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Latinoamérica

EL PARLAMENTO CONFIERE A URIBE VELEZ PODERES EXCEPCIONALES

EL PARLAMENTO CONFIERE A URIBE VELEZ PODERES EXCEPCIONALES PARA NEGOCIAR CON LOS PARAMILITARES CONFIRMANDO LA DOCTRINA DE ESTADO DE EXCEPCION Y LA "FUJIMORIZACION" DE LA GUERRA CIVIL.

El pasado jueves, el gobierno de Álvaro Uribe Vélez recibió el espaldarazo más importante del Congreso en lo que a política de paz se refiere. Con la aprobación en la Cámara de Representantes de la prórroga de la Ley 418 de 1997, se estableció el marco jurídico que regirá los destinos del país durante los próximos cuatro años en materia de orden público.
La decisión del Parlamento significa ni más ni menos que darle carta blanca al Ejecutivo para negociar con los grupos insurgentes, pero sobre todo, perfila el instrumento legal para entablar procesos de paz con las autodefensas al eliminar el estatus político como condición para negociar con esta organización.
Aunque la decisión no produjo mayores sorpresas, el debate permanece a la orden del día. El eje central de la controversia: la eliminación del estatus político para dialogar con organizaciones armadas ilegales, lo cual transforma radicalmente la estructura de negociación política del conflicto armado en el país.
Desde el primer momento el Gobierno apuntó a modificar la columna vertebral de la Ley 418 de 1997: eliminar el requisito de reconocimiento previo de carácter político a las organizaciones armadas ilegales, contenido en el artículo 8º, sobre la base de reconocer que el conflicto armado en el país enfrenta a varios grupos y que la violencia indiscriminada contra la población civil representa en la práctica profundos retos al ordenamiento jurídico para brindar soluciones efectivas a esta situación.
Sin duda alguna, la prórroga de la Ley 418, con las modificaciones presentadas por el Ejecutivo y aprobadas por el Congreso, tiene amplias repercusiones en el marco de la política de paz. La más clara: se amplía el espectro de los destinatarios de los diálogos y negociaciones. Y, tanto Gobierno como ponentes de la iniciativa en el Congreso, coincidieron en señalar que la ley debe ser un instrumento para facilitar la consecución de la paz y no ser un obstáculo para ella.
"Para el Gobierno es un hecho que la paz, por la vía de diálogos, negociaciones y suscripción de acuerdos, difícilmente podría ser alcanzada si tan sólo se permitieran con los grupos guerrilleros, quienes tradicionalmente han sido los beneficiarios del otorgamiento del carácter político. La realidad que vive Colombia es la de una guerra irregular en la que participan diversos actores y que necesita mecanismos que permitan acercamiento con las distintas organizaciones que, en el marco del conflicto armado, son generadoras de violencia. De nada serviría solucionar el problema de la guerrilla, si no se soluciona también el problema de otros grupos insurgentes, como el de las autodefensas", rezó la ponencia para primer debate en Senado, presentada a mediados de noviembre pasado.
En ese sentido, conseguir la prórroga de la Ley 418 de 1997 fue un punto fundamental de trabajo para el Gobierno, pues, de lo contrario, se hacía inviable la posibilidad de adelantar procesos de paz.
"Esta ley es nuestra caja de herramientas y el Congreso tomó la mejor decisión", señaló una fuente de la oficina del Alto Comisionado para la Paz, quien indicó que el Gobierno nunca consideró mantener la figura de estatus político como condición para iniciar diálogos de paz, no sólo por considerar que hoy, tanto en la guerrilla como en la autodefensa, impera la fuerza de las armas, sino porque una política de paz de Estado no puede ser excluyente.
"El estatus político no se gana por las balas sino por la capacidad política, producto de un proceso de desmovilización. Esta ley parte de reconocer una realidad: guerrilla y autodefensas hoy no son más que actores armados. Para el Gobierno no hay delincuentes buenos y malos.
Ambos son terroristas y son reconocidos de la misma manera. Por eso el Presidente no compartía la condición de estatus político como primer paso para una negociación. Para ejercer una verdadera política de paz, es contradictorio dejar por fuera a uno de los actores fundamentales.
Esta ley le abre la puerta a una verdadera política de paz", señaló la fuente de Palacio.
Uno de los ponentes de la ley, el senador Rafael Pardo Rueda, indicó que la ley prorrogada no cambia el fondo sino la forma de llevar a cabo las negociaciones de paz por parte del Gobierno.
"No se trata de no darles estatus político a los paramilitares, sino de eliminar el requisito de que el Gobierno tenga que otorgarlo para iniciar diálogos con los actores armados. La posibilidad de hablar con la autodefensas se había introducido en la ley de 1997 y la prórroga no cambia nada: la diferencia es que se quitó la declaración de estatus político. Cambió la forma, pero la posibilidad ya existía en la 418 anterior", señaló Pardo.
Incluso, aunque ponente de la ley, el senador uribista reconoció que este tipo de leyes restringen la maniobrabilidad del Gobierno Nacional para hacerle frente a la situación de orden público y responden más a la costumbre de expedir normas limitativas en el país.
"Estas leyes restringen la capacidad del Gobierno para manejar el orden público porque le dicen qué puede hacer y qué no. Pero las negociaciones de paz que se hicieron en la década de los 90 no estaban enmarcadas bajo ninguna de estas leyes y se pudieron hacer acuerdos, zonas de distensión, conceder indultos y amnistías. Lo que pasa es que se ha vuelto una costumbre el establecer límites, porque así se venía haciendo en los dos gobiernos anteriores. Y, en este caso, los límites tienen que ver con no cambiar el Código Penal ni el concepto de delito político. Lo que hace la ley es decir con qué grupos se puede hablar y dejar constancia de que el Gobierno es responsable políticamente de estos diálogos", añadió Rafael Pardo.
Para el ex consejero de Paz Carlos Eduardo Jaramillo, la prórroga de la ley nunca estuvo en riesgo pues responde, en el marco de un país que enfrenta un conflicto armado interno, al instrumento jurídico que necesita el Gobierno para entablar negociaciones de paz.
"El país hoy está sintonizado con este tema. Aunque la expectativa de una negociación con las autodefensas ayudó, no responde sólo a este interés pues, de no haberse prorrogado, el Gobierno se habría quedado sin instrumentos, por ejemplo, para decretar una posible zona de encuentro con el Eln", indicó Jaramillo, quien ofició como consejero de Paz durante la administración de César Gaviria, en la cual se lograron acuerdos de paz con la Corriente de Renovación Socialista, el Quintín Lame y el PRT, entre otras agrupaciones insurgentes.
Jaramillo reconoció que la prórroga de la Ley 418 da claridad jurídica a las negociaciones futuras para solucionar el conflicto en el país.
"En el pasado se hicieron negociaciones de paz sin este tipo de leyes, pero se corría el riesgo de que se demandara su juridicidad. Esta ley da claridad y blinda la negociación. No hay que andar espulgando códigos para ver cómo dialogar. Antes se podía hablar con los paramilitares, pero esos contactos muchas veces se hacían clandestinamente. La actual ley es una alternativa para realizar aproximaciones sin esa espada de Damocles que tenía el Gobierno de estar extralimitándose en funciones.
Hoy, por así decirlo, hay permiso para negociar abiertamente", indicó Carlos Eduardo Jaramillo.
Incluso, el otrora consejero de Paz advirtió que el Gobierno actuó con pragmatismo al eliminar el estatus político como condición para negociar con los grupos armados con un doble objetivo: no asumir el costo político de otorgar este requisito a las autodefensas, pero tampoco cerrarle las puertas de la paz a un actor armado generador de violencia en el país.
"El costo de reconocerles de entrada el estatus a los paramilitares era muy alto, pero el país tampoco se podía dar el lujo de cerrarle la posibilidad a la paz a un ejército armado de 15.000 combatientes, que son los responsables de más del 70% de las masacres que se cometen en el país. Para hacer la paz hay que buscar mecanismos legales que involucren a todos los actores. La ley tiene que ser dinámica y ajustarse a las condiciones de cada momento político del país. Y hoy, la realidad de la guerra y de los actores armados amerita un nuevo telón de fondo para la negociación. Esta prórroga es el resultado de un pragmatismo del Gobierno y de la dinámica del conflicto", señaló Jaramillo.
Para el ponente de la ley en la Cámara de Representantes, Luis Fernando Velasco, el elemento central es que, por primera vez, en materia de paz no se legisla sobre la base de la ficción sino de cara a la realidad del país.
"La Ley 418 de 1997 facultaba al Presidente para negociar con la guerrilla y buscar el sometimiento a la justicia con los paramilitares.
Ahora partimos de reconocer que no podemos seguir legislando en ficción: lo que demuestra la realidad del conflicto es que los actores armados siguen siendo los mismos negociando o no. Reconocer el conflicto tal cual es nos permite tener instrumentos pragmáticos para resolverlo. Lo primero es mirar con quién negociar y hoy es indispensable involucrar a todos los actores del conflicto", indicó Velasco.
Sin embargo, señaló que, aunque a la luz de esta ley el Gobierno puede levantar órdenes de captura contra los voceros de las autodefensas y conceder amnistías e indultos, la Constitución limita estos beneficios al delito político.
"Aunque discutible, de producirse un proceso de paz con estas organizaciones habría que establecer un mecanismo jurídico para cambiar el marco constitucional", añadió Luis Fernando Velasco.
El representante a la Cámara resaltó tres modificaciones que, desde su óptica, merecen especial reconocimiento: establecer límites a posibles zonas de despeje, en las cuales se debe respetar la presencia de autoridades civiles; la aprobación de un seguro contra riesgos para aproximadamente 80.000 voluntarios de la Cruz Roja, la Defensa Civil y los Bomberos, sobre la base de reconocer que en la mayoría de los casos son quienes atienden a las víctimas en las zonas de conflicto; y la ampliación del concepto de víctima del conflicto, en la cual los menores combatientes y los desplazados quedan expresamente protegidos.
Sin embargo, la controversia que genera la modificación hecha a la Ley 418, que permite entablar procesos de paz con las autodefensas, sigue en pie.
Para el representante a la Cámara Gustavo Petro, aunque en la redacción de la ley el cambio sustancial se circunscribe a la eliminación de una frase, las implicaciones para el país aún no se han evaluado con rigor.
El principal: permitir el indulto de crímenes de lesa humanidad, sobre la base de modificar la concepción del delito político en el país.
"Con la modificación del estatus político lo que busca el Gobierno es poder otorgarles a los paramilitares indultos y amnistías. Pero el Código Penal especifica que el delito político es la rebelión: actores armados que se rebelan contra el Estado. Y esto puede prestarse a una manipulación: hacer aparecer a los paramilitares como rebeldes contra el Estado, o intentar, vía ley, modificar la concepción del delito político y reformar el Código Penal. Por eso, el Gobierno quiere instrumentos mayores a los ya establecidos en la ley antigua en relación con los paramilitares", indicó el representante a la Cámara.
Incluso, Petro señaló que la facultad del Gobierno para decretar zonas de distensión a las autodefensas en caso de iniciar diálogos de paz sin necesidad de reconocerles estatus político responde a un interés de levantar un manto de impunidad sobre crímenes de lesa humanidad cometidos por miembros de esta organización al margen de la ley.
"Esta ley es un instrumento para generar una zona de distensión con los paramilitares y, de esta manera, suspender a sus voceros órdenes de captura, que en este caso son por delitos de lesa humanidad cometidos en Colombia, y por narcotráfico", indicó Petro, quien manifestó la necesidad de establecer límites claros en un eventual proceso de negociación con las autodefensas, de cara a restablecer los derechos de la sociedad civil a la justicia y la verdad.
"Durante el debate de la ley, nosotros hicimos una proposición para establecer límites al Gobierno en un eventual proceso de negociación con los paramilitares: que a la luz del DIH los crímenes de lesa humanidad no fuesen indultados, y el derecho prevalente de la víctima a conocer la verdad. Que la verdad sea un límite al proceso de negociación con los paramilitares. Pero, por manejos del Gobierno, la propuesta fue rechazada. Incluso, el Ministro del Interior dijo que la verdad es un obstáculo para hacer un proceso de paz. Nos dio la razón cuando decimos que esta ley, tal y como está, sirve para generar impunidad sobre crímenes cometidos por los paramilitares", sostuvo Gustavo Petro.
Lo cierto es que la Ley 418, prorrogada con las actuales modificaciones, pasó a conciliación para la definición del texto que el presidente Uribe deberá sancionar. Durante los próximos cuatro años el país tendrá una nueva estructura de negociación con miras a desmovilizar a todos los grupos armados al margen de la ley sin distinción política o, por lo menos, permitir acuerdos que reduzcan la intensidad de la barbarie.
[Fuente: Diario El Espectador, Bogota, Col, 15dic02] -------------------------------------------------------------------------- ii) AUTOINDULTO Por: Iván Cepeda Castro En agosto de 1994, a dos días de la posesión de Ernesto Samper, fue asesinado Manuel Cepeda Vargas, el último Senador de la Unión Patriótica elegido por voto popular. Cinco años de investigaciones y esfuerzos fueron necesarios para que obtuviéramos un primer pronunciamiento de la justicia ordinaria. En diciembre de 1999, un juez penal de Bogotá condenó a dos suboficiales del Ejército a 43 años de prisión cada uno, poniendo en evidencia que los crímenes contra la U.P. han sido diseñados y ejecutados desde las brigadas del Ejército. Esa misma sentencia, no obstante, absolvió al jefe paramilitar Carlos Castaño Gil como uno de los autores intelectuales. Las condenas y la absolución se produjeron en medio de inmensas presiones: la esposa y una de las hijas del testigo principal del caso fueron "desaparecidas", otros testigos, que sostenían la culpabilidad de Castaño, se retractaron y algunas de las piezas probatorias fueron destruidas. Por nuestra parte, a los pocos meses de la sentencia tuvimos que abandonar el país bajo amenazas de muerte.
Estando en el exterior recibimos un ejemplar de Mi Confesión, el libro en el que Castaño reconoce, e intenta justificar, la autoría de éste y de decenas de otros crímenes, y en el que se burla de la justicia colombiana que lo absolvió. Hemos entregado el libro como prueba que deberá considerar la Corte Suprema de Justicia al pronunciarse, en los meses que vienen, sobre la apelación en casación de esa sentencia absolutoria.
El cuadro que ofrece la reconstrucción de los hechos en el expediente judicial es elocuente sobre los mecanismos que se han empleado en Colombia para exterminar a la oposición política legal. Un equipo mixto actuó compartiendo funciones: los paramilitares organizaron en Medellín el robo del carro con el que se llevó a cabo el asesinato de mi padre y enviaron un grupo de dos sicarios -dirigidos en Bogotá personalmente por Castaño-; por su parte, los militares se encargaron de las "labores de inteligencia", designaron, por órdenes del Alto mando, a los dos suboficiales- uno de los cuales fue el ejecutor del asesinato - y efectuaron las tarea de encubrimiento. Este es, como vemos, un buen ejemplo de la realidad del vínculo, al más alto nivel, entre agentes de las Fuerzas Militares y grupos paramilitares, que se ha intentado negar una y otra vez en las declaraciones oficiales.
Ahora, se han dado a conocer los detalles de los primeros resultados de los contactos promovidos por el gobierno para iniciar los "diálogos de paz" con estos grupos; cuyo presupuesto es encontrar una fórmula expedita de perdón para sus delitos que no exija reconocerles un estatus político. El Alto Comisionado para la Paz, asumiendo la vocería de la sociedad, ha hablado incluso de un indulto a cambio de confesión de los crímenes. Es el momento oportuno, entonces, para que, como víctimas de un crimen cometido por los paramilitares y los militares, reafirmemos nuestra posición en el debate público acerca de este proyecto de perdón.
Sin descontar que esta especie de autoindulto sería un pésimo antecedente para los verdaderos procesos de paz en el futuro, pues daría a todos aquellos que han cometido atrocidades en la guerra la garantía de impunidad, habría que tomar en cuenta la experiencia de intentar recorrer el camino de transición a la paz sin pasar por procedimientos de justicia; experiencia que en todas partes ha demostrado tozudamente que no existe reconciliación duradera si no se satisface esta última necesidad y si el resultado del proceso de transición es el mantenimiento de la impunidad que ha imperado en la sociedad. Y ello es así por la naturaleza del trabajo requerido para superar el delirante saldo de las formas de violencia extrema que han sido ejercidas, que podemos resumir en la destrucción de sectores sociales enteros. Los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra (el genocidio, las masacres, la "desaparición" forzada, la tortura, el secuestro, el desplazamiento, el ataque indiscriminado contra la población civil) son considerados por el derecho internacional como actos que atentan contra la dignidad de todos los miembros de la comunidad humana. Su connotación es que son masivos y sistemáticos, es decir, que de manera indiscriminada o selectiva, a través de un plan concertado o de estrategias independientes, persiguen privar a la humanidad de su diversidad intrínseca, lesionando el sentido de dignidad del género humano.
Este efecto destructor de la sociedad genera consecuencias que sólo pueden ser percibidas en su totalidad con el paso del tiempo, dada la envergadura de la aniquilación causada. A veces se requiere la sucesión de varias generaciones para poder efectuar el balance definitivo de sus profundas repercusiones sobre el espectro de la vida colectiva, pues sólo en la perspectiva de la distancia temporal, sus múltiples secuelas se muestran en toda su crudeza.
Como decíamos, estas repercusiones son aún más significativas si no se logra alcanzar el reconocimiento general de los daños causados, y si éstos no son reparados de manera adecuada e integral. La ausencia de la sanción de la sociedad equivale a prolongar indefinidamente en el tiempo estos efectos. Y esto con mayor razón en una sociedad, que como la nuestra, no ha conocido a lo largo de su historia la justicia ante los crímenes de lesa humanidad ni ante los crímenes de guerra. Como se sabe, en la ausencia o la parcialidad de la justicia institucional se abre el espacio para la proliferación caótica de "justicias particulares", cuando no para el imperio de la venganza. (Precisamente, Castaño busca justificar las muertes y masacres que ha cometido u ordenado en su incredulidad de que la justicia pudiera castigar el asesinato de su padre por parte de la guerrilla).
Por todas estas razones, el principio jurídico de la prescripción, de la extinción de toda actuación de los jueces, no puede ser invocado con relación a este tipo de atrocidades. La imprescriptibilidad -estipulada, entre otros instrumentos internacionales, en la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad (1968)- es el correlato jurídico del trabajo de larga duración que debe realizar toda sociedad para lograr superar las consecuencias que éstos han tenido. Los crímenes masivos y sistemáticos, por lo tanto, no pueden ser materia de indultos o amnistías.
Pero además de estos argumentos que provienen del derecho, existen otros que son de carácter ético que pretende dejar a un lado la fórmula facilista de perdón a cambio de confesión. Frente a la magnitud de estos crímenes ¿quién otorga el perdón?, ¿la Iglesia?, ¿la Oficina del Alto Comisionado para la Paz?, ¿el Parlamento? Al ser la sociedad la que ha sido severamente desestructurada, todo intento de reconciliación no puede ser emprendido sino en el marco de un proceso que involucre a la sociedad misma y, en primer termino, a quienes han sufrido las consecuencias directas de estos crímenes. No puede haber perdón de los victimarios sin que sus víctimas sean las primeras concernidas y consultadas. Ni la Iglesia ni el Estado pueden abrogarse unilateralmente la facultad de buscar una fórmula expedita para perdonar a quienes han cometido crímenes que han afectado al conjunto de la sociedad.
Afirmación que nos conduce a preguntar por las condiciones necesarias para que el perdón se otorgue. En este sentido, no puede haber perdón sin un proceso social de reconciliación del cual la justicia es un punto indispensable, pues no existe convivencia posible sin la aplicación del derecho. Más allá del regateo de las penas, ese proceso de reconciliación con justicia implica que los perpetradores de los crímenes comparezcan ante los tribunales, que reconozcan su responsabilidad y que sean sancionados de cara a la sociedad. Implica que, a su turno, las víctimas puedan presentar su testimonio ante los jueces y ante la opinión pública, y que el daño causado sea reconocido como tal por el conjunto de la sociedad.
En cuanto a la confesión de los crímenes, en otros procesos de reconciliación -como es el caso de las audiencias de la Comisión de la Verdad en Sudáfrica- se ha podido comprobar que cuando se presenta por fuera de procesos de justicia, la confesión tiende a ser un acto meramente formal. Si el relato de los victimarios no está acompañado del reconocimiento auténtico de la injusticia cometida, éste se convierte en el falso arrepentimiento que persigue, como único fin, la amnistía de los delitos. No se trata por ende de la confesión formal ni de la confesión como la reafirmación del acto criminal, pues (como lo ilustra la propia "confesión" de Castaño) ésta puede ser una justificación pública del asesinato de personas inermes.
Para que se pueda producir en Colombia la reconciliación social en el contexto de un verdadero proceso de paz necesitamos, entre otros elementos indispensables, la controversia acerca de la justicia y el trabajo de rememoración de todas las víctimas de la violencia y la guerra en el espacio público. Ello es posible a través de dos procedimientos: la conformación de una Comisión de la Verdad, con amplios poderes, que realice audiencias en las que se pueda escuchar el testimonio de las víctimas y la versión de los victimarios con relación a las atrocidades que cometieron; y además, la realización de procesos de justicia con audiencias públicas que estimulen a la sociedad a alcanzar la comprensión y la reparación del daño causado por la violencia y la guerra. El debate público sobre los crímenes del pasado en el marco de los mecanismos de verdad y justicia es un acto liberador de educación cívica y, en última instancia, la fuente de la democracia.
**Iván Cepeda, investigador de ciencias humanas y defensor de derechos humanos, escribe sobre la impunidad y la falta de garantías de la justicia colombiana, tomando como base el caso de su padre, Manuel Cepeda Vargas, senador de la Unión Patriótica, asesinado por los paramilitares en agosto de 1994.
-------------------------------------------------------------------------- iii) AL QUE REPRESENTA INTERESES DISTINTOS AL ESTABLECIMIENTO ¡PUM!, LO MATAN. Y PARA CASTIGARLO POR ESTAR MUERTO, LE QUITAN LA PERSONERÍA JURÍDICA Por: Antonio Caballero Una escueta noticia de diez líneas en la esquina de una página interior del único periódico que circula en Colombia anuncia que el Consejo Nacional Electoral, en su leguleya sabiduría, acaba de retirarle la personería jurídica a la Unión Patriótica. Le faltan votos, dicen. Puede ser. Pero ¿el Consejo Superior Electoral, o como se llame esa cosa, no tiene en cuenta que todos los votantes de la Unión Patriótica fueron asesinados? ¿Y sus candidatos también? Al mismo tiempo, páginas y páginas del único periódico que circula en Colombia se dedican a explicar por qué las AUC, las autodefensas paramilitares, pueden y deben legítimamente negociar con el gobierno, con la ONU, con los Estados Unidos, con la Unicef, con la Organización Mundial del Comercio, con la Iglesia Católica, y también, por supuesto, con el Consejo Jurídico Electoral, o como se llame esa cosa. Y nadie, ni en el único periódico de circulación nacional que circula en Colombia, ni en las revistas semanales, empezando por esta en la que escribo, señala que fueron esos mismos paramilitares, en colaboración con las Fuerzas Armadas y ante la pasividad benévola de varios gobiernos sucesivos, quienes asesinaron uno tras otro a todos los candidatos de la Unión Patriótica, a todos sus militantes elegidos a algún cargo público -alcaldes, concejales, diputados, representantes, su único senador, sus candidatos presidenciales-, y a la mayoría de sus votantes. De los cuales, por consiguiente, no quedan suficientes para cumplir los topes mínimos exigidos por el Consejo Politiquero Electoral, o como se llame esa cosa.
Y no es sólo que nadie se escandalice ante semejante desvergüenza: es que a nadie se le ocurre ni siquiera registrarla. Sólo he visto al respecto una columna de opinión, en la revista Cambio, firmada por Lucho Garzón, el ex candidato presidencial del Polo Democrático, que fue (no sé si lo sigue siendo) miembro de esa Unión Patriótica minuciosamente exterminada y ahora ilegalizada por causa de su exterminio. Garzón es uno de sus pocos supervivientes, y no faltará quien diga con cinismo: "Claro: se queja porque la medida lo afecta directamente". Pero ¿es que ustedes creen que el exterminio de un partido político no nos afecta a todos directamente? Con su columna, Lucho Garzón salva el honor de los políticos, o por lo menos el suyo propio. Tal vez esta columna mía de protesta y de asco ayude a salvar el de los periodistas. Pero ¿quién salva el honor del Estado, representado por esa cosa que se llama no sé bien cómo, si Consejo o lo contrario de Consejo, si Superior o Inferior, si Electoral o Fraudulento, Fraudyuvante, Frau?? Así no se puede.
Llevamos cincuenta años, desde que en este país se prohibió por plebiscito la existencia de la oposición política, escuchando a los voceros del Establecimiento, a los periódicos de circulación nacional, cuando había varios, a las revistas, a los políticos, a los gobiernos, a los Consejos del Fraude Electoral, llevamos cincuenta años oyéndoles decir que la oposición al sistema, si es que la hay pese a estar prohibida, debe manifestarse de manera civilizada, mediante la utilización razonable y discreta de los mecanismos democráticos. Los votos. No las censurables marchas de protesta, ni las huelgas irresponsables, ni las condenables pedreas universitarias. Y al que no vota como toca, o se presenta a elecciones para que voten por él en representación de intereses distintos de los del Establecimiento, ¡pum!, lo matan. Y, para castigarlo por estar muerto, lo privan de su personería jurídica. Sinceramente ¿ustedes creen que así se puede? ¿Usted, señor presidente Uribe? ¿Usted, señor ministro Londoño? ¿Usted, señor procurador Maya? ¿Usted, señor fiscal Osorio? ¿Ustedes, señores de El Tiempo, de Cambio, de SEMANA? No. Así no se puede. Y es por eso que la oposición política ha quedado exclusivamente en manos de la guerrilla. Y la guerrilla, exclusivamente en manos de los secuestradores. Con sus métodos, la han secuestrado a ella misma.
Hago preguntas, pero no me hago ilusiones. Estoy seguro de que el gobierno del presidente Uribe, que se inmiscuyó con tanto ímpetu en la esfera del Poder Judicial para evitar que fueran liberados unos narcotraficantes que habían pagado sus penas fijadas por la ley, en este caso no va a decir ni mú. Respetará ahora sí, escrupulosamente, la independencia del Poder Electoral, representado por esa cosa que no sé bien cómo se llama.