UN Doc. A/31/48 y S/11971, p. 7 (1976)).
Seg�n el POLISARIO, el 18 de febrero los marroqu�es, utilizando aviones de
combate USA F-5, empezaron a atacar los campos de refugiados saharauis dentro de
Argelia, en Um Dreiga. En los primeros dos d�as se inform� de la matanza de 45
civiles y de 378 heridos.
152 Esta opini�n ha sido manifestada, en entrevistas, por diversas personas de
alto rango del Secretariado [General de la ONU]. Tambi�n est� recogida en JEUNE
AFRIQUE, 13 de febrero de 1976, p. 20.
153 UN Doc. A/C.4/SR.2175, p. 15, 3 de diciembre de 1975.
154 Id., p. 22.
155 Id., p. 32.
156 Id., p. 33.
157 Id., p. 5.
158 Respecto a una reivindicaci�n de Guatemala basada en este argumento, v�ase
UN Doc. A/PV.2431, 8 de diciembre de 1975, pp. 37 y 38-40, Sr. Maldonado Aguirre
dirigi�ndose a la Asamblea General. Respecto a la reivindicaci�n espa�ola de que
la autodeterminaci�n es aplicable solamente a "quienes ten�an sus ra�ces" en un
territorio y no a los "colonos", v�ase 23 GAOR, Fourth Comm., 1799th meeting, p.
14 (1968). Respecto al argumento de Argentina, a los mismos efectos, con
respecto a los habitantes de las Islas Malvinas, v�ase Report of the Special
Committee on the Situation With Regard to the Implementation of the Declaration
on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples [Informe del
Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la Declaraci�n
sobre la Concesi�n de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales], 19
GAOR, Annexes, Annex No. 8 (Part I), pp. 436-437, UN Doc. A/5800/Rev.1 (1964).
159 28 GAOR, Fourth Comm., 2074th meeting, p. 302 (1973).
160 As� por ejemplo, es una afirmaci�n frecuente, por parte de los blancos de
Sud�frica, que la mayor parte de los negros llegaron s�lo despu�s de que los
colonos blancos hubieran empezado a desarrollar el pa�s. Asimismo, la posici�n
de Sud�frica es que, con la creaci�n de black "tribal homelands" ["patrias
tribales" negras], los africanos que habitan en �reas de blancos no pueden
esperar participar en el proceso democr�tico.
clique para abrir el documento en pdf
* Miembro del Consejo Editorial de AJIL. Parte del presente trabajo fue
realizado por el autor en su condici�n de Director del Programa de Derecho
Internacional de la Fundaci�n Carnegie para la Paz Internacional, si bien las
opiniones expresadas pertenecen exclusivamente al autor. El autor desea
agradecer al Sr. Paul Hoffman, su ayudante de investigaci�n en la Fundaci�n
Carnegie, su inestimable ayuda.
Original: The Stealing Of The Sahara
Publicado en: The American Journal of International Law (AJIL), October 1976,
Vol. 70, No. 4, pp. 694- 721.
Traducci�n: Luis Portillo Pasqual del Riquelme
Revisi�n: Maria Juana Mira MacWillians
** N. del T.- El autor se refiere al n�mero de saharauis mayores de edad con
derecho a voto, conforme al censo elaborado por Espa�a en 1975.
En el momento de salir a la luz la presente traducci�n en espa�ol (noviembre de
2008), Thomas M. Franck es Profesor em�rito en la Universidad de New York:
http://its.law.nyu.edu/facultyprofiles/profile.cfm?personID=19925