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Medio Oriente - Asia - Africa

Hemeroteca: un instructivo y esclarecedor texto de 1976.
El robo del S�hara

Thomas M. Franck
The American Journal of International Law
P�blicado en octubre de 1976

Introducci�n

El S�hara Occidental �o, hasta ahora, S�hara Espa�ol- es un peque�o lugar. Su descolonizaci�n y la suerte de sus escasos 75.000 habitantes** no atraen la atenci�n de la opini�n p�blica ni por un instante. Sin embargo, o quiz�s en parte por esa misma raz�n, el tratamiento de la cuesti�n del S�hara por las Naciones Unidas ha sido garrafalmente mal llevado, creando as� un precedente con un potencial de perjuicios futuros absolutamente desproporcionado con la importancia del territorio.

El "arreglo" de la cuesti�n del S�hara a favor de la reivindicaci�n, por Marruecos, de derechos hist�ricos y la denegaci�n de la autodeterminaci�n al Pueblo saharaui se desv�an radicalmente de las normas de descolonizaci�n establecidas y aplicadas coherentemente por las Naciones Unidas desde 1960. Ello habr� de tener una gran importancia para muchas otras reivindicaciones territoriales irredentistas, tales como la de Guatemala sobre Belize1, de Somalia sobre Yibuti2 y de Argentina sobre las Islas Malvinas3. Tan pronto como Marruecos y Mauritania solidificaron su ocupaci�n del S�hara en febrero de 1976, Marshal Idi Amin, [presidente] de Uganda, reclam� como propias extensas partes de Kenya y de Sud�n bas�ndose en la afinidad tribal y la historia4. En su momento, una Palestina �rabe casi con toda seguridad plantear� reivindicaciones territoriales contra Israel. De hecho, puede que no transcurra mucho tiempo antes de que Marruecos renueve sus intenciones �actualmente en reposo- sobre su socio, Mauritania5. Las reivindicaciones de derechos hist�ricos sobre territorios han tendido a quedar limitadaas por la insistencia de la comunidad internacional en que las fronteras establecidas tienen que ser respetadas y s�lo pueden ser modificadas con el libre consentimiento del pueblo que vive en cada territorio. Marruecos y Mauritania, con la ocupaci�n del S�hara sin el consentimiento de su poblaci�n, han conseguido frustrar la aplicaci�n de esta norma y han hecho que el sistema internacional d� un paso claro hacia un nuevo conjunto de expectativas mutuamente compartidas sobre el comportamiento de los Estados �incipientes nuevas normas- que son, con mucha mayor probabilidad que las reglas anteriores, generadoras de conflictos, aun cuando sus l�neas generales s�lo se perciben, de momento, vagamente.

Este precedente tambi�n es desestabilizador de otra manera m�s amplia. La exitosa utilizaci�n de la fuerza por parte de Marruecos y Mauritania para apoderarse del S�hara Occidental ha reforzado la tendencia de los Estados del Tercer Mundo a perseguir sus intereses nacionales mediante la agresi�n militar, en lugar de mediante la ley y la diplomacia. Nada de lo que acontece en el terreno de las relaciones internacionales funciona tan bien como el �xito, y tanto en Angola como en el S�hara el uso de la fuerza ha funcionado sin mucha oposici�n del resto de la comunidad internacional. Estos acontecimientos en �frica han sido imitados en Asia con la ocupaci�n de Timor Oriental por Indonesia, otro lugar donde las reivindicaciones hist�ricas, geogr�ficas y �tnicas fueron hechas valer mediante el recurso a las armas.6 En la medida en que esta lecci�n se toma en serio, el mundo ser� un lugar cada vez m�s peligroso �consideraci�n �sta agravada con el salto del Tercer Mundo al armamento sofisticado.

El tratamiento [que se ha hecho] del caso del S�hara ya ha tenido consecuencias dram�ticas para el orden mundial. Unos 60.000 saharauis han devenido refugiados7, lo que ha generado grandes dificultades y fuertes presiones en las instalaciones y el presupuesto del Alto Comisionado para los Refugiados de las NN. UU. Ha habido duros combates con el movimiento de liberaci�n saharaui POLISARIO (Frente Popular para la Liberaci�n de Saguia el Hamra y R�o de Oro) apoyado por Argelia, y el Gobierno de Mauritania ha informado de una batalla de dos d�as con cuantiosas bajas en abril de 19768, tan s�lo dos meses despu�s de que el S�hara hubiere sido "pacificado" por los ej�rcitos de Marruecos y Mauritania. Este asunto ha provocado fuertes divisiones en el seno de la Organizaci�n para la Unidad Africana (OUA). Su Comit� Pol�tico hab�a recomendado en el mes de febrero el apoyo al Ej�rcito de Liberaci�n [saharaui], lo que provoc� que Marruecos y Mauritania amenazasen con abandonar la Organizaci�n.9 Aunque la divisi�n pudo evitarse temporalmente10, Argelia y otros pa�ses reconocieron unilateralmente al Gobierno saharaui en el exilio, y Rabat y Nouakchott rompieron inmediatamente las relaciones diplom�ticas con Argelia11. No pasar� mucho tiempo antes de que otros Estados se vean forzados a elegir bando.12

Tambi�n los Estados Unidos se han visto involucrados en la disputa. El anuncio, en febrero de 1976, de que EE.UU vender�a una escuadrilla de 24 reactores de combate F-5E al rey Hassan II13, estuvo dictado indudablemente por la "realpolitik". Marruecos, junto con Espa�a, es la llave de EE.UU al Mediterr�neo. El Gobierno del Rey [Hassan II] es generalmente considerado pro-estadounidense, lo que no sucede con los gobernantes de Argelia. Por el contrario, los dirigentes del POLISARIO son anatemizados por su estrecha asociaci�n con los argelinos. Para Washington, el derecho a la autodeterminaci�n de unas 75.000 personas es algo de mucha menor trascendencia que la estabilidad del inestable trono del rey Hassan, y m�s considerando que aqu�llas podr�an tender a estar dominadas por Argelia. As� pues, en nombre del pragmatismo pol�tico, EE.UU ha desertado de su compromiso hist�rico con el principio de autodeterminaci�n.14 En lugar de defender la primac�a de una importante norma del orden internacional, EE.UU. ha consentido que la pol�tica dicte su posicionamiento internacional. Al actuar as�, nos hemos encontrado, una vez m�s, enfrentados a la cuesti�n de si EE.UU., como potencia l�der mundial tiene mayor inter�s en preservar y reforzar las reglas de juego que en ganar [determinadas] partidas subalternas sin tener en cuenta c�mo nuestra acci�n afecta a las normas. Dicho de otra manera, el caso del S�hara nos confronta con un conflicto cl�sico entre criterios legales y criterios pol�ticos.

La poblaci�n saharaui

El S�hara Occidental est� situado a lo largo de la costa atl�ntica del noroeste de �frica. Su escasa poblaci�n habita una superficie territorial de 266.000 kil�metros cuadrados, casi exactamente el tama�o de Colorado.15 Muchos de ellos son pastores n�madas del desierto que cuidan reba�os de camellos, cabras y ovejas, si bien en el transcurso de los �ltimos a�os se ha producido un considerable asentamiento urbano en la capital, El Aai�n, que antes de la salida de Espa�a ten�a una poblaci�n civil de casi 30.000 personas, as� como tambi�n en Smara y Villa Cisneros, con unos 7.000 y 5.500 habitantes respectivamente.16 Esas cifras no incluyen a los saharauis que han estado viviendo en pa�ses vecinos, especialmente Marruecos y Argelia, ya sea por razones pol�ticas o econ�micas. Las mejores estimaciones del n�mero de esos exilados han oscilado entre la cifra de 10.000 facilitada por Espa�a y un m�ximo de aproximadamente 50.000 seg�n los movimientos de liberaci�n y los Estados vecinos.17 Dado que tanto Marruecos como Mauritania han adoptado la posici�n de que los saharauis son ciudadanos suyos, no exist�an fronteras para contener o incluso registrar sus desplazamientos, ni siquiera en la �poca colonial [espa�ola]. Los v�nculos sociales y �tnicos entre los habitantes del S�hara Occidental y aquellos otros cercanos de Marruecos, Mauritania y Argelia hacen particularmente dif�cil concretar de un modo definitivo qui�n es y qui�n no es saharaui. (As� por ejemplo, uno de los dirigentes exilados del POLISARIO es Ahmed Baba Miske, ex embajador de Mauritania ante las Naciones Unidas y Washington). Este hecho cobr� relevancia pol�tica cuando se plante� el debate sobre un refer�ndum de autodeterminaci�n. Mediante los apa�os "correctos", la votaci�n podr�a f�cilmente sesgarse importando marroqu�es y mauritanos que aparentar�an ser saharauis.18

Esta dificultad, aun siendo importante tenerla presente al valorar las t�cticas de descolonizaci�n empleadas en el caso del S�hara Espa�ol, en absoluto carece de precedentes en �frica. De hecho, es la regla, en lugar de la excepci�n, que las fronteras de esas nuevas naciones reflejen la arrogante indiferencia de las potencias coloniales para con los grupos tribales y las rutas de paso de los n�madas. En pr�cticamente todos los Estados africanos hay tribus con estrechos v�nculos hist�ricos y sociales que sobrepasan las fronteras pol�ticas. En algunas regiones, como en el caso de Ogaden, en el Cuerno de �frica, el problema es tan grave como y similar al del S�hara Occidental. Adem�s, la Historia es un manantial de injusticias y, en muchos casos, la memoria de los agraviados se remonta a tiempos muy lejanos. La cuesti�n es si, por mor de reparar antiguos agravios habr�a que infligir nuevas injusticias traum�ticas a los actuales habitantes de un territorio.

La primac�a de la autodeterminaci�n y la integridad de las fronteras

Los precedentes en tales casos, con anterioridad a los casos del S�hara Occidental y Timor, son relativamente coherentes y sencillos. Por lo general, a los Estados vecinos no se les ha permitido robar territorios adyacentes por el mero hecho de alegar derechos hist�ricos; los reajustes de fronteras deben ser el resultado de la expresi�n de la voluntad libremente expresada de quienes se ven sometidos al reajuste en cuesti�n. La supremac�a de la autodeterminaci�n contempor�nea frente a las reivindicaciones hist�ricas y la reparaci�n de antiguas injusticias se basan en dos consideraciones. En primer lugar, se parte de la hip�tesis de que cualquier otro enfoque conducir�a a conflictos interminables en la medida en que los Estados modernos se sometiesen a la presi�n de incorporarse a un proceso de revisi�n de fronteras para regresar a no se sabe cu�l situaci�n hist�rica previa y de validez igualmente incierta. Y en segundo lugar, es un hecho ampliamente constatado que Estados o incluso colonias con fronteras establecidas y poblaciones bien definidas, independientemente de la manera injusta o fortuita como se haya llegado a ello, enseguida desarrollan una l�gica propia de cohesi�n estatal que no deber�a descartarse a la ligera.

Es por esas razones por las que los Estados africanos han insistido en que cualquier colonia, en la fase final de la descolonizaci�n, tiene que ejercer su "derecho" de autodeterminaci�n dentro de los l�mites de las fronteras establecidas. Incluso aunque, en algunos casos, esto tienda a perpetuar ciertas injusticias hist�ricas o ciertos problemas culturales, se ha reconocido que otras alternativas son peores. Intentar un redise�o completo del mapa de �frica en base a antiguas reivindicaciones o a v�nculos tribales s�lo conducir�a al caos, la guerra y a destejer el sistema de Estados del Continente. Los dirigentes del �frica post-independencia comprendieron que, aunque hab�a injusticias, �stas pod�an resolverse mejor mediante arreglos funcionales entre Estados soberanos, tales como servicios y mercados comunes regionales, derechos de libre circulaci�n a trav�s de las fronteras y, tal vez, federaciones.

De manera que fue ante la insistencia del Tercer Mundo por lo que el que el hito de la Declaraci�n de las Naciones Unidas sobre la Concesi�n de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales19, al tiempo que proclamaba que "todos los pueblos tienen el derecho a la autodeterminaci�n"20, tambi�n advert�a de que "cualquier intento de ruptura parcial o total de la unidad nacional y la integridad territorial de un pa�s es incompatible con los objetivos y principios de la Carta de las Naciones Unidas".21 Y la Organizaci�n para la Unidad Africana ha reforzado la norma de que los territorios tienen que ejercer su derecho a la autodeterminaci�n dentro de las fronteras coloniales establecidas.22 Si un territorio desea unirse a uno o varios Estados vecinos, tendr� el derecho a manifestar esa preferencia en el proceso de descolonizaci�n, pero tiene que ser la libre decisi�n de la mayor�a de esa colonia concreta; y un territorio con fronteras reconocidas no puede ser absorbido ni desmembrado en contra de la voluntad de sus habitantes.

La praxis de la ONU en la aplicaci�n de la norma de la autodeterminaci�n dentro de las fronteras coloniales establecidas

El historial de la democracia en los nuevos Estados (o, para el caso, en una mayor�a de los viejos), dif�cilmente llenar�a de alegr�a a Montesquieu o a J. S. Mill. Sin embargo, la aspiraci�n democr�tica ha ido relativamente bien en un aspecto. Durante las �ltimas tres d�cadas fue una pr�ctica corriente alentar a las poblaciones coloniales, en el momento justo antes de la independencia, a participar en un acto genuino de libre elecci�n. En la mayor parte de los casos, ese acto determinaba qu� partido y qu� gobierno asumir�an las riendas del poder. En otros casos, las cuestiones eran m�s complejas: �Deb�a la nueva naci�n acceder a su era de independencia como una sola entidad? �Deb�a la nueva naci�n, o parte de ella, unirse a otro Estado? �Deb�a reconstituirse en varias naciones independientes o federadas? Desde entonces, la mayor parte de los votantes de esos nuevos Estados no han vuelto a tener ocasi�n de participar mediante votaci�n secreta en el proceso de toma de decisiones de sus propios pa�ses. Pero al menos, en lo que concierne a aquella primera elecci�n decisiva, el principio de la participaci�n popular ha sido generalmente respetado.

Ya en la temprana fecha de 1945, la Asamblea General de la ONU hab�a aprobado que "si la Asamblea General lo estima oportuno, una Misi�n deber�a visitar, de acuerdo con el [Estado] Miembro Administrador, el Territorio-No-Aut�nomo antes de o durante el per�odo en que la poblaci�n es convocada a decidir sobre su estatus futuro�".23

En consecuencia, las Naciones Unidas supervisaron plebiscitos o elecciones en Togolandia Brit�nica en 1956, en Togolandia Francesa en 1958, en la brit�nica Camer�n del Norte en 1959 y 1961, en Camer�n del Sur en 1961, en la Ruanda-Urundi administrada por B�lgica en 1961, en Samoa Occidental en 1962, y en Pap�a-Nueva Guinea en 1972.24 Representantes del Consejo de Administraci�n Fiduciaria de la ONU (UN Trusteeship Council) tambi�n asistieron como observadores al controvertido plebiscito en las [Islas] Marianas en junio de 1975, en el cual la mayor�a vot� por separarse de las Islas del Pac�fico en fideicomiso de EE.UU. y convertirse en Commonwealth en uni�n pol�tica con los Estados Unidos.25

Con la creaci�n, en 1961, del Comit� Especial de Vigilancia de Naciones Unidas sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales26, la adhesi�n a las normas para la descolonizaci�n de Territorios bajo Administraci�n Fiduciaria [Trust Territories] �en los que las Naciones Unidas ten�an un claro inter�s legal- empez� a ser reclamada tambi�n por las colonias ordinarias. Desde su creaci�n, el Comit� Especial �en palabras del Departamento de Asuntos Pol�ticos y Descolonizaci�n de las NN.UU- "ha enfatizado la deseabilidad de la presencia de las Naciones Unidas en las fases finales del proceso de autodeterminaci�n en los territorios-no-aut�nomos, particularmente en aquellas situaciones en que se pide a la poblaci�n que decida sobre una formula constitucional muy cercana a la independencia o all� donde se ha manifestado preocupaci�n con respecto al pleno cumplimiento de los procesos democr�ticos durante la consulta electoral".27 As�, en abril de 1965 el Comit� Especial de Naciones Unidas organiz� la supervisi�n de las elecciones para una legislatura que redactar�a la nueva constituci�n de las Islas Cook, y que condujo a la �libre asociaci�n� con Nueva Zelanda.28 En 1967, la Asamblea General recomend� la celebraci�n de elecciones generales previas a la independencia en Guinea Ecuatorial con la participaci�n de la ONU, y en 1968 Espa�a cumpli� esa petici�n.29 La ONU tambi�n ha participado en votaciones de autodeterminaci�n en el Territorio neozeland�s de Niue en 197430 y, en ese mismo a�o, actu� de observador en el refer�ndum de las Islas Ellice, mediante el cual los votantes decidieron convertirse en una colonia separada con el nombre de Tuvalu.31

No todas las iniciativas han provenido de la Asamblea General. En 1963, los gobiernos de la Federaci�n Malaya, Indonesia y Filipinas pidieron al Secretario General [de la ONU] que enviase una Misi�n a los territorios brit�nicos de Sarawak y Borneo del Norte para determinar si esas poblaciones deseaban integrarse con Malaya en una nueva Federaci�n de Malasia. La Misi�n, compuesta por diplom�ticos de alto nivel nombrados por el Secretario General, inform� de que los votos a favor de la Federaci�n en las circunscripciones de Borneo del Norte y Sarawak representaban la voluntad libremente expresada de la poblaci�n de esos territorios.32

Por supuesto, hay excepciones a la regla. En un caso, las Naciones Unidas adoptaron la posici�n de que en una determinada colonia no deb�a celebrarse una votaci�n o plebiscito de autodeterminaci�n libres. De hecho, la Asamblea General se opuso a la celebraci�n de un refer�ndum en Gibraltar, en 196733, que pretend�a pedir a los votantes que eligieran entre la uni�n con Espa�a o la continuaci�n de los v�nculos con Gran Breta�a. La ONU se neg� a aprobar el env�o de un observador de la Organizaci�n a ese plebiscito. De hecho, el Comit� Especial deplor� que aqu�l se hubiera celebrado, insistiendo, en cambio, en que el futuro de Gibraltar debiera resolverse mediante negociaciones entre Espa�a y Gran Breta�a34.

En el caso de la descolonizaci�n de West Irian, la ONU, en una votaci�n controvertida y profundamente dividida35 que dejaba presagiar los debates sobre el S�hara, vot� aceptar como v�lido el "acto de libre elecci�n" organizado por Indonesia, que implicaba no una votaci�n secreta sino solamente "consultas colectivas" celebradas al tiempo que la Administraci�n indonesia "ejerc�a en todo momento un f�rreo control pol�tico sobre la poblaci�n".36 El delegado de Sierra Leona en la Asamblea General de la ONU manifest� su temor, de su propia delegaci�n y de otras delegaciones, de que los mismos argumentos que estaban siendo utilizados por Indonesia en contra de aplicar a West Irian est�ndares internacionales de elecciones libres, abrir�an la puerta para que otros pa�ses, como Sud�frica, Portugal y Rodesia del Sur denegaran la autodeterminaci�n a sus mayor�as africanas negras, promoviendo, en cambio, unas "consultas" ama�adas.37

Ha habido otros pocos ejemplos, desde la creaci�n del Comit� Especial de Naciones Unidas en 1961, en los que una potencia colonial ha rechazado una petici�n de la ONU para supervisar unas elecciones o un refer�ndum de autodeterminaci�n38, as� como tambi�n unos pocos casos (como el de las colonias de Portugal) en los que la descolonizaci�n se produjo esencialmente como resultado de una guerra nacional de liberaci�n, en lugar de mediante una evoluci�n pol�tica. Pero tambi�n ha prevalecido en la inmensa mayor�a de los casos un modelo claro de descolonizaci�n pac�fica mediante elecciones libres o plebiscitos, frecuentemente bajo la supervisi�n de la ONU, en los cuales la poblaci�n local ha tenido la oportunidad de elegir su propio porvenir como naci�n. Es este modelo el que ha sido quebrantado de manera espectacular en el caso del S�hara Espa�ol.

El infructuoso esfuerzo de Naciones Unidas para garantizar el derecho de los saharauis a la autodeterminaci�n

El fracaso de las Naciones Unidas en garantizar unas elecciones o un plebiscito de autodeterminaci�n en el S�hara antes de su descolonizaci�n definitiva es una ruptura no s�lo con un s�lido y saludable modelo general de normas para las colonias en general, sino tambi�n en la pol�tica sistem�ticamente defendida espec�ficamente para el S�hara en los debates y resoluciones de Naciones Unidas durante m�s de una d�cada. Durante los dos �ltimos a�os [en cambio], el tratamiento de la cuesti�n del S�hara en la NN.UU ha revelado la deriva extremadamente pol�tica de esa Organizaci�n y su �nfima consideraci�n de los principios que la informan.

La cuesti�n del S�hara Espa�ol ha sido exhaustivamente debatida en el Comit� Especial de la Asamblea General desde septiembre de 1963, y en las sesiones plenarias de la Asamblea General desde diciembre de ese mismo a�o. La primera de toda una serie de resoluciones requiriendo a Espa�a a que materializara el derecho a la autodeterminaci�n del S�hara fue aprobada por dicho Comit� el 16 de octubre de 196439; la Asamblea General sigui� su ejemplo un a�o despu�s40. La posici�n de Madrid durante este per�odo era que sus territorios africanos, en tanto que provincias de la Espa�a metropolitana, no estaban sujetos a la autodeterminaci�n41.

Ya desde el principio mismo, los delegados de Marruecos eran ambiguos sobre si apoyar o no la autodeterminaci�n. Por una parte, afirmaban que su pa�s en �ltima instancia recuperar�a los territorios marroqu�es que estaban bajo dominio colonial y que hab�an sido separados del pa�s mediante una pol�tica arbitraria y anexionista (sic) llevada a cabo, a sus expensas, por las potencias, que los hab�an puesto bajo la jurisdicci�n de sus respectivos protectorados42. Sin embargo, admitiendo que la opini�n p�blica espa�ola y mundial no tolerar�an entonces una "reunificaci�n" a la fuerza, el r�gimen de Rabat, en una reuni�n del Comit� Especial de la ONU celebrada en Addis Abeba, en agosto de 1966, tom� de hecho la iniciativa al proponer que al S�hara y a las otras colonias espa�olas "deber�a conced�rseles la independencia tan pronto como fuera posible" 43 (�nfasis del autor). Esa independencia, a�ad�an, tiene que ser genuina, "permitiendo a los habitantes de esos Territorios ejercer por s� mismos todas las responsabilidades del poder, sin presencia colonial alguna" y eligiendo "la v�a m�s adecuada para sus intereses� dentro del marco de la unidad africana"44, con lo que Rabat esperaba que libremente decidieran unirse a Marruecos.

Una posici�n similar fue adoptada en esa misma reuni�n de 1966 por el gobierno de Mauritania, cuyo representante tambi�n insisti� en los derechos hist�ricos de su pa�s respecto al S�hara Occidental, al tiempo que se�alaba que el Presidente de Marruecos [sic; N. del T.: Evidentemente, se trata de un error] hab�a caracterizado las reivindicaciones de Marruecos de "tan rid�culas como las que Inglaterra pudiera hacer ahora contra Francia bajo el pretexto de que, en los tiempos de Juana de Arco, Par�s y una gran parte de Francia hab�an estado ocupadas por los ingleses" 45. No obstante, tambi�n Mauritania afirm� que el S�hara Occidental, a�n cuando hist�ricamente hab�a sido parte de sus dominios, "debiera ser completamente independiente", lo que significaba independiente "de Espa�a, pero tambi�n, por supuesto, de Marruecos".46

La vig�simo primera sesi�n de la Asamblea General, [celebrada] en 1966, reafirm� el derecho del pueblo del S�hara Espa�ol a la autodeterminaci�n, pero fue a�n m�s lejos al describir c�mo deber�a llevarse a cabo aqu�lla. [La Asamblea General] invitaba a Espa�a

"� a determinar en el plazo m�s breve posible, en conformidad con las aspiraciones de la poblaci�n aut�ctona del S�hara Espa�ol, y en consulta con los gobiernos de Mauritania y Marruecos y cualquier otra parte interesada, el procedimiento para la celebraci�n de un refer�ndum bajo los auspicios de Naciones Unidas con vistas a hacer posible que la poblaci�n aut�ctona del Territorio ejerza libremente su derecho a la autodeterminaci�n, y, para este fin:

(a) Crear un clima favorable para que el refer�ndum se lleve a cabo sobre una base completamente libre, democr�tica e imparcial, permitiendo, inter allia, el retorno de los exilados al Territorio;�

(d) Proporcionar todas las facilidades necesarias a una Misi�n de las Naciones Unidas, de manera que �sta pueda participar activamente en la organizaci�n y celebraci�n del refer�ndum�" 47

La Asamblea tambi�n pidi� al Secretario General que nombrara y enviara al S�hara una Misi�n especial "con la finalidad de recomendar medidas pr�cticas para el cumplimiento �ntegro de las resoluciones relevantes de la Asamblea General, y en particular para determinar el grado de participaci�n de Naciones Unidas en la preparaci�n y supervisi�n del refer�ndum�" 48

El 11 de mayo de 1967, el Gobierno de Madrid promulg� un decreto estableciendo una Asamblea General del S�hara Espa�ol �o Yem�a-, una parte de cuyos miembros ser�an elegidos.49 La Vig�simo Segunda Sesi�n de la Asamblea General no qued� muy convencida, viendo en ello un claro esfuerzo por parte de Espa�a en crear un Gobierno local pilotado por los miembros mayores de las tribus del establishment y otros elementos conservadores que deb�an su posici�n a Espa�a y al status quo, y volvi� a reiterar la resoluci�n del a�o anterior.50 De hecho, las seis resoluciones aprobadas por la Asamblea General entre 1967 y 1973 repiten las recomendaciones de la resoluci�n de 1966 y, en particular, aquellos p�rrafos relativos a la organizaci�n de un refer�ndum y al env�o de una Misi�n especial de Naciones Unidas para supervisar la autodeterminaci�n en el territorio.51

A pesar de esa poco frecuente y reiterada exhibici�n de unanimidad p�blica de todos los Estados clave, las claras y normativas prescripciones de las resoluciones no fueron cumplidas. En lugar de ello, lo que se produjo durante los siguientes seis a�os decisivos fue una aceleraci�n de los esfuerzos de todas las partes para ama�ar su soluci�n preferida tras una fachada de apoyo a la autodeterminaci�n. Espa�a sigui� argumentando que, debido a la naturaleza n�mada de la poblaci�n y las caracter�sticas f�sicas del territorio, no pod�an acelerarse los preparativos para la autodeterminaci�n.52 Marruecos y Mauritania interpretaron esto como una forma de ganar tiempo para atrincherar a los conservadores pro-espa�oles instalados en la Yem�a y asegurar su victoria en un eventual plebiscito. Al mismo tiempo, ambos pa�ses utilizaron el derecho a ser consultados por Espa�a sobre la evoluci�n pol�tica del S�hara (un derecho ampliado por las resoluciones de la Asamblea General) como una forma de impedir, en lugar de acelerar, la evoluci�n hacia el autogobierno. En p�blico, Espa�a, Marruecos y Mauritania compart�an su adhesi�n a la autodeterminaci�n. Pero en privado, los tres compart�an una profunda desconfianza respecto a un proceso decisorio popular genuinamente libre.

Tambi�n durante este per�odo, Argelia empez� a emerger m�s visiblemente como protagonista. Si bien continuaba negando que tuviera reivindicaci�n territorial alguna, pidi� ser consultada en cualquier arreglo, insistiendo en que "sus intereses, basados en consideraciones geopol�ticas obvias y en la necesidad de unidad regional�, no deb�an ser pasados por alto en la b�squeda de una soluci�n al problema".53

Sin duda, un factor primordial en este endurecimiento de las posiciones fue la creciente evidencia de que el S�hara Espa�ol, lejos de ser un erial sin utilidad alguna, conten�a grandes riquezas minerales. Los abundantes yacimientos de fosfatos de Bu-Craa, directamente extra�bles, est�n situados a tan s�lo 97 km. de la costa. Cuando est�n plenamente operativas, esas minas producir�n hasta unos 10 millones de toneladas de fosfato para la exportaci�n.54 Se han descubierto minas de hierro en varias zonas y hay expectativas de encontrar petr�leo en la importante plataforma continental del S�hara Occidental.55 En opini�n de las autoridades espa�olas, la industria de los fosfatos podr�a proporcionar a la actual poblaci�n del territorio una renta por habitante "igual a la de algunos pa�ses desarrollados de Europa".56 Las autoridades marroqu�es, por su parte, manifiestan que consideran una injusticia el restringir unos recursos tan enormes a una poblaci�n peque�a y, en privado, dicen que "un Kuwait en el mundo �rabe ya es suficiente".

El 21 de septiembre de 1973, en respuesta a una petici�n de la Yem�a, el general Franco, en nombre del Consejo de Ministros de Espa�a, transfiri� efectivamente a esa Asamblea un cierto grado de potestad legislativa interna, pero reteniendo [las competencias de] Asuntos Exteriores, Defensa y algunas otras potestades de veto e iniciativa. Franco tambi�n prometi� que el Territorio podr�a votar sobre su futuro "cuando la poblaci�n libremente as� lo pida�"57 La resoluci�n de Naciones Unidas aprobada poco despu�s reafirmaba nuevamente el principio de autodeterminaci�n y, en los t�rminos para entonces corrientes, ped�a la "libre y aut�ntica expresi�n" de la voluntad de los saharauis.58 Estos criterios fueron respaldados firmemente por el Tercer Mundo en las reuniones de los Estados Africanos y de los Pa�ses No Alineados.59

En julio de 1974, Espa�a, despu�s de haber informado a Marruecos, Mauritania y Argelia, revel� un nuevo ordenamiento jur�dico para el S�hara que aumentaba sustancialmente las competencias de la Yem�a.60 Seis semanas despu�s, Madrid anunci� que, por fin, celebrar�a un refer�ndum bajo los auspicios de Naciones Unidas durante el primer semestre de 1975.61

Estos acontecimientos seminales hab�an estado precedidos por una serie de reuniones en las que Espa�a, infructuosamente, hab�a intentado conseguir la cooperaci�n de Marruecos y Mauritania en la realizaci�n de un plebiscito. El ministro espa�ol de Asuntos Exteriores se reuni� con su hom�logo marroqu� en Rabat en marzo, y en Madrid en abril. Este �ltimo se�al� en privado que su pa�s permitir�a un plebiscito s�lo si a los saharauis se les limitaba a elegir entre la uni�n con Marruecos o permanecer como colonia espa�ola, excluyendo as� la opci�n de la independencia. El ministro espa�ol [de Exteriores] tambi�n se reuni� con su hom�logo mauritano en Nouakchott, en abril, sin conseguir ning�n compromiso de cooperaci�n. Por otra parte, cuando los ministros de Asuntos Exteriores de Argelia, Marruecos y Mauritania se reunieron en Nouakchott el 10 de mayo y, nuevamente, en Agadir el 24 de julio, de nuevo p�blicamente "reafirmaron su adhesi�n al principio de autodeterminaci�n para el S�hara Espa�ol" y emitieron un comunicado conjunto declarando que "la autodeterminaci�n habr�a de llevarse a cabo sin interferencia extranjera y de conformidad con las resoluciones relevantes de Naciones Unidas.62

�ste, sin embargo, fue el �ltimo homenaje de Marruecos a la norma de la autodeterminaci�n. Con Espa�a comprometida ahora a un refer�ndum supervisado por NN.UU, la hasta ahora oposici�n en privado de Marruecos a una votaci�n libre empez� a emerger como pol�tica p�blica. El 8 de Julio, el rey Hassan II, en su discurso del D�a de la Juventud, reafirm� la reivindicaci�n hist�rica de Marruecos sobre el S�hara y amenaz� con una movilizaci�n general en caso necesario "para recuperar los territorios usurpados".63 Hasta ese momento, no obstante todas las resoluciones de NN.UU y las decisiones de las conferencias de los Pa�ses No Alineados y de los Pa�ses del Magreb, Rabat estaba convencida de que Espa�a en su momento se avendr�a a negociar una uni�n entre Marruecos y el S�hara Occidental. Pero cuando, en lugar de eso, Espa�a inesperadamente accedi� a los requerimientos de la Asamblea General para llevar a cabo un plebiscito de autodeterminaci�n, Marruecos tuvo que improvisar de repente toda una nueva estrategia. Tom� la decisi�n de que la cuesti�n fuera sometida al Tribunal Internacional de Justicia, con lo cual por lo menos se aseguraba el aplazamiento del refer�ndum durante el tiempo en que la Corte estuviera deliberando. Tambi�n se decidi� que la consulta al Tribunal se limitar�a al examen de la validez de la reivindicaci�n marroqu� del t�tulo hist�rico, de tal manera que se hiciera de ese asunto una cuesti�n dispositiva. "Usted, el Gobierno espa�ol, afirma que el S�hara era �res nullius�", declar� el Rey Hassan. "Ustedes afirman que se trata de un territorio o de una propiedad sin heredero, usted afirma que en el S�hara no hab�a establecido poder ni administraci�n algunos; Marruecos alega lo contrario. En consecuencia, vamos a solicitar el arbitraje del Tribunal Internacional�"64

Inicialmente, Mauritania no se uni� a la petici�n de someter el caso al TIJ, reiterando, en cambio, "su sincera intenci�n de respetar fielmente la voluntad libremente expresada de las poblaciones concernidas�"65 Sin embargo, en una reuni�n al m�s alto nivel celebrada en Rabat, en el mes de octubre, el rey Hassan y el presidente Ould Daddah de Mauritania acordaron la estrategia de acudir al Tribunal y, al parecer, repartirse el S�hara con independencia del resultado de las deliberaciones del TIJ.66

Argelia respald� a rega�adientes la iniciativa marroco-mauritana, habiendo sido persuadida de hacerlo as� en nombre de la solidaridad del Tercer Mundo. Despu�s de todo �se argumentaba-, el retraso no implicar�a m�s de un a�o y en absoluto iba en contra del derecho de la poblaci�n a adoptar la decisi�n definitiva67. El error de c�lculo de Argelia es comprensible: En los debates en NN.UU, un pa�s tras otro, al tiempo que estaban de acuerdo en remitir el asunto al Tribunal, especificaban que esto no deb�a interpretarse como una dejaci�n del principio de autodeterminaci�n.68 Espa�a, sin embargo, recelaba m�s de los motivos marroqu�es. En un esfuerzo por contemporizar, Madrid ofreci� apoyar la solicitud de un dictamen (advisory opinion), pero s�lo si estaba formulada de tal manera que se pidiera al Tribunal examinar no solamente [la cuesti�n de] el derecho hist�rico (historic legal title), sino tambi�n, "considerar los efectos legales de las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas y las resoluciones de la Asamblea General sobre la Potencia Administradora, los pa�ses colindantes con el Territorio y, sobre todo, la poblaci�n ind�gena".69 Marruecos, sin embargo, rechaz� la reformulaci�n propuesta.70

La votaci�n en el Cuarto Comit� de la Asamblea General tuvo lugar el 11 de diciembre, y la resoluci�n que solicita y elabora las cuestiones de cara a un dictamen consultivo del Tribunal fue aprobada por 81 a 0, con 43 abstenciones.71 Espa�a, que se abstuvo, se�al� que las "cuestiones formuladas� eran, desde un punto de vista legal, ambiguas, incompletas e irrelevantes, puesto que no tomaban en consideraci�n la evoluci�n del Derecho Internacional contempor�neo en relaci�n con los Territorios-No-Aut�nomos, tal como est� consagrado en la Carta de la ONU y en las declaraciones y resoluciones de la Asamblea General sobre descolonizaci�n".72 El representante de Kenya, Sr. Francis Njenja, conden� el retraso en la celebraci�n del plebiscito, y a�adi�: "El Tribunal deber�a ser el propio pueblo del S�hara Espa�ol� De hecho, se est� pidiendo a Naciones Unidas que trate a esa gente como muebles, en lugar de como personas."73 Guatemala, por su parte, admiti� con franqueza que hab�a apoyado la resoluci�n como una forma de frenar el plebiscito, para crear as� un precedente para impedir a Honduras Brit�nica (Belize) pedir la autodeterminaci�n.74

El Informe de la Misi�n Visitadora de la ONU

El 13 de diciembre, la Asamblea General aprob� la acci�n del Cuarto Comit� al aprobar la Resoluci�n 3292 (XXIX)75. Esta resoluci�n conten�a tres importantes mandatos: (1) el aplazamiento del refer�ndum, (2) el env�o de una Misi�n Visitadora al S�hara, y (3) la petici�n al TIJ de un dictamen consultivo. Si bien Espa�a se hab�a resistido a (1) y (3), acogi� favorablemente (2). Sobre la base de consultas con sus Miembros, el Presidente del Comit� Especial nombr� a los representantes de Cuba, Ir�n y Costa de Marfil para constituir la Misi�n, bajo la direcci�n de Sim�on Ake, Representante Permanente de Costa de Marfil ante la ONU.76 Se encomend� a la Misi�n la responsabilidad de "obtener informaci�n de primera mano sobre la situaci�n prevaleciente en el Territorio, incluyendo informaci�n sobre las condiciones pol�ticas, econ�micas, sociales, culturales y educativas, as� como tambi�n sobre los deseos y aspiraciones de la poblaci�n"77 (�nfasis del autor). Para cumplir su mandato, tendr�a que estudiar las medidas que Espa�a propon�a adoptar para garantizar la descolonizaci�n del Territorio, y llevar a cabo "contactos directos con el mayor n�mero posible de habitantes aut�ctonos del Territorio, incluyendo aquellos que actualmente estuviesen viviendo fuera del mismo", con el fin de "verificar los deseos y aspiraciones de la poblaci�n aut�ctona�"78.

El viaje de la Misi�n dur� desde el 8 de mayo hasta el 9 de junio, empezando en Madrid y terminando en Mauritania. Entre medias, viaj� ampliamente por el interior del S�hara, as� como tambi�n a Marruecos y Argelia. Mantuvo conversaciones con los dirigentes de los gobiernos y con miembros de los partidos pol�ticos que hab�an empezado a formarse en el S�hara y entre los refugiados y exilados en los pa�ses vecinos. Todo indica que se hizo un esfuerzo concienzudo de investigaci�n rigurosa de los hechos, y la Misi�n inform� de la ausencia de cualquier medida, en los pa�ses visitados, para interferir en la libertad de movimientos de la Misi�n.79

Lo que se desprende de esa amplia investigaci�n de un mes de duraci�n no es nada ambiguo. La p�gina inicial del informe un�nime de la Misi�n sobre la situaci�n pol�tica se�ala de manera inequ�voca que:

Gracias a la amplia cooperaci�n recibida de las autoridades espa�olas, la Misi�n pudo, a pesar de la brevedad de su estancia en el Territorio, visitar pr�cticamente todas las poblaciones principales y averiguar las opiniones de la abrumadora mayor�a de sus habitantes. En cada uno de los lugares visitados, la Misi�n fue recibida con manifestaciones pol�ticas masivas y celebr� numerosas reuniones privadas con representantes de todos los sectores de la comunidad saharaui. Del conjunto de todas ellas, se hizo evidente para la Misi�n que hab�a un consenso aplastante entre los saharauis del Territorio a favor de la independencia y en contra de la integraci�n en cualquiera de los pa�ses vecinos 80 (�nfasis del autor).

Se constat� que la independencia era el objetivo del conservador PUNS (Partido de la Uni�n Nacional Saharaui), el �nico movimiento [pol�tico] legalmente reconocido en el Territorio y con el que la mayor parte de los miembros de la Yem�a dijeron estar identificados.81 La independencia tambi�n era el objetivo del POLISARIO, que se opon�a al PUNS y lo consideraba un instrumento de los espa�oles.82 El POLISARIO demostr� que pod�a organizar manifestaciones masivas dondequiera que fuera el equipo [de la ONU], y durante la estancia de la Misi�n consigui� la deserci�n de dos patrullas de las Tropas N�madas y la captura de sus oficiales espa�oles.83 Tambi�n paraliz� la cinta transportadora que une las minas de fosfatos con la costa. Como m�nimo, esas actividades disiparon cualquier tipo de duda, en la mente del equipo de la ONU, de que el mayor de los movimientos independentistas no era precisamente el veh�culo de las autoridades espa�olas. Lejos de estar orquestada, la acogida dispensada [por la poblaci�n] a la Misi�n "sorprendi� a las autoridades espa�olas, que, hasta entonces, s�lo hab�an sido parcialmente conscientes del profundo despertar pol�tico de la poblaci�n".84

Ning�n otro movimiento pol�tico fue considerado ser, ni remotamente, una expresi�n tan importante de la opini�n de los saharauis como el POLISARIO.85 As� que "la Misi�n pudo llegar a la conclusi�n, despu�s de visitar el Territorio, de que la mayor�a de la poblaci�n en el Sahara Espa�ol estaba claramente a favor de la independencia".86 Esa impresi�n estaba basada "en las manifestaciones p�blicas de que [la Misi�n] fue testigo y en el extremadamente amplio n�mero de entrevistas con grupos e individuos que representaban los diferentes matices de opini�n. Todas esas entrevistas se hicieron en privado, en ausencia de cualquier representante de las autoridades espa�olas. Tambi�n se mantuvieron conversaciones, de forma aleatoria, con personas de entre el p�blico en general".87 En El Aai�n, por s� solo, varios miles de personas acudieron a manifestarse a favor del POLISARIO.88 La Misi�n est� convencida de que, dentro del Territorio,"la poblaci�n, o al menos casi todas las personas encontradas por la Misi�n, estaba categ�ricamente a favor de la independencia y en contra de las reivindicaciones territoriales de Marruecos y Mauritania", aunque fuera del Territorio, entre los peque�os y fragmentados movimientos de refugiados, las opiniones eran m�s variadas, reflejando las respectivas pol�ticas de sus anfitriones marroqu�es, mauritanos o argelinos.89

La Misi�n conclu�a con la recomendaci�n de que ""la Asamblea General deber�a tomar medidas para permitir a esos grupos de poblaci�n decidir su futuro en completa libertad y en un ambiente de paz y seguridad..."90 Con ese fin, la Asamblea General deber�a autorizar al Secretario General a nombrar una nueva Misi�n Visitadora para definir las condiciones en que habr�a de celebrarse la consulta, "que se realizar�a bajo los auspicios de las Naciones Unidas."91

La unanimidad de la Misi�n Visitadora instando a la convocatoria de un plebiscito de Naciones Unidas sobre la cuesti�n de la independencia es tanto m�s notable por cuanto que el miembro [de la Misi�n] de Ir�n y el presidente [de la Misi�n] de Costa de Marfil estaban ambos sometidos a una considerable presi�n de sus respectivos gobiernos, para que informasen de unos resultados m�s favorables a la causa marroqu�. Sin embargo, quedaron tan convencidos de las pruebas, que tuvieron que resignarse a complacer a sus respectivos gobiernos con poco m�s que rebajando el tono, en el proyecto de informe, de algunas de las referencias m�s cr�ticas con las aspiraciones de Marruecos.

El Dictamen consultivo del Tribunal Internacional

Unos d�as despu�s de la publicaci�n del Informe de la Misi�n Visitadora, el Tribunal Internacional emiti� su Dictamen.92 Espa�a hab�a argumentado que las cuestiones planteadas en la petici�n de dictamen, por parte de la Asamblea general, no deber�an ser contestadas en absoluto, ya que, al centrarse exclusivamente en la cuesti�n de res nullius y t�tulo hist�rico, las respuestas ser�an "carentes de objeto�irrelevantes".93 En opini�n de Argelia, "no pueden tener ning�n efecto pr�ctico"94 porque no afrontan "el principio fundamental que rige la descolonizaci�n", la autodeterminaci�n.95 El Tribunal atendi� esas objeciones afirmando que, en efecto, cualesquiera que fueran las preguntas que le hab�an sido formuladas, sus respuestas, para ser completas, indudablemente tendr�an que tener en cuenta "los principios aplicables de la descolonizaci�n", porque "son una parte esencial del contexto de las preguntas contenidas en la solicitud. No cabe pensar que la referencia en esas preguntas a un per�odo hist�rico encadenen u obstaculicen al Tribunal en el desempe�o de sus funciones judiciales."96

Al negarse a ce�irse estrictamente a las preguntas formuladas, el Tribunal pudo replantear la cuesti�n esencialmente en la forma anteriormente propuesta por Espa�a, esto es, �Qu� importancia tiene, en el acto final de la descolonizaci�n, el t�tulo hist�rico, en comparaci�n con el derecho a la libre determinaci�n? Plante�ndose a s� mismo esta pregunta dise�ada por el propio Tribunal, �ste determin� que, al menos durante los �ltimos cincuenta a�os, la libre determinaci�n ha sido la norma; que la independencia, la libre asociaci�n con otro Estado, o la integraci�n en otro Estado, si bien todas ellas formas leg�timas de descolonizaci�n, deben producirse s�lo como "resultado de los deseos libremente expresados de los pueblos del territorio actuando con pleno conocimiento del cambio en su situaci�n [status], expres�ndose sus deseos mediante un proceso informado y democr�tico, llevado a cabo con imparcialidad y basado en el sufragio universal."97

El Tribunal citaba con aprobaci�n las diversas resoluciones de la Asamblea General que establecen esos prerrequisitos de una consulta popular, as� como otras que aplican esas normas espec�ficamente para el propio S�hara.98 "Todas esas resoluciones desde 1966 a 1973", observ� el Tribunal, "fueron adoptadas ante los recordatorios, por parte de Marruecos y Mauritania, de sus respectivas reivindicaciones de que el S�hara Occidental constitu�a parte integrante de sus territorios."99 El Tribunal conclu�a [se�alando] que las normas aplicables a la descolonizaci�n exigen respeto a "el derecho de la poblaci�n del S�hara Occidental a determinar su estatus pol�tico futuro mediante la expresi�n libremente ejercida de su propia voluntad. Este derecho no se ve afectado por la presente solicitud de dictamen�".100 [As� pues,] el Dictamen del Tribunal sobre el t�tulo hist�rico en modo alguno pod�a considerarse como una excepci�n del derecho del pueblo a decidir su destino contempor�neo.101 Mediante una lectura m�s bien generosa de la solicitud de dictamen, el Tribunal pudo llegar a la conclusi�n de que no se pretend�a tal excepci�n, [sino] que el inter�s por la cuesti�n del t�tulo hist�rico era probablemente s�lo para hacer posible que la Asamblea General decidiera "la celebraci�n de consultas entre los Estados interesados, y los procedimientos y garant�as necesarias para asegurar una libre y genuina expresi�n de la voluntad del pueblo".102

Con lo cual, el Tribunal pas� a considerar la cuesti�n del t�tulo hist�rico. Despu�s de un minucioso examen de las pruebas de las pr�cticas [usos, costumbres] en los terrenos pol�tico, militar, religioso y fiscal en la regi�n antes de la llegada de Espa�a, los jueces concluyeron que "la informaci�n presentada al Tribunal no apoya la reclamaci�n de Marruecos de haber ejercido soberan�a territorial sobre el S�hara Occidental."103 Si bien "la informaci�n aportada indica la manifestaci�n de alguna autoridad por el Sult�n [marroqu�] sobre alguna, pero solamente alguna, de las tribus n�madas de la regi�n, las pruebas no establecen ning�n v�nculo de soberan�a territorial entre el S�hara Occidental y ese Estado. No evidencian que Marruecos ejerciese actividad estatal efectiva y exclusiva en el S�hara Occidental."104 Las "inferencias que pueden extraerse de la informaci�n proporcionada al Tribunal relativa a actos internos de la soberan�a marroqu� y de la que se refiere a actos internacionales est�n de acuerdo, por tanto, en no proporcionar indicios de la existencia, en el per�odo pertinente, de cualquier v�nculo jur�dico de soberan�a territorial entre el S�hara Occidental y el Estado marroqu�."105

En el caso de la reclamaci�n de Mauritania, la respuesta del Tribunal fue esencialmente la misma. Si bien hay indicios de "la existencia de derechos, incluidos algunos derechos relativos a la tierra, que constituyeron v�nculos jur�dicos entre la Entidad Mauritana, como lo entiende el Tribunal, y el territorio del S�hara Occidental�, la conclusi�n del Tribunal es que los documentos y la informaci�n que le han sido presentados no establecen ning�n v�nculo de soberan�a territorial entre el territorio del S�hara Occidental y� la Entidad Mauritana."106

La decisi�n relativa a la reclamaci�n de Marruecos fue aprobada por 14 votos contra 2; y la relativa a Mauritania, por 15 contra 1.107 Uno de los votos disidentes con respecto a Marruecos y Mauritania fue emitido por un juez ad hoc, M. Boni, nombrado por Marruecos conforme a las normas del Tribunal. El segundo voto disidente en el caso de la reivindicaci�n marroqu� fue el del juez Ruda, quien, lejos de apoyar la reclamaci�n sheriffiana, consider� que el Tribunal deber�a haber rechazado sin reservas la afirmaci�n de v�nculos jur�dicos hist�ricos. "Manifestaciones espor�dicas de lealtad y autoridad", manifest�, "incluso si estuvieran probadas, no son suficientes para declarar la existencia de v�nculos jur�dicos, ya sean �stos de car�cter territorial o personal."108 El juez Ammoun, de L�bano, Vicepresidente del Tribunal, vot� con la mayor�a, pero en una opini�n separada pod�a apreciarse su inclinaci�n a favor de Marruecos y Mauritania. En conjunto, sin embargo, los resultados fueron un rechazo n�tido y esencialmente un�nime tanto de la reivindicaci�n hist�rica de Marruecos como de la de Mauritania. Y lo que es m�s importante a�n, el Tribunal rechaz� enf�ticamente la afirmaci�n de que la "retrocesi�n autom�tica"109 puede tener prioridad sobre el derecho de los habitantes a la autodeterminaci�n.

El uso de la fuerza para impedir la autodeterminaci�n

La Misi�n Visitadora hab�a encontrado pruebas s�lidas de la preferencia por la independencia en el pueblo del S�hara y recomend� la celebraci�n de un plebiscito bajo los auspicios de Naciones Unidas. El TIJ hab�a dictaminado que Marruecos y Mauritania no tienen ninguna reclamaci�n v�lida sobre el S�hara basada en derechos hist�ricos; pero que, incluso en el supuesto de que lo tuvieren, el Derecho Internacional contempor�neo otorga prioridad al derecho de los saharauis a la autodeterminaci�n. Cuando estos resultados estuvieron claros, el Gobierno de Marruecos lleg� a la sorprendente conclusi�n, digna de la perversa Reina Roja de la obra de Lewis Carroll Alicia a trav�s del espejo (Through the Looking Glass), de que "el Dictamen del Tribunal s�lo puede significar una cosa: el as� llamado S�hara Occidental fue parte del territorio marroqu� sobre el cual la soberan�a era ejercida por los reyes de Marruecos y que la poblaci�n de este territorio se consideraba a s� misma, y era considerada, marroqu� Hoy, las demandas de Marruecos han sido reconocidos por el �rgano de asesoramiento jur�dico de las Naciones Unidas."110

Al d�a siguiente de que el TIJ hiciera p�blico su dictamen, el Gobierno marroqu� anunci� que habr�a una marcha masiva de 350.000 "civiles desarmados" desde Marruecos al interior del S�hara "para obtener el reconocimiento del derecho [de Marruecos] a la unidad nacional y la integridad territorial."111 El representante de Espa�a ante Naciones Unidas respondi� que esto "amenaza la paz y la seguridad internacional", e invoc� el art�culo 35 de la Carta de la ONU para llevar la situaci�n a la atenci�n del Consejo de Seguridad.112 Dos d�as m�s tarde, Costa Rica present� al Consejo de Seguridad un conciso proyecto de resoluci�n exigiendo "que el Gobierno de Marruecos desista inmediatamente de la proyectada marcha sobre el S�hara Occidental."113

Los miembros del Consejo de Seguridad no estaban dispuestos a dar el paso incondicional propuesto por Costa Rica. En lugar de ello, propusieron pedir al Secretario General "emprender consultas inmediatas con las partes concernidas e interesadas" �palabras en c�digo para Espa�a, Marruecos y Mauritania (pa�ses "concernidos") y Argelia (pa�s "interesado")- e "informar al Consejo de Seguridad tan pronto como sea posible sobre los resultados de sus consultas, con el fin de que el Consejo pueda adoptar las medidas adecuadas para hacer frente a la situaci�n actual�"114 La resoluci�n evitaba cualquier menci�n espec�fica al derecho de autodeterminaci�n, si bien "reafirmaba" la Resoluci�n 1514 (XV) "y todas las dem�s resoluciones relevantes de la Asamblea General sobre ese Territorio."115 Tampoco ordenaba a Marruecos no llevar a cabo su marcha. En lugar de ello, de forma poco convincente, apelaba "a las partes concernidas e interesadas a ejercer contenci�n y moderaci�n y a posibilitar que la misi�n del Secretario General se emprendiera en condiciones satisfactorias."116 Esto represent� una victoria de alg�n tipo para Marruecos, en la medida en que [la resoluci�n] supon�a a�n m�s retraso en los preparativos para el refer�ndum y sustitu�a la funci�n de Naciones Unidas en preparar y supervisar el acto de la autodeterminaci�n, por un papel de negociador.

El secretario general, Sr. [Kurt] Waldheim, actuando conforme al vago mandato del Consejo de Seguridad, realiz� un viaje de tres d�as, manteniendo conversaciones con el Rey de Marruecos y los jefes de Gobierno de Mauritania, Argelia y Espa�a, as� como tambi�n con los ministros relevantes. A esto le sigui� un breve viaje adicional de su representante personal, Mr. Andr� Lewin. De esas negociaciones sali� lo que Waldheim consider� como un consenso de que "todas las partes� estar�an dispuestas a reconocer a Naciones Unidas como elemento esencial en la b�squeda de una soluci�n aceptable".117 Espa�a, en particular, "estaba dispuesta a cooperar plenamente con las Naciones Unidas, que podr�an ser llamadas a desempe�ar un papel apropiado, pudiendo incluir la administraci�n temporal del Territorio por Naciones Unidas hasta el momento en que pudieran determinarse los deseos de la poblaci�n."118

El 1 de noviembre de 1975, el d�a despu�s de la publicaci�n del Informe del Secretario General, Espa�a volvi� a pedir urgentemente la reuni�n del Consejo de Seguridad.119 La "Marcha Verde", como vino a conocerse la invasi�n marroqu�, hab�a sido anunciada por Rabat para el 4 de noviembre, y Madrid hab�a declarado ahora que defender�a el territorio del S�hara con la fuerza militar, si fuera necesario.120 La resoluci�n aprobada por el Consejo, sin embargo, fue poco m�s dura que la anterior. Simplemente, reiteraba el llamamiento a "todas las partes concernidas e interesadas a evitar cualquier acci�n unilateral o de cualquier otro tipo que pudiera elevar a�n m�s la tensi�n en la zona�" e invitaba al Secretario General a "continuar e intensificar sus consultas."121 Varios miembros del Consejo, en particular Costa Rica y Suecia, mostraron su disgusto por el hecho de que la necesidad de un consenso hubiera impedido la redacci�n de una decisi�n m�s concreta dirigida a Marruecos. "Una vez m�s", dijo el representante de Costa Rica, Sr. Salazar, "el Consejo de Seguridad� ha eludido llamar a las cosas por su verdadero nombre" y "el no haberlo hecho as� puede dar a entender que no pudo llegar a un acuerdo sobre la verdadera causa de la crisis."122 Estados Unidos y Francia, sin embargo, se opusieron con �xito a todos los intentos de exigir a Marruecos que "cesara y desistiera".

El representante de Argelia dijo concisamente que su pa�s "considera que esta marcha, si llega a cruzar las fronteras del territorio del S�hara, constituir�a una violaci�n de la soberan�a de ese territorio; un acto contrario al Derecho Internacional; una iniciativa de tal naturaleza que alterar�a el equilibrio de esta regi�n; y, finalmente, una decisi�n cuyas incalculables consecuencias afectar�an directamente la paz en esta regi�n y las relaciones futuras de todos los pa�ses lim�trofes con el territorio del S�hara Occidental."123 Denunci� que otros pa�ses africanos estaban siendo ganados para la posici�n marroqu� bajo "condiciones" secretas y advirti� de que la conquista del S�hara por la fuerza "constituir�a sin duda uno de los m�s serios precedentes que jam�s hayamos tenido ocasi�n de ver. Si situamos esa iniciativa en el contexto africano�, estoy convencido", a�adi� el Representante [argelino] Sr. Rahal, "de que ni un solo pa�s africano dejar� de ver las consecuencias, tanto en lo inmediato como a largo plazo, del �xito de tal soluci�n si se aplica a las diversas fronteras y problemas territoriales que se presentan en el continente africano."124 Y a continuaci�n, manifest�:

"He sido autorizado por mi Gobierno para manifestar aqu�, con toda la solemnidad que esta declaraci�n merece, que si el Consejo de Seguridad y la comunidad internacional no est�n en condiciones de asumir su responsabilidad, Argelia s� asumir� sus propias responsabilidades�"125

Una vez que la Marcha marroqu� hubo cruzado la frontera, el Consejo de Seguridad volvi� a reunirse otra vez, en la noche del 5 de noviembre. En una inusual sesi�n a puerta cerrada, Francia y Estados Unidos, de nuevo, impidieron eficazmente que el Consejo ordenase al Rey [de Marruecos] desconvocar la marcha. En lugar de ello, el Presidente del Consejo fue meramente autorizado a dirigir una "petici�n urgente" al Rey Hassan "para poner fin inmediatamente a la anunciada marcha al S�hara Occidental."126 Todos y cada uno de los miembros del Consejo, sin embargo, fueron conscientes de que este gesto no ser�a suficiente para dar marcha atr�s, y a la ma�ana siguiente el Consejo recibi� una respuesta negativa del rey Hassan.127 No obstante, el Consejo, ese mismo d�a m�s tarde, aprob� una ineficaz resoluci�n m�s que "deploraba" la Marcha y hac�a un llamamiento a Marruecos para que se retirase del Territorio y reanudase las negociaciones bajo los auspicios del Secretario General.128

La Marcha, por supuesto, continu�. La pac�fica agresi�n procedi� de conformidad con un inmutable gui�n escrito en otros casos de "Anschluss" [anexi�n, en alem�n]. Y justo antes de que se iniciara [la Marcha] tuvo lugar el obligatorio acto de defecci�n: Khatri Ould Joumaini, el presidente electo de la Yem�a, huy� a Agadir y rindi� ritual vasallaje al rey Hassan.129

Espa�a vende el S�hara

Entre el 3 y el 6 de noviembre, el representante del Secretario General, Mr. Andr� Lewin, volvi� a visitar Marruecos, Mauritania, Argelia y Espa�a. En esta ocasi�n qued� claro que, desde su anterior viaje, se hab�an producido cambios importantes en las posiciones de las partes, que convert�an en obsoleto el plan del Secretario General para una administraci�n provisional de Naciones Unidas. Aunque la Marcha todav�a no hab�a empezado, enseguida qued� claro para Lewin que algo hab�a ocurrido que hab�a endurecido la posici�n de los marroqu�es y suavizado la de Espa�a. Ahora los marroqu�es rechazaban de plano cualquier administraci�n provisional de NN.UU, afirmando que esa idea hab�a sido "superada por los acontecimientos."130 Lewin tambi�n hall� que, mientras que Espa�a todav�a fing�a estar de acuerdo con la propuesta del Secretario General, "el Presidente del Gobierno espa�ol expres� la opini�n de que un acuerdo trilateral tambi�n podr�a proporcionar una f�rmula apropiada si Naciones Unidas estuviera dispuesta a aceptarla."131 As� pues, se hab�a preparado el escenario para el abandono del principio de autodeterminaci�n, con los dirigentes de Marruecos, Mauritania y Espa�a ama�ando c�modamente una soluci�n en Madrid para repartir el bot�n. Con evidente disgusto, el Secretario General inform� de que �l continuar�a con sus consultas.132

El 9 de noviembre, el rey Hassan pidi� a los participantes de la "marcha Verde" que volviesen al punto de partida. El 11 de noviembre empezaron en Madrid las negociaciones tripartitas a nivel de ministros, culminando el 14 de noviembre con un Comunicado conjunto de Marruecos, Mauritania y Espa�a que se�alaba que las negociaciones se hab�an llevado a cabo con "un esp�ritu de suma amistad, comprensi�n y respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas" y "han conducido a unos resultados satisfactorios conforme al firme deseo de comprensi�n entre las partes y su objetivo de contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad internacional."133

Esos resultados fueron, efectivamente, "satisfactorios" para aquellos que participaron. Aunque comprensiblemente los t�rminos [del acuerdo] permanecen en secreto134, la esencia de los mismos ha sido objeto de amplias conjeturas. Espa�a estuvo de acuerdo con una f�rmula de descolonizaci�n que permit�a dividir el S�hara de la manera previamente acordada entre Marruecos y Mauritania.135 El refer�ndum ser�a enterrado en silencio. Espa�a, a cambio, seguir�a detentando el 35 por ciento de las acciones de Fos-Bucraa, la planta de fosfatos del S�hara valorada en 700 millones de d�lares.136 Adem�s, hubo concesiones, por parte de Marruecos, de derechos de pesca en las aguas saharauis y marroqu�es, concesiones de particular importancia para la industria pesquera de las cercanas Islas Canarias, que est�n pobladas casi en su totalidad por espa�oles.

Espa�a acord� que establecer�a inmediatamente un r�gimen provisional en el S�hara con un Gobernador Adjunto marroqu� y otro mauritano; que traspasar�a su responsabilidad en la administraci�n del Territorio el 28 de febrero de 1976; y que la Yem�a, "la cual expresar� la opini�n de la poblaci�n saharaui, colaborar� con esa Administraci�n."137

En este �ltimo aspecto, sin embargo, los tres padrinos del acuerdo se equivocaron. En un ir�nico giro final, la hasta entonces servil Yem�a �ideada primero para ser esencialmente un d�cil amigo apol�tico de Espa�a y reivindicada despu�s por Marruecos como si se hubiera "pasado" a su bando- se neg� a seguir jugando papel alguno en el proceso. Ella misma se autodisolvi� con el fin de evitar tener que ratificar un rumbo de acontecimientos en los que no hab�a sido consultada.138 Para las potencias anexionistas, este gesto importaba poco.

�C�mo logr� Marruecos esta victoria incruenta? Una de las claves parece haber sido la enfermedad terminal, primero, y la muerte, despu�s, del general Franco, que fue el contrapunto en aquellos acontecimientos. Al tiempo que la incapacidad del Caudillo paralizaba a gran parte del Gobierno espa�ol, la iniciativa pas� a un peque�o grupo de conservadores en Madrid respaldado por el Ej�rcito y encabezado por el Presidente del Gobierno, Sr. Carlos Arias Navarro. Esos "ultras", algunos de los cuales se hab�an convertido a rega�adientes a la independencia del S�hara s�lo en el supuesto de que ello ocurriera bajo los auspicios de la pro-espa�ola Yem�a y el pro-espa�ol PUNS, ahora estaban a favor de una soluci�n marroqu� y en contra de un S�hara independiente dominado por el POLISARIO. Hacia finales de octubre, el Sr. Jos� Sol�s Ruiz, ministro y secretario general del Movimiento falangista, fue autorizado a entablar negociaciones con los ministros de Asuntos Exteriores marroqu� y mauritano. Al tener conocimiento de ello, Argelia envi� su propia representaci�n a Madrid con la intenci�n de participar en las negociaciones y conseguir el apoyo de los "no-ultras", en particular del pr�ncipe Juan Carlos, que en esos mismos momentos asum�a los poderes del agonizante Franco, y del ministro de Asuntos Exteriores, Sr. Cortina Mauri. En esos esfuerzos, Argelia ten�a cierta capacidad de maniobra, al ser Espa�a fuertemente dependiente de aqu�lla para el abastecimiento de gas natural.

Por un momento, este punto final pareci� tener �xito. Las negociaciones tripartitas fueron aplazadas por el Pr�ncipe, que, habiendo devenido Jefe del Estado en funciones vol� a El Aai�n y, el 2 de noviembre, se comprometi� a dirigir el Ej�rcito espa�ol para defender el Territorio. A�n as�, sin embargo, el primer ministro marroqu�, Ahmed Osman, lleg� a Madrid y, tras una reuni�n con Juan Carlos, se reanudaron las negociaciones con los "ultras" espa�oles encabezados por Arias [Navarro]. A Juan Carlos, o no le hicieron caso o consiguieron que desistiese de su idea. Despu�s de dos d�as de negociaciones, Osm�n retorn� a Marruecos con un proyecto de propuesta. Parece que se acord� que la Marcha Verde marroqu� continuar�a como estaba prevista, pero que s�lo habr�a una ocupaci�n simb�lica, ya que la Marcha se detendr�a poco antes de llegar a [donde estaba] la Legi�n espa�ola, lo que permitir�a a ambos gobiernos guardar las apariencias. Pero detr�s de lo que el representante de Argelia ante Naciones Unidas hab�a denominado "esta farsa",139 se permiti� que el Ej�rcito regular de Marruecos penetrase en el S�hara para empezar la tarea de liquidar a las tropas del POLISARIO.140

El 8 de noviembre, el Ministro espa�ol adjunto al Primer Ministro, Antonio Carro Mart�nez, visit� Marruecos y al d�a siguiente el rey Hassan anunci� el fin de la Marcha Verde. Simult�neamente, el Primer Ministro y el Ministro de Asuntos Exteriores de Marruecos volaron a Madrid acompa�ados por el Director General de la industria marroqu� de fosfatos. El acuerdo hispano-marroqu� estaba casi formalizado. En el Consejo de Ministros, el ministro de Asuntos Exteriores, Sr. Cortina, qued� aislado en su oposici�n [al acuerdo]. Unos d�as despu�s de la firma del Acuerdo Tripartito el 14 de noviembre, las tropas de Mauritania iniciaron el bombardeo de la ciudad de La G�era, al sur del S�hara, que el POLISARIO hab�a ocupado. A ello sigui� una larga y sangrienta batalla, que fue ganada gracias a la ayuda marroqu� y tras ocasionar un gran n�mero de bajas.

EP�LOGO

Hacia mediados de noviembre, el S�hara era escenario de duros combates entre las tropas marroqu�es y mauritanas, de una parte, y un n�mero considerable y aparentemente bien adiestrado de tropas del POLISARIO que, inicialmente, afirmaban tener el control de dos terceras partes del territorio.141 Durante el mes de diciembre [, sin embargo,] las tropas marroqu�es expulsaron al POLISARIO de las principales ciudades y aldeas, mientras que los saharauis hu�an a Argelia.

Aun cuando las partes se estaban preparando para la guerra, la Asamblea General de la ONU aprob� dos resoluciones contradictorias. La primera (Resoluci�n 3458(A)) nuevamente ped�a a Espa�a que organizara un acto de autodeterminaci�n libre y genuino bajo la supervisi�n de Naciones Unidas.142 Y la segunda (Resoluci�n 3458(B)) tomaba nota del Acuerdo Tripartito de Madrid y ped�a al Secretario General que nombrase un representante para "realizar consultas" con las tres partes de la administraci�n temporal con la finalidad de "ayudar" en la celebraci�n de una "consulta libre" a las "poblaciones saharauis."143 En un primer instante, la Asamblea General convocaba a los saharauis a ejercer "su inalienable derecho de autodeterminaci�n" y, en el siguiente, reconoc�a el hecho consumado que les hab�a sido impuesto por Marruecos, Mauritania y Espa�a. Las dos resoluciones s�lo ten�an en com�n que, cada una a su manera, ambas creaban un escenario para una mayor implicaci�n del Secretario General en unas circunstancias muy poco realistas, respecto a las cuales aquel acosado funcionario se ofendi� primero en privado y, finalmente, tambi�n en p�blico.144 La oportunidad de mantener a Espa�a responsable ante Naciones Unidas para llevar a cabo un plebiscito de autodeterminaci�n tal como preve�a la Parte A, se vio viciada por la Parte B, que, de hecho, reconoc�a el nuevo estatus tripartito creado en el S�hara por los Acuerdos de Madrid. Puesto que el acuerdo tripartito ya estipulaba exactamente c�mo ser�a repartido el S�hara Espa�ol entre Marruecos y Mauritania, esperar que esos pa�ses fueran a llevar a cabo una "consulta libre" despu�s de haber ocupado sus respectivos sectores era como pedir peras al olmo.

Es imposible conciliar esas dos resoluciones. Sin embargo, ambas resoluciones fueron aprobadas por la Asamblea; la primera, por 88 votos a cero, con 41 abstenciones; la segunda, con un margen mucho m�s estrecho, por 56 votos contra 42 y 43 abstenciones.145 De los 40 Estados africanos que votaron sobre la primera resoluci�n, 29 votaron a favor, mientras que 11 se abstuvieron. En lo que respecta a la segunda resoluci�n, s�lo 12 Estados africanos votaron a favor de Marruecos y Mauritania, mientras que 21 votaron en contra y 8 se abstuvieron. Estados Unidos se abstuvo en la primera resoluci�n, que ped�a una aut�ntica autodeterminaci�n, pero vot� a favor de la segunda, reconociendo [as�] la partici�n impuesta por el acuerdo tripartito. As� pues, Estados Unidos se aline� firmemente contra la autodeterminaci�n y contra la mayor�a de los Estados africanos, y a favor de una soluci�n antidemocr�tica y arbitrariamente establecida, en contradicci�n radical con las reglas de juego que hab�an venido siendo observadas hasta entonces.

El voto de Estados Unidos s�lo puede entenderse como un acto de conveniencia pol�tica basado en las alianzas pol�ticas Este/Oeste de la guerra fr�a. Sin embargo, entre los Estados africanos, un considerable n�mero de ellos votaron sobre una cuesti�n de principios, no sobre consideraciones pol�ticas. As�, la mayor parte de los miembros pro-Occidentales de la O.U.A. [Organizaci�n para la Unidad Africana] �incluidas Zambia, Lesotho, Kenya, Botswana, Swazilandia, Malawi y Ghana- votaron a favor de la autodeterminaci�n y en contra de la legitimaci�n de los Acuerdos de Madrid: Y esto, a pesar de la evidente ausencia de afinidad pol�tica de esas naciones con Argelia o el POLISARIO.

La Resoluci�n 3458(B), que ped�a "consultas" entre las tres partes de los Acuerdos de Madrid, enseguida devino flagrantemente inaplicable. Despu�s de que la Yem�a (el instrumento elegido por los ocupantes para [realizar] las consultas) se autodisolviera, 54 de sus 103 miembros (incluidos 4 diputados de las Cortes Espa�olas) se unieron al POLISARIO y huyeron a Argelia.146 El n�mero de tr�nsfugas eventualmente lleg� a 72, lo que oblig� al rey Hassan a declarar disuelta la Yem�a.147 A finales de febrero de 1976, algunos de esos tr�nsfugas parece que retornaron a El Aai�n, lo que permiti� al Rey convocar de nuevo a un retazo de la Asamblea para que aprobara la partici�n y la anexi�n.148 Sin embargo, la credibilidad de ese Ente hab�a ca�do tan bajo que Espa�a prefiri� dar por terminado su papel en la administraci�n tripartita dos d�as antes y no verse as� implicada en una "consulta" tan falsa.149 El Representante Especial del Secretario General, el sueco Ulaf Rydbeck, regres� del S�hara a finales de febrero para recomendar que Naciones Unidas debiera negarse a legitimar las acciones de Marruecos y Mauritania, que, junto con los combates y la falta de seguridad en el Territorio, hac�an imposible cualquier "consulta" aut�ntica.150

Aunque los combates fueron especialmente encarnizados durante los meses de enero a marzo de 1976,151 el ritmo de la guerra en el S�hara parece haber amainado temporalmente. En opini�n de expertos de Naciones Unidas y de observadores africanos, la Uni�n Sovi�tica, que se hab�a beneficiado de la reticencia de Estados Unidos en apoyar a sus "clientes" en Angola, correspondi� restringiendo el nivel de ayuda suministrada al POLISARIO y a las fuerzas armadas argelinas.152 No obstante, tal descenso, a�n en el caso de que se produzca, no es probable que sea de larga duraci�n. Los rusos no tienen el monopolio en la capacidad de ayudar al POLISARIO. Corea del Norte, por ejemplo, que ha reconocido al Gobierno del POLISARIO, podr�a llenar cualquier hueco que dejaran las restricciones sovi�ticas. Y tambi�n Libia ha se�alado su disposici�n a apoyar el esfuerzo a largo plazo del POLISARIO con dinero y armas.

M�s importante a�n que la perspectiva de que contin�e el derramamiento de sangre en el noroeste de �frica, son las consecuencias del precedente del S�hara para la estabilidad del sistema internacional, que depende del respeto de las fronteras existentes y del rechazo de reivindicaciones territoriales revisionistas basadas en la alegaci�n de derechos hist�ricos. El Presidente de la Asamblea General de la ONU en 1976, Mr. Shirley Amerasinghe, de Sri Lanka, ha advertido de la "deprimente" tendencia generalizada entre los Estados del Tercer Mundo "a reemplazar el viejo imperialismo por otras formas de control extranjero basadas en reivindicaciones territoriales".153 El representante de Tanzania ante la ONU, Mr. Salim, a�adi� que "estaban implicados principios esenciales y � que la manera como las Naciones Unidas los afronten tendr�a consecuencias no s�lo en el Territorio mismo sino tambi�n m�s all� de sus fronteras e incluso m�s all� del Continente africano".154 El representante de Zambia en el Cuarto Comit� de la Asamblea General se�al� un claro "paralelismo entre las reivindicaciones de Guatemala sobre Belize, de una parte, y las de Marruecos y Mauritania sobre el S�hara Espa�ol, de otra� Se estaban practicando pol�ticas de expansi�n y de anexi�n haciendo un absoluto caso omiso de las aspiraciones de los habitantes de los territorios en cuesti�n y se estaba pidiendo a las Naciones Unidas que bendijera esos injustos proyectos."155 En caso de hacerlo efectivamente as�, ello "crear�a un precedente extremadamente peligroso y tendr�a implicaciones de largo alcance para el trabajo futuro de Naciones Unidas en el terreno de la descolonizaci�n. En caso de acoger las reivindicaciones de Marruecos y Mauritania, las Naciones Unidas no podr�an seguir teniendo credibilidad; de hecho, su derecho moral a insistir en la autodeterminaci�n en otros muchos casos pendientes ser�a cuestionado�".156 El portavoz representante de Somalia advirti� de que su pa�s podr�a seguir exactamente el mismo tipo de reivindicaci�n hist�rica para con Somalilandia Francesa (Yibuti o el Territorio de los Afars e Issas) que el que Marruecos y Mauritania hac�an valer para con el S�hara Occidental.157

El f�cil �xito de Marruecos y Mauritania en el S�hara (y, simult�neamente, de Indonesia sobre Timor) frente a una oposici�n absolutamente ineficaz de Naciones Unidas, no har� m�s que aumentar las posibilidades de triunfar con esta t�ctica y fomentar una b�squeda m�s en�rgica de otras reivindicaciones territoriales. Tampoco hay raz�n alguna para pensar que esta vigorosa tendencia a hacer valer reivindicaciones de derechos hist�ricos tenga que limitarse a cuestiones de descolonizaci�n. Los argumentos exitosamente esgrimidos ayer para justificar el despliegue de tropas marroqu�es contra la colonia del S�hara Espa�ol pueden ser utilizados ma�ana tambi�n para legitimar el uso de la fuerza para reafirmar el t�tulo hist�rico de Marruecos sobre el Estado independiente de Mauritania. Parece extra�o que la diplomacia estadounidense se haya puesto del lado de ese comportamiento que transforma todo el sistema. De hecho, gran parte del territorio mismo de Estados Unidos es susceptible de reclamaciones basadas en derechos hist�ricos. En el contexto de la descolonizaci�n, el apoyo de Estados Unidos a Marruecos ha hecho m�s f�cil para Somalia la prosecuci�n de sus intenciones sobre Yibuti, una regi�n de considerable importancia estrat�gica, donde los intereses de Estados Unidos estar�an mejor servidos mediante la aplicaci�n rigurosa de las mismas normas que han sido socavadas en otros lugares con el consentimiento de Estados Unidos.

Una parte importante del papel de los juristas especializados en Derecho Internacional consiste en asesorar a sus gobiernos sobre las implicaciones rec�procas en el terreno normativo de un determinado curso de conducta pol�tica. Aun cuando los estrategas pol�ticos de Washington puedan creer que han salvado al S�hara Espa�ol de las garras del izquierdista ej�rcito pro argelino, el especialista en Derecho Internacional debe advertir de que, aun en el supuesto de que esta valoraci�n pol�tica fuera correcta, esa "victoria" ha sido obtenida al coste de reforzar una tendencia en la conducta internacional que podr�a redundar en perjuicio de los intereses nacionales de Estados Unidos. En particular, cabe predecir que Israel, un Estado salido del Oriente Medio �rabe-otomano mediante un acuerdo entre una potencia colonial mandataria (Gran Breta�a) y una Asamblea General de la ONU de la que todav�a estaban excluidas la mayor parte de �frica y Asia, habr� de sentir el impacto negativo de la mayor credibilidad ahora inevitablemente otorgada a las reivindicaciones de derechos hist�ricos. La supervivencia de Israel, como la de la mayor parte de los pa�ses, depende principalmente de su capacidad para defenderse. Sin embargo, en la medida en que su futuro tambi�n depende de su lugar en el sistema internacional, el tratamiento de la cuesti�n del S�hara por las Naciones Unidas ha minado inevitablemente, por extensi�n, la legitimidad de Israel. Ello ha puesto de manifiesto que muchas naciones, incluidos los propios Estados Unidos, est�n dispuestos a tolerar el uso de la fuerza para conseguir restaurar derechos hist�ricos incluso haciendo caso omiso de los deseos de los habitantes.

Por esa misma raz�n, Israel y, por extensi�n, tambi�n los Estados Unidos debieran estar preocupados por el efecto transformador de las normas [derivado] del apoyo de Estados Unidos a la conquista de Timor Oriental por Indonesia. En otros tres casos actualmente ante Naciones Unidas, la reivindicaci�n de derechos hist�ricos est� siendo utilizada como argumento mediante la afirmaci�n adicional de que la poblaci�n residente en esos territorios �en cada uno de los tres casos, durante m�s de un siglo- no tienen derecho a la autodeterminaci�n porque son "poblaciones importadas" no nativas del territorio en el que habitan.158 En los casos de Gibraltar y las Islas Malvinas, esta alarmante propuesta ha sido formulada por la parte que tiene asegurado un respaldo abrumadoramente mayoritario en la Asamblea General. El representante de Argentina ante Naciones Unidas, reclutando votos para el caso de su pa�s en contra de permitir a los habitantes de las Islas Malvinas decidir su propio futuro, record� a sus colegas delegados ante Naciones Unidas que el desplazamiento de la poblaci�n original y su sustituci�n por otra, ajena a la regi�n, es una injusticia que ellos deber�an reparar en sus propias regiones.159 El mensaje para Israel es sin duda [el mismo] en versi�n corregida y aumentada. No obstante, Israel ha apoyado sistem�ticamente la posici�n de Argentina a cambio del apoyo de Argentina en votaciones de importancia para Israel.

Esto no tendr�a por qu� sorprendernos, dir�n los realistas. La pol�tica -preocupaci�n por ganar- tiene que tener inevitablemente prioridad sobre la ley �preocupaci�n por las normas. Pero dicho as�, el realista plantea una falsa dicotom�a. La crisis en el S�hara Espa�ol ofreci� una excelente oportunidad para que Estados Unidos surgiera como un palad�n del principio del derecho de un pueblo dentro de las fronteras existentes a decidir su propio destino, independientemente de c�mo las fronteras, o la gente, hubieran llegado all�. Pero de ello no se deduce que la preocupaci�n por las normas niegue la preocupaci�n por obtener beneficios pol�ticos. Los Estados Unidos podr�an haber intentado negociar un frente com�n, en las Naciones Unidas, con los Estados del Tercer Mundo comprometidos con esos principios y sensibles a su importancia para la estabilidad mundial, as� como para la descolonizaci�n de �frica del Sur.160 Y entonces, esa coalici�n fundamentada en los principios podr�a haber tratado de vincular las crisis de Angola y del S�hara Espa�ol, y exigir soluciones basadas, en ambos casos, en una autodeterminaci�n supervisada por las Naciones Unidas.

Tal como result�, el apoyo de Estados Unidos al uso de la fuerza por parte de Marruecos en el S�hara, y la historia de la intervenci�n militar de Estados Unidos en Vietnam, hicieron imposible suscitar mucha preocupaci�n internacional (o del Congreso [estadounidense]) sobre el uso de la fuerza en Angola por parte de Cuba. Un realista tiene que comprender que una pol�tica basada en la utilizaci�n de la fuerza, en lugar de en los principios, nos ha llevado ahora a "perder" Vietnam y Angola, mientras que s�lo hemos "ganado" el S�hara Espa�ol. Si estos son los resultados de una estrategia basada en ganar, quiz�s incluso los partidarios del realismo pol�tico pudieran, no obstante, ser persuadidos de intentar una estrategia basada en la preocupaci�n por los principios normativos rec�procos.

Notas 1 Para un resumen reciente del examen del caso de Belize por la ONU, v�ase The Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples [Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales], UN Doc. A/10023/Add.8 (Part III), pp. 15-29 (1975).

2 El London Times ha se�alado que "si Francia se retira completamente, parece seguro que Somalia, siguiendo el ejemplo de Marruecos en el S�hara Espa�ol, lo invadir� [Yibuti] durante los subsiguientes disturbios entre las facciones Issa y Afar". The Times (Londres), 6 de febrero de 1976, p. 15 (editorial). Para un resumen reciente del examen de este caso por la ONU, v�ase The Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples [Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales], UN Doc. A/10023/Add.6 (Part II) (1975).

3 Nota 1 supra, pp. 3-14.

4 The Times (Londres), 17 de febrero de 1976, p. 7; 20 de febrero de 1976, p. 6; 25 de febrero de 1976, p. 7.

5 Marruecos se ha opuesto durante mucho tiempo a la independencia de Mauritania. En el hist�rico debate sobre la Resoluci�n 1514 (XV), Marruecos acus� a Francia de intentar "dividir Marruecos y romper la unidad de su territorio nacional mediante la creaci�n de un Estado artificial en la zona del sur de Marruecos que los colonialistas llaman Mauritania. La poblaci�n de esa zona ni siquiera conoce la palabra �Mauritania�. Si usted le dice a un beduino de esa denominada Mauritania que usted est� en Mauritania, no comprender� de qu� le est� usted hablando". 15 GAOR 947, p. 1271 (1960) (Observaciones del Sr. Ben Aboud, Representante de Marruecos).

6 Se estima en casi 60.000 el n�mero de timorenses asesinados en el transcurso de la descolonizaci�n del Territorio. N. Y. Times, 15 de febrero de 1976, p. 11.

7 The Times (Londres), 2 de abril de 1976, p. 11.

8 N.Y. Post, 28 de abril de 1976, p. 17.

9 N.Y. Times, 27 de febrero de 1976, p. 3.

10 Id., 1 de marzo de 1976, p. 3.

11 Id., 28 de febrero de 1976, p. 6; Id., 8 de marzo de 1976, p. 7.

12 En la reuni�n de Ministros de Asuntos Exteriores celebrada en Addis Abeba a principios de marzo de 1976, se inform� de que unos veinte Estados africanos estaban a favor del reconocimiento del POLISARIO. Id., 1 de marzo de 1976, p. 3.

13 Id., 22 de febreo de 1976, p. 1.

14 Sobre la trayectoria hist�rica de EE.UU con respecto a la autodeterminaci�n, v�ase Pomerance, The United States and Self-Determination: Perspectives on the Wilsonian Conception, AJIL, Vol. 70, N� 1 (1976).

15 Informe de la Misi�n Visitadora de Naciones Unidas al S�hara Espa�ol, 1975, en The Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples [Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales], UN Doc. A/10023/Add.5, Anexo, p. 26 (1975). [Citado en lo sucesivo como Misi�n Visitadora].

16 Id., p. 27.

17 Id., p. 28.

18 Un excelente y breve resumen de la demograf�a saharaui lo proporciona el Informe de la Misi�n Visitadora de la ONU al Territorio en 1975. En �l se afirma que:

"la poblaci�n aut�ctona del Territorio est� compuesta en su mayor parte por personas de raza mora o beduina, raza que est� unida por una lengua com�n, el hassania (una variante del �rabe), y por fuertes v�nculos culturales y tradicionales� La unidad social b�sica, la familia, no est� pensada como un grupo independiente, sino como formando parte de un grupo social (la fracci�n), y de un grupo de familias (la subfracci�n) de una tribu�, que en la mayor parte de los casos se extiende mucho m�s all� de las fronteras pol�ticas del Territorio. As�, la mayor�a de los saharauis se identifican estrechamente con otros miembros de su tribu, por ejemplo los Erguibat, Ait Lahsen, y Ulad Delim, por mencionar s�lo tres, que se encuentran tambi�n en Mauritania, Marruecos y Argelia. Esto est� en conformidad con la antigua tradici�n por la cual los diversos grupos tribales han practicado el nomadismo en amplias zonas sin tener en cuenta las fronteras pol�ticas impuestas por los reg�menes coloniales; de hecho, ello era una caracter�stica intr�nseca de un sistema econ�mico tradicional basado en una continua b�squeda de pasto y agua, y en el cual la propiedad de la tierra era algo desconocido. Actualmente, aunque el nomadismo est� en declive, hay todav�a un marcado sentido de parentesco entre los miembros de las tribus y sus subdivisiones, que est�n a horcajadas entre las fronteras del Territorio y los pa�ses vecinos, y muchos saharauis han dejado el Territorio ya sea para vivir permanentemente con sus familiares y parientes en los pa�ses vecinos, ya sea para establecerse temporalmente por razones econ�micas (incluida la sequ�a), o porque son exilados y refugiados pol�ticos. Por esta raz�n, por ejemplo, en la provincia marroqu� de Tarfaya o en las regiones lim�trofes de Mauritania es extremadamente dif�cil determinar qui�n de entre ellos es un saharaui aut�ctono del Territorio." Id.

19 G.A. Res. 1514, 15 GAOR Supp. 16, pp. 66-67, UN Doc. A/4684 (1966).

20 Id., Art. 2.

21 Id., Art. 6.

22 OAU Assembly AHG/Res. 17(I), Cairo Ordinary Session, 17-21 July 1964. V�ase tambi�n la Carta de la Organizaci�n para la Unidad Africana, Art�culo III (3), que promete "respeto a la soberan�a y a la integridad territorial de cada Estado y a su inalienable derecho a la existencia independiente".

23 G.A. Res. 850, 9 GAOR Supp. 21, p. 28 UN Doc. A/2890 (1954).

24 Fifteen Years of the United Nations Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples, 2 DECOLONIZATION, No. 6, p. 19 (1975) [En lo sucesivo, citado como Fifteen Years].

25 Id., p. 22.

26 G.A. Res. 1654, 16 GAOR Supp, 17, p. 65, UN Doc A/5100 (1961).

27 Fifteen Years, Nota 24 supra, p.19. Est�n enumerados aqu� los numerosos casos de elecciones y plebiscitos de autodeterminaci�n en los que la Asamblea General de NN.UU pidi� implicarse como observador y supervisor, una implicaci�n unas veces bienvenida y otras no por la autoridad colonial correspondiente.

28 G.A. Res. 2005, 19 GAOR Supp. 15, p. 7, UN Doc. A/5815 (1965).

29 G.A. Res. 2355, 22 GAOR Supp. 16, pp. 54-55, UN Doc. A/6716 (1967).

30 G.A. Res. 3285, 29 GAOR Supp. 31, p. 98, UN Doc. A/9631 (1974).

31 Fifteen Years, Nota 24 supra, p.21.

32 3 Repertory of Practice of UN Organs, Supp. No. 3, (period 1959-1966), p. 98; v�ase tambi�n 19 GAOR Supp. 1A, pp. 8-9, UN Doc. A/5801/Add.1 (1964).

33 G.A. Res. 2353, 22 GAOR Supp. 16, p. 53, UN Doc. A/6716 (1967).

34 22 GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23 (Part II), p. 238, UN Doc. A/6700/Rev.1 (1967).

35 G.A. Res. 2504, 24 GAOR Supp. 30, p. 3, UN Doc. A/7630 (1969). Antes de ratificar el "acto de libre elecci�n", la Asamblea General rechaz� una enmienda presentada por Ghana que habr�a dado a la poblaci�n de West Irian una oportunidad adicional para expresar su voluntad. La enmienda de Ghana fue derrotada por una votaci�n de 60 contra 15, y 39 abstenciones.

36 Informe del Secretario General relativo al acto de autodeterminaci�n en West Irian, 24 GAOR, Annexes, Agenda Item No. 98, p. 2, UN Doc. A/7723 (1969).

37 Informe del Secretario General sobre el Trabajo de la Organizaci�n, 25 GAOR, Supp. 1, p. 64, UN Doc. A/8001 (1970).

38 Francia se neg� a aceptar la presencia de Naciones Unidas durante el refer�ndum, celebrado en 1967, sobre el futuro de Somalia Francesa.

39 19 GAOR, Annexes, Annex No. 8 (Part I), pp. 290-291, UN Doc. A/5800/Rev. 1 (1964).

40 G.A. Res. 2072, 20 GAOR Supp. 14, pp. 59-60, UN Doc. A/6014 (1965).

41 Nota del Secretario General, 13 GAOR, Annexes, Agenda Item No.36, p. 37, UN Doc. A/C.4/L385/Rev. 1 (1958). V�ase tambi�n Ley de 21 de abril de 1961 y Decreto n� 3349 de 29 de noviembre de 1962.

42 Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples [Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales], 21 GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23, p. 603. UN Doc. A/6300/Rev. 1 (1966).

43 Id. p. 604.

44 Id. p. 605.

45 Id. p. 607.

46 Ibid.

47 G.A. Res. 2229, 21 GAOR Supp. 16, pp. 72-73, UN Doc. A/6316 (1966).

48 Ibid.

49 22 GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23, p. 209. UN Doc. A/6700/Rev. 1 (1967).



50 G.A. Res. 2354, 22 GAOR Supp. 16, pp. 53-54, UN Doc. A/6716 (1967).

51 La resoluci�n de 1968 es G.A. Res. 2428, 23 GAOR Supp. 18 pp. 63-64, UN Doc. A/7218 (1968). La resoluci�n de 1969, que tambi�n "lamenta que todav�a no haya sido posible celebrar las consultas que la Potencia Administradora iba a organizar en relaci�n con la celebraci�n de un refer�ndum", es G.A. Res2591, 24 GAOR Supp. 30, pp. 73-74, UN Doc. A/7630 (1969). Las resoluciones aprobadas entre 1970 y 1973 son: G.A. Res. 2983, 27 GAOR Supp. 30, pp. 84-85, UN Doc. A/8730 (1972); G.A. Res. 3162, 28 GAOR Supp. 30, pp. 110-111, UN Doc. A/9030 (1973).

52 Carta de fecha 8 de septiembre de 1966, del Representante Permanente de Espa�a ante la Naciones Unidas dirigida al Presidente del Comit� Especial, 21 GAOR, Annexes, Addendum to Agenda Item No. 23, Annex, p. 621 (1966).

53 Misi�n Visitadora, Nota 15 supra, p. 24.

54 Id, p. 40.

55 Ibid.

56 Id. Pp. 40-41.

57 Contestaci�n a la Comunicaci�n de la Asamblea General del S�hara por el Jefe del Estado espa�ol. UN Doc. A/9176, Annex IV, p. 1 (1973).

58 G.A. Res. 3162, 28 GAOR Supp. 30, pp. 110-111, UN Doc. A/9030 (1973).

59 NAC/FM/CONF.1/Res.5/august 12, 1972, THE GEORGETOWN DECLARATION, THE ACTION PROGRAMME FOR ECONOMIC CO-OPERATION AND RELATED DOCUMENTS, CONFERENCE OF FOREIGN MINISTERS OF NON-ALIGNED COUNTRIES, Georgetown, Guyana, August 8-12, 1972; OAU Council Res. CM/Res.301 (XXI), OAU COUNCIL OF MINISTERS, Addis Ababa, May, 1973; Res. No. 6, IV CONFERENCE OF HEADS OF STATE OR GOVERNMENT OF NON-ALIGNED COUNTRIES, Algiers, 5-9 September, 1973; FUNDAMENTAL TEXTS, DECLARATIONS, RESOLUTIONS, ACTION PROGRAMME FOR ECONOMIC CO-OPERATION.

60 Carta de fecha 10 de julio de 1974, del Representante Permanente de Espa�a ante la Naciones Unidas dirigida Secretario General, UN Doc. A/9655 (1974).

61 Carta de fecha 20 de agosto de 1974, del Representante Permanente de Espa�a ante la Naciones Unidas dirigida Secretario General, UN Doc. A/9714 (1974).

62 Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples Covering its Work During 1974 [Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales sobre la labor realizada en 1974], UN Doc. A/9623/ Add.4 (Part II), p. 23 (1974).

63 Nota 60 supra, p. 2.

64 Carta de fecha 23 de septiembre de 1974, del Ministro de Asuntos Exteriores de Marruecos dirigida al Ministro de Asuntos Exteriores de Espa�a, UN Doc. A/9771, Annex, (1974).

65 Carta de fecha 20 de agosto de 1974, del Encargado de Negocios de la Misi�n Permanente de Mauritania ante Naciones Unidas, dirigida al Secretario General, UN Doc. A/9715, Annex, p. 1, 2 (1974). V�ase tambi�n UN Doc. A/PV.2251, p. 82 (1974) (Sr. Ould Mouknass, Representante de Mauritania dirigi�ndose a la Asamblea General).

66 Le Monde, 27 de noviembre de 1975, pp. 1 y 5; The Economist, 13 de septiembre de 1975, p. 58.

67 UN Doc. A/PV.2265, pp. 57-60 (1974).

68 La Representante de Estados Unidos, Barbara White adopt� la posici�n que su pa�s apoyaba en principio la utilizaci�n del Tribunal, siempre que fuera posible, para la resoluci�n de controversias jur�dicas.

69 UN Doc. A/C.4/SR.2126, p.7 (1974).

70 UN Doc. A/C.4/SR.2130, p.27 (1974).

71 UN Doc. A/C.4/SR.2131, p. 19 (1974).

72 Id., p. 8.

73 Id., p. 12.

74 Id., p. 25.

75 G.A. Res. 3292, 29 GAOR Supp. 31, pp. 103-104, UN Doc. A/9631 (1974).

76 Los otros miembros de la Misi�n fueron Marta Jim�nez Mart�nez (Cuba) y Manouchehr Pishva (Ir�n).

77 Misi�n Visitadora, nota 15 supra, p. 4.

78 Id., p. 5.

79 Id., pp. 7-14.

80 Id., p. 48.

81 Id., p. 50.

82 Id., p. 52.

83 Id., pp. 52 y 63.

84 Id., p. 48.

85 Id., p. 55.

86 Ibid.

87 Ibid.

88 Id., p. 56.

89 Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples [Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales], UN Doc. A/10023/ Add..5, p. 11 (1975).

90 Ibid.

91 Una consulta popular a los habitantes, se�alaba la Misi�n:

� tiene que estar basada en la participaci�n de todos los saharauis pertenecientes al Territorio. Las partes concernidas e interesadas han acordado que esta tarea debe ser confiada a una comisi�n de expertos designada por las Naciones Unidas, que trabajar�a en estrecha cooperaci�n con la Potencia Administradora y con las otras partes concernidas e interesadas. Id., p.9.

92 Advisory Opinion on Western Sahara [Dictamen sobre el S�hara Occidental], 1975 ICJ REP.12 [en lo sucesivo, Advisory Opinion].

93 Id., p. 29. Las preguntas formuladas al Tribunal mediante la Resoluci�n 3292 (XXIX), Nota 75 supra, fueron las siguientes:

I. �Era el S�hara Occidental (Rio de Oro y Sakiet El Hamra) en el momento de la colonizaci�n de Espa�a un territorio no perteneciente a nadie (terra nullius)?

Si la respuesta a la primera pregunta es negativa,

II. �Cu�les eran los v�nculos jur�dicos entre este territorio y el Reino de Marruecos y la Entidad Mauritana?

94 Ibid.

95 Id., p. 30.

96 Ibid.

97 G.A. Res. 1541 (XV), 15 GAOR Supp. 16, pp. 29-30, UN Doc. A/4684 (1960), citado por el Tribunal Internacional de Justicia, con aprobaci�n, en su Advisory Opinion [Dictamen], pp. 32-33.

98 Id., pp. 34-35.

99 Id., p. 35.

100 Id., p. 36.

101 Id., pp. 36-37.

102 Id., p. 37.

103 Id., p. 48.

104 Id., p. 49.

105 Id., pp. 56-57.

106 Id., p. 68.

107 Id., p. 69.

108 Id., p. 176 (Opini�n Disidente del Juez Ruda).

109 Esta expresi�n aparece en la Opini�n Separada del Magistrado Dillard, donde considera que ese concepto no era aplicable al S�hara Occidental y que, por lo tanto, era innecesario que el Tribunal tratara el principio de integridad territorial. Id., p. 120.

110 Comunicado de Prensa de la Misi�n Permanente de Marruecos ante las Naciones Unidas, 16 de octubre de 1975, citado en UN Doc. S/PV.1849, p. 11 (1975).

111 Carta de fecha 18 de octubre de 1975, del Representante Permanente de Marruecos ante Naciones Unidas al Presidente del Consejo de Seguridad. UN Doc. S/11852 (1975).

112 Carta de fecha 18 de octubre de 1975, del Representante Permanente de Espa�a ante Naciones Unidas al Presidente del Consejo de Seguridad. UN Doc. S/11851 (1975).

113 Costa Rica, Proyecto de Resoluci�n. UN Doc. S/11853 (1975).

114 S.C. Res. 377 [Resoluci�n 377] (1975) aprobada por el Consejo de Seguridad en su Reuni�n 1850, el 22 de octubre de 1975.

115 Ibid.

116 Ibid.

117 Informe del Secretario General en cumplimiento de la Resoluci�n 377 (1975) del Consejo de Seguridad relativa a la situaci�n del S�hara Occidenta.: UN Doc. S/11863, p. 5 (1975).

118 Ibid.

119 Carta, de fecha 1 de noviembre de 1975, del Encargado de Negocios, A.I. de la Misi�n Permanente de Espa�a ante Naciones Unidas al Presidente del Consejo de Seguridad. UN Doc. S/11864 (1975).

120 UN Doc. S/PV.1852, pp. 13-15 (1975). (Sr. Arias-Salgado, Representante de Espa�a, dirigi�ndose al Consejo de Seguridad).

121 Resoluci�n 379 (1975) del Consejo de Seguridad, aprobada por el Consejo de Seguridad en su Reuni�n 1852, el 2 de noviembre de 1975.

122 UN Doc. S/PV.1852, p. 22 (1975).

123 Id., pp. 72-75.

124 Id., p. 76.

125 Id., pp. 82-85.

126 Comunicado Oficial de la 1853 Reuni�n del Consejo de Seguridad, UN Doc. S/11869 (1975).

127 UN Doc. S/PV.1854, p. 16 (1975) (Representante Slaoui, dirigi�ndose al Consejo de Seguridad).

128 S.C. Res. 380 (1975) , aprobada por el Consejo de Seguridad en su 1854 Reuni�n el 6 de noviembre de 1975.

129 La declaraci�n de Mr. Joumaini se cita en UN Doc. S/PV.1854, pp. 26-27 (1975).

130 Informe del Secretario General en cumplimiento de la Resoluci�n 379 (1975) del Consejo de Seguridad relativa a la situaci�n del S�hara Occidental. UN Doc. S/11874, p. 4 (1975).

131 Id., p. 6.

132 Id., p.7.

133 Tercer Informe del Secretario General en cumplimiento de la Resoluci�n 379 (1975) del Consejo de Seguridad relativa a la situaci�n del S�hara Occidental. UN Doc. S/11880, 19 de noviembre de 1975, Anexo I, p.1.

134 En abril, Marruecos public� los t�rminos del acuerdo mediante el cual Marruecos y Mauritania compartir�n los ingresos procedentes de las lucrativas minas de Bou Craa. The Times (Londres), 17 de abril de 1976, p. 5.

135 Para m�s pruebas de ese acuerdo, v�anse, por ejemplo, los alegatos orales, Mr. Slaoui (Marruecos) CR 75/6 (traducci�n no corregida) (mimeo), mi�rcoles 25 de junio de 1975, pp. 6-9. En los alegatos escritos, Mauritania y Marruecos reivindicaron la totalidad del S�hara, cada uno de los dos pa�ses, y el Sr Slaoui se encarg� de poner esto en conformidad con el acuerdo de partici�n. En efecto, dijo al Tribunal que no se preocupara por eso, que:

"... hay un norte y un sur que yuxtaponen en el espacio los v�nculos jur�dicos del S�hara Occidental con Marruecos y Mauritania. Teniendo en cuenta la cuesti�n planteada al Tribunal, y considerando que, por definici�n, el mandato del Tribunal no hace referencia a problema pol�tico alguno y no implica delimitaci�n territorial alguna, el hecho de que haya solapamiento entre el norte y el sur que no servir�a para definir con m�s precisi�n, no puede modificar el sentido de las respuestas dadas por el Tribunal." Id., p.8.

136 New York Times, 11 de febrero de 1976, p. 28.

137 Nota 133 supra, Anexo II, p. 1.

138 THE ECONOMIST, 20 diciembre 1975, p. 50.

139 UN Doc. S/PV.1854, p. 36 (Representante Rahal, dirigi�ndose al Consejo de Seguridad).

140 AFRICAN RESEARCH BULL., 1-30 noviembre 1975, p. 3837.

141 Id., 1-31 de diciembre de 1975, pp. 3872-3874.

142 G.A. Res. 3458 (A), UN Doc. GA/5438, pp. 254-255 (1975). (Comunicado de prensa).

143 G.A. Res. 3458 (B), UN Doc. GA/5438, p. 256 (1975). (Comunicado de prensa).

144 Waldheim Given Difficult Missions [Misiones dif�ciles encomendadas a Waldheim] (Entrevista al Secretario General), THE DIPLOMATIC WORLD BULL., No. 5, 8 de marzo de 1976, pp. 1237 y 1243. "Lamento esta evoluci�n�", dijo Waldheim respecto al papel que se le hab�a asignado en esas resoluciones contradictorias. "Es una evoluci�n negativa: no podr�a darle a usted una respuesta m�s clara�". Id., p. 1243.

145 Hay que se�alar que la segunda Resoluci�n podr�a haber sido derrotada si la Asamblea, por mayor�a simple, hubiera determinado que ambas resoluciones eran "importantes", con lo cual su aprobaci�n hubiera necesitado el voto favorable de dos tercios de los presentes y una votaci�n acorde con el Art�culo 18(3) de la Carta de las Naciones Unidas.

146 UN Doc. A/PV.2435, p. 92 (1975). (Representante de Argelia, Sr. Rahal, dirigi�ndose a la Asamblea General); Le Monde, 9 de diciembre de 1975, p. 3.

147 NEWSWEEK, 26 de enero de de 1976, p. 35.

148 Conforme a las informaciones de la prensa, 65 miembros [de la Yema�] tomaron parte en la votaci�n, que coincidi� con la proclamaci�n, por el POLISARIO, de la Rep�blica �rabe Saharaui Democr�tica. N. Y. Times, 28 de febrero de 1976, p. 6.

149 Id., 27 de febrero de 1976, p. 5, y entrevistas.

150 Id.; THE DIPLOMATIC WORLD BULL., No. 5, 8 de marzo de 1976, pp. 1237 y 1242.

151 La finalizaci�n de la Administraci�n tripartita no disminuy� la voluntad del POLISARIO, o de Argelia, de resistir. La prensa espa�ola informaba en enero de encarnizados combates entre las guerrillas y las tropas mauritanas, incluso en las distantes ciudades sure�as de Villa Cisneros y Aargub, lejos de donde estaban concentr�ndose los argelinos. En Villa Cisneros (Dakhla), el jefe del Ej�rcito marroqu� coment� que sus hombres estaban all� "para proteger al Ej�rcito mauritano". WEST AFRICA, 26 de enero de 1976, p. 124. Durante los meses de enero y febrero se repitieron "sangrientas batallas" entre las columnas blindadas argelinas y el Ej�rcito marroqu� en torno al oasis de Amgala y Mahabes. N. Y. Times, 28 de enero de 1976, p. 3. Id., 29 de enero de 1976, p. 8; Id., 12 de febrero de 1976, p. 2; Id., 16 de febrero de 1976, p. 10; Id., 17 de febrero de 1976, p. 9.

Sin embargo, los efectos m�s lamentables fueron los sufridos por la poblaci�n civil. En represalia por la huida de los refugiados saharauis a Argelia, el Presidente Boumediene ya hab�a expulsado expeditivamente de su pa�s a 30.000 civiles marroqu�es (NEWSWEEK, 26 enero 1976, p. 35). El 6 de febrero, Argelia denunci� formalmente que las acciones militares de Marruecos y Mauritania estaban "adquiriendo pr�cticamente las proporciones de un genocidio" (Carta de fecha 6 de febrero de 1976, del Representante Permanente de Argelia ante las Naciones Unidas al Secretario General, UN Doc. A/31/48 y S/11971, p. 7 (1976)). Seg�n el POLISARIO, el 18 de febrero los marroqu�es, utilizando aviones de combate USA F-5, empezaron a atacar los campos de refugiados saharauis dentro de Argelia, en Um Dreiga. En los primeros dos d�as se inform� de la matanza de 45 civiles y de 378 heridos.

152 Esta opini�n ha sido manifestada, en entrevistas, por diversas personas de alto rango del Secretariado [General de la ONU]. Tambi�n est� recogida en JEUNE AFRIQUE, 13 de febrero de 1976, p. 20.

153 UN Doc. A/C.4/SR.2175, p. 15, 3 de diciembre de 1975.

154 Id., p. 22.

155 Id., p. 32.

156 Id., p. 33.

157 Id., p. 5.

158 Respecto a una reivindicaci�n de Guatemala basada en este argumento, v�ase UN Doc. A/PV.2431, 8 de diciembre de 1975, pp. 37 y 38-40, Sr. Maldonado Aguirre dirigi�ndose a la Asamblea General. Respecto a la reivindicaci�n espa�ola de que la autodeterminaci�n es aplicable solamente a "quienes ten�an sus ra�ces" en un territorio y no a los "colonos", v�ase 23 GAOR, Fourth Comm., 1799th meeting, p. 14 (1968). Respecto al argumento de Argentina, a los mismos efectos, con respecto a los habitantes de las Islas Malvinas, v�ase Report of the Special Committee on the Situation With Regard to the Implementation of the Declaration on the Granting of Independence to Colonial Countries and Peoples [Informe del Comit� Especial sobre la Situaci�n relativa a la Aplicaci�n de la Declaraci�n sobre la Concesi�n de la Independencia a los Pa�ses y Pueblos Coloniales], 19 GAOR, Annexes, Annex No. 8 (Part I), pp. 436-437, UN Doc. A/5800/Rev.1 (1964).

159 28 GAOR, Fourth Comm., 2074th meeting, p. 302 (1973).

160 As� por ejemplo, es una afirmaci�n frecuente, por parte de los blancos de Sud�frica, que la mayor parte de los negros llegaron s�lo despu�s de que los colonos blancos hubieran empezado a desarrollar el pa�s. Asimismo, la posici�n de Sud�frica es que, con la creaci�n de black "tribal homelands" ["patrias tribales" negras], los africanos que habitan en �reas de blancos no pueden esperar participar en el proceso democr�tico.



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* Miembro del Consejo Editorial de AJIL. Parte del presente trabajo fue realizado por el autor en su condici�n de Director del Programa de Derecho Internacional de la Fundaci�n Carnegie para la Paz Internacional, si bien las opiniones expresadas pertenecen exclusivamente al autor. El autor desea agradecer al Sr. Paul Hoffman, su ayudante de investigaci�n en la Fundaci�n Carnegie, su inestimable ayuda.

Original: The Stealing Of The Sahara

Publicado en: The American Journal of International Law (AJIL), October 1976, Vol. 70, No. 4, pp. 694- 721.

Traducci�n: Luis Portillo Pasqual del Riquelme

Revisi�n: Maria Juana Mira MacWillians

** N. del T.- El autor se refiere al n�mero de saharauis mayores de edad con derecho a voto, conforme al censo elaborado por Espa�a en 1975.

En el momento de salir a la luz la presente traducci�n en espa�ol (noviembre de 2008), Thomas M. Franck es Profesor em�rito en la Universidad de New York:
http://its.law.nyu.edu/facultyprofiles/profile.cfm?personID=19925

Fuente: lafogata.org

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