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Derechos Humanos

El juez Bonadio ordenó la preventiva de Galtieri y otros 25 represores del 601

Los hombres del viejo batallón de las torturas En la causa sobre la desaparición de 20 jóvenes montoneros, el juez Claudio Bonadío ordenó la prisión preventiva de Leopoldo Galtieri y otros 25 represores, la mayoría integrantes del Batallón de Inteligencia 601. Declaró inconstitucionales al Punto Final y la Obediencia Debida.
Ex comandante en jefe del Ejército durante la dictadura, Leopoldo Fortunato Galtieri. Es la primera vez que llega a prisión por violaciones a los derechos humanos.

Por Victoria Ginzberg

El juez federal Claudio Bonadío dictó ayer la prisión preventiva de veintiséis represores que secuestraron, hicieron desaparecer y asesinaron a veinte personas entre 1978 y 1980. En una extensa resolución, en la que declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, el magistrado consideró que los miembros de las fuerzas de seguridad que cometieron crímenes contra la humanidad formaron parte de una asociación ilícita de la que el dictador Leopoldo Fortunato Galtieri -procesado ahora por primera vez por violaciones a los derechos humanos– era uno de los cabecillas.
En febrero de 1980 quince militantes montoneros que estaban en el exterior volvieron al país dentro de la Contraofensiva planeada por los líderes de la agrupación. Verónica Cabilla, Angel Carabajal, Matilde Adela Rodríguez de Carabajal, Jorge Oscar Benítez, Angel Servando Benítez, Lía Mariana Guanciroli, Raúl Milberg, Ricardo Marcos Zucker, Ernesto Emilio Cardozo, Marta Elina Libenson, Julio César Genoud, Angel Horacio García Pérez y Miriam Antonio Fuerichs fueron secuestrados poco después de entrar a Argentina. El 12 de marzo del mismo año Mónica Pinus y Horacio Campliglia, que formaban parte del mismo grupo, fueron detenidos en Río de Janeiro. En 1983 familiares de las quince personas hicieron una denuncia que dio origen a esta causa. A estos hechos se sumaron las desapariciones de Lorenzo Ismael Viñas y el padre Jorge Adur, secuestrados ese 26 de junio en Uruguayana, mientras salían del país rumbo a Brasil. Luego, en el transcurso de la investigación, Bonadío y el secretario Diego Agüero sumaron al expediente las desapariciones de Lucila Révora y Carlos Fassano, quienes fueron secuestrados en octubre de 1978. Junto con ellos estaba el hijo de la mujer, Eduardo De Pedro –de un año y ocho meses–, quien estuvo desaparecido tres meses.
Bonadío dicto ayer la prisión preventiva (equivale a un procesamiento) de veintiséis represores involucrados en estos crímenes y dejó en libertad a cinco acusados que habían sido arrestados el 10 de julio pasado. La investigación se basó en accionar del Batallón de Inteligencia 601, que nunca había sido investigado a fondo en una causa judicial. El magistrado y sus colaboradores, se adentraron en el rol de la comunidad de inteligencia y llegaron a la conclusión de que los miembros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que participaron de la represión ilegal durante la dictadura formaron una asociación ilícita subversiva. Bonadío consideró grave que los hombres en los que se confió la defensa del país cambiaran el sentido de sus funciones y destinaran los elementos y la autoridad para dedicarse a secuestrar, torturar y matar.
Entre los militares con prisión preventiva por formar parte de una asociación ilícita, apremios ilegales, privación ilegal de la libertad, reducción a la servidumbre y homicidio agravado por ensañamiento y alevosía están Galtieri, que era comandante en jefe del Ejército en 1980 y su segundo, Luciano Adolfo Jáuregui. Hasta ahora, Galtieri sólo fue condenado –e indultado– por su accionar durante la guerra de Malvinas. Fue perdonado con otro indulto por casos de desapariciones pero esta es la primera vez que está preso por estos hechos.
Bonadío también procesó a Carlos Guillermo Suárez Mason, jefe del Primer Cuerpo en 1978 y Carlos Alberto Roque Tepedino, jefe del Batallón 601. Dentro del batallón la oficina identificada como "Central de Reunión" era la que recolectaba información y se ocupaba de la supuesta lucha antisubversiva. El jefe de ese sitio, Jorge Ezequiel Suárez Nelson es otro de los procesados, como también Pascual Omar Guerrieri, a quien el juzgado considera el creador del grupo de tareas 2, que se encargó de reprimir a los montoneros. En cambio, el general Juan Ramón Mabragaña, los militares coronel Edgardo Gustavo Gomar, Hermes Oscar Rodríguez, el agente de inteligencia Oscar Edgardo Rodríguez y el policía Raimundo Oscar Izzirecuperaron ayer su libertad. Algunos son represores conocidos –como Izzi, que en los archivos de la Conadep figura como parte de staff de los centros clandestinos Club Atlético, Banco y El Olimpo–, pero el juez no pudo comprobar su participación en los hechos específicos de la causa.
"Se sabía mucho de la ESMA pero hasta este momento el 601 no había sido incriminado aunque fue un cuerpo de elite que tuvo a cargo acciones de las más sangrientas se había mantenido impoluto", afirmó satisfecha Cristina Zucker, hermana de Ricardo. La mujer expresó su satisfacción por el trabajo de Bonadío y porque el esfuerzo de más de veinte años de los familiares dio resultado. Zucker tuvo que lidiar en 1997 con Mauro Viale, en cuyo programa el sargento Nelson Ramón González aseguró que su hermano estaba enterrado en Campo de Mayo. Esta aparición hizo que la causa se reactivara, pero primero a Zucker le costó conseguir el casete de la audición. Claudia Allegrini, viuda de Lorenzo Viñas, que también impulsó la investigación junto con su abogado Ricardo Monner Sans, manifestó su "agradecimiento al juez, al secretario y a todo su equipo por esta investigación y espero que se llegue a completar lo que falta en esta causa". En el expediente aún hay siete prófugos.
Al dictar las prisiones preventivas Bonadío declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, posición por la que ya se había inclinado al procesar a miembros de la patota de la ESMA en el expediente por la desaparición de Conrado Gómez. Bonadío fundó esta decisión en el derecho internacional pero sobre todo en el artículo 29 de la Constitución Nacional que establece la nulidad de los actos que impliquen el ejercicio de facultades extraordinarias o la suma del poder público.
Para fundamentar el procesamiento más numeroso de militares en una causa por violaciones a los derechos humanos y el embargo de los bienes de los acusados por sumas que van de los doscientos cincuenta mil a los cuatro millones de pesos, Bonadío se basó en testimonios de sobrevivientes –como el de Silvia Tolchinsky, cuyo secuestro también se investiga en la causa– documentos secretos del Batallón 601 que se encontraron en el archivo de la Policía bonaerense, en los documentos desclasificados de Estados Unidos y en los legajos de los acusados y de otros miembros del batallón. En uno de ellos se señala a uno de los imputados como partícipe directo de los vuelos de la muerte.