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Argentina: La lucha continúa

Quebracho, Corach y la "Justicia de la Servilleta"

El próximo martes 18 de marzo el Tribunal Oral Federal n° 4 deberá finalmente dictar sentencia en la causa "Quebracho" y decidir si Fernando Esteche, Guillermo Caviasca, Leonardo del Grosso y Carlos Franca serán o no condenados por el delito de "incitación a la violencia colectiva" en las marchas 100 y 150 de los jubilados y la que se realizó contra la Ley Federal de Educación, en los años 1994 y 1995. El fiscal de juicio, Dr. Huarte Petite solicitó al tribunal que condene a los cuatro a la pena de tres años de prisión en suspenso.
Tres fueron los ejes por los que transitó la actividad de la defensa.
En primer lugar cuestionamos la figura penal empleada por el fiscal. Los hechos juzgados –en algunos casos ni siquiera se produjeron incidentes- están muy lejos de configurar un delito que tiene como pena mínima los tres años de prisión. No es casual que, como pudieron escuchar los jueces por boca de los defensores, "sería la primera vez que se condena a alguien por este delito en la Argentina". Es que estamos ante un delito eminentemente político por el que, como se dijo en el alegato de la defensa, "nadie condenará a Barrionuevo por el desastre que hizo en Catamarca" pero que sí ha llevado al fiscal a pedir una condena. Delito político, dijimos, porque no se aplica a los que mandan pero sí a los que resisten.
Por otra parte desde la defensa dejamos en claro que se pretendía condenar a los imputados sin pruebas suficientes. La fiscalía al alegar interpretó videos por demás confusos –no queda claro que en las sucesos estén los imputados, no queda claro que hace allí cada persona- desde una perspectiva prejuiciosa: sin en un contexto de escaramuzas y pedreas el fiscal cree identificar a uno de los acusados, luego le atribuye el papel de "incitador" por su sola pertenencia a Quebracho. Para que quede más claro: centenares tiran piedras o vallas, pero el Dr. Huarte arriba a la conclusión –no sabemos por qué camino- de que hay decenas de "incitados", mientras que el militante traído a juicio pasa a ser, magicamente, el "incitador".
Por último, los defensores solicitamos al tribunal que declare nulo todo lo actuado desde el día en que el ministro menemista Carlos Corach inició esta causa. La mano derecha "judicial" de Menem denunció en agosto de 1995 a "activistas de Quebracho y Patria Libre", acompañando un video y "dos carpetas conteniendo información de inteligencia" (sic). El video acusador contiene un conjunto de imágenes editadas, confusamente mezcladas, subtituladas y ¡musicalizadas! en las que se observan rostros de dirigentes de las agrupaciones denunciadas en marchas y protestas. Basta mirarlo para concluir que el mismo fue confeccionado para "demonizar" –ante los ojos del espectador- a las personas (obviamente, dirigentes opositores) que aparecen en el mismo. El caso de las carpetas es aún más grave: las mismas contienen información sobre actividades de más de 250 personas –entre ellas miembros de las agrupaciones denunciadas- ordenadas por organización: Quebracho, Patria Libre, Partido de la Liberación, Descamisados, PTS, etc. Las más de 500 fotocopias –no presentó Corach ningún original- carecen de todo tipo de sellos, firmas y signo alguno que pudiera identificar al "servicio" que recabó la información. Pero aún más alarmante es que buena parte de la información que aparece se obtuvo "pinchando" ilegalmente teléfonos, introduciendo clandestinamente micrófonos o mediante agentes encubiertos infiltrados en las agrupaciones. En posteriores investigaciones judicales tanto la Policía Federal como la SIDE y el Ministerio del Interior negaron tajantemente haber confeccionado esas carpetas, lo que motivó que desde 1997 el investigado judicialmente por la posible comisión de delitos mediante esas "tareas de inteligencia" sea el porpio Corach. A lo largo de toda la instrucción de la causa "Quebracho" –que dirigió el ex juez ultramenemista Liporace- fue esa "inteligencia" ilegal, obtenida mediante violación de elementales garantías constitucionales, el único sustento que se utilizó para allanar domicilios, detener personas, pinchar nuevos teléfonos y procesar a los militantes. Como esa violación flagrante de la privacidad y el derecho de defensa fue cabalmente demostrada en el juicio por la defensa, al alegar señalamos al tribunal que se acusaba a Quebracho con herramientas similares a las que usó la dictadura para perpetrar el genocidio. Con ese argumento (y otras consideraciones) solicitamos a los jueces la nulidad de todo el proceso y la absolución de los acusados.
No es poco lo que decidirá el TOCF n° 4 el próximo martes. Decidirá si Esteche, Del Grosso, Caviasca y Franca deben ser condenados. Decidirá, además, si la actividad ilegal de los "servicios" puede ser reconocida como prueba válida en un proceso penal. Decidirá, finalmente, si una instancia judicial superior puede o no torcer el rumbo de una causa modelada por la "justicia de la servilleta" menemista y resolver con independencia, aunque acusen (y presionen) los poderosos y se defiendan los más débiles.

GABRIEL LERNER
(militante de CORREPI e integrante de la defensa de los imputados)
14-03-03