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Argentina: La lucha continúa

COMUNICADO DE LA FEDERACION INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS (FIDH)

La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH
Argentina: recrudecimiento de la criminalizacin de la protesta social

La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), de acuerdo con sus asociaciones miembro en Argentina: el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Comité de Acción Jurídica (CAJ) y la Liga Argentina por de los derechos del Hombre (LADH), expresa su extrema preocupación por diversas decisiones judiciales hechas públicas la semana pasada, que implican un recrudecimiento de la criminalización de la protesta social en Argentina.

La FIDH y sus organizaciones miembro consideran extremadamente preocupante la actitud de los Tribunales argentinos, que cada vez con mas frecuencia, deciden mantener en prisión preventiva a ciudadanos argentinos por el único hecho de haber participado en manifestaciones donde expresaban demandas legítimas. Los detenidos, que deberán permanecer en prisión hasta que se substancie el juicio, se encuentran acusados de variados delitos que atentarían contra la libertad u orden público.

En efecto, los detenidos se encuentran acusados de delitos como 'coacción agravada' o de 'atentar contra la seguridad del Estado', lo que podría comportar, si se produce concurso de delitos, una pena de hasta 16 años de prisión.

La FIDH y sus organizaciones miembro consideran que la utilización de estos tipos penales tiene como efecto limitar el libre ejercicio de los derechos de libertad de expresión de los manifestantes. En efecto, la FIDH y sus organizaciones miembro resaltan en particular su preocupación por la disposición de una pena preventiva, así como de las penas de prisión que implicarían los cargos que se han imputado.

La FIDH y sus asociaciones miembro denuncian estas recientes decisiones judiciales que implican un considerable recrudecimiento de la criminalización de la protesta social en Argentina. A este efecto, la FIDH recuerda que el derecho a la libertad de reunión y de manifestación se encuentran consagrados en los artículos 19 y 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 19 y 21 del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos.