VOLVER A LA PAGINA  PRINCIPAL
Latinoamérica

18 de marzo de 2004

Vía no consular para presentar casos de prisión política y tortura en Chile

Pedro A. Matta (Chile) y Germán F. Westphal (EE.UU.)
Rebelión


Las víctimas de prisión política y tortura residentes en el extranjero pueden enviar ahora sus antecedentes directamente a la Comisión sobre Prisión Política y Tortura, sin tener que tramitarlos a través de consulados o representaciones diplomáticas que, por cualquier motivo, no les merezcan confianza.

La Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, que inició sus actividades el pasado 11 de noviembre del 2003 y que funcionará hasta el 11 de Mayo del 2004, ha indicado que hasta el 1° de marzo de 2004, unas 13 mil personas han hecho entrega de sus datos personales referentes a prisión política y tortura durante la dictadura militar.

Respecto a las personas que residen en el exterior del país, se les reitera que, para hacer llegar sus datos a la Comisión, deben bajar el formulario especialmente diseñado para estos fines de cualquiera de las siguientes páginas de Internet:

http://www.comisiontortura.cl
http://www.comisionpresospoliticos.cl
http://www.comisionprisionpoliticaytortura.cl

Una vez llenado y firmado el formulario, el interesado podrá hacerlo llegar -en sobre sellado- al Consulado de Chile más cercano o, si prefiere, directamente por correo certificado a la siguiente dirección:

Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura
Moneda 1025, 7° Piso
Santiago, Chile

Además, a iniciativa, consideración y decisión del interesado, también podrá utilizar cualquier correo que le sea confiable.

Ante cualquier duda relativa a lo anterior, los interesados pueden ponerse en contacto directo con el Sr. Secretario Abogado de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, don Cristián Correa Montt, a través de los teléfonos (56-2) 477-8702 y (56-2) 477-8703, o su correo electrónico:

ccorream@cpt.gov.cl

Al formulario anteriormente mencionado, los interesados deben acompañar fotocopia simple de todo documento, certificación o recorte de prensa atingente a los hechos denunciados y que puedan ayudar al proceso de certificación por parte de la Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura. Además, los interesados deben acompañar fotocopia simple de cualquier documento de identidad vigente en el país de residencia donde aparezca su firma. Este documento servirá para acreditar la validez de la firma en el formulario.

Es importante señalar que del éxito de la Comisión mencionada, se desprenderá el Primer Catastro Global Oficial sobre violaciones a los derechos humanos sin causa de muerte durante el período del 11 de septiembre de 1973 al 10 de marzo de 1990. Este catastro dejará un registro histórico sobre tortura y prisión política y servirá también para la eventual asignación y otorgamiento de medidas reparatorias a las víctimas.

Por último, cabe destacar que desde noviembre último a esta fecha, se ha podido observar la natural renuencia o el legítimo rechazo de parte de muchas víctimas de tortura y prisión política, a entregar en los consulados o representaciones diplomáticas de Chile el formulario mencionado y los documentos que apoyan su denuncia -documentos personalísimos y confidenciales. En general, esto obedece al hecho de que en algunos casos, el propio cónsul o algunos miembros del personal de la representación diplomática formaron parte del "servicio exterior" de la dictadura, brindando apoyo al dictador y convirtiéndose en cómplices tácitos del ocultamiento de los crímenes que se cometían en el país, o colaborando -por lo menos implícitamente- a la comisión de éstos al participar en representaciones diplomáticas chilenas que sirvieron como base de operaciones, espionaje y soplonaje contra connacionales exiliados o refugiados.

En este contexto, la natural y consiguiente desconfianza que esta situación origina, ha sido resuelta con la apertura de la posibilidad de hacer llegar los datos y documentos directamente a la Comisión por correo certificado o a través de una persona que viaje a Chile y constituya un correo confiable, obviando de esta manera el trámite a través de los consulados y representaciones diplomáticas.

Esta medida, de toda lógica y sentido común, constituye una garantía que entrega un mayor grado de seguridad a las víctimas de tortura y prisión política respecto a la recepción, manejo, análisis y recopilación de la información, y les debe dar un aliciente más para contribuir a formar este importantísimo registro oficial sobre tortura y prisión política durante la dictadura, con su inmenso valor histórico y contenido ético.