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Latinoamérica

26 de enero del 2003

La reforma política y el referendo: Uribe comienza su gobierno antidemocrático en Colombia (2º parte)

Juan Pablo Arango Posada
Deslinde

¿Democracia participativa o remedo de democracia? .

Otro argumento que pretende relevar el supuesto carácter democrático de la reforma política uribista es que se hará por medio de referendo, uno de los mecanismos de la llamada democracia participativa, proclamada desde 1991 como superior a la representativa y que instituyó toda una gama de modalidades participativas al estilo del plebiscito, la consulta popular, la iniciativa legislativa popular, las Asambleas Constituyentes y el mismo referendo. Mecanismos todos que no se han aplicado (al igual que los treinta y un derechos constitucionales fundamentales consagrados en el Capítulo I del Título II de la CN) y son fácilmente manipulables por el Ejecutivo, por lo cual Carlos Gaviria se preguntó "¿Por qué será que el referendo es la predilección de tantos gobernantes autoritarios?" (El Tiempo, IX/27/02/1-9), pregunta ésta que se refiere -entre otros- a Adolfo Hitler, Benito Mussolini, Francisco Franco, Augusto Pinochet y Alberto Fujimori. En el mismo sentido, el ex presidente de Francia, Francois Mitterrand, rememoraba los frecuentes referendos y plebiscitos realizados por su antecesor, Charles De Gaulle, para cambiar las instituciones vigentes que obstaculizaran su cesáreo estilo de gobierno, sentenciando Mitterrand que había entronizado el "golpe de Estado permanente"..
La anterior funesta experiencia de democracia participativa en Colombia fue la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, la cual disolvió el Congreso elegido en marzo de 1990 -también, como ahora, acusado de materializar todos los vicios nacionales- y se fraguó no sólo sobre el cadáver del Parlamento sino de la anterior Carta Magna..
La representatividad o carácter democrático de todo el proceso constituyente de 1991 no constituyó sino una farsa. En efecto, César Gaviria fue elegido por 2.891.808 votantes, el menor guarismo desde cuando en 1978 Julio César Turbay ascendiera a la presidencia con 2.503.681 sufragios, mientras que el Congreso revocado por Gaviria (el de 1990) contó con el respaldo de 7,5 millones -más del doble de los 3.686.090 obtenidos por la Asamblea Nacional Constituyente- y en los comicios parlamentarios de octubre 27 de 1991 -que entronizaron al Congreso que reemplazó al del 90- participaron 5.322.844 personas. La historia se repite con Álvaro Uribe Vélez, quien consiguió 5.862.655 votos frente a los 10.297.495 del Senado y los 13.583.005 de la Cámara de Representantes. (Reg. Nac. del Estado Civil y El Tiempo III/10/02/1-8) .
El subterfugio de recurrir a la democracia participativa para liquidar al Parlamento y sacar avante las políticas del Ejecutivo ha sido característico de los más reaccionarios gobernantes colombianos y es de vieja data. Además de las Asambleas Constituyentes efectuadas en el siglo XIX, el general Rafael Reyes inició el XX cerrando el Congreso en diciembre de 1904, decretando el estado de sitio y convocando una Asamblea Constituyente que aumentó su período presidencial a diez años y autorizó que nombrara a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia previa aprobación del Senado, politizando así la justicia y sometiéndola al querer de las ramas Ejecutiva y Legislativa. Mariano Ospina Pérez también disolvió las Cámaras legislativas y presidió las elecciones en las cuales Laureano Gómez subió a la presidencia (como candidato único, ante la abstención a que fue forzado el liberalismo) para convocar raudamente una Asamblea Constituyente que se reunió por primera vez en 1952 con el propósito de transformar al Senado en un órgano corporativo -al estilo de los fascistas existentes en la Italia de Mussolini, la Alemania hitleriana y la bien amada y admirada por Gómez España de Franco-, suprimir la libertad de crítica y abolir la responsabilidad presidencial. Irónicamente, esta espuria Asamblea volvió a sesionar durante la dictadura de Gustavo Rojas Pinilla en junio de 1953, julio, agosto y septiembre de 1954, octubre de 1956 y mayo de 1957 para legitimar el gobierno militar y las medidas de quien había derrocado a Laureano. Posteriormente, el Plebiscito de diciembre de 1957 creó el Frente Nacional, entronizando la dictadura paritaria de los dos partidos tradicionales en todas las ramas del poder público, lo que fortaleció el Acto Legislativo No. 1 de 1959 estableciendo la alternación presidencial entre las mismas banderías..
Y más recientemente Rudolph Hommes explicó que el gobierno de César Gaviria utilizó la democracia participativa como hábil artimaña para entronizara su política aperturista: "Las reformas económicas de la administración Gaviria no hubieran sido posibles en ausencia de este revolcón político -se refiere al proceso constituyente-. (...) La perspectiva de los cambios políticos que se preveían en la nueva Constitución debilitó las coaliciones que defendían el statu quo económico y distrajo su atención. Montados sobre el entusiasmo público con el cambio y el deseo del Congreso de demostrar tardíamente que también podía trabajar, ante la inminencia de una revocatoria, Gaviria y sus colaboradores aprovecharon la ocasión y lograron que se aprobara la mayoría de las leyes que conformaron la espina dorsal de las reformas económicas conocidas como la Apertura durante la última legislatura de 1990, mientras el país y los grupos de presión estaban encantados y distraídos por la discusión y los eventos políticos." (El Tiempo, 27 de marzo de 1999) .
Es que la misma Constitución facilita la aplicación de toda la política neoliberal impulsada por el Primer Mandatario cuando en su art. 154 sobre iniciativa legislativa la concede en materias económicas exclusivamente al Ejecutivo. Por su parte, la cuarta pregunta del referendo (sobre "la adecuada intervención del Congreso, de las Asambleas y de los Concejos municipales en la inversión pública global y regional y en los ingresos del Estado") recorta aún más la participación que el Congreso debería tener en proponer y estudiar las leyes económicas, limitándola a "la realización de audiencias públicas especiales de control político, en las cuales los congresistas formularán los reclamos y aspiraciones de la comunidad"..
Cabe aclarar, sin embargo, que por razones jurídicas Uribe se vio compelido a concertar el referendo con el Parlamento. Según el artículo 1º del mismo referendo, éste se propone por medio de un proyecto de Acto Legislativo. Si bien el art. 375 de la Constitución atribuye al Ejecutivo la iniciativa de presentar al Congreso proyectos de actos legislativos, su trámite corresponde a este último (artículos 377 y 378 de la CN y Título IV de la Ley 134 de 1994 sobre Mecanismos de Participación Democrática), quien debe aprobarlos en dos legislaturas, requiriendo la segunda no una mera mayoría de votos, sino mayoría absoluta de sus miembros. Cumplidos los anteriores requisitos, entonces sí se citará la elección respectiva (o sea el referendo mismo), en la cual deberá participar por lo menos el 25% del censo electoral, más de seis millones de votos. Proceso todo que requiere del pronunciamiento previo sobre su constitucionalidad por parte de la Corte Constitucional (art. 241 de la CN y 34 y 44 de la Ley 134). Dada la dificultad de recaudar tan alto caudal de sufragios, el 2 de octubre de 2002 el gobierno extemporáneamente añadió -además de otro en el cual penaliza el porte y consumo por dosis mínima de droga, contraviniendo la sentencia emitida por la Corte Constitucional en mayo de 1994- un nuevo artículo al referendo, estableciendo que los actuales alcaldes y gobernadores permanezcan en sus cargos hasta el 31 de diciembre de 2004, unificando así el periodo de cuatro años aprobado por acto legislativo para todos los mandatarios regionales a partir de enero de 2005. Esta última pregunta fue calificada casi unánimemente de politiquera por los congresistas, señalando que busca convertir a los actuales gobernadores y alcaldes en sus principales aliados en la consecución de los votos necesarios para aprobar el referendo. (El Tiempo, X/2/02/1-9) Aunque finalmente las comisiones primeras no aprobaron la prorroga de gobernadores y alcaldes, Londoño H. insistió en que la volverá a presentar en plenarias. (El Tiempo, X/16/02/1-8) .
En relación con la técnica jurídica del referendo, a efecto de que resulte claro y fácil de responder debe ser corto; mas el propuesto por Uribe tiene 17 preguntas que abarcan casi igual número de páginas, sin mencionar la avalancha de nuevos interrogantes propuestos por diversos congresistas, a los cuales sólo faltaría añadir la pregunta que, en son de chanza, propuso al Presidente el representante Ramón Elejalde: "Con el fin de que los sufridos hinchas del DIM puedan alcanzar el campeonato de fútbol que no han obtenido en las canchas, vota usted para que le concedamos la tercera estrella a este equipo antioqueño?" (El Tiempo, X/11/02/1-4) Sobre el elevado número de preguntas el representante liberal Luis Fernando Velasco recordó que en los referendos convocados en Italia, Francia, Andorra y Timor Oriental el cuestionario estaba integrado por dos preguntas, mientras que en Colombia "Vamos a aprobar un referendo que más parece unas pruebas de Estado, un Icfes. Me tardé 12 minutos en leerlas." (El Tiempo, IX/27/02/1-9) .
Además, las preguntas deben redactarse de manera que no induzcan las respuestas, pero en el texto actual su encabezado -sin excepción- está escrito induciendo a que se conteste "sí", al promocionar las supuestas bondades de los cambios propuestos sin mencionar las críticas que se les podrían formular. Por ejemplo, la 6ª pregunta defiende la reducción del Congreso diciendo: "Para mejorar la eficiencia y la trasparencia del Congreso, aprueba usted el siguiente artículo?" (¿quién no estaría de acuerdo con mejorar la eficiencia y transparencia parlamentaria?) o la 2ª sobre voto nominal reza "Para que el pueblo siempre sepa cómo votan sus representantes en el Congreso, las Asambleas y los Concejos Municipales, aprueba usted el siguiente artículo?" (¿quién podría objetar que el pueblo esté bien informado?) .
Asimismo, el gobierno originalmente redactó la última pregunta dando la posibilidad de contestar afirmativamente todas las propuestas, pero no la de responderlas todas negativamente. Asunto que aparentemente se modificó en el texto finalmente negociado, pero que al quedar mal redactado posibilita el mismo chanchullo, ya que dice: "¿Desea usted manifestar su aprobación o su rechazo a la totalidad del articulado sin que le sea necesario marcar con el sí cada una de las respuestas anteriores? Manifiesto mi aprobación integral a este referendo. SÍ [ ] No[ ]." O sea que se aprueba o no integralmente el referendo, mas no se puede rechazarlo como un todo..
En cuanto a la amenaza de revocatoria esgrimida por el gobierno, cabe puntualizar que nuestro mandamiento constitucional no la contempla para el Congreso, reservándola únicamente para gobernadores y alcaldes (arts. 40 y 103 de la CN y Título VII de la Ley 134). Claro está que la autoritaria administración de Uribe podría dejar de lado semejantes miramientos jurídicos, como lo sugiere Hommes, quien en la conmemoración del décimo aniversario de la Constitución de 1991 manifestó -con su acostumbrada desfachatez- que fue un "gran paso en este proceso de cambio (...) tumbar la Constitución de 1886, inventar la séptima papeleta y que la Corte Suprema se hubiera atrevido a dar un golpe de Estado". (Semana, junio 25 a 2 de julio de 2001) O como también lo propugna Fernando Londoño Hoyos, quien hace poco más de un año declarara: "Cuando alguien decida hacer algo serio por rescatar a Colombia del abismo al que ha sido arrojada, no podrá soslayar el ineludible desafío de romper en mil pedazos ese traje de arlequín (se refiere a la Constitución Nacional) que costureros tan ineptos tejieron en las deplorables jornadas del primer semestre de 1991..." (UNPeriódico, VIII/17/02/6, 7. Extractado de Revista Javeriana, septiembre de 2001.) Sin desconocer que resultaría preferible aprobar la reforma política con la complicidad del Congreso, el cual, según palabras de Carlos Lemos Simmonds se ha "convertido por la revocatoria y por la campaña de descrédito en una temblorosa agencia gubernamental." (El Tiempo, IX/23/02/1-15), guardando la revocatoria (por los riesgos que implica, aunque la amenaza ya está formulada) como carta de última instancia..
Finalmente y en relación con el costo del referendo, Juan Martín Caicedo Ferrer, se pregunta: "¿Se justifica desde un punto de vista costo-beneficio un gasto cercano a los 80.000 millones (costo de la Registraduría, más los gastos de publicidad del referendo) para ahondar, aún más, el hueco fiscal?" (El Tiempo, X/10/02/1-20) .

Otros golpes contra la democracia .

La segunda pregunta del referendo establece el voto nominal y público en el Congreso, las Asambleas departamentales y los Concejos municipales, reformando el inciso segundo del artículo 133 de la CN. A lo largo de la historia parlamentaria universal el voto secreto ha sido por excelencia una de las formas de resguardar la independencia del Legislativo frente a las presiones a que consuetudinariamente lo somete el Ejecutivo. Así, en vez de hacer al legislador "responsable ante la sociedad y frente a sus electores por el cumplimiento de las obligaciones propias de su investidura" como dice la pregunta en cuestión, dicho mecanismo socava su libertad frente a un Ejecutivo que aquí y en la mayoría de países se muestra cada vez más prepotente y menos respetuoso de los fueros parlamentarios. Ello sin mencionar el peligro al que se somete a los congresistas en un país que padece el mayor terrorismo del mundo, donde se encuentran amenazados 546 alcaldes, 175 de los cuales insisten en renunciar para salvar el pellejo y un centenar que se ve obligado a despachar por fuera de sus despachos o en la clandestinidad. (El Tiempo, VIII/29/02/1-5) Recientemente el presidente de la Cámara, William Vélez, denunció que 76 representantes tienen riesgos de seguridad y "todos somos objetivos militares" (El Tiempo, X/9/02/2-5)..
La tercera pregunta suprime las suplencias, además del absurdo de sólo permitir suplir las faltas "ocasionadas por muerte, incapacidad absoluta para el ejercicio del cargo (impidiéndolas en casos de incapacidades temporales, las cuales pueden tener muchas causas, entre otras la enfermedad) o renuncia justificada". La eliminación de las suplencias significa otro duro golpe contra los sectores políticos minoritarios, quienes son los que más requieren de alianzas -recurriendo frecuentemente a integrar las listas con miembros de distintos partidos o movimientos, acordando que el periodo legislativo no se le asigne a uno solo sino se reparta entre varios..
Igualmente se faculta "al Presidente de la República para que en el término de 90 días, contados a partir de la entrada en vigencia de este Acto Legislativo, mediante decreto con fuerza de ley reglamente las causales de pérdida de investidura de los miembros de las corporaciones públicas", delegando en el Ejecutivo la supervivencia política de los parlamentarios, así se diga que para decretarla el Consejo de Estado tenga que hacerlo por mayoría calificada..

La falaz lucha contra la corrupción .

Las preguntas del referendo encaminadas a combatir la corrupción, repiten el subterfugio al cual desde hace tiempo recurre el Ejecutivo de ver la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio, imputándosela exclusivamente al Congreso (en el cual efectivamente se cometen latrocinios, mas no por todos sus miembros y en menor cuantía que las pérdidas económicas sufridas por la Nación a causa de la política neoliberal encabezada por el Ejecutivo), cuando la corrupción es atribuible a todo el Estado y buena parte del sector empresarial, no sólo en Colombia o los países del Tercer Mundo sino también -y en proporciones agigantadas- en las naciones industrializadas, como lo muestran los escándalos de las multinacionales estadounidenses, en los cuales están involucrados el propio presidente Bush y su vicepresidente Cheney..
Si Andrés Pastrana comenzó su mandato prometiendo que "En mi administración no habrá espacio para la corrupción, y no será tolerada ni perdonada. Quiero -y no transijo por menos- que éste pase a la historia como el más limpio de los gobiernos." (Discurso de posesión, 7 agosto, 1998) para terminar su cuatrienio con uno de los más vergonzosos registros históricos de corrupción, Álvaro Uribe lo inicia con uno no menos ominoso: el de Fernando Londoño Hoyos, a quien -plenamente avisado- nombró ministro del Interior (para lidiar con un Congreso sobre cuya honestidad tiende un manto de duda) y de Justicia (convirtiéndolo en juez y parte, dados los pleitos judiciales que tiene pendientes y las presiones que puede ejercer para su resolución). Según la información suministrada por diferentes medios, Londoño no sólo incurrió en falsedad al auto catalogarse como trabajador de Invercolsa para apropiarse del 20% de sus acciones, sino que obtuvo los nueve mil millones de pesos con que las compró con un préstamo que le otorgó el también cuestionado Banco del Pacífico, de cuya Junta Directiva era miembro. Pero, en el colmo de los colmos, Londoño se atreve a aducir en su defensa que como se iba a esquilmar al Estado vendiendo las acciones a menos precio, él se anticipó a perpetrar dicho fraude comprándolas por el pírrico precio que denuncia -aunque, contradictoriamente declara en Semana que únicamente se dio cuenta del bajo precio después de comprarlas-. (Semana, "Informe especial: El león herido", julio 15, 2002) En su columna de El Tiempo del pasado 6 de octubre, sobre el escándalo de Invercolsa D'Artagnan dice que en los mentideros políticos se comenta que fue objeto de una negociación para no debatirlo en el Congreso a cambio de suprimir el unicameralismo del referendo..
Pero, además, hasta el día de su posesión Londoño fue el abogado preferido de las multinacionales en una serie de pleitos que le han costado cientos de millones de dólares a la Nación, tales como los de TermoRío (indemnización por US$ 60 millones a que un tribunal de arbitramento condenó a la Nación, declarada posteriormente ilegal por el Consejo de Estado), Metromed (quien reclama US$ 640 millones a la Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá) e ICA (firma mexicana involucrada en litigios con Bogotá por $111 mil millones, relacionados con obras viales). A nadie mejor que al ministro Londoño se puede atribuir la "desbordada imaginación de quienes tejen la trampa no bien aparecida la Ley" a que él mismo hace referencia en la exposición de motivos con la cual defiende el proyecto de referendo..
Ante semejantes desafueros, resultan risibles -por no decir cínicos- empeños moralistas como la inhabilidad contemplada en la primera pregunta del referendo, que reza: "no podrán ser elegidos ni designados como servidores públicos, ni celebrar contratos con el Estado, quienes hayan sido condenados por la comisión de delitos contra el patrimonio público"..
Como (en citas mencionadas por el senador Jorge Enrique Robledo) reconocieran Milton Friedman, uno de los "padres" de la apertura económica y el principal ideólogo de la llamada Escuela de Chicago: "Hay una, y sólo una, responsabilidad social de las empresas, cual es la de utilizar sus recursos y comprometerse en actividades diseñadas para incrementar sus utilidades.", y George Soros, uno de los multimillonarios más ricos del mundo: "Los mercados financieros no son inmorales, son amorales. (En los negocios) la moralidad puede llegar a ser un estorbo. (...) Los valores sociales experimentan lo que podría calificarse de proceso de selección natural adversa. (...) La amoralidad de los mercados ha socavado la moralidad incluso en aquellas áreas en que la sociedad no puede funcionar sin ella." (Soros, George; La crisis del capitalismo global, Plaza y Janes, Barcelona, 1999; pp. 231 y 235) .
En cuanto a la insistencia de vituperar y prevenir los auxilios parlamentarios (pregunta 11ª del referendo), su cuantía es pírrica frente a las manejadas por el Ejecutivo, además que el 7 de noviembre de 2001 la Corte Constitucional declaró constitucionales los cupos indicativos (herederos de los auxilios), advirtiendo que sus dineros no pueden ir a parar a bolsillos de los congresistas, quienes sólo pueden sugerir las obras sociales a las cuales podrán destinarse. Ello sin mencionar que quien propone también peca, siendo que el Ejecutivo siempre ha recurrido a los mencionados auxilios para "inducir" (¿sobornar?) a los congresistas a aprobar los proyectos que les presenta..
Lo mismo puede afirmarse de las demás preguntas orientadas a ahorrarle dineros al erario público (como la limitación de salarios y pensiones de los servidores públicos o los recursos destinados a la educación), las cuales pretenden distraer a la opinión pública de las verdaderas causas de la quiebra de las finanzas estatales y toda le economía colombiana, cuales son las recetas globalizadoras impuestas por Estados Unidos y sus entidades internacionales de bolsillo (FMI, Banco Mundial, OMC, BID, etc.), cuyos mandatos constituyen ley para el equipo económico de Uribe..
No sólo esto, sino que la supresión del control del Congreso sobre sus servicios administrativos -así como de las contralorías departamentales y municipales y las personerías- profundizan la privatización, transfiriendo dichas funciones a empresas particulares, cuyas virtudes contables y fiscalizadoras han quedado desmentidas en todo el orbe, con escándalos como los protagonizados por la firma estadounidense de auditoría Arthur Andersen, coparticipe de los robos en Worldcom, Enron, etc. La liquidación de las contralorías departamentales y municipales y de las personerías deja además sin control fiscal (fuera del ya mencionado de los auditores privados) el manejo de las finanzas sectoriales. Luego de varios debates, la propuesta concertada con el gobierno elimina las personerías en las capitales de departamento y en los municipios con más de cien mil habitantes, con lo cual desaparecerían 54. Éstas cuestan $78.000 millones anuales, pero implican incrementar gastos por otros conceptos, los cuales según la Asociación Nacional de Personerías, Asonalper, ascenderían a $867 mil millones anuales, sin contar los aumentos en que incurrirían la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo, a las cuales ya se les recortó en 25% del presupuesto para el 2003. Según Eduardo Cifuentes, la Defensoría tiene un déficit de $37.700 para dicho año, sin incluir el aumento de costos que le significaría asumir las funciones de las personerías suprimidas. El ex ministro y constitucionalista Jaime Castro considera que "suprimir las personerías en municipios con más de cien mil habitantes no tiene justificación, es una decisión caprichosa y arbitraria". (El Tiempo, X/10/02/1-3) .

Deleznables reparos de unos autodenominados independientes .

Aunque siempre han sido partidarios del referendo y la reforma política, los ponentes "independientes" acabaron presentando un texto "diferente" al de los uribistas pero que se identifica con él en el 90% de los aspectos, añadiéndole tan sólo unos cuantos artículos. Dicho de otra manera: los susodichos independientes concuerdan con el diagnóstico gubernamental que atribuyen los mayores vicios del sistema político colombiano al Congreso e, incluso, con lo esencial de su política económica -como lo muestra la participación de Navarro en el gobierno neoliberal de Gaviria, donde como ministro de Salud fue cómplice y ejecutor, por ejemplo, de la Ley 100 de 1993..
Mas analicemos brevemente los tres artículos de su texto de referendo que se apartan de las demás propuestas y los cuales versan sobre la elección de gobernadores, alcaldes, asambleas y concejos, la transformación de la organización electoral y el ordenamiento territorial..
En el primero de estos temas plantean que "Los candidatos a Gobernador o Alcalde de Distrito o de Municipio encabezarán una lista para Asambleas Departamentales o Concejos distritales o municipales respectivamente. Será gobernador quien encabece la lista a la Asamblea Departamental con mayor votación y será Alcalde quien encabece la lista al Concejo con mayor votación. Para la posesión del mandatario regional deberá proceder renuncia a la Asamblea o Concejo y ésta será justificada." Tal propuesta comparte el afán de garantizar una mayor gobernabilidad, lo cual garantiza la aplicación de la política neoliberal por parte del Ejecutivo, en este caso regional, removiendo la oposición de que pueda ser objeto por el Legislativo local..
En cuanto a la organización electoral, sugieren cambiar el Consejo Nacional Electoral por un Consejo Nacional de Vigilancia Electoral (CNVE), "conformado por el Registrador Nacional del Estado Civil, quien lo presidirá y por delegados de todos los partidos y movimientos con personería jurídica", que "será garante de la debida imparcialidad y neutralidad de la Registraduría" y cuyo funcionamiento lo reglamentará la ley. Ciertamente el Consejo Nacional Electoral es un ente que no da garantías de imparcialidad política, dado que está integrado según la composición política del Congreso. Empero, el proyecto en cuestión no avanza en asegurar dicha imparcialidad en el CNVE, ya que aunque dice que estará conformado por "todos los partidos y movimientos con personería jurídica", no aclara las atribuciones de tales partidos en dicho ente y delega en una futura ley la reglamentación de su funcionamiento. Por otra parte, tampoco garantiza el funcionamiento independiente de los partidos, los cuales seguirán bajo la férula del nuevo organismo, al igual que hoy lo están bajo la del Consejo Nacional Electoral, el cual, así el art. 108 de la CN diga que "la ley no puede imponer normas sobre la organización interna de los partidos", de hecho la Ley 130 de 1994 le otorga un enorme poder sobre ellos, pudiendo -entre otros- reconocerles o suspenderles la personería jurídica, decidir su inclusión en los tarjetones electorales, determinar la distribución de los dineros oficiales asignados a las elecciones, etc..
Y en relación con el ordenamiento territorial los susodichos independientes abogan por que el gobierno organice "una Comisión de Ordenamiento Territorial" la cual "elaborará un proyecto de ley orgánica" que el Congreso tendrá que expedir "en un término que no sobrepase las dos legislaturas siguientes" y si no lo aprobare "se hará mediante Referendo que se convocará por el gobierno para que apruebe o rechace el proyecto elaborado por la Comisión de Ordenamiento Territorial". Empoderan así al Presidente también sobre el tema de la descentralización, delegándole integrar la tal Comisión y después manipular un referendo, incurriendo en la triple falla de seguir concentrando el poder en el Ejecutivo, favorecer la supuesta democracia participativa sobre la representativa y avanzar sobre una política descentralizadora que hace parte del esquema neoliberal, extremando la autonomía regional y entrañando graves riesgos contra la unidad nacional..

Conclusión: la reforma política, otro eslabón del neoliberalismo .

La reforma política que el presidente Uribe pretende imponerle a la Nación por medio de un referendo debilita la democracia, fortalece al Ejecutivo -principal ejecutor de la política aperturista- y amansa precautelativamente al Congreso para que apruebe el paquete legislativo presentado por el nuevo mandatario. Como dijera Alfonso López Michelsen en el décimo aniversario de aquella otra reforma constitucional, la de 1991: "Fue, entonces (se refiere al foro liberal de Paipa de 1991) cuando quien estas líneas escribe le llamó la atención al auditorio sobre la coincidencia entre la apertura económica, que también se señalaba como una panacea por aquellos años, y la Constitución del 91. De lo que se va a tratar en los próximos diez años es sobre el nuevo modelo económico y algo, periódicamente, acerca de la Constitución." (El Tiempo, 4 de julio de 2001) .
El Congreso, repitiendo su comportamiento de 1991, cuando se dejó disolver sin levantar su voz -con muy pocas excepciones- contra semejante desafuero, que no sólo comprometía su propia existencia sino la misma institucionalidad colombiana, viene agachando otra vez la cerviz ante la celada de revocatoria y, cediendo a ella, "negocia" con el Ejecutivo una reforma política que recorta la democracia y, junto a los demás proyectos que estudia, profundiza las medidas globalizadoras..
"Lo cierto es que al considerar esta propuesta que trae el referendo, el Congreso se verá enfrentado a un reto cuyo proceso y desenlace servirán para evidenciar cuántos de sus miembros responden a una condición de demócratas y patriotas." (Héctor Valencia Henao, Periódico Tribuna Roja, octubre 5, 2002) Ojalá calen en tan enclenque cuerpo las voces de aquellos parlamentarios que, como el senador Jorge Enrique Robledo, se han levantado contra la estirpe retrógrada de la propuesta reforma política y sumado a la lucha por instaurar una democracia a la que le faltan muchas calendas para otear su real materialización y en pro de la cual porfían sin denuedo el pueblo de Colombia y los del resto del orbe..
* Abogado, profesor universitario, subdirector de Cedetrabajo y Deslinde.