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Argentina: La lucha continúa
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Delitos de lesa humanidad en Mar del Plata.
Carlos A.Bozzi
En un extenso y fundado fallo, el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de la
Ciudad de Mar del Plata , dictaminó que los asesinatos cometidos en esa ciudad
por la llamada "Concentración Nacional Universitaria" en la década de los años
70, deben ser considerados delitos de lesa humanidad.
Por primera vez en su historia, la Justicia local resume detalladamente las
andanzas de este grupo de civiles , de signo para-militar, que asoló la ciudad
desde aquél fatídico lunes 6 de diciembre de1971,cuando irrumpiendo violenta-
mente en el Aula Magna de la Universidad Provincial de Mar del Plata ,asesinó a
la joven Silvia María Filler mientras participaba de una asamblea estudiantil.
Según recuerdan algunos, esta agrupación había nacido en la ciudad de La Plata
en 1967 bajo inspiración del filólogo tradicionalista Carlos Disandro, docente
de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Uni- versidad
Nacional de La Plata , con una orientación nacional-falangista, reivin-
dicándose como auténticamente peronista. Dos años más tarde se organizó en Mar
del Plata , conformada en su mayoría por estudiantes de la Facultad de De-recho,
dependiente de la Universidad Católica de Mar del Plata. Otras voces, en cambio
aseguran que realmente la CNU nació y se conformó íntegramente en la ciudad
balnearia, con posteriores lazos de unión en la CGT local ,en la condu- cción
misma del Partido Justicialista y en varios sindicatos afines al peronismo de
derecha.
A partir de fines de 1973,participó no solo en la luchas internas del peronismo,
sino también en la pelea del peronismo ortodoxo contra agrupa- ciones y
militantes de la izquierda socialista, según sea la ciudad en donde desa-
rrollara su actividad. Así en La Plata el 5 de diciembre de 1975 asesina a 8
jóvenes integrantes del Partido Socialista de los Trabajadores,que habían parti-
cipado en una huelga fabril. También operó en Bahía Blanca, junto a sectores de
las "Tres A", bajo la cobertura de las autoridades de la Universidad del Sur.
En Mar del Plata, su accionar violento se dirigió casi exclusivamente contra los
sectores de la Juventud Peronista y de la Juventud Universitaria Pero nista,
siendo responsable de numerosos asesinatos aún impunes, que precisa- mente esta
sentencia ordena investigar, desempolvando antiguos pero no menos valiosos
expedientes judiciales, que la justicia local -federal y provincial-llama-
tivamente archivó a poco de suceder cada hecho.
La aparente excusa que dio origen a tantos homicidios resultó ser el asesi nato
del abogado Ernesto Piantoni, jefe político de la organización, ocurrido el 21
de marzo de 1975 y que ningún grupo armado se adjudicó en ese momento.
Sin embargo en un reciente proyecto de ley, presentado por la diputada nacional
Nora Raquel Ginzburg, que procura se indemnice a los "Causa habien- tes de
personas fallecidas por el accionar de grupos terroristas subversivos en el
período 1960-1989 ", se dice: "La revista Estrella Roja Número 52, órgano
del PRT-ERP, de fecha 9 de abril, adjudica el hecho a Montoneros". De paso,
es interesante acceder a este proyecto de ley, pues en el mismo existen una
canti dad enorme de datos, difíciles de recopilar exclusivamente para la
ocasión de una simple tarea legislativa.
En cuanto a su entrenamiento militar, algunos también recuerdan en los años 75
,el paso por Mar del Plata de Santiago Cruciani, suboficial del Ejército, quién
bajo los alias de "El Tío" "Mario Mancini" saltó a la fama por ser unos de los
más crueles torturadores del Centro Clandestino de Detención "La Escueli- ta",
dependiente del V Cuerpo de Ejercito con asiento en Bahía Blanca.
Posteriormente,cuando Cruciani regresó a Mar del Plata, instaló la "Agen cia
de Investigaciones y Seguridad Privada" (VIP) con domicilio en la calle 25
de Mayo 3324,continuando su relación con el grupo de la CNU .En dicha agen- cia
supo prestar servicios Eduardo Ullúa, una de las personas mencionadas en el
fallo del TOF y que un testigo señala como Jefe del Comando de la CNU en Mar del
Plata, bajo la órbita del Destacamento de Inteligencia del Ejército en dicha
ciudad. Obviamente a esta persona se le imputan varios homicidios, mu- chos de
ellos a punto de ser esclarecidos por la tarea de este tribunal.
En un interesante articulo,publicado en la pagina web "Izquierda.Info" ti-
tulado " La Derecha Peronista Marplatense" ,Carlos Petroni describe lo siguien-
te: "La ciudad de Mar del Plata presentó, en relación con lo antedicho, un
desarrollo del peronismo de derecha eficazmente articulado, destacándose ante
todo su temprana vertebración, incluso durante aquellos períodos cuando desde
Madrid el respaldo se dirigía principalmente a las "formaciones especiales". A
pesar de ello fueron precisamente las tendencias derechistas del peronismo local
las que desataron la violencia política dentro del movimiento, teniendo por su
parte una responsabilidad mayor en los inicios de la violencia política en Mar
del Plata, a través del asesinato de Silvia Filler, estudiante de arquitectura,
el 6 de diciembre de 1971... estos grupos se nutrieron principalmente de dos
sectores sociales: estudiantes y profesionales de sectores conservadores de la
pequeña burguesía, u obreros cercanos a las tendencias burocráticas del sindi
calismo. Mientras que la Concentración Nacionalista Universitaria (CNU), la
Juventud Peronista Comando de Organización (CdO), la Alianza Libertadora
Nacionalista (ALN), el Sindicato de Abogados Peronistas (SAP) y la Agrupa- ción
"Rojo Punzó"- Movimiento de la Juventud Federal pertenecieron al primer tipo; la
Juventud Peronista de Mar del Plata (JP - MdP), la Juventud Sindical Peronista y
el Comando Revolucionario de la Juventud Obrera Peronista (CR – JOP) se
edificaron desde el ámbito sindical. De todas estas organizaciones la
Concentración Nacional Universitaria, fue indudablemente la más importante en la
ciudad; no desde su peso en el movimiento de masas, sino principalmente dado su
profuso accionar en marcha al ejercicio de la violencia".
Es así que el tribunal mediante la sentencia dictada, decidió reabrir la in-
vestigación por los asesinatos de Roberto Alejandro Wilson, Rene Arnaldo Izus,
Enrique Elizagaray, Guillermo Enrique Videla, Jorge Enrique Videla, Jorge
Lisandro Videla, Bernardo Alberto Goldemberg, Norberto Daniel Gasparri, Jorge
Alberto Stoppani, María del Carmen Maggi, Juan José Tortosa, Ricardo Emilio
Tortosa, Roberto Héctor Sammartino, Victor Hugo Kein, Jorge Dell Arco, Hilmar
Giles,Juan Manuel Crespo y Emilio Azorín, sin perjuicio de conti- nuar con la
recepción de pruebas respecto de otros homicidios de los que se pue- da tomar
conocimiento, considerándolos delitos de lesa humanidad e impres- criptibles.
El Tribunal encuentra
probado que el grupo aludido actuaba protegido y con la anuencia no solo de las
estructuras del Estado Nacional,sino también de integrantes de la Justicia
Federal local y de la Universidad Nacional de Mar del Plata, con cobertura de la
Policía de la Provincia de Buenos Aires, de la delega- ción de la Policía
Federal Argentina de la ciudad y del Poder Judicial Provin- cial , como así
también bajo protección de las autoridades militares asentadas en el "Grupo
de Artillería de Defensa Aérea", (Gada 601), que a partir del 28 de octubre
de 1975 fue designado cabecera de la Subzona 15, Area 51y 52 ,depen- diente del
Primer Cuerpo de Ejercito, Zona I., por lo que existiendo numerosos precedentes
judiciales similares, es procedente la persecución penal de los hechos
detallados anteriormente.
A más de numerosa prueba testimonial, el
Tribunal también ha basado su veredicto en informes de inteligencia originados
en la Prefectura Naval Argenti- na, en partes emitidos por la ex Dirección de
Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, en el testimonio de
Orestes Estanilao Vaello ante la Conadep en el año 1984 entre otros, llegando a
la conclusión final, que después del 24 de marzo de 1976, muchos de los
integrantes de la CNU pasaron a engro- sar las filas de los grupos de tareas de
la Subzona Militar 15, actuando incluso en la llamada "Noche de las Corbatas",
hecho ocurrido el 6 de julio de 1977.
En forma minuciosa e impecable el Tribunal ,integrado por los Jueces Falcone,
Portela y Parra, saca a la luz numerosas actuaciones judiciales abiertas con
motivo de los asesinatos ocurridos en aquella época, llamativamente cerra- das a
los pocos días de los hechos sin investigación alguna . Como ejemplo de ello, se
puede mencionar el hallazgo del titular registral de uno de los vehículos
utilizados en operativos de la CNU. No es un dato menor: treinta años
después, en breve tiempo y mediante una prolija requisa, los jueces pudie- ron
probar que el vehículo pertenecía al Sindicato de la Carne y Afines de la
Capital Federal, de íntima y estrecha ligazón con la CNU.
Estremece el relato que los mismos asesinos difundieron sobre los últi- mos
momentos de la vida de María del Carmen Maggi, Decana de la Facultad de
Humanidades y Secretaría General de la Universidad Católica de Mar del Plata,
secuestrada por dicho grupo el 9 de mayo de 1975, mofándose que la joven már-
tir "los perdonaba porque no sabían lo que hacían".
Quizás, por primera vez en la historia judicial del país, un tribunal argen-
tino considera que el Poder Judicial Federal de aquella época ha incurrido en
gra vísimas omisiones a la hora de investigar los asesinatos de este grupo
para-militar y por reabre la investigación para esclarecerlos.
Igualmente, los jueces dejan en claro que no se investiga a las personas por
pertenecer a determinada organización sino por los delitos en que habrían
participado, bajo el amparo de la protección estatal. Y así dicen en unos de sus
párrafos: "Lo expuesto precedentemente resulta perfectamente aplicable a
la magnitud, gravedad e impunidad con la cual se condujeron los autores, cóm
plices y encubridores de los delitos hasta ahora investigados. El avance de la
pesquisa seguramente irá aumentando su número, ya que lamentablemente se
desconoce la cifra real de las víctimas de las tristemente célebres Triple A y
C. N.U. La acción penal emergente de tales hechos no se encuentra prescripta
como erróneamente sostiene el fiscal general, ni tampoco le corresponde ejer-
cerla a este Tribunal como afirma en su dictamen; por el contrario, en nues- tro
carácter de funcionarios públicos debemos velar por la realización de una
exhaustiva investigación de estos hechos lo que hasta ahora, a pesar de haber
transcurrido más de treinta años, no se ha efectivizado. La justicia debe
abrirse a las víctimas del terrorismo de Estado, no cerrarse...Debe recordarse
que la Corte Suprema de Justicia, in re: "Arancibia Clavel" consideró, con apego
a la definición mencionada, que formar parte de una agrupación desti- nada a
perseguir opositores políticos, por medio de homicidios, desaparición forzada de
personas y tormentos, con la aquiescencia de funcionarios estata- les,
constituía delito de lesa humanidad y un atentado al derecho de gentes tal como
lo prescribe el artículo 118 de la Constitución Nacional".
Es indudable que la "CNU" como brazo colateral de la "Triple A" en Mar del Plata
, fue un aparato que actuó bajo la protección estatal y esta resolu- ción ,
después de muchos años , vuelve a poner las cosas en su lugar, remitiendo toda
la documentación recopilada por el Tribunal a la Fiscalía Federal, para que se
reabran las causas para juzgar a sus integrantes, investigación de la que sin du
da alguna surgirán los nombres de otras víctimas y también los de otros victima-
rios.
Carlos A.Bozzi
Sobreviviente de "La Noche de las Corbatas"